DIAN - Resolución 600390 de 15-08-2024
DIAN - Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales
Descargar PDF
Disponible
Detalles
- Título
- DIAN - Resolución 600390 de 15-08-2024
- Autor
- DIAN - Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales
- Categoría
- Infralegal
- Área del derecho
- Tributario Aduanero y Cambiario
- Año
- 2024
DIAN RESOLUCIÓN NÚMERO 2024003980600390 (15 AGO. 2024) Por la cual se expide una Resolución Anticipada .de Clasificación Arancelaria EL JEFE (A) DE LA COORDINACIÓN DE CLASIFICACIÓN ARANCELARIA DE LASUBDIRECCIÓN TECNICA ADUANERA En uso de las facultades legales que le confiere el numeral:3.3.1 del artículo 2 de laResolución 070 de 2021 y teniendo en cuenta los siguientes HECHOS | Mediante radicado No. 235410000001549 del 04 de abril de 2024, la Sra. ADRIANA MARÍARIVERA YEPES, identificada con Cédula de Ciudadanía No. 66.952.975, RepresentanteLegal de la sociedad CARVAJAL PULPA Y PAPEL S.A.S. ZONA FRANCA PERMANENTEESPECIAL, con NIT 817.002.510-8, presentó una solicitud de Resolución Anticipada deClasificación Arancelaria para la mercancia denominada técnicamente como “LÍNEA DEEMBALAJE DE PLATAFORMAS OMS" y comercialmente como “LÍNEA DE EMBALAJE DEPLATAFORMAS MARCA OMS” La interesada adjuntó a la solicitud copia de los siguientes documentos: ficha técnica enuna (1) página, memoria técnica en trece (13) páginas, manual envolvedora en noventa yseis (96) paginas, manual compactador y zunchadora én ciento nueve (109) paginas,fotografías en tres (3) páginas, Resolución de Clasificación Arancelaria No. 000193 de 2022en cuatro (4) páginas y comprobante de pago en una (1) página.
La solicitante pagó un millón trescientos dieciocho mil.un pesos MCTE ($ 1.318.001,00)según transferencia electrónica del 27 de marzo de 2024 de Bancolombia S.A. al Banco deBogotá. Esta Coordinación con oficios Nos. 100165398-705 del 25 de abril de 2024 y 100165398-706 del 26 de abril de 2024, consultó a los jefes de División de Fiscalización y LiquidaciónAduanera, División de Fiscalización y Liquidación Aduanera y Cambiaria y División Jurídicade las Direcciones Seccionales de Aduanas de. Barranquilla, Bogotá, Cali, Cartagena,Cúcuta y Medellín, y Aduanas de Bucaramanga, Buenaventura, Ipiales, Manizales, Pereiray Santa Marta, y a la Subdirección de Recursos Jurídicos y Subdirección de RepresentaciónExterna, respectivamente, si tenían conocimiento de la existencia de un proceso en cursopara la mercancía objeto de solicitud de clasificación arancelaria, no encontrándoseinformación sobre investigaciones relacionadas con este tipo de producto. Mediante Requerimiento de Información Adicional.- RIA No. S2024000100165398000227del 02. de mayo de 2024 este Despacho solicitó a la usuaria: aclarar algunos aspectostécnicos de los equipos y del proceso descrito en la solicitud. La usuaria responde medianteescrito radicado No. E2024000100165398000303 del 28 de junio de 2024, con diecinueve(19) páginas, renunciando al término restante para atender el reguerimiento en mención.
NDRESOLUCIÓN NÚMERO 2024003980600390 de 15 AGO. 2024 Hoja No. 2
Continuación del acto administrativo por el cual se expide una resolución Anticipada deClasificación Arancelaria Por medio del formato de la solicitud, se indicó que se notifique a la Sra. ADRIANA MARÍARIVERA YEPES, a las direcciones electrónicas manifestadas por la interesadapropalzf juridica@propal.com.co - jesus.crozco@carvajal.com; o por correo en la direcciónVDA EL GUABAL CARR INGENIO LA CABAÑA, en Guachené - Cauca FUNDAMENTOS DE DERECHO Convenio del Sistema Armonizado de Designación y Codificación de Mercancias y suanexo, aprobado por Colombia mediante Ley 646 de 2001. Acuerdo de Cartagena, aprobado por Colombia mediante Ley 87 de 1973. Decisión 885 de la Comisión de la Comunidad Andina, mediante la cual se aprobó el Textoúnico de la Nomenclatura Común de los Países Miembros del Acuerdo de Cartagena. Decreto 1881 de 2021 y sus modificaciones, por el cual se adopta el Arancel de Aduanas yotras disposiciones. Para el caso en estudio se considerarán las siguientes Reglas, Nota y Texto de Partida: Regla General Interpretativa 1: “Los títulos de las secciones, de los capítulos o de los subcapitulos solo tienen un valorindicativo, ya que la clasificación está determinada legalmente por los textos de las partidasy de las notas de sección o de capítulo y, sino son contrarias a los textos de dichas partidasy notas, de acuerdo con las reglas siguientes:”
Nota 4 de la Sección XVI: “Cuando una máquina o una combinación de máquinas estén constituidas por elementosindividualizados (incluso separados o unidos si por tuberías, órganos transmisión, cableseléctricos o de otro modo) para realizar conjuntamente una función netamente definida,comprendida en una de las partidas capitulos 84 u 85, el conjunto se clasifica en la partidacorrespondiente a la función que realice”. Partida 84.22: “Máquinas para lavar vajilla; máquinas y aparatos para limpiar o: secar botellas o demasrecipientes; máquinas y aparatos para llenar, cerrar, tapar, taponar o etiguetar botellas,botes o latas, cajas, sacos (bolsas) o demás continentes; máquinas y aparatos de capsularbotellas, tarros, tubos y continentes análogos; las demás máquinas y aparatos paraempaquetar o envolver mercancías (incluidas las de envolver con película termorretractil);máquinas y aparatos para gasear bebidas.” Regla General Interpretativa 6: “La clasificación de mercancías en las subpartidas de una misma partida está determinadalegalmente por los textos de estas subpartidas y de las notas de subpartida, asf como,mutatis mutandis, por las reglas anteriores, bien entendido que solo pueden compararseRESOLUCIÓN NÚMERO 2024003980600390 de 15 AGO. 2024 Hoja No.3
Continuación del acto administrativo por el cual se expide una resolución Anticipada deClasificación Arancelaria subpartidas del mismo nivel. A efectos de esta regla, también se aplican las notas desección y de capítulo, salvo disposición en contrario” Decreto 1165 de 2019 del Gobierno Nacional y sus modificaciones - artículos 298 a 302 y307, mediante el cual se dictan las disposicionesrelacionadas con. las resolucionesanticipadas de clasificación arancelaria Resolución 046 de 2019 y sus modificaciones, de la Dirección de impuestos y AduanasNacionales, mediante la cual se reglamentan las resoluciones anticipadas de clasificaciónarancelaria CONSIDERACIONES DEL DESPACHO Según la información suministrada con los radicados Nos. 235410000001549 del 04 de abrilde 2024, y E2024000100165398000303 del 28 de junio de 2024, la mercancía objeto declasificación arancelaria, se describe como una combinación de máquinas que se utilizanpara asegurar y proteger cajas: de cartón con: resmas de papel: ensu interior,acondicionadas sobre una estibada, mediante el siguiente procedimiento: La estiba o plataforma cargada con cajas de cartón conteniendo resmas de papel, se ubicamediante montacargas al inicio del transportador que las conduce hacia el compactadorencargado de alinear, centrar y compactar la estiba con cajas utilizando unos brazoslaterales con placas que las compactan por los cuatro lados, corrigiendo los defectos delpaletizado; enseguida, la estiba con cajas alineadas continúan por el transportador derodillos a la estación de zunchado que las hace rotar asegurándolas con pasadas de cintaplástica.
Luego del zunchado, la estiba con las cajas es conducida por el transportador a laenvolvedora. En el recorrido de las cajas estibadas y zunchadas sobre el transportador,éstas son recibidas por los transportadores circulares que usan un motorreductor y coronadentada para facilitar el giro de 360 grados antes de bajarlas al nivel de la envolvedora pormedio del transportador descensor hidráulico que dispone de una central hidráulica, la cual,ayuda con el descenso vertical de la estiba con cajas. Una vez instaladas, se procede aenvolver con cinta de plástico el contorno de la estiba con las cajas mediante el brazorotativo que soporta el dispensador del plástico elástico. Al terminar la envoltura, una resistencia corta la cinta continua de plástico y después, secubre la parte superior de las cajas estibadas con lámina de plástico :proveniente delportarrollos que lo corta y dispensa con las pinzas neumáticas que lo sujetan y entregan enla posición correcta sobre la plataforma (estiba) con cajas. Finalmente, la plataforma con cajas acondicionadas con la envoltura plástica sigue por eltransportador de salida para retirarlas por medio de un montacargas. A continuación, se relacionan los equipos de la solicitud:
1. Un (1) transportador de entrada de plataforma al inicio del proceso, con reductor ymotor,RESOLUCIÓN NÚMERO 2024003980600390 de 15 AGO. 2024 Hoja No. 4
Continuación del acto administrativo por el cual se expide una resolución Anticipada deClasificación Arancelaria
2. Un (1) compactador compuesto por: un (1) sistema de centrado de plataforma conreductor y motor; un (1) sistema compactación de cajas con reductor y motor, un (1)sistema de rotación de brazos compactadores con reductor y motor.
3. Un (1) transportador para posicionamiento de plataforma dentro de la compactadora,con reductor y motor,
4. Una (1) zunchadora con sistema dispensador y aplicador de zuncho, que incluye: dos(2) motores para movimiento de avance (izquierdo-derecho) de las guías del zuncho, un(1) reductor y un (1) motor para el desplazamiento del cabezal en el eje vertical, un (1)transportador de posicionamiento circular con un (1) reductor y un (1) motor para -rotación y avance de la plataforma, un (1) reductor y un (1) motor para movimiento de |los rodillos (avance de la plataforma), un (1) transportador girador salida zuncho con un '(1) reductor y un (1) motor para girar y mover el transportador, un (1) reductor y un (1) >motor para mover los rodillos del transportador. ‘5. Un: (1) tablero. “Drive”. con elementos de potencia: y control para zunchadora,compactador y transportadores, que incluye doce (12) “drive” de control.
6. Un (1) transportador a envolvedora con una (1) central hidráulica y un (1) motor.7. Un (1) transportador recto No.1 a envolvedora, como reductor y motor.
8. Un (1) transportador recto No. 2 a envolvedora, como reductor y motor.
9. Un (1) transportador recto No.3 a envolvedora, como reductor y motor.
10.Un (1) transportador recto No.4 a envolvedora, como reductor y motor. 11.Un (1) transportador recto No. 5 a envolvedora, como reductor y motor. 12.Un (1) transportador girador de entrada a envolvedora con un (1) reductor y un (1) motor _para el movimiento (giro o rotación) del transportador, un (1) reductor y un (1) motor :para movimiento de los rodillos que desplazan la plataforma. 13.Un (1) transportador descensor de plataforma a nivel de la envolvedora, con reductor y :motor. :14.Un (1) sistema dispensador de “Strech”, con motor. -15.Un (1) sistema de elevación del dispensador, para elevar el rollo de “Strech”, con 'reductor y motor. 16.Un (1) sistema de rotación del dispensador con reductor y motor, 17.Un (1) dispensador “Top Sheet” (hoja de plástico que se deposita en la parte superiorge la plataforma), con reductor y motor. :18.Una (1) elevación dispensador “Top Sheet” para llevarel dispensadora la parte superior |de fa plataforma con reductor y motor. 19.Una (1) translación dispensador “Top Sheet” para llevar el dispensador sobre laplataforma, con reductor y motor.RESOLUCIÓN NÚMERO 2024003980600390 de 15 AGO. 2024 Hoja No. 5 Continuación del acto administrativo por el cual se expide una resolución Anticipada deClasificación Arancelaria 20: Un (1) corte “Top Sheet” para cortarla lamina de plástico, compuesto por: una (1)envolvedora de película de plástico, seis (6) cilindros neumáticos del sistema lanzadordel pliego superior, un (1) cilindro neumático aplicador cinta “strech”.
21.Un (1) transportador posicionamiento “Top sheet”, con reductor y motor, un (1): cilindroneumático cuchilla corte de pliego que se aplica en la parte superior de la plataforma. 22.Un (1) transportador salidaplataformas que: retira las plataformas de la zona deenvoltura; con reductor y motor. 23.Un (1) tablero “Drive” envolvedora con elementos de potencia y control, incluye cinco (5)“drive” de control. Según lo anterior, los elementos listados en los numerales :1: a 23 conforman un: conjuntode máquinas que se utilizan para flejar (zunchar) y envolver con plástico cajas de cartónque contienen resmas de papel y que están acondicionadas sobre una estiba (plataforma). Con base en lo expuesto, este Despacho determina que la: mercancía arancelariamenteestá comprendida en la partida 84.22, en atención a la Nota 4 de la Sección.XVI, según lodispuesto en la Regla General Interpretativa 1 de la Nomenclatura del Sistema Armonizadoy con fundamento en la Regia General Interpretativa 6. se clasifica en. la subpartida8422.40.90,90 del Arancel de Aduanas. Teniendo en cuenta que, para el caso en particular, el servicio de clasificación arancelariatiene un valor equivalente a veintiocho (28) Unidades de Valor Tributario - UVT, es decir,UN MILLÓN TRESCIENTOS DIESCIOCHO MIL PESOS MCTE. ($1'318.000), de acuerdocon el comprobante aportado para el trámite queda un saldo a favor de UN PESO MCTE.($1.00), del que podrá solicitar la devolución.
En mérito de lo anteriormente expuesto, el Jefe (A) de la Coordinación de ClasificaciónArancelaria de la Subdirección Técnica Aduanera, RESUELVE ARTÍCULO PRIMERO. Clasificar la mercancia descrita en la presente resolución en lasubpartida 8422,40.90.90 del Arancel de Aduanas, como un conjunto de máquinas paraflejar y envolver con plástico cajas de cartón conteniendo resmas de papel, acondicionadassobre una estiba, de acuerdo con la Nota 4 de la Sección XVI, en aplicación de las ReglasGenerales interpretativas 1 y 6 del mencionado texto arancelario, contenidas en el Decreto1881 de 2021 y sus modificaciones. ARTÍCULO SEGUNDO. Notificar de manera electrónica, el contenido de la presenteResolución a la señora ADRIANA MARÍA RIVERA YEPES identificada con Cédula deCiudadanía No. 66.952.975, en calidad de Representante Legal de la sociedad CARVAJALPULPA: Y. PAPEL. -S.A.S. ZONA FRANCA: PERMANENTE... ESPECIAL, con NIT817.002.510-8,: a. las. direcciones electrónicas informadas en la . solicitudpropalzfjuridica@propal.com.co - jesus.orozco@carvajal.com, de conformidad con loestablecido en el artículo 759 del Decreto 1165 de 2019 modificado por el artículo 137 delDecreto 360 de 2021; artículo 311 de la Resolución 046 de 2019 modificado por el artículo111 de la Resolución 039 de 2021.RESOLUCIÓN NÚMERO 2024003980600390 de 15 AGO. 2024 Hoja No. 6
Continuación del acto administrativo porel cual se expide una resolución Anticipada deClasificación Arancelaria De no ser posible la notificación en forma electrónica, el presente acto administrativo senotificará por correo a la dirección procesal informada por la solicitante en la VDA EL GUABAL CARR INGENIO LA CABAÑA en Guachené- Cauca, o de manera subsidiariamediante aviso en el sitio web de la Dirección de impuestos y Aduanas Nacionales deconformidad con lo establecido en los artículos 763 y 764 del Decreto 1165 de 2019. ARTÍCULO TERCERO. Informar a la interesada que contra el presente acto administrativoprocede recurso de apelación ante la Subdirección Técnica Aduanera, el cual deberáinterponerse dentro de los diez (10) días siguientes a su notificación, de conformidad con lo establecido en el artículo 298 del Decreto 1165 de 2019, el artículo 306 de la Resolución _046 de 2019 y los Artículos 74 y siguientes de la Ley 1437 de 2011. Ñ ARTÍCULO CUARTO. Ordenar una vez en firme, la publicación en el Diario Oficial de lapresente resolución, de conformidad con lo establecido en el artículo 311 de la Resolución 046 de 2019 modificado por el artículo 111 de la Resolución 039 de 2021, el artículo 65 dela Ley 1437 de 2011 y el artículo 119 de la Ley 489 de 1998. A ARTÍCULO QUINTO. Remitir una vez en firme, copia del presente acto administrativo, por...medio de la Coordinación de Correspondencia y Notificaciones de la Subdirección 'Administrativa a la Coordinación de Clasificación Arancelaria de la Subdirección Técnica +Aduanera para lo de su competencia y publíquese en la página web de la DIAN.
NOTIFÍQUESE, PUBLÍQUESE Y CÚMPLASE 2024-08-15 / 04:03:30 pm.‘fecha Acuse de Reciba3Ses: Flemado“Ss De conformidad con la resolución No. 000019 del 28 de marzo de 2018, esta firma electrónica tiene plena validez yremplaza en todos sus efectos a la firma manuscrita. HECTOR ARTURO GARAY LEALJefe (A) Coordinación de Clasificación ArancelariaSubdirección Técnica Aduanera .
Proyecto: RICARDO HERRERA DAZA a | A,Revisó: LEONARDO RICO Coordinación de NotificacionesPOR UNA COLOMBIA MÁS RONESTA Nivel Central Bogoté D. C certifica que el Acto waministrativo fue publicadoDipkio OFICIAL, EDICIONpublicado, A :S221 DUS. 42, C1 aE aay