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SS - Oficio 220-099838

Superintendencia de Sociedades

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Detalles

Título
SS - Oficio 220-099838
Autor
Superintendencia de Sociedades
Categoría
Infralegal
Área del derecho
Sociedades
Año
—

Oficio 220-099838 Del 17 de Julio de 2009

ASUNTO: Deliberación y decisión de la junta asesora del liquidador en una liquidación obligatoria, cuando la misma está conformada por lo menos de siete miembros – Oficio 220-084946 del 25 de agosto de 2008.

Le comunico que se recibió su escrito radicado en este Despacho con el número 2009-01-213951, mediante el cual realiza una consulta en los siguientes términos: “ ….Teniendo en cuenta el concepto antes transcrito, solicito a la oficina Asesora Jurídica de la Superintendencia de Sociedades me certifique si con el oficio No 220-084946 hubo cambio de doctrina y si había concepto anterior y en el evento de existir doctrina o concepto anterior se me ilustre sobre tal cambio, ya que es un aspecto importante para determinar la manera de conformar el voto favorable de la mayoría de los integrantes de la Junta Asesora para la toma de las decisiones. Al respecto, es preciso señalar que el concepto contenido en el oficio mencionado y que se refiere a un caso en particular, goza de un sentido práctico que en nada riñe con las disposiciones legales que rigen la materia. No obstante, tal como se indica en su texto, el mismo tiene el alcance previsto en el artículo 25 del Código Contencioso Administrativo. Ahora bien, por referirse el tema por usted planteado a asuntos relacionados con procesos judiciales en general, me permito manifestarle que para cada caso en particular, el juez del conocimiento de acuerdo con la realidad documental y procesal y haciendo uso de la sana critica aplicara la norma, sin que sea dado atender consultas de orden general. En los términos anteriores se da respuesta a su consulta, reiterándole que los mismos tienen el alcance fijado en el artículo 25 del Código Contencioso Administrativo.

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