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SGC - Resolucion 1513 de 2024

Servicio Geológico Colombiano

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Detalles

Título
SGC - Resolucion 1513 de 2024
Autor
Servicio Geológico Colombiano
Categoría
Infralegal
Área del derecho
Desastres Naturales
Año
2024

Página 1 de 3

RESOLUCIÓN No. 1513 DE 2024

“Por la cual se corrige un error formal de la Resolución No. 1316 de 2024”

LA SECRETARIA GENERAL DEL SERVICIO GEOLÓGICO COLOMBIANO

En uso de las facultades legales, en especial de las conferidas en el artículo 5º del Decreto 2703 del 22 de noviembre de 2013, en el artículo 7° de la Resolución No. D-480 del 22 de diciembre de 2022, en el artículo 1° de la Resolución D-481 del 22 de diciembre de 2022, en la Resolución No. 0533 del 27 de mayo de 2024 y,

CONSIDERANDO:

Que el Artículo 1º de la Resolución No. 1316 de 2024 “Por la cual se desagregan y distribuyen los recursos que se encuentran disponibles en el capítulo independiente, correspondientes al bienio 2021 -2022 y se distribuyen los recursos desbloqueados parcialmente por la Comisión Rectora del Sistema General de Regalías destinados al conocimiento y cartografía geológica del subsuelo colombiano para el bienio 2023 -2024” desagrega los recursos que se encuentran disponibles en el capítulo independiente, correspondientes al bienio 2021-2022, por un valor de NOVENTA Y SEIS MIL QUINIENTOS CUARENTA Y

CUATRO MILLONES QUINIENTOS TREINTA Y NUEVE MIL PESOS CON CUARENTA

Y NUEVE CENTAVOS M/CTE ($96.544.539,49).

Que el Artículo 2º de la Resolución No. 1316 de 2024 “Por la cual se desagregan y distribuyen los recursos que se encuentran disponibles en el capítulo

Y NUEVE CENTAVOS M/CTE ($96.544.539,49).

Que el Artículo 2º de la Resolución No. 1316 de 2024 “Por la cual se desagregan y distribuyen los recursos que se encuentran disponibles en el capítulo independiente, correspondientes al bienio 2021 -2022 y se distribuyen los recursos desbloqueados parcialmente por la Comisión Rectora del Sistema General de Regalías destinados al conocimiento y cartografía geológica del subsuelo colombiano para el bienio 2023 -2024” distribuye los recursos disponibles en el capítulo independiente, correspondientes al bienio 2021-2022, por un valor de NOVENTA Y SEIS MIL QUINIENTOS CUARENTA Y CUATRO MILLONES QUINIENTOS TREINTA Y NUEVE MIL PESOS CON CUARENTA Y NUEVE CENTAVOS M/CTE ($ 96.544.539,49) a la secretaría general y las direcciones técnicas conforme a las siguientes áreas de conocimiento:

Dirección técnica Área del conocimiento Valor a distribuir capítulo independiente Dirección Técnica Geociencias Básicas Ampliación del conocimiento geocientífico básico e integral del territorio nacional. $ 12.685.047,45 Dirección Técnica Recursos Minerales Investigación en recursos del subsuelo y evaluar su potencial. $ 12.685.047,45 Dirección Técnica Geoamenazas Investigación, seguimiento y monitoreo de las amenazas geológicas y actualización instrumental del Sistema Sismológico Nacional de Colombia $ 12.685.047,45 Dirección Técnica Hidrocarburos Generación del conocimiento geocientífico en materia de Hidrocarburos $ 5.919.688,81

del Sistema Sismológico Nacional de Colombia $ 12.685.047,45 Dirección Técnica Hidrocarburos Generación del conocimiento geocientífico en materia de Hidrocarburos $ 5.919.688,81 Dirección Técnica Gestión de la información Gestión integral del conocimiento geocientifico del territorio nacional para garantizar su disponibilidad $ 12.685.047,46Página 2 de 3

Dirección técnica Área del conocimiento Valor a distribuir capítulo independiente Dirección Técnica de Asuntos Nucleares Mejoramiento, desarrollo y promoción de las capacidades científicas y tecnológicas de las aplicaciones nucleares y radiactivas. $ 12.685.047,46 Dirección Técnica Laboratorios Caracterización e investigación de materiales geológicos. $ 12.685.047,46 Secretaría General Fortalecimiento en la gestión institucional para dar cumplimiento a la misión y políticas de la entidad. $ 14.514.565,95 Total $ 96.544.539,49

Que, el Servicio Geológico Colombiano en ejercicio de sus funciones administrativas, tiene la facultad de corregir, aclarar, modificar o adicionar sus actos administrativos, cuando ellos contemplan errores u omisiones de forma, de digitación o aritméticos que, al ser rectificados, no conllevan un cambio en el sentido sustancial o material de la decisión adoptada en el r espectivo acto administrativo con fundamento en el artículo 45 de la Ley 1437 de 2011, el cual establece, lo siguiente: "Artículo 45. Corrección de errores formales. En cualquier tiempo, de oficio o a petición de parte, se podrán corregir los errores simplemente

establece, lo siguiente: "Artículo 45. Corrección de errores formales. En cualquier tiempo, de oficio o a petición de parte, se podrán corregir los errores simplemente formales contenidos en los actos administrativos, ya sean aritméticos, de digitación, de transcripción o de omisión de palabras. En ningún caso la corrección dará lugar a cambios en el sentido material de la decisión, ni revivirá los términos legales para demandar el acto. Realizada la corrección, esta deberá ser notificada o comunicada a todos los interesados, según corresponda." Que, debido a un error involuntario de digitación la Resolución No. 1316 de 2024 “Por la cual se desagregan y distribuyen los recursos que se encuentran disponibles en el capítulo independiente, correspondientes al bienio 2021-2022 y se distribuyen los recursos desbloqueados parcialmente por la Comisión Rectora del Sistema General de Regalías destinados al conocimiento y cartografía geológica del subsuelo colombiano para el bienio 2023 -2024” se indicó en letras en su artículo primero y segundo que el total a desagregar y distribuir era de NOVENTA Y SEIS MIL QUINIENTOS CUARENTA Y CUATRO MILLONES QUINIENTOS TREINTA Y NUEVE MIL PESOS CON CUARENTA Y NUEVE CENTAVOS M/CTE ($96.544.539,49), no obstante el valor correcto corresponde

a NOVENTA Y SEIS MILLONES QUINIENTOS CUARENTA Y CUATRO MIL

QUINIENTOS TREINTA Y NUEVE PESOS CON CUARENTA Y NUEVE

CENTAVOS M/CTE ($96.544.539,49).

Que, conforme a lo anterior, es necesario aclarar el artículo primero y segundo

QUINIENTOS TREINTA Y NUEVE PESOS CON CUARENTA Y NUEVE

CENTAVOS M/CTE ($96.544.539,49).

Que, conforme a lo anterior, es necesario aclarar el artículo primero y segundo de la Resolución No. 1316 de 2024 “Por la cual se desagregan y distribuyen los recursos que se encuentran disponibles en el capítulo independiente, correspondientes al bienio 2021 -2022 y se distribuyen los recursos desbloqueados parcialmente por la Comisión Rectora del Sistema General de Regalías destinados al conocimiento y cartografía geológica del subsuelo colombiano para el bienio 2023-2024”, con el objetivo de ajustar el valor el letras desagregado y distribuido del capítulo independiente, correspondiente al bienio 2021-2022. Que, dado que el anterior error formal no afectan el fondo de la Resolución No. Resolución No. 1316 de 2024 “Por la cual se desagregan y distribuyen los recursos que se encuentran disponibles en el capítulo independiente, correspondientes al bienio 2021 -2022 y se distribuyen los recursos desbloqueados parcialmente por la Comisión Rectora del Sistema General de 1513Página 3 de 3

Regalías destinados al conocimiento y cartografía geológica del subsuelo colombiano para el bienio 20232024” y a efectos de corregir el error involuntario de digitación consignado en dicho acto administrativo, dando precisión y rigurosidad al acto administrativo en cita, de conformidad con la facultad legal establecida para tal fin, se procederá a realizar la siguiente aclaración:

RESUELVE:

Artículo 1º. ACLARAR que el valor desagregado en letras en el artículo 1º de

facultad legal establecida para tal fin, se procederá a realizar la siguiente aclaración:

RESUELVE:

Artículo 1º. ACLARAR que el valor desagregado en letras en el artículo 1º de la Resolución No. 1316 de 2024 que corresponde a los recursos que se encuentran disponibles en el capítulo independiente del bienio 20212022, es por un valor de NOVENTA Y SEIS MILLONES QUINIENTOS CUARENTA Y

CUATRO MIL QUINIENTOS TREINTA Y NUEVE PESOS CON CUARENTA Y

NUEVE CENTAVOS M/CTE ($96.544.539,49).

Artículo 2º. ACLARAR que el valor distribuido en letras en el artículo 2º de la Resolución No. 1316 de 2024 que corresponde a los recursos que se encuentran disponibles en el capítulo independiente del bienio 2021-2022, son por un valor

de NOVENTA Y SEIS MILLONES QUINIENTOS CUARENTA Y CUATRO MIL

QUINIENTOS TREINTA Y NUEVE PESOS CON CUARENTA Y NUEVE

CENTAVOS M/CTE ($96.544.539,49).

Artículo 3º. Las demás disposiciones establecidas en la Resolución No. 1316 de 2024, se mantienen vigentes e incólumes.

Artículo 4º. La presente resolución rige a partir de la fecha de su expedición y deroga las disposiciones que le sean contrarias. Dado en Bogotá, D.C., a los 10 días del mes de diciembre del 2024

COMUNÍQUESE Y CÚMPLASE

JESSICA MARTÍNEZ HUERTAS

Secretaria General

Elaboró: Angie Hernández castaño

Asesora

COMUNÍQUESE Y CÚMPLASE

JESSICA MARTÍNEZ HUERTAS

Secretaria General

Elaboró: Angie Hernández castaño

Asesora Secretaria General

Revisó: Yobanny Cárdenas

Coordinador Grupo de Trabajo de Planeación

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