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ANH - Acuerdo 03 de 2024

Agencia Nacional de Hidrocarburos

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Detalles

Título
ANH - Acuerdo 03 de 2024
Autor
Agencia Nacional de Hidrocarburos
Categoría
Infralegal
Área del derecho
Servicios Públicos
Año
2024

ANH AGENCIfi NACIONAL Ot tUOHOCJlllllUHOS

ACUERDO No. DE 2024

Por el cual se adiciona el Acuerdo No. 003 de 2022 COLOMBIA í'QT[N(IA [)[ LA VIDA EL CONSEJO DIRECTIVO DE LA AGENCIA NACIONAL DE HIDROCARBUROS - ANH En virtud de lo dispuesto en el artículo 76 de la Ley 80 de 1993 y en ejercicio de sus facultades legales, en especial, las conferidas en los numerales 4 y 7 del artículo 8 del Decreto Ley 4137 de 2011 y los numerales 4 y 7 del artículo 7 del Decreto 714 de 2012, y CONSIDERANDO Que de conformidad con el artículo 332 de la Constitución Política de Colombia, el Estado es propietario del subsuelo y de los recursos naturales no renovables. Que el artículo 76 de la Ley 80 de 1993 somete los contratos de exploración y explotación de recursos naturales no renovables, a la legislación especial aplicable y dispone que las entidades estatales dedicadas a dichas actividades determinarán en sus reglamentos internos el procedimiento de selección de los contratistas y los trámites a que deben sujetarse. Que el Decreto Ley 4137 de 2011 señala la naturaleza jurídica de la Agencia Nacional de Hidrocarburos - ANH y su objetivo, que comprende la administración integral de las reservas y recursos hidrocarburíferos de propiedad de la Nación; la promoción y el aprovechamiento óptimo y sostenible de los mismos, así como la contribución a la seguridad energética del país. Que el Decreto 714 de 2012, "Por el cual se establece la estructura de la Agencia Nacional de

sostenible de los mismos, así como la contribución a la seguridad energética del país. Que el Decreto 714 de 2012, "Por el cual se establece la estructura de la Agencia Nacional de Hidrocarburos, ANH, y se dictan otras disposiciones", establece en el numeral 3 del Artículo 3 que la ANH tiene como función diseñar, promover, negociar, celebrar y administrar los contratos y convenios de exploración y explotación de hidrocarburos pertenecientes a la Nación. Que este mismo Decreto dispone, en los numerales 4 y 7 del Artículo 7, que es función del Consejo Directivo el definir los criterios de administración de las áreas hidrocarburíferas de la Nación para su exploración y explotación y aprobar los manuales de contratación misional de la Agencia y, los modelos de contratos de exploración y explotación de hidrocarburos de propiedad de la Nación. Que según lo previsto en el artículo 5° del Decreto Ley 4137 de 2011, el patrimonio de la Agencia Nacional de Hidrocarburos -ANHestá conformado, entre otros, por "los derechos de producción y los bienes muebles e inmuebles que pasen a la Nación por terminación de los contratos de exploración y explotación vigentes y aquellos que suscriba la Agencia Nacional de Hidrocarburos, ANH, así como los de concesión que reviertan a la Nación". Que es necesario establecer un mecanismo para contratar la operación y administración de los activos que pasen a ser propiedad de la Nación por eventos de finalización del período de producción, Avenida Calle 2G Nº 59 - 65 Piso 2, Edificio de la Camara Colombiana de la Infraestructura - Bogot D C - Colombia

activos que pasen a ser propiedad de la Nación por eventos de finalización del período de producción, Avenida Calle 2G Nº 59 - 65 Piso 2, Edificio de la Camara Colombiana de la Infraestructura - Bogot D C - Colombia Teléfono (PBX) fi 57(1) 5931717 www anh.gov coANH ,\bt l 11\ t,fu IIJ NAl )tHl0MOCAM8U HUS.

ACUERD O No. DE 2024

Por el cual se adiciona el Acuerdo No. 003 de 2022

COLOMBIA

PO'l ENCIA DE u,.

VI DA Página 2 de 3 rev ersión o en gene ral en todos los casos en que result e necesa ria la adminis tración de bienes prod ucti vos de la Naci ón , para as eg urar el beneficio económic o del Estado colombi ano y pa ra gar an tizar la recep ción de recur sos des tina dos al Si ste ma General de Regalías, tal como lo esta bl ece la Ley 2056 de 2020. Este mecani smo contr ibuir á a aum entar y ma ntener las reservas de hid roca rbu ros del pa ís en lí nea con las dir ectrices del Plan Nac ional de Desarr ollo 2022-2026 , que di spone qu e "Se monitorearán los resultados de los contratos de exploración y producción vigentes con el fin de realizar una evaluación y balance oferlaldemand a del gas y crudo que sea necesario para la toma de decisiones en pro de garantizar la seguridad energética de corlo, mediano y largo plazo, buscando promover el uso y aprovecha miento eficiente de estos energéticos ''. Que, par a este efecto, se req ui ere la imp lem en taci ón del proceso de selec ción que establezca las

plazo, buscando promover el uso y aprovecha miento eficiente de estos energéticos ''. Que, par a este efecto, se req ui ere la imp lem en taci ón del proceso de selec ción que establezca las reg las, el proce dimi ento y los modelos contrac tuales, med iante los cual es la AN H pueda selec cionar a sus cont rati stas, sin que ello conl leve a la asig nació n de nu evas áreas, por lo que resu lta perti ne nte la ad ici ón en este sentido del Acuer do 003 de 2022 "Por el cual se adopta el Reglamento de Selección de Contra tistas y Asignación de Areas para Exploración y Explotación de Hidrocarburos. " que tiene como objeto "adoptar criterios para la contratar la exploración, evaluación y explotación de los hidrocarburos propiedad de la Nación, asf como fijar reglas para la selección objetiva de contratistas y la asignación y celebración de los correspondientes contrato s". Que con suje ción a lo dispue sto en el nu meral 8 del artí cu lo 8 del Cód igo de Proced imi ent o Ad minis trativo y de lo Conten cioso Ad min istrativo - Ley 14 37 del 201 1, el proyec to de Acue rdo se publ icó en la página el ectrón ica de la ANH por el tér mino de di ez (1 0) día s, entr e el 16 y 26 de febrero de 2024, con el objeto de recibir opin iones, sugerencias o propu estas alte rnativas de los in teresados , las cuales fuero n exam ina das y respondidas en forma mot ivada , al tiempo que se in trod ujeron en aquel los aj ustes que la ANH estimó perti nen tes.

las cuales fuero n exam ina das y respondidas en forma mot ivada , al tiempo que se in trod ujeron en aquel los aj ustes que la ANH estimó perti nen tes. Que en cump li mie nto del a rtículo 2.2. 2. 30.5 del Dec reto 10 74 de 201 5, por el cual se definen las reg las apl icables par a in formar sobr e un proyecto de acto admin ist rativo con fines reg ula torios que pue dan tener in cidencia sobr e la li bre comp eten cia en los merc ados, la AN H verific ó el cuestionario del que tr ata la Re sol ución 44649 de 201 0, enc ontra ndo que la total idad de las respues tas conten idas en el cu esti onari o resu ltó negativa , por lo que se cons ider a qu e las di sposici ones cont enid as en este acuer do no tienen incidencia sobr e la li bre com petencia en los mer cados y en con secuenc ia no hay la neces idad de informarl o a la Dele gatu ra par a la Protec ción de la Com pete ncia de la Su peri nte ndencia de In dustria y Comer ci o. Que atendiendo lo anterio r, el Conse jo Di rectivo de la ANH en sesión ordi naria celeb rad a el dí a 30 de abri l de 202 4, ap robó par a publi cación en el Diario Oficial el Acuer do "Por el cual se adiciona el Acu erdo No. 003 de 2022 ". En mérit o de lo expues to,ANH fi AGENCIA NACIONAL OE HIOflOCARBUR O$

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AC UERDO No. DE 2024

Por el cual se adiciona el Acuerdo No. 3 de 2022

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AC UERDO No. DE 2024

Por el cual se adiciona el Acuerdo No. 3 de 2022 Página 3 de 3 RESUELVE Artí culo 1. Adicio nar el sig uien te Art ícu lo al Acuerdo No. 003 de 2022: "Artículo 26. La ANH podrá contratar la operación y administración de las áreas con activos que pasen a ser propiedad de la Nación por eventos de finalización del período de producción, reversión o en general en todos los casos en que resulte nece saria la administración de bienes productivos de la Nación para la producción en los yacimientos descubiertos. Los requisitos, proced imientos y minutas contractuales establ ecidos para tal fin serán previament e aprobados por el Consejo Directivo." Artíc ulo 2. Vigencia. El presente Acuer do rige a partir de su publ icación en el Diar io Oficia l.

PUBLÍQUESE Y CÚMPL ASE

Dado en Bogotá , D.C. , a los treinta (30) dí as del mes de abril de 2024 . El president e del Con sejo Di rectivo , Ornar drés Camacho Mor ale s Mini stro de Min as y Ener gía El secretario del Con sejo Dir ectivo , Feder ico Al fonso Nú ñez García Gerente de Asu ntos Legale s y Contratac ión Avenida Calle 26 Nº 59 -6 5 Piso 2. Ed ificio de la Cámara Colombiana de la Inf raestructura - Bogotá D C -C olombia Teléfono (PBXJ: + 57 (1 ) 59 31717 www an h gov co

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