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CSJ - AL3456-2018

Corte Suprema de Justicia

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Detalles

Título
CSJ - AL3456-2018
Autor
Corte Suprema de Justicia
Categoría
Jurisprudencia
Área del derecho
Laboral
Año
2018

Repúble.JieCc oal ombia c,rteS UDl'lmade Justicia Sala • cauc1n Lall.,,I LUIS GABRIEL MIRANDA BUELVAS Magistrpaodnoe nte AL3456-2018 Radicacni.º ó7 n9 453 Act3a0 Bogotá, D. C., quince ( 15) de agosto de dos mil dieciocho (2018).

EFRÉN HUMBERTO PADILLA MAYORGA vs.

ELECTRIFICADORA DEL CARIBE S.A. E.S.P.

(ELECTRICARIBE S.A. E.S.P.).

Se reconoce personería al doctor Germán V aldés Sánchez, con tarjeta profesional No. 11.147 del Consejo Superior de la Judicatura, como apoderado de la Electrificadora del Caribe S.A. E.S.P. (Electricaribe S.A. E.S.P.), en los términos y para los efectos del mandato conferido, para ante esta Corporación. Una vez examinado el expediente se advierte por la Corte que se ha incurrido en el error de tener por recurrente en casación a la demandada en las instancias Electrificadora del Caribe S.A. E.S.P. (Electricaribe S.A. E.S.P.), no obstante que quien funge como tal lo es el demandante Efrén Humberto Radicacni.7óº9n 4 53 Padilla Mayorga, pues fue quien interpuso el recurso extraordinario, a quien se le concedió por el Tribunal y a quien se le debió haber admitido mediante auto del 23 de mayo del corriente año. De conformidad con lo dispuesto por el artículo 286 del Código General del Proceso, aplicable a los procesos del trabajo por la remisión de que trata el artículo 145 del Código

Procesal del Trabajo y de la Seguridad Social, se corregirán los cambias de palabras anotados en aras de preservar el derecho de defensa de las partes y mantener el debido proceso. En consecuencia, se corregirá el auto anotado, en el sentido de tener por recurrente a Efrén Humberto Padilla Mayorga, a quien se le correrá el traslado correspondiente para que presente la demanda de casación, asimismo se ordenará corergir el acta de reparto, la caratula y el Sistema de Gestión siglo XXI, en el sentido indicado. En mérito de lo expuesto, la Sala de casación laboral.

RESUELVE:

l. Corregir el auto del 23 de mayo del presente año, en el sentido de admitirse el recurso de casación interpuesto por la parte actora Efrén Humberto Padilla Mayorga.

2. Ordenar correr traslado al recurrente para que presente su demanda.

2 . ' • Radicancº.7i 9ó4n5 3

3. Ordenar que la Secretaría corrija el acta de reparto, la caratula del cuaderno de la Corte y el Sistema de Gestión siglo XXI, por lo expuesto en la parte motiva. ·«a1 t1tda faJfl!tl1& r . .

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