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SS - Oficio 220-000144

Superintendencia de Sociedades

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Detalles

Título
SS - Oficio 220-000144
Autor
Superintendencia de Sociedades
Categoría
Infralegal
Área del derecho
Sociedades
Año

220-000144, 05 de enero de 2004

Ref: Actualización libros de contabilidadsociedad en liquidación obligatoria.

Me refiero a su comunicación radicada con el número 2003-01-202479, mediante la cual manifiesta que los libros de contabilidad de una sociedad en liquidación obligatoria, a noviembre de 2003, estaban diligenciados a diciembre de 2001. Al respecto pregunta qué debe hacer con la contabilidad del año 2002. Sobre el particular, conforme al artículo 157 numeral 2º de la Ley 222 de 1995, una de las medidas a adoptar al momento de decretarse la liquidación obligatoria de una sociedad, es la de la aprehensión inmediata de los libros de cuentas y demás documentos relacionados con sus negocios, medida que desde luego, además de permitirle al liquidador conocer la situación económica de la sociedad, tiene la finalidad de actualizar la contabilidad de acuerdo con los principios que rigen la materia contenidos en el Decreto 2649 de 1993, por tal razón a juicio de esta Oficina, es su deber proceder a ello. Sin embargo, en el evento en que tenga alguna duda al respecto, podrá acudir al Grupo de Liquidación Obligatoria, al que hubiere correspondido el trámite del proceso liquidatorio, con el fin de que un funcionario del área le informe el manejo a la situación descrita. En los anteriores términos considero haber atendido sus inquietudes, no sin antes advertirle que el presente oficio tiene los alcances del artículo 25 del Código Contencioso Administrativo.

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