🇨🇴⚖️ La Rama Judicial valida a Ariel en prueba de concepto de IA. Conoce los resultados aquí

DIAN - Resolución 600569 de 12-11-2024

DIAN - Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales

Icono de documento PDF

Descargar PDF

Disponible

Detalles

Título
DIAN - Resolución 600569 de 12-11-2024
Autor
DIAN - Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales
Categoría
Infralegal
Área del derecho
Tributario Aduanero y Cambiario
Año
2024

—— DIAN RESOLUCION NUMERO 2024003980600569 (12 nov. 2024) Por la cual se expide una Resolución de Clasificación ArancelariaOrdinaria EL JEFE (A) DE LA COORDINACIÓN DE CLASIFICACIÓN ARANCELARIA DE LASUBDIRECCION TÉCNICA ADUANERA En uso de las facultades legales que le confiere el numeral 3.3.1 del artículo 2° de laResolución 070 de 2021 y teniendo en cuenta los siguientes

HECHOSMediante radicado No. 235410000001827 de 02 de septiembre de 2024, la señora MYRIAM' YANET LABARCA ANTUNEZ, identificada con cédula de ciudadaníaRepresentante Legal de la sociedad DRY COMFORT CORP S.A.S. con NIT. 5, presentó una solicitud de resolución de clasificación arancelaria ordinaria para lamercancía denominada técnicamente cómo TOALLAS HUMEDAS ANTIBACTERIALES YDESINFECTANTESy comercialmente cómo TOALLITAS HUMEDAS ANTIBACTERIALESY DESINFECTANTES (KERIDITO).La interesada adjuntó a la solicitud los siguientes documentos: Formato de solicitud SIE —SARP en dos (2) folios, ficha técnica en dos (2) folios, certificado de existencia yrepresentación legal en ocho (8) folios, y comprobante de pago en un (1) folio.- La solicitante pagó seiscientos cincuenta y nueve mil pesos m/cte ($ 659.000,00) segúnTransferencia número 1104011780 de 28 de agosto de 2024 del Bancolombia S.A. al Bancode Bogotá.Mediante Requerimiento de Información Adicional - RIA No. S2024000100165398000543del 17 de septiembre de 2024 este Despacho solicitó a la usuaria: Informar cuál es lacomposición y características principales de la tela no tejida; adjuntar imágenes a color decada una de las presentaciones comerciales, por ambas caras, donde se pueda visualizary confirmar las condiciones de uso, ingredientes y sus etiquetas. La usuaria responde mediante escrito radicado No. E2024000100165398000498

del 7 deoctubre de 2024, con 19 folios y adjunta copia de las Resoluciones 600305 y 600307 del 05de julio de 2024, 600455 del 24 de octubre de 2023 de productos similares clasificadosarancelariamente por la subpartida 3808.94.19.00, renunciando al término restante paraatender el requerimiento en mención.Por medio del formato de la solicitud se indicó que se notifique a la señora MYRIAM YANETLABARCA ANTUNEZ, a las direcciones electrónicas manifestadas por la interesada; O por correo en ladireccióne oRESOLUCIÓN NÚMERO 2024003980600569 de 12 nov. 2024 Hoja No. 2Continuación del acto administrativo por el cual se expide una Resolución de Clasificació::Arancelaria Ordinaria

FUNDAMENTOS DE DERECHOConvenio del Sistema Armonizado de Designación y Codificación de Mercancías y suanexo, aprobado por Colombia mediante Ley 646 de 2001.Acuerdo de Cartagena aprobado por Colombia mediante Ley 8? de 1973.Decisión 885 de la Comisión de la Comunidad Andina, mediante la cual se aprobó el Textoúnico de la Nomenclatura Común de los Países Miembros del Acuerdo de Cartagena.Decreto 1881 de 2021 y sus modificaciones, por el cual se adopta el Arancel de Aduanas yotras disposiciones.Para el caso en estudio se consideran las siguientes Reglas, Nota y Texto de Partida:Regla General Interpretativa 1:“Los títulos de las Secciones, de los Capítulos o de los Subcapítulos solo tienen un valcrindicativo, ya que la clasificación está determinada legalmente por los textos de las partidasy de las Notas de Sección o de Capítulo y, si no son contrarias a los textos de dichaspartidas y Notas, de acuerdo con las Reglas siguientes...”Nota 2 de la Sección VI“Sin perjuicio de las disposiciones de la Nota 1 anterior, cualquier producto que, por stpresentación en forma de dosis o por su acondicionamiento para la venta al por menor,pueda incluirse en una de las partidas 30.04, 30.05, 30.06, 32.12, 33.03, 33.04, 33.05,33.06, 33.07, 35.06, 37.07 o 38. 08, se clasifica en dicha partida y no en otra de laNomenclatura.”Partida 38.08“Insecticidas, raticidas y demás antirroedores,

fungicidas, herbicidas, inhibidores degerminación y reguladores del crecimiento de las plantas, desinfectantes y productossimilares, presentados en formas o en envases para la venta al por menor, o comopreparaciones o artículos fales como cintas, mechas y velas, azufradas, y papelesmatamoscas.”Regla General Interpretativa 6“La clasificación de mercancías en las subpartidas de una misma partida está determinadalegalmente por los textos de estas subpartidas y de las Notas de subpartida, así como,mutatis mutandis, por las Reglas anteriores, bien entendido que solo pueden compararsesubpartidas del mismo nivel. A efectos de esta Regla, también se aplican las Notas deSección y de Capítulo, salvo disposición en contrario.Decreto 1165 de 2019 del Gobierno Nacional y sus modificaciones - artículos 303 a 306,mediante el cual se dictan las disposiciones relacionadas con las solicitudes de clasificaciónarancelaria ordinaria.Resolución 046 de 2019 y sus modificaciones de la Dirección de Impuestos y AduanasNacionales mediante las cuales se reglamentan las solicitudes de clasificación arancelariaordinaria.RESOLUCIÓN NÚMERO 2024003980600569 de 12 nov. 2024 Hoja No. 3Continuación del acto administrativo por el cual se expide una Resolución de ClasificaciónArancelaria Ordinaria

CONSIDERACIONES DEL DESPACHOSegún la información suministrada con el radicado No. 235410000001827 de 02 deseptiembre de 2024 y E2024000100165398000498 del 7 de octubre de 2024, la mercancíaobjeto de clasificación arancelaria, se describe como una manufactura compuesta por una tela no tejida, 20% viscosa, 80% poliéster, color blanco, de forma rectangular, impregnadade una solución, con la siguiente composición:Agua, función: Diluyente o solvente.- Glicerina, función: Humectante.- Vitamina E, función: AntioxidanteExtracto de Aloe Vera, función: Hidratante.Cloruro de Benzalconio, función: Antiséptico, desinfectante, bactericida e inhibidor de laactividad viral.Polisorbato 20, función: Emulsificante.Fenoxietanol, Preservativo y antimicrobiano.- Perfume, función: Perfumar.- El producto se usa para limpieza de cara, manos y pies del bebe, posee beneficios antibacteriales y desinfectantes, los cuales a pesar de sus características humectantes yde limpieza están principalmente concebidos para eliminar gérmenes y bacterias gracias alefecto del Cloruro de Benzalconio, desinfectante, bactericida e inhibidor de la actividad viral,se presenta en Paquete por 24, 70 y 72 toallas empacadas en material bilaminadopoliestireno y polyester, impreso por la cara externa.Del análisis de la información anterior, se establece que el producto corresponde a una preparación desinfectante impregnada en una tela sin tejer, acondicionada para la venta alpor menor, que arancelariamente en aplicación

de la Nota 2 de la Sección VI y la ReglaGeneral Interpretativa 1 está comprendida en la partida 38.08 de la Nomenclatura delSistema Armonizado y acorde con la Regla General Interpretativa 6, se clasifica en lasubpartida 3808.94.19.00 del Arancel de Aduanas.Teniendo en cuenta lo establecido en el artículo 5° de la Resolución No. 000063 del 10 deabril del.2024, el servicio de clasificación arancelaria tiene un valor equivalente a seiscientoscincuenta y siete mil seiscientos cuarenta y cinco pesos moneda legal ($657.645), incluido

e + IVA. De acuerdo con el comprobante de consignación aportado para el trámite, queda un“saldo a favor de mil trescientos cincuenta y cinco pesos M/CTE ($1.355), del cual podrá“solicitar devolución conformelo señalado en el artículo 10° ibidem.“En mérito de lo anteriormente expuesto, el Jefe (A) de la Coordinación de ClasificaciónArancelaria de la Subdirección Técnica Aduanera,RESUELVEARTÍCULO PRIMERO. Clasificar la mercancía descrita en la presente resolución en lasubpartida 3808.94.19.00 del Arancel de Aduanas, como una preparación desinfectante,- presentada en un soporte tela sin tejer, acondicionada para la venta al por menor, que en aplicación de la Nota 2 de la Sección VI y las Reglas General Interpretativas 1 y 6 delmencionado texto arancelario, contenidas en el Decreto 1881 de 2021 y sus modificaciones.ARTÍCULO SEGUNDO. Notificar de manera electrónica, el contenido de la presente: Resolución a la señora MYRIAM YANET LABARCA ANTUNEZ identificada con cédula deciudadanía No. Representante Legal de la sociedad DRY COMFORT CORPRESOLUCIÓN NÚMERO 2024003980600569 de 12 nov. 2024 Hoja No. 4Continuación del acto administrativo por el cual se expide una Resolución de Clasificació::Arancelaria Ordinaria :

S.A.S. con NIT FY a las direcciones electrónicas informadas en ía:conformidad con lo establecido en el articulo e ecreto e modaricado parel artículo 137 del Decreto 360 de 2021 y el artículo"319 de la resolución 046 de 2013modificado por el artículo 114 de la resolución 039 de 2021.De no ser posible la notificación en forma electrónica, el presente acto administrativo spnotificará_ por correo a la dirección procesal informada por el usuario,Bolívar o de manera subsidiaria mediante aviso en el sitio web de la Dirección de Impueste'sy Aduanas Nacionales de conformidad con lo establecido en los artículos 763 y 764 delDecreto 1165 de 2019.ARTÍCULO TERCERO. Informar a la interesada que contra el presente acto administrativ:>procede recurso de apelación ante la Subdirección Técnica Aduanera, el cual deberinterponerse dentro de los diez (10) días siguientes a su notificación, de conformidad conlo establecido en el artículo 305 del Decreto 1165 de 2019 y los artículos 74 y siguientes c03la Ley 1437 de 2011.ARTÍCULO CUARTO. Ordenar una vez en firme, la publicación de la presente resoluciónen el Diario Oficial, de conformidad con el artículo 305 del Decreto 1165 de 2019, el artículo319 de la Resolución 046 de 2019, el artículo 65 de la Ley 1437 de 2011 y el Artículo 119de la Ley 489 de 1998.ARTICULO QUINTO. Remitir una vez en firme, copia del presente acto administrativo, permedio de la Coordinación de Correspondencia y Notificaciones de la SubdirecciónAdministrativa a la Coordinación de Clasificación Arancelaria de la Subdirección TécnicaAduanera para lo de su competencia y publíquese en la página web de la DIAN.

NOTIFÍQUESE, PUBLÍQUESE Y CÚMPLASECoordinación de Notficaciones+ POR UNA COLOMBIAMÁS MHAST<"A Mivol Central Bogotá D.C 10 Dic az EM DIARIO HSSWFirmado De conformidad con la resolución No. 000019 del 28 de marzo de 2018, esta firma electrónica tiene plena validez'yremplaza en todos sus efectos a la firma manuscrita. HECTOR ARTURO GARAY LEALJefe (A) Coordinación de Clasificación ArancelariaSubdirección Técnica Aduanera

Proyecto: HAROLD LIBARDO ROJAS CASTAÑEDARevisó: FIDEL RAUL MINOTTA BENITEZ

Consultar sobre este documento ...