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DIAN - Resolución 600652 de 17-12-2024

DIAN - Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales

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Detalles

Título
DIAN - Resolución 600652 de 17-12-2024
Autor
DIAN - Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales
Categoría
Infralegal
Área del derecho
Tributario Aduanero y Cambiario
Año
2024

—_—— DIAN RESOLUCIÓN NÚMERO 2024003980600652 (17 dic. 2024) Por la cual se expide una Resolución de Clasificación ArancelariaOrdinaria EL JEFE (A) DE LA COORDINACIÓN DE CLASIFICACIÓN ARANCELARIA DE LASUBDIRECCIÓN TECNICA ADUANERA En uso de las facultades legales que le confiere el numeral 3.3.1 del artículo 2 de laResolución 070 de 2021 y teniendo en cuenta los siguientes

HECHOSMediante radicado No. 235410000001866 de 19 de septiembre de 2024, el Sr. OSCARERNESTO NIETO MOLANO, identificado con cédula de ciudadanía SU en calidadde Agente de Aduanas de la sociedad AGENCIA DE ADUANAS MOVE CARGO S.A. NIVEL1, con NITO, mandatario de la Sociedad THERMO FISHER SCIENTIFIC' COLOMBIA S.A.S. con NIT WD presentó una solicitud de resolución declasificación arancelaria ordinaria para la mercancía denominada técnicamente y' comercialmente como “ Albúmina de suero bovino (BSA)”.- Elinteresado adjuntó a la solicitud los siguientes documentos: formulario de solicitud en dos(2) folios, mandato en cuatro (4) folios, comprobante de pago en un (1) folio, ficha de datos' de seguridad en cinco (5) folios, plantilla de descripción de la mercancía en dos (2) folios,ficha de información del producto en dos (2) folios.El solicitante pagó seiscientos cincuenta y nueve mil pesos m/cte ($ 659.000,00) segúnTransferencia del 16 de septiembre de 2024 del Banco de Itaú al Banco de Bogotá.Mediante Requerimiento de Información Adicional - RÍA No. S2024000100165398000576 |del 07 de octubre de 2024 este Despacho solicitó al usuario: describir el proceso deproducción del producto, indicar las características físicas del producto, precisar si elproducto está compuesto de 100% por plasma bovino, señalar de forma clara para qué vaa ser utilizado la Albúmina de suero bovino (BSA), aportar

fotografía nítida de la etiquetadel producto, cuáles son las principales funciones de la albúmina de suero bovino, quéconsideraciones deben tenerse en cuenta al usar albúmina de suero bovino para fines deinvestigación, qué aplicaciones tiene la albúmina de suero bovino en los procesos deinvestigación y desarrollo, indicar el aspecto o la forma de la albúmina de suero bovino. Elusuario responde mediante escrito radicado No. E2024000100165398000579 del 19 denoviembre de 2024, con 10 folios, renunciando al tiempo restante para responder lasolicitud.Por medio del formato de la solicitud se indicó que se notifique al Sr. SEBASTIAN FAJARDOOSORIO, a las direcciones electrónicas manifestadas por el interesadoRESOLUCIÓN NÚMERO 2024003980600652 de 17 dic. 2024 Hoja No. 2

Continuación del acto administrativo por el cual se expide una resolución de Clasificación:: Arancelaria Ordinaria

FUNDAMENTOS DE DERECHOConvenio del Sistema Armonizado de Designación y Codificación de Mercancías y s::anexo, aprobado por Colombia mediante Ley 646 de 2001.Acuerdo de Cartagena aprobado por Colombia mediante Ley 8 de 1973.Decisión 885 de la Comisión de la Comunidad Andina, mediante la cual se aprobó el Text:único de la Nomenclatura Común de los Países Miembros del Acuerdo de Cartagena.Decreto 1881 de 2021 y sus modificaciones, por el cual se adopta el Arancel de Aduanas yotras disposiciones.Para el caso en estudio se consideran las siguientes Reglas y Textos de partida:Regla General Interpretativa 1:“Los títulos de las Secciones, de los Capítulos o de los Subcapítulos solo tienen un vale:indicativo, ya que la clasificación está determinada legalmente por los textos de las partida:y de las Notas de Sección o de Capítulo y, sí no son contrarias a los textos de dichaspartidas y Notas, de acuerdo con las Reglas siguientes:”Partida 38.22:“Reactivos de diagnóstico o de laboratorio sobre cualquier soporte y reactivos dadiagnóstico o de laboratorio preparados, incluso sobre soporte, incluso presentados en kits.excepto los de la partida 30.06; materiales de referencia certificados.”Regla General Interpretativa 6:“La clasificación de mercancías en las subpartidas de una misma partida está determinadzlegalmente por los textos de estas subpartidas y de las Notas de subpartida, así como,mutatis mutandis, por las Reglas anteriores, bien entendido que solo pueden compararsesubpartidas del mismo nivel. A efectos de esta Regla, también se aplican las

Notas deSección y de Capítulo, salvo disposición en contrario.”Decreto 1165 de 2019 del Gobierno Nacional y sus modificaciones - artículos 303 a 30€,mediante el cual se dictan las disposiciones relacionadas con las solicitudes de resolució:de clasificación arancelaria ordinarias.Resolución 046 de 2019 y sus modificaciones de la Dirección de Impuestos y AduanasNacionales mediante las cuales se reglamentan las solicitudes de resolución declasificación arancelaria ordinarias.

CONSIDERACIONES DEL DESPACHOSegún la información suministrada con el radicado No. 235410000001866 de 19 deseptiembre de 2024 y E2024000100165398000579 del 19 de noviembre de 2024 lamercancía objeto de clasificación arancelaria, se describe como un producto de aspectofísico liquido obtenido del suero fetal bovino, la cual se usa para estabilizar reaccionesenzimáticas in vitro en laboratorios de biología molecular el cual se obtiene mediante elsiguiente proceso:y RESOLUCIÓN NÚMERO 2024003980600652 de 17 dic. 2024 Hoja No. 3 Continuación del acto administrativo por el cual se expide una resolución de ClasificaciónArancelaria Ordinaria +

" El Suero fetal bovino se obtiene a partir de sangre de fetos de bovinos (criados: exclusivamente para estos fines y por tanto controlados de no tener enfermedades). Sesacrifica al animal, luego se extrae la sangre y se separa el suero mediante centrifugación.. Posteriormente este suero es sometido a un proceso de múltiples filtraciones y depurificación para remover endotoxinas y otros componentes, hasta dejar únicamente la¿ Albumina Bovina Sérica. El aspecto de la albúmina de suero bovino es líquido, está suspendida en una solución: tampón con pH controlado, el color es incoloro, su olor es inoloro, la forma solución valor: pH a 20 °C (68 °F) 7.4, el producto no representa riesgo químico, biológico o de otra índole.: Datos Analíticos:: Componentes- » Albúmina sérica bovina (BSA), 5 mg_ «grado biología molecular, 20 mg/mL+ «No modificada (no acetilada).Zo Fracción V_ Aplicaciones: e Estabilización de enzimas. PCR con plantillas de baja pureza.+ Digestión de DNA con endonucleasas de restricción.- Peso molecular+ La proteína suministrada es de 66 kDa.:- Amortiguador de almacenamiento© «10 mM Tris-HCl (pH 7,4 a 25 °C), 100 mM KCI,» 1 mM EDTAy glicerol al 50 % (v/v).“ Limitación de uso del producto: » El producto ha sido desarrollado y diseñado exclusivamente para fines de investigación ypara uso exclusivo in vitro, no ha sido probado para su uso en diagnóstico o para eldesarrollo de

fármacos, ni es adecuado para su administración a humanos o animales.« « Presentación vial con peso de 5mg. Teniendo en cuenta lo anterior y conforme lo indicado en la ficha de información del‘ producto, la albumina sérica bovina (BSA) es un reactivo pues se utiliza para estabilizar” reacciones enzimáticas in vitro, en digestión de DNA con endonucleasas de restricción ypermite un aumento en el rendimiento del PCRa partir de plantillas de baja pureza. Además,la albumina sérica bovina (BSA) es de grado molecular, algo indispensable en los reactivosde laboratorios de biología molecular.

Por lo anterior, se concluye que la mercancía descrita corresponde arancelariamente a unreactivo de laboratorio preparado, que en aplicación de las Reglas Generales InterpretativasRESOLUCIÓN NÚMERO 2024003980600652 de 17 dic. 2024 Hoja No. 4 Continuación del acto administrativo por el cual se expide:una resolución de Clasificaciór:Arancelaria Ordinaria

1 se encuentra se encuentra comprendido en la partida 38.22 de la Nomenclatura de:Sistema Armonizado, y en aplicación de la Regla General Interpretativa 6, se clasifica en EAsubpartida 3822.19.00.00 del Arancel de Aduanas.Teniendo en cuenta lo establecido en el artículo 5° de la Resolución 0063 de 10 de abril da22024, el servicio de clasificación arancelaria tiene un valor equivalente a SEISCIENTOSCINCUENTA Y SIETE MIL SEISCIENTOS CUARENTA Y DOS PESOS MCTE. ($657.642)incluido el IVA, de acuerdo con el comprobante aportado para el trámite queda un saldo afavor de Mil trecientos cincuenta y ocho PESOS, ($1.358), del cual podrá solicitadevolución conforme lo señalado en el artículo 10° ibidem.En mérito de lo anteriormente expuesto, el Jefe (A) de la Coordinación de ClasificaciónArancelaria de la Subdirección Técnica Aduanera,RESUELVEARTÍCULO PRIMERO. Clasificar la mercancía descrita en la presente resolución en líasubpartida 3822.19.00.00 del Arancel de Aduanas, como un reactivo de laboratoriopreparado, en aplicación de las Reglas Generales Interpretativas 1 y 6 del mencionad:texto arancelario, contenidas en el Decreto 1881 de 2021 y sus modificaciones.ARTÍCULO SEGUNDO. Notificar de manera electrónica, el contenido de la presentaResolución al señor SEBASTIAN FAJARDO OSORIO identificado con cédula daciudadanía No. n calidad de representante legal de la sociedad AGENCIADE ADUANAS MOVE CARGO S.A. NIVEL 1 con NT a las direccioneselectrónicas informadas en la solicitud . A -de conformidad con lo establecido en el artículo 759 delDecreto 1165 de 2019 modificado por el artículo 137 del Decreto 360 de 2021 y el artículo319 de la Resolución 046 de

NIVEL 1 con NT a las direccioneselectrónicas informadas en la solicitud . A -de conformidad con lo establecido en el artículo 759 delDecreto 1165 de 2019 modificado por el artículo 137 del Decreto 360 de 2021 y el artículo319 de la Resolución 046 de 2019 modificado por el artículo 114 de la Resolución 039 de2021.De no ser posible la notificación en forma electrónica, el presente acto administrativo senotificará por correo a la dirección procesal informada por el usuario, (MAS. O de manera subsidiaria mediante aviso en el sitio web de laDirección de Impuestos y Aduanas Nacionales de conformidad con lo establecido en losartículos 763 y 764 del Decreto 1165 de 2019.ARTÍCULO TERCERO. Informar al interesado que contra el presente acto administrativprocede recurso de apelación ante la Subdirección Técnica Aduanera, el cual deberáinterponerse dentro de los diez (10) días siguientes a su notificación, de conformidad conlo establecido en el artículo 305 del Decreto 1165 de 2019 modificado por el artículo 41 delDecreto 659 de 2024 y los artículos 74 y siguientes de la Ley 1437 de 2011.ARTÍCULO CUARTO. Ordenar una vez en firme, la publicación de la presente resoluciónen el Diario Oficial, de conformidad con el artículo 319 de la Resolución 046 de 2019modificado por el articulo 114 de la Resolución 039 de 2021, el artículo 65 de la Ley 1437de 2011 y el Artículo 119 de la Ley 489 de 1998. $

ARTÍCULO QUINTO. Remitir una vez en fiirme, copia del presente acto administrativo, pormedio de la Coordinación de Correspondencia y Notificaciones de la SubdirecciónAdministrativa a la Coordinación de Clasificación Arancelaria de la Subdirección TécnicaAduanera para lo de su competencia y publíquese en la página web de la DIAN.RESOLUCIÓN NÚMERO 2024003980600652 de 17 dic. 2024 Hoja No. 5 Continuación del acto administrativo por el cual se expide una resolución de ClasificaciónArancelaria Ordinaria NOTIFÍQUESE, PUBLÍQUESE Y CÚMPLASE - De conformidad con la resolución No. 000019 del 28 de marzo de 2018, esta firma electrónica tiene plena validez y_ remplaza en todos sus efectos a la firma manuscrita. HECTOR ARTURO GARAY LEALJefe (A) Coordinación de Clasificación ArancelariaSubdirección Técnica Aduanera “Proyecto: BONILLA JIMENEZ DAVID LEONARDO_ Revisó: FIDEL RAUL MINOTTA BENITEZ erA tis uaneet Coordinación de Nottficacione:po "wuel Central Bogotá D.C47 ENE 2009el

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