🇨🇴⚖️ La Rama Judicial valida a Ariel en prueba de concepto de IA. Conoce los resultados aquí

CAR - Acuerdo 6 de 2024

Corporación Autónoma Regional de Cundinamarca

Icono de documento PDF

Descargar PDF

Disponible

Detalles

Título
CAR - Acuerdo 6 de 2024
Autor
Corporación Autónoma Regional de Cundinamarca
Categoría
Infralegal
Área del derecho
Servicios Públicos
Año
2024

Corporación Autónoma Regional de Cundinamarca - CAR Consejo Directivo República de Colombia ACUERDO No 06 DEL 24 DE ABRIL DE 2024 "Por el cual se aprueba el Plan de Gestión Ambiental Regional PGAR 2024 - 2035, para el área de jurisdicción de la Corporación Autónoma Regional de Cundinamarca - CAR" EL CONSEJO DIRECTIVO DE LA CORPORACIÓN AUTÓNOMA REGIONAL DE CUNDINAMARCA - CAR En uso de sus facultades legales y estatutarias, en especial las conferidas por el inciso tercero del artículo 2.2.8.6.3.1 del Decreto 1076 de 2015, y el numeral 9 del artículo 24 del Acuerdo CAR No. 53 del 27 de febrero de 2024, y CONSIDERANDO Que de acuerdo con los artículos 79 y 80 de la Constitución Política, es deber del Estado proteger la diversidad e integridad del ambiente, conservar las áreas de especial importancia ecológica, fomentar la educación para el logro de estos fines, planificar el manejo y aprovechamiento de los recursos naturales, para garantizar su desarrollo sostenible, su conservación, restauración o sustitución. Que el artículo 23 de la Ley 99 de 1993 "Por la cual se crea el Ministerio del Medio Ambiente, se reordena el Sector Público encargado de la gestión y conservación del medio ambiente y los recursos naturales renovables, se organiza el Sistema Nacional Ambiental, SINA y se dictan otras disposiciones", señala que "las Corporaciones Autónomas Regionales son entes corporativos de carácter público, creados por la ley, integrado por las entidades territoriales que por sus características constituyen geográficamente un mismo ecosistema o conforman una

Corporaciones Autónomas Regionales son entes corporativos de carácter público, creados por la ley, integrado por las entidades territoriales que por sus características constituyen geográficamente un mismo ecosistema o conforman una unidad geopolítica, biogeográfica o hidro geográfica, dotados de autonomía administrativa y financiera, patrimonio propio y personería jurídica, encargados por la ley de administrar, dentro del área de su jurisdicción, el medio ambiente y los recursos naturales renovables y propender por su desarrollo sostenible, de conformidad con las disposiciones legales y las políticas del Ministerio del Medio Ambiente". Que de conformidad con los numerales 1 y 2 del artículo 31 de la Ley 99, a las Corporaciones Autónomas Regionales les corresponde ejecutar las políticas, planes y programas nacionales en materia ambiental definidos por la ley aprobatoria del Plan Nacional de Desarrollo y del Plan Nacional de Inversiones o por el Ministerio del Medio Ambiente, así como los del orden regional que le hayan sido confiados conforme a la ley, dentro del ámbito de su jurisdicción; así como ejercer la función /. de máxima autoridad ambiental en el área de su jurisdicción. f fi@fifi@ fi www.car.gov.co Av. La Esperanza# 62-49 - Pisos 6 y 7. www.car.gov.co Conmutador 5801111 - email sau@car.gov.co Bogotá - Colombia GJU-PR-03-FR-11 VERSIÓN 4 25-06-2020 Página 1 de 7Corporación Autónoma Regional de Cundinamarca - CAR Consejo Directivo República de Colombia ACUERDO No 06 DEL 24 DE ABRIL DE 2024 "Por el cual se aprueba el Plan de Gestión Ambiental Regional PGAR 2024 - 2035,

Consejo Directivo República de Colombia ACUERDO No 06 DEL 24 DE ABRIL DE 2024 "Por el cual se aprueba el Plan de Gestión Ambiental Regional PGAR 2024 - 2035, para el área de jurisdicción de la Corporación Autónoma Regional de Cundinamarca - CAR" Que en consonancia con las normas citadas, el artículo 9 del Acuerdo CAR No. 53 de 2024 "Por medio del cual se adoptan los Estatutos de la Corporación Autónoma Regional de Cundínamarca - CAR", establece que la CAR de Cundinamarca tiene como objeto "propender por el desarrollo sostenible y la protección del medio ambiente de su jurisdicción a través de la ejecución de las políticas, programas y proyectos sobre el medio ambiente y los recursos naturales renovables. Así como dar cumplida y oportuna aplicación a las normas legales vigentes sobre planeacíón, ordenamiento, administración, manejo y aprovechamiento de dichos recursos y el adecuado manejo y disposición de los elementos ambientales como los residuos, vertimientos o emisiones que inciden en la calidad del ambiente o en su deterioro, conforme a las disposiciones legales y reglamentarías, y a las pautas y directrices expedidas por el Ministerio de Ambiente y Desarrollo Sostenible, o la entidad que haga sus veces". Que en virtud de lo anterior, el numeral 1 del artículo 9 del Acuerdo CAR No. 53 de 2024, establece como función de la CAR de Cundinamarca "Ejecutar las políticas, planes y programas nacionales en materia ambiental definidos por la ley aprobatoria del Plan Nacional de Desarrollo y del Plan Nacional de Inversiones o por el Ministerio de Ambiente y Desarrollo Sostenible, o la entidad que haga sus veces, así como los

planes y programas nacionales en materia ambiental definidos por la ley aprobatoria del Plan Nacional de Desarrollo y del Plan Nacional de Inversiones o por el Ministerio de Ambiente y Desarrollo Sostenible, o la entidad que haga sus veces, así como los del orden regional que le hayan sido confiados conforme a la ley, dentro del ámbito de su jurisdicción". Que, mediante la Ley 2294 del 19 mayo de 2023, se expidió el Plan Nacional de Desarrollo 20222026 "Colombia Potencia Mundial de la Vida", en donde se definen los ejes transformacionales 1 y 4 del sector ambiente, denominados "Ordenamiento del territorio alrededor del Agua y justicia ambientar y "Transformación productiva, internacionalización y acción climática", respectivamente, los cuales se tuvieron en cuenta para la formulación de las líneas estratégicas del PGAR 2024-2035 de la CAR de Cundinamarca. Que el Decreto 1076 de 2015, compilatorio del Decreto 1200 de 2004 "Por el cual se determinan los instrumentos de planificación ambiental y se adoptan otras disposiciones", señala en el artículo 2.2.8.6.3.1 que las Corporaciones Autónomas Regionales tienen la responsabilidad de formular el Plan de Gestión Ambiental Regional - PGAR, en coordinación con las entidades territoriales de su jurisdicción fi y los representantes de los diferentes sectores sociales y económicos de la región. }fi. www.car.gov.co Av. La Esperanza# 62-49 - Pisos 6 y 7. www.car.gov.co Conmutador 5801111 - email sau@car.gov.co Bogotá - Colombia

}fi. www.car.gov.co Av. La Esperanza# 62-49 - Pisos 6 y 7. www.car.gov.co Conmutador 5801111 - email sau@car.gov.co Bogotá - Colombia GJU-PR-03-FR-11 VERSIÓN 4 25-06-2020 Página 2 de 7Corporación Autónoma Regional de Cundinamarca - CAR Consejo Directivo República de Colombia ACUERDO No 06 DEL 24 DE ABRIL DE 2024 "Por el cual se aprueba el Plan de Gestión Ambiental Regional PGAR 2024 - 2035, para el área de jurisdicción de la Corporación Autónoma Regional de Cundinamarca - CAR" Que el inciso tercero del artículo 2.2.8.6.3.1 del Decreto 1076 de 2015 y el numeral 9 del artículo 24 del Acuerdo CAR No. 53 de 2024, establecen que le compete al Consejo Directivo de la Corporación, aprobar el Plan de Gestión Ambiental Regional

- PGAR.

Que conforme a lo estipulado en el artículo 2.2.8.6.1.1.1 ibídem, la planificación ambiental regional "( ... ) es un proceso dinámico de planificación del desarrollo sostenible que permite a una región orientar de manera coordinada el manejo, administración y aprovechamiento de sus recursos naturales renovables, para contribuir desde lo ambiental a la consolidación de alternativas de desarrollo sostenible en el corto, mediano y largo plazo, acordes con las características y dinámicas biofísicas, económicas, sociales y culturales, que "(. . .) incorpora la dimensión ambiental de los procesos de ordenamiento y desarrollo territorial de la región donde se realice".

dinámicas biofísicas, económicas, sociales y culturales, que "(. . .) incorpora la dimensión ambiental de los procesos de ordenamiento y desarrollo territorial de la región donde se realice". Que el artículo 2.2.8.6.1.1.2 del Decreto en mención, indica que el proceso de planificación ambiental regional se regirá por los siguientes principios: i) La armonía regional, gradación normativa y rigor subsidiario del Título IX de la Ley 99 de 1993; ii) Concordancia y articulación entre los diferentes instrumentos de Planeación del Estado; iii) Respeto por la dinámica y los procesos de desarrollo regional; iv) lntegralidad. Que el artículo 2.2.8.6.2.1 de dicho Decreto, señala que "(. . .) para el desarrollo de la Planificación Ambiental Regional en el largo, mediano y corto plazo, las Corporaciones Autónomas Regionales contarán con los siguientes instrumentos: El Plan de Gestión Ambiental Regional (PGAR), el Plan de Acción Cuatrienal y el Presupuesto anual de rentas y gastos". Que el artículo 2.2.8.6.3.1 del Decreto citado, define al Plan de Gestión Ambiental Regional - PGAR, como "( ... ) el instrumento de planificación estratégico de largo plazo de las Corporaciones Autónomas Regionales para su jurisdicción, que permite orientar su gestión e integrar las acciones de todos los actores regionales, con el fin de que el proceso de desarrollo avance hacia la sostenibilidad de las regiones", el cual deberá tener una vigencia mínima de diez (1 O) años. Que el artículo 2.2.8.6.3.2 del mismo Decreto establece que los planes de gestión r ambiental regionales formulados por las respectivas Corporaciones Autónomas

cual deberá tener una vigencia mínima de diez (1 O) años. Que el artículo 2.2.8.6.3.2 del mismo Decreto establece que los planes de gestión r ambiental regionales formulados por las respectivas Corporaciones Autónomas Regionales, deberán incluir, como mínimo, los siguientes componentes: i) www.car.qov.co Av. La Esperanza# 62-49 - Pisos 6 y 7. www.car.gov.co Conmutador 5801111 - email sau@car.gov.co Bogotá - Colombia GJU-PR-03-FR-11 VERSIÓN 4 25-06-2020 Página 3 de 7Corporación Autónoma Regional de Cundinamarca - CAR Consejo Directivo República de Colombia ACUERDO No 06 DEL 24 DE ABRIL DE 2024 "Por el cual se aprueba el Plan de Gestión Ambiental Regional PGAR 2024 - 2035, para el área de jurisdicción de la Corporación Autónoma Regional de Cundinamarca - CAR" Diagnóstico ambiental, ii) Visión regional, iii) Líneas estratégicas, e, iv) Instrumentos de seguimiento y evaluación. Que de conformidad con el numeral 3 del artículo ibidem, "3. Líneas Estratégicas del Plan de Gestión Ambiental Regional. Se determinarán las líneas estratégicas prioritarias de gestión ambiental con sus respectivas metas, para alcanzar el escenario identificado en la visión ambiental para el Desarrollo Regional. Estas líneas estratégicas de gestión se constituyen en el marco de referencia para identificar las responsabilidades y compromisos de los diferentes actores de acuerdo con sus competencias, en tomo a la solución de los problemas identificados y el desarrollo de las potencialidades ambientales en el área de jurisdicción de la Corporación.".

identificar las responsabilidades y compromisos de los diferentes actores de acuerdo con sus competencias, en tomo a la solución de los problemas identificados y el desarrollo de las potencialidades ambientales en el área de jurisdicción de la Corporación.". Que mediante Acuerdo No. 027 de 09 de noviembre de 2012, el Consejo Directivo de la Corporación Autónoma Regional de Cundinamarca - CAR, aprobó el Plan de Gestión Ambiental PGAR para el periodo comprendido entre el año 2012 a 2023. Que teniendo en cuenta la finalización de la vigencia del plan de gestión ambiental regional - PGAR, y dando cumplimiento al artículo 2.2. 8.6.3.1 del Decreto 1076 de 2015, la Corporación Autónoma Regional de Cundinamarca - CAR, para definir las acciones de los próximos doce (12) años, realizó un proceso de formulación de carácter participativo vinculando a los actores presentes en la jurisdicción con la finalidad, no solo de identificar las necesidades ambientales de la región que emergen a partir de las presiones que se ejercen sobre los recursos naturales, sino también concertar el direccionamiento de la gestión ambiental en el territorio. Que en virtud de lo anterior, se realizó un ejercicio de evaluación del PGAR (20122023) y un diagnóstico de la situación sobre el estado actual del medio ambiente y los recursos naturales del territorio CAR, mediante indicadores de gestión e impacto, clasificados bajo las categorías de Presión, Estado-Respuesta, enfoque que permitió identificar el estado del ambiente y la calidad de los recursos naturales renovables, las presiones que ocasionan el daño sobre los recursos naturales, y los esfuerzos institucionales y sociales que se ejercen para eliminar, reducir o mitigar

permitió identificar el estado del ambiente y la calidad de los recursos naturales renovables, las presiones que ocasionan el daño sobre los recursos naturales, y los esfuerzos institucionales y sociales que se ejercen para eliminar, reducir o mitigar los daños ambientales que ocasionan degradación de los recursos. Que posteriormente, se procedió con la construcción participativa en las catorce (14) Direcciones Regionales de la CAR, jornadas en las que participaron actores ' tisectoriales e institucionales, diversas partes interesadas, autoridades locales, ·:4@ - SGS www.car.qov.co Av. La Esperanza# 62-49 - Pisos 6 y 7. www.car.gov.co Conmutador 5801111 - email sau@car.qov.co Bogotá - Colombia GJU-PR-03-FR-11 VERSIÓN 4 25-06-2020 Página 4 de 7Corporación Autónoma Regional de Cundinamarca - CAR Consejo Directivo República de Colombia ACUERDO No 06 DEL 24 DE ABRIL DE 2024 "Por el cual se aprueba el Plan de Gestión Ambiental Regional PGAR 2024 - 2035, para el área de jurisdicción de la Corporación Autónoma Regional de Cundinamarca - CAR" comunidades, expertos técnicos y sector privado, para garantizar una comprensión holística de la situación ambiental y una legitimidad en la toma de decisiones; a través de 47 mesas de trabajo que fueron realizadas en tres (3) rondas, así: a. Socialización del resultado de la evaluación y ejecución del PGAR 2012-2023 y resultado de la actualización del diagnóstico. b. Prospectiva y construcción de la visión regional. c. Líneas estratégicas del PGAR 2024-2035, así como el seguimiento y

resultado de la actualización del diagnóstico. b. Prospectiva y construcción de la visión regional. c. Líneas estratégicas del PGAR 2024-2035, así como el seguimiento y evaluación. Que en total, se identificaron de forma participativa cuatro mil ochocientos treinta (4.830) necesidades ambientales alrededor de once (11) temáticas: agua, autoridad ambiental, educación y participación ambiental, biodiversidad, residuos sólidos, gestión del riesgo y adaptación al cambio climático, producción sostenible, ordenamiento ambiental territorial, suelo, aire y gestión ambiental urbana. Que a partir del análisis anterior, fueron definidos escenarios deseados, cuatro líneas estratégicas, ocho programas y una batería de indicadores iniciales, bajo los cuales se abordan y miden las acciones a ejecutar por la Corporación con la articulación con otros actores para atender la problemática ambiental priorizadas en la jurisdicción. Que el PGAR 2024 - 2035 de la Corporación Autónoma Regional de Cundinamarca - CAR, se encuentra contenido en 8 capítulos, distribuidos así: 1. Marco conceptual y principios; 2. Ruta metodológica para la construcción del PGAR; 3. Marco institucional normativo; 4. Diagnóstico ambiental; 5. Visión regional; 6. Componente programático; 7. Estrategia financiera 2024-2035; 8. Seguimiento y evaluación a la ejecución del PGAR 2024 - 2035. Que de conformidad al parágrafo del artículo 2.2.8.6.3.1 del Decreto 1076 de 2015, las entidades territoriales considerarán las líneas estratégicas definidas en el Plan de Gestión Ambiental Regional en la formulación y/o ajuste de los planes de

las entidades territoriales considerarán las líneas estratégicas definidas en el Plan de Gestión Ambiental Regional en la formulación y/o ajuste de los planes de ordenamiento territorial de que trata la Ley 388 de 1997, así como en sus planes de desarrollo. Que en línea con lo anterior, y de conformidad con el artículo 2.2.8.6.3.2. del Decreto 1076, "Los contenidos del Plan de Gestión Ambiental Regional deben constituirse en la base para la actualización de las determinantes ambientales para los Planes www.car.gov.co Av. La Esperanza# 62-49 - Pisos 6 y 7. www.car.gov.co Conmutador 5801111 - email sau@car.gov.co Bogotá - Colombia GJU-PR--03-FR-11 VERSIÓN 4 25-06-2020 Página 5 de 7 52Corporación Autónoma Regional de Cundinamarca - CAR Consejo Directivo República de Colombia ACUERDO No 06 DEL 24 DE ABRIL DE 2024 "Por el cual se aprueba el Plan de Gestión Ambiental Regional PGAR 2024 - 2035, para el área de jurisdicción de la Corporación Autónoma Regional de Cundinamarca - CAR" de Ordenamiento Territorial, lo cual debe ser ampliamente socializado con los municipios de la Jurisdicción de la Corporación". Que el artículo 1 de la Resolución No. 0667 de 2016 "Por la cual se establecen los indicadores mínimos de que trata el artículo 2.2.8. 6.5.3 del Decreto 1076 de 2015 y se adoptan otras disposiciones" expedida por el Ministerio de Ambiente y Desarrollo Sostenible, establece que las Corporaciones Autónomas Regionales deberán implementar indicadores mínimos aplicando los lineamientos definidos por el

se adoptan otras disposiciones" expedida por el Ministerio de Ambiente y Desarrollo Sostenible, establece que las Corporaciones Autónomas Regionales deberán implementar indicadores mínimos aplicando los lineamientos definidos por el Ministerio de Ambiente y el IDEAM, "( ... ) en las hojas metodológicas, protocolos, estándares y demás instrumentos diseñados para normalizar la generación, administración, resguardo, flujo, intercambio y publicación de información ambiental del país", precisando el artículo 2 que los indicadores mínimos son de tres tipos: Desarrollo sostenible, ambientales y de gestión. Que, en sesión ordinaria del 20 de marzo de 2024, la Dirección General de la Corporación Autónoma Regional de Cundinamarca - CAR realizó la presentación del Plan de Gestión Ambiental Regional PGAR para la jurisdicción de la CAR para una vigencia de 12 años, esto es 2024 - 2035, ante el Consejo Directivo. Que, en virtud de lo anterior, el Consejo Directivo aprobó el desarrollo de seis comisiones para abordar el estudio de cada uno de los componentes del Plan de Gestión Ambiental Regional PGAR 2024 - 2035, cuyos informes fueron presentados por el Coordinador de las mismas, en sesión extraordinaria efectuada el 23 de abril de 2024, conforme lo establece el artículo 28 del Acuerdo No. 53 de 2024. Que en la sesión extraordinaria del Consejo Directivo realizada el 24 de abril de 2024, la Corporación sometió a consideración de este cuerpo colegiado el proyecto de acuerdo por medio del cual se aprueba el Plan de Gestión Ambiental Regional PGAR 2024 - 2035, para el área de jurisdicción de la CAR. Que, en mérito de lo expuesto, el Consejo Directivo de la Corporación Autónoma Regional de Cundinamarca,

PGAR 2024 - 2035, para el área de jurisdicción de la CAR. Que, en mérito de lo expuesto, el Consejo Directivo de la Corporación Autónoma Regional de Cundinamarca, ACUERDA ARTÍCULO PRIMERO. Aprobar el Plan de Gestión Ambiental Regional PGAR, para el periodo comprendido entre el año 2024 a 2035, conforme al documento presentado por la Corporación Autónoma Regional de Cundinamarca - CAR, con www.car.gov.co Av. La Esperanza# 62-49 - Pisos 6 y 7. www.car.gov.co Conmutador 5801111 - email sau@car.gov.co Bogotá - Colombia GJU-PR-03-FR-11 VERSIÓN 4 25-06-2020 Página 6 de 7Corporación Autónoma Regional de Cundina marca - CAR Consejo Directivo República de Colombia ACUERDO No 06 DEL 24 DE ABRIL DE 2024 "Por el cual se aprueba el Plan de Gestión Ambiental Regional PGAR 2024 - 2035, para el área de jurisdicción de la Corporación Autónoma Regional de Cundina marca - CAR" sus respectivos anexos, los cuales forman parte integral del presente Acuerdo. ARTÍCULO SEGUNDO. Remitir copia del presente Acuerdo y del documento PGAR 2024 - 3025, a los entes territoriales, con el fin de dar cumplimiento a lo establecido en el artículo 2.2.8.6.3.1 del Decreto 1076 de 2015. ARTÍCULO TERCERO. El presente Acuerdo rige a partir de su publicación en el Diario Oficial. Dado en Bogotá D. C., a los 24 días del mes de abril de 2024.

PUBLÍQU · SE Y CÚM PLASE

DIEGO L • S HALA

Diario Oficial. Dado en Bogotá D. C., a los 24 días del mes de abril de 2024.

PUBLÍQU · SE Y CÚM PLASE

DIEGO L • S HALA Pres1 ·o Direc ivo --

(X) ERIKA ELIZABETH SABOGAL ASTfiO

Secretaria del Consejo Direc ivo"'1'fk El aboro. Mario Aod<és PeO,ela Rod,lg"" - O fi Revisó. Nelson Hernán López Romero - Jefe OA T P. Revisó. Freddy Gustavo Orjuela Hernández - Direct r DJUR Revisó. Erick Johany Galeano - SGEN ..,,.-,5;;fifi-- . Anexos. Documento PGAR 2024 - 2035. www.car.gov.co Av. La Esperanza # 62-49 - Pisos 6 y 7. www.car.gov.co Conmutador 5801111 - email sau@car.gov.co Bogotá - Colombia GJU-PR-03 -FR-11 VERSIÓN 4 25-06-2020 Página 7 de 7Corporación Autónoma Regional de Cundin amarc a - CAR Consejo Directivo Rep úb lica de Colom bia Fe de erratas al Acuer do 06 del 24 de abril del 2024 "Por el cual se aprueba el Plan de Gestión Ambiental Regional PGAR 2024 - 2035, para el área de jurisdicción de la Corporación Autónoma Regional de Cundinamarca - CAR" Que el Consejo Directivo de la Corporación Autónoma Regional de Cundinamarca CAR, expidió el Acuerdo No. 06 del 24 de abril del 2024 "Por el cual se aprueba el Plan de Gestión Ambiental Regional PGAR 2024 - 2035, para el área de jurisdicción de la Corporación

expidió el Acuerdo No. 06 del 24 de abril del 2024 "Por el cual se aprueba el Plan de Gestión Ambiental Regional PGAR 2024 - 2035, para el área de jurisdicción de la Corporación Autónoma Regional de Cundinamarca - CAR". Que el artículo segundo del acto administrativo en mención, dispuso: "ARTÍCULO SEGUNDO. Remitir copia del presente Acuerdo y del documento PGAR 2024 - 3025, a los entes territoriales, con el fin de dar cumplimiento a lo establecido en el artículo 2.2.8.6.3. 1 del Decreto 107 6 de 2015'. Que existe en el texto transcrito un error formal respecto el año de vigencia del PGAR, dado que se plasmó las palabras "documento PGAR 2024 -3025", siendo lo correcto "documento PGAR 2024 -2035". Que de conformidad con el art ículo 45 de la Ley 14 37 de 2011 (Código de Procedimiento Administrativo y de lo Contencioso Administrativo) es procedente, en cualquier tiempo, la corrección de los errores meramente formales que se hallen en los actos administrativos . Que teniendo en cuenta lo anterior, resulta necesario corregir el error formal de digitación advertido en el artículo segundo del Acuerdo No. 06 del 24 de abril del 2024, toda vez que se hace alusión al "documento PGAR 2024 -3025", correspondiendo conforme al título y artículo primero del acto administrativo, al "documento PGAR 2024 -2035", lo cual no modifica ni altera el sentido de la decisión adoptada por el cuerpo colegiado. En ese orden de ideas, el artículo segundo queda así: ARTÍCULO SEGUND O. Remitir copia del presente Acuerdo y del documento PGAR 2024

modifica ni altera el sentido de la decisión adoptada por el cuerpo colegiado. En ese orden de ideas, el artículo segundo queda así: ARTÍCULO SEGUND O. Remitir copia del presente Acuerdo y del documento PGAR 2024 - 2035, a los entes territoria les, con el fin de dar cumplimiento a lo establecido en el artículo 2.2.8 .6.3.1 del Decreto 1076 de 2015. Dado en Bogotá D. C., a los 14 día Elaboró: Erick Galeano Basaba -SGEN .,..:..,<;2'._ Revisó: Ana María Santos Yepes - SGEN ¡_ _ ';;·' --fi 1 e junio de 2024. www.car.gov.co Av. La Esperanza # 62-49 - Pisos 6 y 7. www.car.qov.co Conm utador 5801 111 - email sau@car.qov.co Bogotá - Colombia GJU-PR-03-FR-1 1 VERSIÓN 4 25-062020 Página 1 de 1MEM ORAN DO DAF Bogotá , 17 de mayo de 2024

PARA: ERI KA EL IZABE TH SABOGAL CASTRO

Secretaria Gene ral - SGEN DE: DI RECCIÓN ADMINI STRATIVA Y FIN ANCI ER A CAR 17/05/2024 11 :28

Al Contestar cite este No : 20243033407

Origen: Dirección Adminis atIva y Finan

Destino Secretaría General Anexos Fol 1 , _______________ __, ASUN TO: Respuesta al radi cado 20243032 829: Pu bli cación Diar io Ofi cia l Acuerdo No. 06 del 2020 En aten cion a su solicitud me permit o informar qu e la publi cación relacion ada con :

, _______________ __, ASUN TO: Respuesta al radi cado 20243032 829: Pu bli cación Diar io Ofi cia l Acuerdo No. 06 del 2020 En aten cion a su solicitud me permit o informar qu e la publi cación relacion ada con : • ACU ERDO No. 06 DEL 24 DE ABRIL DE 2024 "Por el cua l se apr ueba el Plan de Gestión Ambiental Regional PGAR 2024-2035, para el área de ju risdic ción de la Corporación Autónoma Regional de Cund inama rca - CAR". Se encu entra publicad o en el Dia rio Ofi cia l No. 52. 758 de fecha 16 de ma yo de 2024. Atentamente. GAB RIEL ALEJAN DRO ALVAREZ SIERR A Director Admini strativo y Fina nciero Elaboró Sergio Alejandro Rodríguez Contreras / DAF-ADOUISI CIONES GOO-PR-03-FR-18 VERSIÓN 3 19-06-2020 Pág 1 de 1 Rad 20243033-t0r Finnado almente y estampado cronológicamente por CERTICAi S A Articulo 28 de la Ley 527 de 1999 y Artitulo 5 de la Resolución CAR 3783 de 201BME MOR ANDO DAF Bog otá , 3 de julio de 2024

PARA: DE: FRE DD Y GU STAVO ORJU ELA HE RN ANDE Z

Secretario Gen eral - SGEN DI RECC IÓN ADMINIS TRATIVA Y FI NANC IERA CAR 03i07/2024 15 :09

Al Contestar cite este No.: 20243045837

Origen: Dirección Adminis trativa y Finan

Destino. Secretaria General

Anexos: Fol 1

CAR 03i07/2024 15 :09

Al Contestar cite este No.: 20243045837

Origen: Dirección Adminis trativa y Finan

Destino. Secretaria General

Anexos: Fol 1

ASUN TO: Respuesta al radicado 202430454 42 : SOLICI TUD PUBLIC ACIÓN EN EL

DI ARIO OFI CIAL Cordial Saludo; En ate nción a su solicitud me permito informar que la publicación rela cion ada con : Fe de erratas al Acuerdo 06 del 24 de abril del 2024 "P or el cual se aprueba elPlan de Ges tión Ambiental Regional PGAR 20 24 - 2035, para el área de jurisdicción de la Corporación Autónoma Re gional de Cundin am arca - CAR Se enc uentra publicado en el Diario Oficial No. 52.805 de fecha 2 de julio de 2024 . Atentame nte. GAB RIEL ALEJAN DRO ALVAREZ SIERR A Director Adminis trativo y Fina nciero Elaboró Sergio Alejandro Rodríguez Contreras I DAF-AOQUISI CIONES GDO-IX<-03-FR-18 VERSIÓN 3 1S-06-2020 Pág de 1 Rad 202-43045837

Consultar sobre este documento ...