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DIAN - Resolución 600610 de 27-11-2024

DIAN - Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales

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Detalles

Título
DIAN - Resolución 600610 de 27-11-2024
Autor
DIAN - Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales
Categoría
Infralegal
Área del derecho
Tributario Aduanero y Cambiario
Año
2024

RESOLUCIÓN NÚMERO 2024003980600610 (27 nov. 2024) Por la cual se expide una Resolución de Clasificación Arancelariaa Petición de Cualquier Interesado EL JEFE (A) DE LA COORDINACIÓN DE CLASIFICACIÓN ARANCELARIA DE LASUBDIRECCIÓN TÉCNICA ADUANERA En uso de las facultades legales que le confiere el numeral 3.3.1 del artículo 2 de laResolución 070 de 2021 y teniendo en cuenta los siguientes

HECHOSMediante radicado No. 235410000001602 de 26 de abril de 2024, el señor GUILLERMOALFONSO TOLEDO RONCANCIO, identificado con cédula de ciudadaníamandatario, de la sociedad ARIS MINING SEGOVIA, con NIT) presentó unasolicitud de resolución de clasificación arancelaria a petición de cualquier interesado parala mercancía denominada técnica y comercialmente como “EQUIPO DE CONTROL YDISTRIBUCIÓN DE ACCESO (BIOMÉTRICO), EABR BIOMETRIC READER (HCB911-5-0-GB) SISTEMA INTELIGENTE EQUIPOS PARA PROYECTO POLVORINES XTIMEACCESO PERSONAL y VEHICULAR.- El interesado adjuntó a la solicitud los siguientes documentos: formulario de solicitud SIE - -SARP en dos (2) folios; elementos XTIME polvorines foto - función ab 25 en nueve (9) folios,formulario clasificación oficial DIAN - equipo de control y distribución de acceso (biométrico),polvorines en un (1) folio, listado elementos sistema polvorines en un (1) folio, carta solicitudclasificación unidad funcional sistema inteligente EABR PAL SOLUTIONS - polvorines ab| 25 en un (1) folio, elementos PAL polvorines función — características en un (1) folio,- descripción del proceso unidad funcional - sistema inteligente EABR PAL SOLUTIONSpolvorines en doce (12) folios, listado elementos sistema polvorines inventario en un (1)folio y comprobante de pago en un (1) folio.El solicitante pagó un millón trescientos dieciocho mil pesos m/cte ($ 1.318.000,00) segúnConsignación número

992574096 de 26 de abril de 2024 del Banco de Bogota.Mediante Requerimiento de Información Adicional - RIA S2024000100165398000257 del15 de mayo de 2024, este Despacho solicitó al usuario: Aclarar en cuál de los puntosrelacionados en la información inicial se va a instalar el sistema (relacionan los sitios deOficina General, mina El Silencio, mina Providencia, mina Carla, mina Sandra K.); informara cuál Batallón Militar hacen referencia en el alcance del proyecto, explicar porque se: incluye en la información; hacer una descripción breve y secuencial del proceso del sistemaindicando cómo se interconectan los equipos que lo conforman; indicar si el sistema cuentaRESOLUCIÓN NÚMERO 2024003980600610 de 27 nov. 2024 Hoja No. 2

mS Continuación del acto administrativo por el cual se expide una resolución de ClasificaciónArancelaria a Petición de Cualquier Interesado.

con almacenamiento de base de datos de los registros de los movimientos de cada procesc.explicar si el sistema requiere del funcionamiento conjunto de los lectores biométricos, facie::y dactilar, o pueden operar de manera independiente; confirmar si el sistema posee u::software al momento de la importación, o por el contrario es obtenido en el mercad::nacional. Acondicionartoda la información de los tres listados de equipos en un solo archiv::Excel, totalmente en idioma español, indicando cantidad, nombre, características técnicas,función. ; :Con solicitud realizada en el sistema de fecha 16 de julio de 2024 el interesado solicit:prórroga para dar respuesta, la cual fue autorizada con oficio Ne.S2024000100165398000393 del 17 de julio de 2024, el usuario responde mediant::radicado No. E2024000100165398000471 del 20 de septiembre de 2024, con 26 folios.renunciando a términos y solicita se haga corrección a la denominación del producto, y:::que por error en la digitación se colocó “SISTEMA INTELIGENTE GESTION DE TIEMPO ..ACCESO PERSONAL y VEHICULAR” “y corresponde según la radicación EQUIPO D':.CONTROL Y DISTRIBUCIÓN DE ACCESO (BIOMÉTRICO), EABR BIOMETRIC READEF.(HCB911-5-0-GB) SISTEMA INTELIGENTE EQUIPOS PARA PROYECTO POLVORINE:>XTIME ACCESO PERSONAL y VEHICULAR.Revisada de forma integral la información aportada, este Despacho identifica cuatro (4.posibles sistemas o equipos conforme lo establece la Nota.4 de la Sección XVI del Arance!'de Aduanas

señalando que el funcionamiento de una unidad no afecta el funcionamient::.de otra unidad, por lo tanto, mediante oficio No. S2024000100165398000639 del 30 d=.octubre de 2024, se solicitó al interesado seleccionar un solo sistema o equipo a clasifiIca”. para lo cual, contaba con un término de cinco (5) días, término que venció el día 7 ds:noviembre de 2024, sin embargo, este despacho no obtuvo respuesta alguna por parte del:solicitante.El usuario respondió el Requerimiento de selección de mercancía a clasificar de maner:,extemporánea, radicando la información solicitada a través del buzón de la Coordinació:1'de Correspondencia y Notificaciones el día 13 de noviembre de 2024 mediante Radicad«.No. 0002024016492 de fecha noviembre 13 de 2024, ante la imposibilidad de radicar siirespuesta en el sistema SIE— SARP, certificada mediante¡imagen de error en el sistema5:cargar la información requerida, la cual se adjunta al correo con cinco (5) anexc:;'discriminados así: Equipo mina Providencia — cuadro en Excel en un (1) folio, Respuest1:asignación sistema PDF en dos (2) folios, Equipo mina Providencia en un (1) folic :Respuesta asignación sistema — archivo Word en dos (2) folios, Respuesta a oficio Nc :S2024000100165398000639 archivo Word en dos (2) folios.Por medio del formato de la solicitud se indicó, que se notifique al señor GUILLERMO:ALFONSO TOLEDO RONCANCIO, a la dirección electrónica manifestadas por ei,

FUNDAMENTOS DE DERECHOConvenio del Sistema Armonizado de Designación y Codificación de Mercancías y su.anexo, aprobado por Colombia mediante Ley 646 de 2001.. :Acuerdo de Cartagena aprobado por Colombia mediante Ley 8? de 1973. YadRESOLUCIÓN NÚMERO 2024003980600610 de 27 nov. 2024 Hoja No. 3 + Continuación del acto administrativo por el cual se expide una resolución de Clasificación: Arancelaria a Petición de Cualquier Interesado.

i Decisión 885 de la Comisión de la Comunidad Andina, mediante la cual se aprobó el Textoúnico de la Nomenclatura Común de los Países Miembros del Acuerdo de Cartagena.: Decreto 1881 de 2021 y sus modificaciones, por el cual se adopta el Arancel de Aduanas y: otras disposiciones.- Para el caso en estudio se consideran las siguientes Reglas y Texto de Partida:: Regla General Interpretativa 1:: “Los títulos de las Secciones, de los Capítulos o de los Subcapítulos solo tienen un valor“ indicativo, ya que la clasificación está determinada legalmente por los textos de las partidasy de las Notas de Sección o de Capítulo y, si no son contrarias a los textos de dichaspartidas y Notas, de acuerdo con las Reglas siguientes:”| Partida 85.43:“ “Máquinas y aparatos eléctricos con función propia, no expresados ni comprendidos en otraparte de este Capítulo.”| Regla General Interpretativa 6:ñ “La clasificación de mercancías en las subpartidas de una misma partida está determinadalegalmente por los textos de estas subpartidas y de las Notas de subpartida, así como,mutatis mutandis, por las Reglas anteriores, bien entendido que solo pueden compararse-- subpartidas del mismo nivel. A efectos de esta Regla, también se aplican las Notas deSección y de Capítulo, salvo disposición en contrario.”|" Decreto 1165 de 2019 del Gobierno Nacional y sus modificaciones - artículos 303 a 306,mediante el cual se dictan las disposiciones relacionadas con las solicitudes de resolución| © de clasificación arancelaria a petición de cualquier interesado.| Resolución 046 de

2019 y sus modificaciones de la Dirección de Impuestos y Aduanas| Nacionales mediante las cuales se reglamentan las solicitudes de resolución de"- clasificación arancelaria a petición de cualquier interesado.CONSIDERACIONES DEL DESPACHO1. Según la información suministrada mediante radicados No. 235410000001602 de 26 de abril’ de 2024, E2024000100165398000471 del 20 de septiembre de 2024 y000E2024016492 de fecha noviembre 13 de 2024, la mercancía objeto de clasificación se" describe como un equipo de control y distribución de acceso biométrico, para el control deacceso de personas y vehículos.Con oficio S2024000100165398000639 de fecha 30 de octubre de 2024, se le indico alusuario que escogiera un conjunto de equipos que pudiera considerarse una unidad“funcional en cumplimiento de la Nota 4 de la Sección XVI o un equipo, de los relacionadosen el escrito E2024000100165398000471 del 20 de septiembre de 2024, como respuestaal Requerimiento de Información Adicional radicado S2024000100165398000257 del 15 demayo de 2024:RESOLUCIÓN NÚMERO 2024003980600610 de 27 nov. 2024 Hoja No. 4

Continuación del acto administrativo por el cual se expide una resolución de ClasificaciónArancelaria a Petición de Cualquier Interesado.

El usuario da respuesta por correo electrónico Radicado ‘No. 000E2024016492 de fech:1'noviembre 13 de 2024 (de manera extemporánea) enviado a través del buzón de est”:Despacho.No obstante haber recibido respuesta de manera extemporánea, este Despacho procedera evaluar la información aportada en aplicación del principio de eficiencia consagrado en e.Código de Procedimiento Administrativo y de lo Contencioso Administrativo (Ley 1437 d=2011).La lista de equipos presentados se resume en el siguiente cuadro:Solicitud Inicial: | Respuesta Requerimiento de | Escrito Respuesta235410000001602 Información: de Selección dede fecha 26 de abril | E2024000100165398000471 de | mercancía:de 2024 fecha 20 de septiembre de 2024 | 000E2024016492 defecha noviembre 13de 2024ITEM EQUIPOS EQUIPOS EQUIPOS1. PAL-EABR PAL-EABR PAL_EABR2. PAL-4AFHST PAL-4AFHST PAL-4AFHST3. PAL-MSO PAL-MSO PAL_CD204. PAL 12/24 PSU PAL 12/24 PSU UPS 45 PAL-CSGM5. PAL-EC3 PAL-12/24PSU PSU24 PAL-MAG6. PAL-XTOK PAL-BATT PAL-DTG7. PAL-XT900 PAL-EC3 XXXKXKXKKXKKKKXK8. PAL-NTOUCH PAL-XTOK9. | PAL-CLUST PAL — MRB92510. | HERRAMIENTA PAL-NTOUCH11. | XXXXKXXXKXKKXXX PAL - LED TMROB - LED12. PAL — TSTB613. PAL-VISDB14. PAL-CLUST15. HERRAMIENTAAnalizando

la información aportada en el escrito E2024000100165398000471 del 20 d::septiembre de 2024 como respuesta al RIA y el escrito 000E2024016492 de fech::.noviembre 13 de 2024 aportado por correo electrónico al buzón de este Despacho, esypertinente hacer las siguientes precisiones: lComo se observa en el cuadro, se presentó cambio de equipos en los tres listados dé:mercancías, y entre el listado de mercancías como respuesta al requerimiento deinformación adicional y la respuesta al oficio de clasificación de mercancía solo hay dosequipos que coinciden, estos son: aPAL-EABR OEM BIOMETRIC CONTROLLER IMPRO lector de tarjetashuellero portatil yPAL-4AFHST Torniquete de cuatro brazos de altura completa con un solo giro.Estudiada toda la información allegada por el usuario este despacho no encontró que elconjunto de máquinas aportadas como respuesta al oficio de elección de mercancías,conformen una unidad funcional, en cumplimiento de la Nota 4 de la Sección XVI, por talRESOLUCIÓN NÚMERO 2024003980600610 de 27 nov. 2024 Hoja No. 5

Continuación del acto administrativo por el cual se expide una resolución de ClasificaciónArancelaria a Petición de Cualquier Interesado.

.. razón este despacho procederá a seleccionar una de las mercancías para realizar su._ Clasificación.En consecuencia, este despacho procederá a clasificar la mercancía “PAL-EABR OEMBIOMETRIC CONTROLLER IMPRO lector de tarjetas - huellero portátil por encontrarsecompleta la información para clasificar.La mercancía consiste en un equipo portátil de control de acceso biométrico - lector detarjeta - huellero, dispositivo que almacena y envía los datos a la NUBE, y a su vez alservidor de monitorización.El equipo tiene las siguientes características técnicas: memoria RAM 512 MB DDR3,memoria no volátil 8 GB SD, Clase 4, 4GB EMMC, sistema operativo LINUX RunningDebian 8, 11 volt a 15 volt CD, nominal de 12 volt 250 mA a 3 W. sistema de anti-manipulación, con pulsador/botón protegido por la cubierta. Protección de polaridadinvertida, tipo de batería 1 - 3 volt, CR2032 Litium. Baterías de respaldo para el RTC (relojen tiempo real).. El equipo a clasificar arancelariamente PAL-EABR OEM BIOMETRIC CONTROLLERIMPRO para uso en reconocimiento dactilar de identidad y lector de tarjeta, teniendo encuenta la Nota Legal 6 A) y sus numerales 1°), 2°), 3°) y 4°), no cumple con realizarsimultáneamente las siguientes funciones: “registrar el programa o los programas deproceso y, por lo menos, los datos inmediatamente necesarios para la ejecución de ese oesos programas; ser programadas libremente de acuerdo con las necesidades del usuario;- realizar cálculos aritméticos definidos por el usuario;

y ejecutar, sin intervención humana,un programa de proceso en el que puedan, por decisión lógica, modificar su ejecucióndurante el mismo”., y 6 E) “Las máquinas que incorporen una máquina automática paratratamiento o procesamiento de datos o que funcionen en unión con tal máquina, ydesempeñen una función propia distinta del tratamiento o procesamiento de datos, seclasifican en la partida correspondiente a su función o, en su defecto, en una partidaresidual.” no se puede clasificar arancelariamente por la subpartida 8471 .90.00.00. comouna “maquina automática para tratamiento o procesamiento de datos y sus unidades”, yaque el equipo PAL-EABR cumple básicamente una función propia de controlar el acceso depersonas, a recintos públicoso privados, función muy distinta del procesamiento de datos.De acuerdo con la información proporcionada por el interesado la mercancía “PAL-EABR|. OEM BIOMETRIC CONTROLLER IMPRO, dispositivo portátil de reconocimiento biométricose trata de una terminal de control de acceso con detección de huella digital y tarjetas, que:. cumple básicamente con una función propia de controlar el acceso de personas, a recintos-- públicos o privados, función muy distinta del procesamiento de datos, hecho que impide“ clasificarlas en la partida 8471.90.00.00. Según lo anterior, la mercancía descrita corresponde a una máquina para reconocimientobiométrico que captala imagen de las huellas digitales de la persona por contacto y poracercamiento de tarjetas de identificación, mediante comparación con registros biométricosde una base de datos permite o niega el acceso de personas a recintos públicos o privados.En conclusión,

este Despacho determina que arancelariamente la mercancía realiza lafunción propia de controlar el acceso de personas a recintos. públicos o privados y seencuentra comprendida en la partida 85.43 en aplicación de la Regla General Interpretativa1” 1 de la Nomenclatura del Sistema Armonizado, y con fundamento en la Regla GeneralInterpretativa 6 se clasifica en la subpartida 8543.70.90.00 como “Máquinas y aparatosRESOLUCIÓN NÚMERO 2024003980600610 de 27 nov. 2024 Hoja No. 6

Continuación del acto administrativo por el cual se expide-una resolución de Clasificaciór.Arancelaria a Petición de Cualquier Interesado. eléctricos con función propia, no expresados ni comprendidos en otra parte de est:- Capítulo”del Arancel de Aduanas.Teniendo en cuenta lo establecido en el artículo 5° de la Resolución No. 000063 del 10 d :- abril del 2024, el servicio de expedición de la resolución de clasificación arancelaria tien::un valor equivalente a SEISCIENTOS CINCUENTA Y SIETE MIL SEISCIENTO:-CUARENTA Y CINCO PESOS ($ 657.645). De acuerdo con el comprebante d:-consignación aportado para el trámite queda un saldo a favor de SEISCIENTOS SESENT..MIL TRESCIENTOS CINCUENTA Y CINCO PESOS ($ 660.355), del cual podrá solicite.devolución conforme lo señalado en el artículo 10° ibidem.En mérito de lo anteriormente expuesto, el Jefe (A) de la Coordinación de Clasifiicació. ]Arancelaria de la Subdirección Técnica Aduanera,

RESUELVEARTÍCULO PRIMERO. Clasificar la mercancía descrita en la presente resolución en |:subpartida 8543.70.90.00 del Arancel de Aduanas, como una máquina con función propi.1de controlar el acceso de personas por identificación biométrica mediante reconocimient:»de huella digital y lectura de tarjetas en aplicación de las Reglas Generales Interpretativa;:1 y 6, del mencionado texto arancelario, contenidas en el Decreto 1881 de 2021 y susmodificaciones.ARTÍCULO SEGUNDO. Notificar de manera electrónica, el contenido de la present:Resolución al señor GUILLERMO ALFONSO TOLEDO RONCANCIO identificado ca?cédula de ciudadanía No. GI) en calidad de mandatario de la sociedad ARI:':;MINING SEGOVIA con NIT , a la dirección electrónica informada en I.solicitud: =e 2 con lo establecido en el artículo 759 dilDecreto 1165 de 2019 modificado por el artículo 137 del Decreto 360 de 2021 y el articul)319 de la resolución 046 de 2019 modificado por el artículo 114 de la resolución 039 d:>2021. o o Y

De no ser posible la notificación en forma electrónica, el presente acto administrativo s::notificará por correo a la dirección procesal informada por el usuario,A o de manera subsidiaria mediante avis»en el sitio web de la Dirección de impuestos y Aduanas Nacionales de conformidad con |.)establecido en los artículos 763 y 764 del Decreto 1165 de 2019. :ARTÍCULO TERCERO. Informar al interesado que contra el presente acto administrativ.»procede recurso de apelación ante la Subdirección Técnica Aduanera, el cual deber:interponerse dentro de los diez (10) días siguientes a su notificación, de conformidad co: 1lo establecido en el artículo 305 del Decreto 1165 de 2019 modificado por el artículo 41 de:|Decreto 659 de 2024, y los articulos 74 y siguientes de la Ley 1437 de 2011.ARTICULO CUARTO. Ordenar una vez en firme, la publicación de la presente resoluciónen el Diario Oficial, de conformidad con el artículo 319 de la Resolución 046 de 2018,modificado por el artículo 114 de la Resolución 39 de 2021, el artículo 65 de la Ley 1437 drz2011 y el Artículo 119 de la Ley 489 de 1998.ARTÍCULO QUINTO. Remitir una vez en firme, copia del presente acto administrativo, pc:medio de la Coordinación de Correspondencia y Notificaciones de la Subdirecció:RESOLUCIÓN NÚMERO 2024003980600610 de 27 nov. 2024 Hoja No. 7Continuación del acto administrativo por el cual se expide una resolución de ClasificaciónArancelaria a Petición de Cualquier Interesado.ministrativa a la Coordinación de Clasificación Arancelaria de la Subdirección Técnicauanera para lo de su competencia y publ

AdAd iquese en la página web de la DIAN. NOTIFÍQUESE, PUBLÍQUESE Y CÚMPLASE De conformidad con la resolución No. 000019 del 28 demarzo de 2018, esta fi_ Templaza en todos sus efectos a la firma manuscrita. rma electrónica tiene plena validez y HECTOR ARTURO GARAY LEALJefe (A) Coordinación de Clasificación Arancelaria 'Subdirección Técnica Aduanera Proyecto: HAROLD LIBARDO ROJAS CASTAÑEDA. Revisó: FIDEL RAUL MINOTTA BENITEZ a Sitcom Coordinación de Notificacione Nival Central Bogotá D.C 23 DIC 2028AROSAABA NH

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