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DIAN - Concepto 015190 de 2026

DIAN - Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales

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Detalles

Título
DIAN - Concepto 015190 de 2026
Autor
DIAN - Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales
Categoría
Infralegal
Área del derecho
Tributario Aduanero y Cambiario
Año
2026

[[image: Logo Gov.co]](https://www.gov.co/) [image] [[image]](https://www.dian.gov.co/Paginas/Inicio.aspx) # Compilación Jurídica DIAN - [[image]](../../index.html) - Búsqueda avanzada - Novedades y boletines - Tributario - Aduanero - Cambiario - Normatividad institucional DIAN - Encuesta y enlaces # Concepto 15190 de 2026 DIAN [image: Anotaciones]Anotaciones [image: Ayuda] [image: Descargar] [image: Búsqueda]BUSCAR [image: Índice]ÍNDICE OFICIO 015190 int 1506 DE 2026 (agosto 31) <Fuente: Archivo interno entidad emisora> <Publicado en la página web de la DIAN: 4 de septiembre de 2026> DIRECCIÓN DE IMPUESTOS Y ADUANAS NACIONALES Unidad Informática de Doctrina | | | | --- | --- | | Área del Derecho | Aduanero | | Banco de Datos | Aduanas | Extracto DIRECCIÓN DE IMPUESTOS Y ADUANAS NACIONALES Unidad Informática de Doctrina | | | | --- | --- | | Área del Derecho | Aduanero | | Banco de Datos | Aduanas | Extracto Esta Subdirección está facultada para absolver las consultas escritas, presentadas de manera general, sobre la interpretación y aplicación de las normas tributarias, aduaneras y de fiscalización cambiaría, en lo de competencia de la DIAN[[1]](oficio_dian_15190_2026.htm#NF1). En este sentido, la doctrina emitida será de carácter general, no se referirá a asuntos particulares y se someterá a lo consagrado en el artículo 131 de la Ley 2010 de 2019[[2]](oficio_dian_15190_2026.htm#NF2).

2. En atención a la consulta relacionada con el tratamiento tributario del IVA pagado en la importación de bienes destinados a proyectos FNCE, de acuerdo con el orden de sus inquietudes se precisa lo siguiente.

  1. Si el IVA pagado en la importación puede ser objeto de recuperación una vez obtenido el certificado UPME con posterioridad a la nacionalización de los bienes.

3. El artículo 12 de la Ley 1715 de 2014[[3]](oficio_dian_15190_2026.htm#NF3), modificado por el artículo 9 de la Ley 2099 de 2021, establece la exclusión del impuesto sobre las ventas -IVApara los equipos, elementos, maquinaría y servicios nacionales o importados destinados a la preinversión e inversión para la producción v utilización de energía a partir de Fuentes No Convencionales de Energía -FNCE-. siempre que se cumplan los requisitos legales y reglamentarios y se cuente con la correspondiente certificación de la UPME.(Subrayado fuera del texto)

4. El artículo 1.3.1.12.24 del Decreto 1625 de 2016[[4]](oficio_dian_15190_2026.htm#NF4) reglamenta de manera expresa la aplicación de la exclusión del IVA para estos efectos y contempla el supuesto en que la certificación sea expedida con posterioridad a la adquisición o importación de los bienes.

5. En consecuencia, es procedente la recuperación del IVA pagado por la importación para la adquisición de equipos y maquinaria destinada a la preinversión e inversión para la producción y utilización de FNCE.

  1. En caso afirmativo, cuál es el mecanismo procedente para su recuperación. Indicando si corresponde adelantar un trámite de devolución o compensación por pago de lo no debido.

6. La solicitud deberá presentarse ante la dirección seccional de impuestos o de impuestos y aduana, donde se efectuó el pago observando los requisitos establecidos para las solicitudes de devolución por pago de lo no debido, aspecto que ha sido tratado y resuelto en doctrina oficial vigente emitida por la DIAN[[5]](oficio_dian_15190_2026.htm#NF5) 3) Si, de manera alternativa, el IVA pagado en la importación podría ser tratado como descuento tributario en el impuesto sobre la renta conforme a lo dispuesto en el artículo 258-1 del Estatuto Tributario, o si la existencia de un mecanismo de devolución o compensación Impide la aplicación de dicho beneficio.

7. En las circunstancias planteadas en su consulta, el mecanismo aplicable es la devolución del IVA como pago de lo no debido, siempre que se encuentre acreditado el cumplimiento de los requisitos de exclusión y demás requisitos exigidos para tal fin.

8. En consecuencia, no resulta procedente sustituir o trasladar dicho beneficio al descuento tributario previsto en el artículo 258-1 del Estatuto Tributario[[6]](oficio_dian_15190_2026.htm#NF6) de manera alternativa, pues se trata de mecanismos tributarios diferentes y el ordenamiento cuenta específicamente con un procedimiento para recuperar el IVA pagado cuando la certificación UPME se obtiene después de la importación, tal como se expuso en la doctrina anteriormente relacionada[[7]](oficio_dian_15190_2026.htm#NF7).

  1. Las disposiciones normativas y doctrinales vigentes que soportan el procedimiento aplicable para este tipo de situaciones.

9. Para efectos de la devolución, deberá acreditarse entre otros aspectos: certificación expedida por la UPME que comprenden los bienes objeto de la importación, correspondencia entre los bienes certificados y los efectivamente importados, identificación de las respectivas subpartidas arancelarias y cantidades certificadas, declaración de importación y documentos que acrediten el pago del IVA, demás documentos exigidos para las solicitudes de devolución por pago de lo no debido.

10. En los anteriores términos se absuelve su petición y se recuerda que la normativa, jurisprudencia y doctrina en materia tributaria, aduanera y de fiscalización cambiaría, en lo de competencia de esta Entidad, puede consultarse en el normograma DIAN https://normograma.dian.gov.co/dian/. <NOTAS DE PIE DE PÁGINA>. 1.De conformidad con el numeral 4 del Art. 56 del Decreto 1742 de 2020 Art. 7 de la Resolución DIAN 91/2021 2.De conformidad con el numeral 1 del Art. 56 del Decreto 1742 de 2020 y Art. 7-1 de la Resolución DIAN 91/2021. 3.(Cfr. Art. 12 de la Ley 1715 de 2014) 4.(Cfr. Art. 1.3.1.12.24 del Decreto 1625 de 2016) 5.(Cfr. Concepto 003086 int 288 de 02/03/ 2026). 6.(Cfr. Art. 258-1 del Estatuto Tributario) 7.(Cfr. Concepto 003086 int 288 de 02/03/ 2026). [[image: Ir al inicio]](#documento_top "Ir al inicio")

[image] [image] Compilación Jurídica DIAN

ISBN 978-958-53111-6-9

Última actualización:

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