DIAN - Resolución 600527 de 24-10-2024
DIAN - Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales
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Detalles
- Título
- DIAN - Resolución 600527 de 24-10-2024
- Autor
- DIAN - Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales
- Categoría
- Infralegal
- Área del derecho
- Tributario Aduanero y Cambiario
- Año
- 2024
RESOLUCIÓN NÚMERO 2024003980600527 (24 oct. 2024) Por la cual se expide una Resolución de Clasificación ArancelariaOrdinaria EL JEFE (A) DE LA COORDINACIÓN DE CLASIFICACIÓN ARANCELARIA DE LASUBDIRECCIÓN TÉCNICA ADUANERA En uso de las facultades legales que le confiere el numeral 3.3.1 del artículo 2 de laResolución 070 de 2021 y teniendo en cuenta los siguientes HECHOS Mediante radicado No. 235410000001711 de 03 dejulio de 2024, el Sr. LUIS ALEJANDROMORENO TATIS, identificado con Cédula de Ciudadanía MM) en calidad derepresentante legal de la sociedad LASOGAN GROUP S.A.S, con NITO,presentó una solicitud de resolución de clasificación arancelaria ordinaria para la mercancíadenominada técnica y comercialmente como GRANJA DE POCICULTURA YMATERNIDAD. El interesado adjuntó a la solicitud los siguientes documentos: formato SIE-SARP en dos(2) folios, certificado de existencia y representación legal en ocho (8) folios, comprobantede pago en un (1) folio, formulario del registro único tributario en cinco (5) folios, fotografíaen nueve (9) folios, ficha técnica en siete (7) folios y resolución de clasificación arancelariaNo. 2023003980600609 del 28 diciembre de 2023 en ocho (8) folios,
El solicitante pagó un millón trescientos veinte mil pesos m/cte ($ 1.320.000,00) segúnConsignación número 233004181 de 17 de junio de 2024 del Banco de Bogotá. Mediante Requerimiento de Información Adicional - RIA No. S2024000100165398000386del 16 de julio de 2024 este Despacho solicitó al usuario: Ampliar la descripción y explicarlas etapas del proceso abarcando desde el primero hasta el último componente de launidad, informar el área que ocupa la unidad y el lugar geográfico del país donde seinstalará el sistema, aportar en una tabla o cuadro Excel el listado de máquinas, equipos oaparatos que conforman el sistema, indicando en su orden: cantidad, nombre,características técnicas y la función en forma resumida, aclarar la capacidad de alojamientodel sistema. El usuario responde mediante escrito con radicado No.E2024000100165398000429 del 09 de septiembre de 2024, con 6 folios, renunciando altérmino restante para responder. Con radicado No. E2024000100165398000529 del 23 de octubre de 2024, el interesadoadjuntó el recibo de pago No. 8304141 de la misma fecha por valor de $ 1.320.000, comosoporte de la presente solicitud de clasificación arancelaria teniendo en cuenta que elcomprobante de pago mencionado arriba ya había sido utilizado en otro radicado. Esterecibo fue aceptado con radicado No. $2024000100165398000620 del 24 de octubre de2024. Por medio del formato de la solicitud se indicó que se notifique al Sr. LUIS ALEJANDROMORENO TATIS, a las direcciones electrónicas manifestadas por el interesado: O por correo en ladirecció
ARESOLUCIÓN NÚMERO 2024003980600527 de 24 oct. 2024 Hoja No. 2 Continuación del acto administrativo por el cual se expide una resolución de ClasificaciónArancelaria Ordinaria : FUNDAMENTOS DE DERECHO Convenio del Sistema Armonizado de Designación y Codificación de Mercancías y suanexo, aprobado por Colombia mediante Ley 646 de 2001. Acuerdo de Cartagena aprobado por Colombia mediante Ley 8? de 1973. Decisión 885 de la Comisión de la Comunidad Andina, mediante la cual se aprobó el Texteúnico de la Nomenclatura Común de los Países Miembros del Acuerdo de Cartagena. Decreto 1881 de 2021 y sus modificaciones, por el cual se adopta el Arancel de Aduanas \otras disposiciones. Para el caso en estudio se consideran las siguientes Reglas, Nota y texto de partida Regla General Interpretativa 1 “Los títulos de las Secciones, de los Capítulos o de los Subcapítulos solo tienen un valoindicativo, ya que la clasificación está determinada legalmente por los textos de las partidas:y de las Notas de Sección o de Capítulo y, si no son contrarias a los textos de dichas;partidas y Notas, de acuerdo con las Reglas siguientes:” : Nota 4 de la Sección XVI “Cuando una máquina o una combinación de máquinas estén constituidas por elementos:individualizados (incluso separados o unidos entre sí por tuberías, órganos de transmisión,-cables eléctricos o de otro modo) para realizar conjuntamente una función netamentedefinida, comprendida en una de las partidas de los Capítulos 84 u 85, el conjunto se”clasificará en la partida correspondiente a la función que realice.” Partida 84.36
Partida 84.36 “Las demás máquinas y aparatos para la agricultura, horticultura, silvicultura, avicultura ¢apicultura, incluidos los germinadores con dispositivos mecánicos o térmicos incorporadosy las incubadoras y criadoras avícolas.” Regla General Interpretativa 6 “La clasificación de mercancías en las subpartidas de una misma partida está determinadalegalmente por los textos de estas subpartidas y de las Notas de subpartida, así como,mutatis mutandis, por las Reglas anteriores, bien entendido que solo pueden compararsesubpartidas del mismo nivel. A efectos de esta Regla, también se aplican las Notas de'Sección y de Capítulo, salvo disposición en contrario.” Decreto 1165 de 2019 del Gobierno Nacional y sus modificaciones - artículos 303 a 307,mediante el cual se dictan las disposiciones relacionadas con las solicitudes de resolución.de clasificación arancelaria ordinaria. Resolución 046 de 2019 y sus modificaciones de la Dirección de Impuestos y AduanasNacionales mediante las cuales se reglamentan las solicitudes de resolución de.clasificación arancelaria ordinaria.RESOLUCIÓN NÚMERO 2024003980600527 de 24 oct. 2024 Hoja No. 3 Continuación del acto administrativo por el cual se expide una resolución de ClasificaciónArancelaria Ordinaria CONSIDERACIONES DEL DESPACHO . Según la información suministrada con radicados Nos. 235410000001711 de 03 de julio de2024 y E2024000100165398000429 del 09 de septiembre de 2024 la mercancía objeto de: clasificación arancelaria, se describe como una serie de equipos destinados a conformarun galpón para la produccion porcina mediante las siguientes etapas:
El proceso comienza en jaulas de gestación, donde las cerdas son inseminadasartificialmente a los 220 días de vida y 130 kilos. La gestación dura 114 días, durante loscuales las cerdas pasan los primeros 42 días en jaulas individuales para prevenir pérdidasembrionarias, antes de ser trasladadas a corrales grupales hasta los 111 días de gestación.Tres días antes del parto, se mueven al área de maternidad, donde dan a luz y amamantana sus lechones. En la maternidad, equipada con jaulas parideras, se cuida a la temperatura y sanidad delas cerdas y lechones durante 21 días. Tras el destete, las cerdas regresan a las jaulas degestación para iniciar un nuevo ciclo, mientras que los lechones son trasladados a un áreade precebo. Allí, permanecen durante 7 semanas, desde los 21 hasta los 70 días, donde¿ alcanzan un peso promedio de 32 kilos en corrales diseñados para su bienestar y+ crecimiento. Finalmente, los lechones son trasladados al área de ceba a los 70 días y 32 kilos de peso.En esta fase, los corrales tienen el piso y paredes construidas en cemento ya que los cerdosson capaces de manejar cierto tipo de humedades y temperaturas. Se utilizan comederos. seco-húmedos que garantizan una alimentación continua, permitiendo que los cerdosalcancen un peso de 110 kilos en 154 días, optimizando así la producción porcina.
. Los equipos que conforma el sistema son los siguientes: Sistema gestación
1. Quinientos (500) comederos de gota semiautomático.2. Doscientos sesenta y nueve (269) jaula de gestación.3. Trescientos (300) comedero de plástico para cerdas con borde de acero inoxidable,tamaño 445 x 365 x 230 mm.4. Doscientos ochenta y uno (281) cajón de lateral de la jaula.5. Doscientos sesenta y nueve (269) puertas de entrada de las jaulas, tubo redondo 26
6. Soselontos sesenta y nueve (269) puertas de entrada de las jaulas tubo redondo 267. Treinta y sets (36) barras de conexión; tubo redondo 26 x 2.5 mm, 19 x 2.5 mm, 0.858. Dieciocho (18) barras de conexión; tubo redondo 26 x 2.5 mm, 19 x 2.5 mm, 0.15mirs.9. Tres (3) barras de conexión; tubo redondo 26 x 2.5 mm, 19 x 2.5 mm, 4.96 mtrs.10. Tres (3) barras de conexión superior; tubo galvanizado 26 x 2.5 mm, 3.15 mtrs.11.Setenta y dos (72) barras de conexión superior; tubo galvanizado 26 x 2.5 mm, 6mtrs.12.Ochocientos cuarenta y tres (843) clips de amarre.13.Ochocientos cuarenta y tres (843) tuerca de expansión; perno de expansión M10 x100.14. Quinientos sesenta y dos (562) tuercas M12 x30.
Sistema de maternidadRESOLUCIÓN NÚMERO 2024003980600527 de 24 oct. 2024 Hoja No. 4 Continuación del acto administrativo por el cual se expide una resolución de ClasificaciónArancelaria Ordinaria
15. Sesenta y seis (66) corral de cerdas, tubo redondo 32 X 2.5, 26 X 2.5.16. Ocho (8) postes esquineros, placa intermedia de 2 mm.17.Ciento treinta y dos (132) canales en U con gancho, placa intermedia de 2 mm.18.Ocho (8) poste esquinero puerta trasera de la jaula paridera, placa intermedia de 2mm.19.Sesenta y dos (62) puerta trasera de la jaula paridera, placa intermedia de 2 mm.20.Sesenta y dos (62) delanteros y frontales de las jaulas parideras, placa intermediade 2 mm.21.Doscientos seis (206) paneles de PVC, accesorio en PVC longitud 645 mm.22. Ciento treinta y dos (132) mango de plancha.23. Sesenta y seis (66) herrajes de parideras.24. Quinientos veinte y ocho (528) pisos plásticos de 600 mm x 400 mm25. Quinientos veinte y ocho (528) pisos plásticos de 600 mm x 600 mm26. Doscientos sesenta y ocho (268) pletinas, vigas triangulares huecas, altura 120 mm,2.4 metros por unidad. :27.Quinientos treinta y seis (536) soportes de tapón.28. Sesenta y seis (66) comederos de plástico de 445 x 365 x 230 mm.29.Sesenta y seis (66) comederos para lechones.30, Sesenta y seis (66) tubo de agua para la cerda y el lechón, tubo galvanizado 21 x:2.5 mm.31.Ciento
treinta y dos (132) pinza de tubo de agua, accesorio galvanizado.32. Sesenta y seis (66) bebederos para cerdas.33. Sesenta y seis (66) bebederos para lechones. :34. Sesenta y seis (66) caja calefactora de aleación ABS tamaño 1268 x 420 x120 mm.35. Sesenta y cuatro (64) doble cierre lateral. :36. Cuatro (4) sujetador lateral. i37.Sesenta y seis (66) pantalla de calefacción tamaño; 21.5 cm, altura 32 cm, frecuencia.220 v, potencia 275 w. i38.Sesenta y seis (66) lámparas transparentes de 275 w, 220 v39.Dos (2) lámparas de 275 w, 220 v ;40.Una (1) pantalla de calefacción tamaño; 21.5 cm, altura 32 cm, frecuencia 220 v::potencia 275 w.41.Dos (2) tubos calefactores rojo, dimensión 118 mm.
Precebo 1
42. Veinte (20) poste bidireccional; tubo cuadrado 40 x 2 mm, placa 2 mm.43.Diez (10) poste bidireccional; tubo cuadrado 40 x 2 mm, placa 2 mm.44. Veinticinco (25) poste L; placa 6 mm.45.Veinticinco (25) vallas de tablones de pvc; longitud 2144 mm.46. Cincuenta (50) tubos redondos; longitud 2024 mm. a47.Cien (100) racores de tubo redondo; un lado es tubo redondo de diámetro interior 32:mm; El otro lado es de forma cuadrada de 35X30mm; La longitud es125mm. z48. Doscientas cincuenta (250) tuercas M 8 x 55.49. Setenta y cinco (75) tuercas M 8 x 0.50. Ciento cinco (105) tuercas M 10 x 50.51. Cuarenta (40) tuercas de expansión M10 x 10052. Cincuenta (50) clips de agarre en U.53. Novecientos cincuenta (950) pisos plásticos; tamaño 600 mm x 600 mm.54. Ciento veinte (120) viguetas fibra de vidrio.55.Trescientos (300) soportes amarillos, triangular con tapón56. Trescientos (300) soportes amarillos, triangular con agujero pasante.RESOLUCIÓN NÚMERO 2024003980600527 de 24 oct. 2024 Hoja No. 5
Continuación del acto administrativo por el cual se expide una resolución de ClasificaciónArancelaria Ordinaria Precebo 2 57.Quince (15) poste bidireccional; tubo cuadrado 40 x 2 mm; placa 2 mm.58. Seis (6) poste contra la pared; tubo cuadrado 40 x 2 mm; placa 2 mm59. Dieciocho (18) poste en L; placa en 6 mm.60. Dieciocho (18) valla de tablones en PVC; longitud 2312 mm.61. Treinta y seis (36) tubo redondo 32 x 2.5 mm; longitud 2252 mm.62. Sesenta y dos (72) accesorios de tubo redondo de diámetro interior 32 mm; el otrolado es de forma cuadrada de 35X30mm; La longitud es125mm.63. Ciento ochenta (180) tuercas M 8 x 55.64. Cincuenta y cuatro (54) tuercas M 8 x 60.65. Setenta y ocho (78) tuercas M 10 x 5066. Veinticuatro (24) tuercas de expansión M 10 x 10067. Treinta y seis (36) unidades de clips en U.68. Seiscientos setenta y dos (672) pisos plásticos69. Cuarenta (40) comedero de acero inoxidable.
Ceba
70. Setenta (70) comedero en tolva en seco húmedo (140 L) con soporte de acero71.Cinco (5) paneles de clasificación Analizada la información anterior se tiene que la mercancía objeto de clasificaciónarancelaria comprende varias etapas de un galpón para porcicultura (gestación,- maternidad, preceba y ceba); por lo tanto, esta Coordinación considera que la gestacióncomo primera etapa es fundamental para que se inicie el proceso de desarrollo porcino y_ en consecuencia los componentes correspondientes a esta etapa son lo que se van a clasificar con este acto administrativo. Las demás etapas (maternidad, preceba y ceba)incluidos los equipos comprendidos en los numerales 15 al 71, se excluyen de la unidadfuncional y deben seguir el régimen de clasificación arancelaria, según corresponda.Esta Coordinación considera que arancelariamente los aparatos y equipos relacionados enlos numerales 1 al 14 trabajan conjuntamente para albergar y alimentar cerdas durante laetapa de gestación, que de acuerdo con lo establecido en la Nota 4 de la Sección XVI y enaplicación de la Regla General interpretativa 1 están comprendidos en la partida 84.36 dela Nomenclatura del Sistema Armonizado y con fundamento en la Regla GeneralInterpretativa 6, se clasifica en la subpartida 8436.80.90.00 del Arancel de Aduanas.
Teniendo en cuenta lo establecido en el artículo 5° de la Resolución No. 000063 del 10 deabril del 2024, el servicio de clasificación arancelaria tiene un valor equivalente a UNMILLÓN TRECIENTO QUINCE MIL DOSCIENTOS NOVENTAY UN PESOS ($ 1.315.291)incluido el IVA. De acuerdo con el comprobante de consignación aportado para el trámitequeda un saldo a favor de CUATRO MIL SETECIENTOS NUEVE PESOS ($4.709), delcual podrá solicitar devolución conforme lo señalado en el artículo 10 ibidem. En mérito de lo anteriormente expuesto, el Jefe (A) de la Coordinación de ClasificaciónArancelaria de la Subdirección Técnica Aduanera, RESUELVE ARTÍCULO PRIMERO. Clasificar la mercancía descrita en la presente resolución en lasubpartida 8436.80.90.00 del Arancel de Aduanas, salvo las excepciones indicadas en lasconsideraciones, como un conjunto de aparatos y equipos en porcicultura, en la etapa degestación, en aplicación de la Nota 4 de Sección XVI y según las Reglas Generales 16RESOLUCIÓN NÚMERO 2024003980600527 de 24 oct. 2024 Hoja No. 6
Continuación del acto administrativo por el cual se expide una resolución de Clasificación,Arancelaria Ordinaria Interpretativas 1 y 6 del mencionado texto arancelario, contenido en el Decreto 1881 de.2021 y sus modificaciones. ARTÍCULO SEGUNDO. Notificar de manera electrónica, el contenido de la presenteResolución al señor LUIS ALEJANDRO MORENO TATIS identificado con Cédula de:Ciudadanía No. Gap. en calidad de Representante Legal de la sociedadLASOGAN con NIT a las direcciones electrónicas informadas en lesolicitud - AO de conformidadcon lo establecido en el artículo 759 del Decreto 1165 de 2019 modificado por el artículo137 del Decreto 360 de 2021 y el artículo 319 de la resolución 046 de 2019 modificado porel artículo 114 de la resolución 039 de 2021. De no ser posible la notificación en forma electrónica, el presente acto administrativo Sé,rá por correo a la dirección procesal informada por el usuario QUO.a; de manera subsidiaria mediante aviso en el sitio web de la Dirección de::impuestos y Aduanas Nacionales de conformidad con lo establecido en los artículos 763:764 del Decreto 1165 de 2019. 5 ARTÍCULO TERCERO. Informar al interesado que contra el presente acto administrativeprocede recurso de apelación ante la Subdirección Técnica Aduanera, el cual deber:interponerse dentro de los diez (10) días siguientes a su notificación, de conformidad cori.lo establecido en el artículo 305 del Decreto 1165 de 2019 y los artículos 74 y siguientes de’la Ley 1437 de 2011.
ARTÍCULO CUARTO. Ordenar una vez en firme, la publicación de la presente resolución'en el Diario Oficial, de conformidad con el artículo 319 de la Resolución 046 de 2019,modificado por el artículo 114 de la Resolución 039 de 2021, el artículo 65 de la Ley 1437de 2011 y el Artículo 119 de la Ley 489 de 1998. ARTÍCULO QUINTO. Remitir una vez en firme, copia del presente acto administrativo, po;medio de la Coordinación de Correspondencia y Notificaciones de la Subdirección:Administrativa a la Coordinación de Clasificación Arancelaria de la Subdirección Técnicz:Aduanera para lo de su competencia y publíquese en la página web de la DIAN.
NOTIFÍQUESE, PUBLÍQUESE Y CÚMPLASE
POR UNA COLOMBIAMAS HAC Nivel Central Bogotá D.C. 28 NOV 202% De conformidad con la resolución No. 000019 del 28 de marzo de 2018, esta firma electrónica tiene plena validez $Yremplaza en todos sus efectos a la firma manuscrita. HECTOR ARTURO GARAY LEALJefe (A) Coordinación de Clasificación ArancelariaSubdirección Técnica Aduanera