🇨🇴⚖️ La Rama Judicial valida a Ariel en prueba de concepto de IA. Conoce los resultados aquí

SIC - Concepto-15172643

Superintendencia de Industria y Comercio

Icono de documento PDF

Descargar PDF

Disponible

Detalles

Título
SIC - Concepto-15172643
Autor
Superintendencia de Industria y Comercio
Categoría
Infralegal
Área del derecho
Comercial
Año

Bogotá D.C., 10

Asunto: Radicación: 15-172643- -00001-0000

Trámite: 113

Evento: 0

Actuación: 440

Folios: 1

Respetado(a) Señor (a): [Datos personales eliminados en virtud de la Ley 1581 de 2012]

1. Objeto de la consulta En esta oportunidad, se ha solicitado que se le dé información sobre investigaciones dirigidas a determinar si se han adelantado acuerdos restrictivos de la competencia en mercados relacionados con la producción, distribución y comercialización de alimentos y bebidas.

En la actualidad, la única investigación en curso que busca determinar si se han realizado acuerdos restrictivos de la competencia en los mercados por usted mencionados es la identificada con el radicado interno No. 10-57750

2. El caso del azúcar Con la Resolución No. 5347 de 2012, se abrió una investigación en contra de varios ingenios azucareros, de la Asociación de Cultivadores de Caña de Azúcar de Colombia ("FEMSA"), de C. I. de Azúcares y Mieles S.A. ("CIAMSA") y de Desarrollos Industriales y Comerciales S.A., para determinar si habían violado el artículo 1° de la Ley 155 de 1959, o los numerales 4 y 10 del artículo 47 del Decreto 2153 de 1992.

Se señala en la resolución de apertura de este caso que, desde 1989, los diferentes ingenios azucareros supuestamente habían tenido cuotas de participación en el mercado prácticamente iguales. Esto, aunado al hecho de que se determinó que los ingenios, presuntamente, compartían información sensible,

fue el criterio utilizado para que se abriera una investigación por haber una supuesta violación del numeral 4 del artículo 47 del Decreto 2153 de 1992. Por otro lado, se señaló en la Resolución No. 5347 de 2012 que, presuntamente, se habría impedido a terceros el acceso a mercados o canales de comercialización, por haberse acordado restringir las importaciones de azúcar a Colombia mediante la imposición de barreras de entrada adicionales. Es por lo anterior que se ha buscado establecer si ha habido una violación al numeral 10 del artículo 47 del Decreto 2153 de 1992. La etapa probatoria en este proceso terminó recientemente. El Superintendente Delegado ha enviado al Superintendente de Industria y Comercio un informe motivado, en el que ha explicado por qué considera que, en este caso, se han infringido las normas sobre prácticas restrictivas de la competencia.

3. Otras investigaciones en curso A pesar de no tratarse de investigaciones relacionadas con carteles empresariales, consideramos que debería tener en cuenta que, actualmente, esta Superintendencia se encuentra adelantando las siguientes investigaciones, para determinar si se han infringido las normas relacionadas con libre competencia en mercados relacionados con la producción, distribución y comercialización de alimentos y bebidas: a) Con la Resolución No. 58378 de 2012, se abrió una investigación administrativa que busca determinar si varias empresas dedicadas a la producción, distribución y comercialización de licores, vinos, vinos de fruta y aperitivos violaron las conductas descritas en los artículos 10, 15 y 18 de la Ley

256 de 1996, referentes a confusión, explotación a la reputación ajena y violación de normas, por haber re-usado sus empaques de vidrio. b) Por último, es importante mencionar que, en este momento, los procesos con radicado interno 10-81730 y 11-44619 se encuentran en su etapa probatoria. Estas investigaciones se abrieron, respectivamente, con las Resoluciones No. 15304 de 2011 y No. 37489 de 2012, para determinar si una serie de compañías Productoras y vendedoras de lactosueros indujeron a error a sus consumidores, haciéndolos pensar que sus productos eran leche, no suero lácteo. Para obtener mayor información sobre el desarrollo de nuestras funciones y de las normas objeto de aplicación por parte de esta Entidad, puede consultar nuestra página de internet www.sic.gov.co. Adicionalmente, en el siguiente enlace podrá encontrar todas las decisiones sobre prácticas restrictivas de la competencia que ha tomado el Superintendente de Industria y Comercio: http://www.sic.gov.co/drupal/decisiones-de-competencia-superintendente Atentamente,

WILLIAM ANTONIO BURGOS DURANGO

JEFE OFICINA ASESORA JURÍDICA

Elaboró: Natalia Fernández

Revisó: William Burgos

Aprobó: William Burgos

Consultar sobre este documento ...