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DIAN - Resolución 000974 de 2026

DIAN - Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales

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Detalles

Título
DIAN - Resolución 000974 de 2026
Autor
DIAN - Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales
Categoría
Infralegal
Área del derecho
Tributario Aduanero y Cambiario
Año
2026

Información Pública

RESOLUCIÓN NÚMERO 974

09 de septiembre 2026

Por la cual se habilita como día laboral el 26 de septiembre de 2026 para unos servidores públicos comisionados mediante Autos Comisorios Tributarios N° 770 y 772 de fecha 07 de septiembre de 2026, adscritos a la División de Fiscalización y Liquidación Tributaria Intensiva y a la División de Fiscalización y Liquidación Tributaria Extensiva de la Dirección Seccional de Impuestos y Aduanas de Tunja

LA DIRECTORA SECCIONAL DE IMPUESTOS Y ADUANAS DE TUNJA

En uso de las facultades legales y en especial las dispuestas en los artículos 75 y 77 del Decreto 927 del 07 de junio de 2023, en el artículo 70 del Decreto 1742 de 2020 y en el artículo 3° de la Resolución N° 000084 del 27 de agosto de 2021 y,

CONSIDERANDO:

Que, el artículo 33 del Decreto 1042 de 1978 establece que dentro del límite máximo fijado de cuarenta y cuatro (44) horas semanales, el jefe del respectivo organismo podrá establecer el horario de trabajo de acuerdo con las necesidades del servicio.

Que, el numeral 9 del artículo 3 de la Resolución 000084 del 27 de agosto de 2021 determina:

“ARTÍCULO 3°. - Delegar en los Directores Seccionales Locales y en los Directores Seccionales Delegados las siguientes funciones:

(…)

9. Establecer el horario de trabajo en su respectiva Dirección Seccional, de conformidad con las necesidades del servicio, garantizando el mínimo de tiempo laboral vigente y el horario de atención al público.”

(…)

9. Establecer el horario de trabajo en su respectiva Dirección Seccional, de conformidad con las necesidades del servicio, garantizando el mínimo de tiempo laboral vigente y el horario de atención al público.”

Que, mediante Resolución N° 090 del 07 de abril de 2011, se estableció el horario de trabajo de los funcionarios de la Dirección Seccional de Impuestos y Aduanas de Tunja de lunes a viernes de 07:30 a.m. a 04:30 p.m., en jornada continua y el horario de atención al público, mediante Resolución N° 0298 del 26 de junio de 2013, en jornada continua, de las 8:00 a.m. hasta las 4:00 p.m. de lunes a viernes.

Que, mediante correo electrónico del 07 de septiembre de 2026, la jefe de la División de Fiscalización y Liquidación Tributaria Extensiva (A), solicitó habilitar como día hábil el sábado 26 de septiembre de 2026 para los servidores públicos relacionados en los Autos Comisorios Tributarios N° 770 y 772 del 07 de septiembre de 2026, adscritos a la División de Fiscalización y Liquidación Tributaria Intensiva y a la División de Fiscalización y Liquidación Tributaria Extensiva, que participarán en la jornada de presencia institucional "Transparencia fiscal para un país más justo – Control tributario" en los municipios de Guateque y Garagoa – Boyacá.

Que atendiendo las necesidades del servicio se considera procedente acceder a la solicitud presentada.

En mérito de lo anterior este Despacho,RESOLUCIÓN NÚMERO 974 del 09 de septiembre de 2026 Hoja N° 2

Que atendiendo las necesidades del servicio se considera procedente acceder a la solicitud presentada.

En mérito de lo anterior este Despacho,RESOLUCIÓN NÚMERO 974 del 09 de septiembre de 2026 Hoja N° 2

Continuación de la resolución por la cual se se habilita como día laboral el 26 de septiembre de 2026 para unos servidores públicos comisionados mediante Autos Comisorios Tributarios N° 770 y 772 de fecha 07 de septiembre de 2026, adscritos a la División de Fiscalización y Liquidación Tributaria Intensiva y a la División de Fiscalización y Liquidación Tributaria Extensiva de la Dirección Seccional de Impuestos y Aduanas de Tunja.

Información Pública

R E S U E L V E:

ARTÍCULO 1º. Habilitar como día laboral el sábado 26 de septiembre de 2026 para los servidores públicos relacionados en los Autos Comisorios Tributarios N° 770 y 772 del 07 de septiembre de 2026, adscritos a la División de Fiscalización y Liquidación Tributaria Intensiva y a la División de Fiscalización y Liquidación Tributaria Extensiva de la Dirección Seccional de Impuestos y Aduanas de Tunja, estableciendo como jornada laboral el horario comprendido entre las 08:00 a.m. y las 04:00 p.m. en jornada continua.

ARTÍCULO 2°. Comunicar la presente resolución, a través de la División Administrativa y Financiera de esta Dirección Seccional, conforme al artículo 37 de la Ley 1437 de 2011, a los servidores públicos:

CÉDULA NOMBRE COMPLETOS CORREO ELECTRÓNICO

Financiera de esta Dirección Seccional, conforme al artículo 37 de la Ley 1437 de 2011, a los servidores públicos:

CÉDULA NOMBRE COMPLETOS CORREO ELECTRÓNICO

40.024.381 LUISA ROCIO REYES PACHECO lreyesp@dian.gov.co 7.169.203 JUAN CARLOS GALVIS MOJICA jgalvism@dian.gov.co 46.682.567 MARÍA LUCÍA SUÁREZ JIMÉNEZ msuarezj@dian.gov.co 1.019.081.904 DIEGO MAURICIO SÁNCHEZ ARENAS dsancheza2@dian.gov.co 51.810.015 FLOR ESTHER CAÑAS ROMERO fcanasr@dian.gov.co 1.049.609.278 LILIANA CAROLINA HERNÁNDEZ MEDINA lhernandezm2@dian.gov.co

ARTÍCULO 3°. Publicar la presente resolución en un lugar visible al público en la Dirección Seccional de Impuestos y Aduanas de Tunja, y en la página web de la Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales.

ARTÍCULO 4°. La presente resolución rige a partir de la fecha de su expedición.

COMUNÍQUESE Y CÚMPLASE,

Dada en Tunja, a los nueve (09) días del mes de septiembre de 2026.

FLOR ESTHER CAÑAS ROMERO DIRECTORA SECCIONAL DE IMPUESTOS Y ADUANAS DE TUNJA Resolución N° 000082 del 26 de agosto de 2021

Proyectó: Juan Carlos Ardila Murcia - Facilitador IV – Despacho

Revisó: Edith Ximena Pérez Berdugo - Inspector III - Despacho

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