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CREG - Resolución 211 de 2021

Comisión de Regulación de Energía y Gas

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Detalles

Título
CREG - Resolución 211 de 2021
Autor
Comisión de Regulación de Energía y Gas
Categoría
Infralegal
Área del derecho
Servicios Públicos
Año
2021

República de Colombia

Ministerio de Minas y Energía

COMISIÓN DE REGULACIÓN DE ENERGÍA Y GAS

RESOLUCIÓN No. 211 DE 20 21

( 14 DIC. 2021 )

Por la cual se amplía el plazo del artículo 5 de la Resolución CREG 170 de 2021

LA COMISIÓN DE REGULACIÓN DE ENERGÍA Y GAS

En ejercicio de sus atribuciones constitucionales y legales, en especial las conferidas por las Leyes 142 y 143 de 1994, y en desarrollo de los Decretos 1524 y 2253 de 1994, y 1260 de 2013.

C O N S I D E R A N D O Q U E:

La Comisión de Regulación de Energía y Gas, en su sesión No.1127 del 07 de octubre de 2021 , aprobó la Resolución CREG 1 70 de 2021, Por la cual se convoca a una subasta de reconfiguración de venta de obligaciones de energía firme para el período 2022-2023µ

El artículo 5 de la mencionada resolución suspendió la obligación de: actualización de garantía y anillos de seguridad previstos en la Resolución CREG 061 de 2007 , y de las auditorias de plantas de que trata el artículo 8 de la Resolución CREG 071 de 2006; a los proyectos en construcción que declararan interés de participar en la subasta.

El citado artículo también estableció el plazo para la reanudación del cumplimiento de las obligaciones suspendidas, de hasta 10 días hábiles a partir del día hábil siguiente a la publicación de los resultados de la subasta, o de la

El citado artículo también estableció el plazo para la reanudación del cumplimiento de las obligaciones suspendidas, de hasta 10 días hábiles a partir del día hábil siguiente a la publicación de los resultados de la subasta, o de la publicación de la Circular CREG que cancelara la subasta, lo que ocurriera primero.

La Dirección Ejecutiva de la Comisión de Regulación de Energía y Gas, a través de la Circular CREG 100 de 2021, dio aplicación al parágrafo 2 del artículo 2 de la Resolución CREG 170 de 2021, dando por cancelada la subasta de reconfiguración de venta de obligaciones de energía firme para el periodo 20222023.

Algunos agentes han solicitado a la Comisión que se amplie el plazo del artículo 5 de la Resolución CREG 170 de 2021 para el cumplimiento de las obligaciones referidas.

!"RESOLUCIÓN No. 211 DE 14 DIC. 2021 HOJA No. 2/2

Por la cual se amplía el plazo del artículo 5 de la Resolución CREG 170 de 2021 La Comisión de Regulación de Energía y Gas, en su sesión No. 1140 del 14 de diciembre de 2021, acordó expedir esta resolución.

R E S U E L V E:

ARTÍCULO 1. Modifíquese el artículo 5 de la Resolución CREG 170 de 2021. El artículo 5 de la Resolución CREG 170 de 2021, quedará así:

Artículo 5. Transición para plantas en construcción. Los plazos para el cumplimiento de las obligaciones de actualización de garantías y registro de anillos de seguridad previstos en la Resolución CREG 061 de 2007, y de las

Artículo 5. Transición para plantas en construcción. Los plazos para el cumplimiento de las obligaciones de actualización de garantías y registro de anillos de seguridad previstos en la Resolución CREG 061 de 2007, y de las auditorias de plantas de que trata el artículo 8 de la Resolución CREG 071 de 2006, se suspenderán para las plantas en construcción que tengan OEF asignadas para el período 2022-2023 en la fecha en que declaren interés de participar en la SRCFV.

Los plazos para el cumplimiento de las obligaciones señaladas en el presente artículo se reanudarán a partir del día hábil siguiente a la publicación de los resultados de la subasta, o de la publicación de la Circular CREG que cancele la misma, lo que ocurra primero; y vencerán el 21 de enero de 2022.

ARTÍCULO 2. Vigencia. Esta resolución rige a partir de su publicación en el Diario Oficial.

PUBLÍQUESE Y CÚMPLASE

Dada en Bogotá, D.C. a 14 DIC. 2021

MIGUEL LOTERO ROBLEDO JORGE ALBERTO VALENCIA MARÍN

Viceministro de Energía, Delegado del Ministro de Minas y Energía Presidente Director Ejecutivo

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