SGC - Resolucion 568 de 2024
Servicio Geológico Colombiano
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Detalles
- Título
- SGC - Resolucion 568 de 2024
- Autor
- Servicio Geológico Colombiano
- Categoría
- Infralegal
- Área del derecho
- Desastres Naturales
- Año
- 2024
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RESOLUCIÓN No. DGB - 568 de 2024
“Por la cual se declara y se ordena el registro en el Inventario Nacional Geológico y Paleontológico de la colección geológica de la Corporación Parque Explora”
EL DIRECTOR TÉCNICO DE GEOCIENCIAS BÁSICAS DEL SERVICIO
GEOLÓGICO COLOMBIANO
En uso de sus facultades legales, en especial las conferidas por los Decretos 2703 de 2013 y 1353 de 2018 y las Resoluciones D-334 de 2017, D-290 de 2021, D-192 de 2022, y
CONSIDERANDO:
Que el artículo 6 del Decreto 2703 de 2013 mod ificado por el artículo 2 del Decreto 1353 de 2018, por el cual se establece la estructura interna del Servicio Geológico Colombiano (SGC) y se determinan las funciones de sus dependencias, señala que la Dirección de Geociencias Básicas tiene dentro de sus funciones, entre otras, las siguientes: “9. Declarar y registrar los bienes muebles de interés geológico y paleontológico de la Nación de acuerdo a su valor intrínseco y/o su representatividad desde el punto de vista científico, estético, educativo, cultural y/o recreativo. 10. Dirigir y coordinar el Inventario Nacional Geológico y Paleontológico con el fin de identificar y proteger el Patrimonio Geológico y Paleontológico de la Nación".
Que el Decreto 1353 de 2018 adicionó el capítulo 10 al Título V de la parte 2 del libro 2 del Decreto Único Reglamentario del Sector Administrativo de Minas y
Geológico y Paleontológico de la Nación".
Que el Decreto 1353 de 2018 adicionó el capítulo 10 al Título V de la parte 2 del libro 2 del Decreto Único Reglamentario del Sector Administrativo de Minas y Energía 1073 de 2015, regulando la gestión integral del patrimonio geológico y paleontológico de la Nación y determinando que el SGC es la autoridad competente a ni vel nacional para la protección del patrimonio geológico y paleontológico, así como para promover las acciones correspondientes para dicha protección, de allí que esté facultado para determinar las acciones y gestiones necesarias encaminadas a la conservación del patrimonio geológico y paleontológico mueble e inmueble.
Que el artículo 2.2.5.10.1 del Decreto 1353 de 2018 estableció el Sistema de Gestión Integral del Patrimonio Geológico y Paleontológico de la Nación para la identificación, protección, conse rvación, rehabilitación y la transmisión a las futuras generaciones del patrimonio geológico y paleontológico, como parte del patrimonio de la Nación, el cual contempla como instrumentos de identificación, protección y conservación el registro de bienes mu ebles de interés geológico y paleontológico en el Inventario Nacional Geológico y Paleontológico (INGEP), facultando al SGC para establecer la metodología y el procedimiento a seguir para la declaratoria de los bienes de interés geológico y paleontológico.
Que mediante la Resolución D -334 del 18 de agosto de 2017, la Dirección General del SGC delegó en el(la) Director(a) Técnico(a) de Geociencias Básicas las funciones de realizar las actividades necesarias para desarrollar e
Que mediante la Resolución D -334 del 18 de agosto de 2017, la Dirección General del SGC delegó en el(la) Director(a) Técnico(a) de Geociencias Básicas las funciones de realizar las actividades necesarias para desarrollar e implementar las políticas de protección del patrimonio geológico o paleontológico del país, promover las acciones de competencia de la entidad en materia de protección del patrimonio geológico o paleontológico del país e identificar, evaluar y establecer zonas de protección del patrimon io geológico o paleontológico del país.
Que en esa medida el Director Técnico de Geociencias Básicas del SGC es competente para valorar, declarar y registrar los bienes muebles de interés geológico y paleontológico de la Nación; autorizar la tenencia temp oral, exportación temporal, movilización y/o exhibición de los bienes de interés geológico y paleontológico, así como todas las acciones necesarias paraPágina 2 de 5
promover la debida custodia y protección del patrimonio geológico y paleontológico de la Nación.
Que adicionalmente, mediante la Resolución D-290 del 12 de octubre del 2021, el SGC adoptó la metodología de valoración del patrimonio geológico y paleontológico mueble para su registro en el INGEP, definiendo los valores y criterios que permitan sustentar la r epresentatividad de piezas individuales o colecciones a nivel nacional.
Que mediante la Resolución D-192 del 17 de junio del 2022, el SGC estableció los requisitos y procedimientos para la gestión integral del patrimonio geológico y paleontológico de la N ación y, en el artículo 4 y siguientes, reguló el trámite
Que mediante la Resolución D-192 del 17 de junio del 2022, el SGC estableció los requisitos y procedimientos para la gestión integral del patrimonio geológico y paleontológico de la N ación y, en el artículo 4 y siguientes, reguló el trámite de Registro en el Inventario Nacional Geológico y Paleontológico de Bienes Muebles de Interés Geológico y Paleontológico.
Que acorde con lo dispuesto en las disposiciones enunciadas, en el INGEP deben registrarse todos los bienes geológicos y paleontológicos de interés científico y patrimonial que se identifiquen, dentro de los cuales se encuentran las colecciones y las piezas geológicas y paleontológicas.
Que las colecciones, por su naturaleza, se están actualizando e incrementando permanentemente, sea por adquisición de nuevas piezas, por actividades de investigación, excavación o colecta, intercambio entre entidades, entregas o donaciones, entre otras, lo cual conlleva a que el Registro en el ING EP de las mismas se constituya en un proceso continuo y de permanente actualización.
Que en esa medida, en el marco del desarrollo de las actividades necesarias para implementar y ejecutar las políticas de protección del patrimonio geológico y paleontológico del país, el Grupo de Trabajo Museo Geológico e Investigaciones Asociadas de la Dirección Técnica de Geociencias Básicas del SGC, mediante los oficios radicados con No. 20231200030002 del 28 de abril de 2023, No. 20231200044412 del 7 de junio del 2023 y No. 20233800036461 del 29 de mayo de 2023, recibió la información necesaria para adelantar las labores para identificar, caracterizar y valorar la colección geológica de la Corporación Parque
20231200044412 del 7 de junio del 2023 y No. 20233800036461 del 29 de mayo de 2023, recibió la información necesaria para adelantar las labores para identificar, caracterizar y valorar la colección geológica de la Corporación Parque Explora, la cual es administrada por la Corporación Parque Explora (NIT 900145472-0) y tiene dos repositorios en la ciudad de Medellín (Antioquia): las instalaciones del Parque Explora en la Carrera 52 No. 73– 75 y el Planetario de Medellín en la Carrera 52 No. 71– 117. Lo anterior con la finalidad de evaluar si procede su declaratoria y registro en el INGEP como Bien de Interés Geológico y Paleontológico.
Que finalizado el proceso de valoración de la colección geológica de la Corporación Parque Explora, el SGC presentó el “Informe de caracterización y valoración de la colección geológica de la Corporación Parque Explora” en mayo de 2024, aprobado por la Dirección de Geociencias Básicas mediante comunicación con radicado No. SGC -3-2024-002045, en el cual se concluye lo siguiente:
“(…) La caracterización de la colección geológica de la Corporación Parque Explora aporta en el entendimiento de su trayectoria, el contexto geológico al que pertenecen sus piezas y su naturaleza, siendo enfáticos en su divulgación a la sociedad.
De acuerdo a la Ley 63 de 1986, se consideran como bienes culturales al ser designados por el Estado como objetos de importancia para la ciencia. Además, de acuerdo con el Artículo 6 de la Ley 397 de 1997, modificado
De acuerdo a la Ley 63 de 1986, se consideran como bienes culturales al ser designados por el Estado como objetos de importancia para la ciencia. Además, de acuerdo con el Artículo 6 de la Ley 397 de 1997, modificado por el Artículo 3 de la Ley 1185 de 200 8, se establece que: “Par a la preservación de los bienes integrantes del patrimonio paleontológico se aplicarán los mismos in strumentos establecidos para el patrimonio arqueológico. De conformidad con los artículos 63 y 72 de la Constitución Política, los bienes del patrimonio arqueológico pertenecen a la Nación yPágina 3 de 5
son inalienables, imp rescriptibles e inembargables”. Finalmente, y conforme a lo dispuesto en el Decreto 1353 de 2018 y en l a Resolución D-290 de 2022, los elementos de interés paleontológico hace n parte integral del patrimonio geológico y paleontológico de la Nación.
Adicionalmente, la colección geológica de la Corporación Parque Explora posee tres valores patrimoniales (científico, educativo y cultural), los cuales serán argumentados a continuación.
6.1. Valor científico
La colección tiene variedad de piezas geológicas correspondientes a elementos petrográficos, elementos mineralógicos y elementos paleontológicos. Dentro de la co lección se encuentran elementos petrográficos representativos de cada uno de los tipos de rocas existentes: rocas ígneas, sedimentarias y metamórficas; además de gran variedad de minerales, y elementos pal eontológicos correspondientes a plantas y xilópalos, gasterópodos y amonoideos (invertebrados) y el
existentes: rocas ígneas, sedimentarias y metamórficas; además de gran variedad de minerales, y elementos pal eontológicos correspondientes a plantas y xilópalos, gasterópodos y amonoideos (invertebrados) y el plastrón de una tortuga gigante (vertebrado).
Adicionalmente, es una colección singular por contar con un ejemplar de la única especie de tortuga gigante Cerrejonemys wayuunaiki. En la actualidad, es la pieza más importante dentro de la co lección geológica de la Corporación Parque Explora, la cual se expone en el Planeta rio de Medellín. Esta pieza fue entregada voluntariamente por el Instituto Von Humboldt al Parque Explora. Este fósil de plastrón de tortuga de casi un metro de longitud, perteneciente a la familia Podo cnemidae, fue encontrada en las minas de carbón del Cerrejón en la Guajira, lugar que hace 60 millones d e años (época del Paleoceno) se asemejaba a una selva tropical (Cadena et al., 2010) y es de gran importancia porque es la única especie conocida para el género Cerrejonemys.
6.2. Valor educativo
La accesibilidad a los elementos geológicos de la colección permite al ciudadano conocer, comprender su importancia y aporte a las geociencias para el entendimiento del territorio colombiano por medio de sus exposiciones a través de procesos interactivos, lúdicos y de experimentación. Esto se sustenta en que la oferta educativa de Explora no solo se lleva a cabo en sus instala ciones, sino que también se han desarrollado servicios y actividades qu e se realizan en los diferentes barrios de la ciudad e inc lusive en otros municipios del departamento de
experimentación. Esto se sustenta en que la oferta educativa de Explora no solo se lleva a cabo en sus instala ciones, sino que también se han desarrollado servicios y actividades qu e se realizan en los diferentes barrios de la ciudad e inc lusive en otros municipios del departamento de Antioquia; facilitando la accesibilidad de la colección a otros públicos. Esto se ha materializado a través del desarrollo de talleres, proce sos comunitarios y experiencias itinerantes como el Exploramóvil, así como el proyecto Territorio Expandid o, que involucra un laboratorio de prácticas barriales que permite a jóvenes de las comunas 8, 9 y 12 par ticipar en procesos de creación y aprendizaje en torno a la ciencia y tecnología.
También, las piezas de la colección han sido utilizadas para la divulgación científica; su propuesta curatorial ha permitido la apropiación social del conocimiento, así co mo el desarrollo de estrategias pedagógicas que permiten que públicos d iversos (nacionales e internacionales) comprendan y se apropien del conocimiento geocientífico asociado al territorio colombiano. La colección geológica hace parte central de la propuesta museológica y educativa de la institución; la cual no solo se emplea para su estudio, generación de nuevo conocimiento y desarrollo de textos cu ratoriales, sino que también se emplea como herramienta pedagógica. Esto se logra a partir del potencial didáctico que tienen las piezas en la medida en que ayudan a la comprensión de la información científica que se obtiene de su estudio.Página 4 de 5
6.2. Valor cultural
La colección posee importancia histórica, ya que está incluida dentro del proceso de organización del Parque Explora y su desarrollo como espacio
científica que se obtiene de su estudio.Página 4 de 5
6.2. Valor cultural
La colección posee importancia histórica, ya que está incluida dentro del proceso de organización del Parque Explora y su desarrollo como espacio de divulgación de las cie ncias en la ciudad de Medellín, permitiendo el desarrollo de actividades de apropiación del conocimien to geocientífico en un sitio de disfrute, conocimiento y bienestar dentro de la ciudad. El Parque Explora se ha consolidado a lo largo de los años como un museo interactivo de ciencias y un símbolo de transformación social des de la educación; adicionalmente al constituir una obra arquitectónica que se diseñó como parte de los programas urbanísticos de la alcaldía de Medellín, corresponde entonces a un hito histórico al ser el primer Parque de la Ciencia y la Tecnología de la ciudad. Así mismo, la creación de este Parque de la Ciencia respondía también a la directriz local de darle un papel fundamental a la educación (centrada en la ciencia y la innovación) como herramienta primordial de transformación social que permita reducir la inequidad.
Así mismo, posee relevancia simbólica ya que existen vínculos con la comunidad local, que se evidencian en la participación del Parque Explora en la Mesa de Museos de Medellín, lo cual implica que su quehacer está en consonancia con las directrices museales locales para l a administración, conservación, investigación y divulgación de sus colecciones, a la vez que lo convierte en un actor activo dentro de la protección y apropiación del patrimonio. Por medio de estas accion es se pueden promover dinámicas articuladas y establecer políticas públicas orientadas a la sostenibilid ad de los programas y proyectos culturales
protección y apropiación del patrimonio. Por medio de estas accion es se pueden promover dinámicas articuladas y establecer políticas públicas orientadas a la sostenibilid ad de los programas y proyectos culturales realizados en los espacios museales de la ciudad de Medellín.
Igualmente, la propuesta operativa del parque permite que existan dinámicas económicas asociadas al acceso de los elementos geológicos y a las estrategias educativas, gene rando dinámicas socioculturales asociadas que promueven la apropiación del patri monio. Por ejemplo, la boletería general puede ser combinada para visitar otros sitios de interés de Medellín, también ofertan membresía personal, dual o grupal, así como diferentes cursos pagos que van variando de ac uerdo con la programación de la institución.
(…) El análisis integral de la colección geológica de la Corporación Parque Explora permitió identificar que ésta posee 3 valores: científico, educativo y cultural, los cuales están sustentados en los criterios de variedad de la colección, singulari dad, accesibilidad a los elementos geológicos, divulgación científica e importancia histórica, y por lo tanto es representativa para el país y cumple con los requisitos para ser declarada como Bien mueble de Interés Geológico y Paleontológico según lo determina el artículo 2.2.5.10.1.2 del Decreto 1353 de 2018 y registrado en el INGEP”.
Que conforme a lo señalado en el “Informe de caracterización y valoración de la colección geológica de la Corporación Parque Explora”, del cual se retoma el apartado de valoración que hace parte integral de la presente resolución, se concluye que la colección geológica de la Corporación Parque Explora constituye
colección geológica de la Corporación Parque Explora”, del cual se retoma el apartado de valoración que hace parte integral de la presente resolución, se concluye que la colección geológica de la Corporación Parque Explora constituye un Bien de Interés Geológico y Paleontológico de la Nación debido a que cumple con los valores científico, educativo y cultural y, permite conocer, estudiar e interpretar el origen y evolución de la Tierra, los procesos que la han modelado, los climas y paisajes del pasado y el presente por medio de las piezas que la conforman.
En consecuencia, es procedente ordenar el registro delas ciento sesenta y siete (167) piezas, las cuales se encuentran identificadas en el Anexo I “Listado de piezas de la colección geológica de la Corporación Parque Explora” de la presente resolución.Página 5 de 5
Que en mérito de lo expuesto,
RESUELVE:
Artículo 1. Declarar la colección geológica de la Corporación Parque Explora, ubicada en las instalaciones del Parque Explora en la Carrera 52 No. 73 – 75 y en el Planetario de Medellín en la Carrera 52 No. 71– 117 de la ciudad de Medellín (Antioquia), como Bien de Interés Geológico y Paleontológico de la Nación en virtud de su relevancia científica, educativa y cultural, de conformidad con lo señalado en la parte motiva de la presente resolución, y de la cual hacen parte las ciento sesenta y siete (167) piezas relacionadas en el Anexo “Listado de piezas de la colección geológica de la Corporación Parque Explora”, que hace parte integral del presente acto administrativo.
las ciento sesenta y siete (167) piezas relacionadas en el Anexo “Listado de piezas de la colección geológica de la Corporación Parque Explora”, que hace parte integral del presente acto administrativo.
Artículo 2. Registrar en el Inventario Nacional Geológic o y PaleontológicoINGEP la colección geológica de la Corporación Parque Explora, relacionada en el artículo primero y las piezas relacionadas en el Anexo I bajo el código INGEPM-154, el cual podrá ser consultado en la página web del Servicio Geológico Colombiano.
Artículo 3. Comunicar la presente decisión al señor Andrés Felipe Roldán Giraldo, identificado con cédula de ciudadanía No. 71.741.429, representante legal de la Corporación Parque Explora, en la Carrera 52 No. 73 – 75, MedellínAntioquia, y al correo electrónico autorizado parqueexplora@parqueexplora.org.
Artículo 4. Contra el presente acto administrativo procede recurso de reposición, el cual deberá interponerse dentro de los diez (10) días hábiles siguientes a la notificación del presente acto administrativo, al correo electrónico notificacionesjudiciales@sgc.gov.co, de conformidad con lo preceptuado en los artículos 74 y siguie ntes del Código de Procedimiento Administrativo y de lo Contencioso Administrativo.
Artículo 5. La presente resolución rige a partir de su publicación en el Diario Oficial.
Dada en Bogotá, D.C., a los siete (7) días del mes de junio de 2024.
PUBLÍQUESE, COMUNÍQUESE Y CÚMPLASE
JUAN MANUEL HERRERA GONZÁLEZ
PUBLÍQUESE, COMUNÍQUESE Y CÚMPLASE
JUAN MANUEL HERRERA GONZÁLEZ
Director Técnico de Geociencias Básicas
Proyectó: Luisa Fernanda Rengifo Cajias, contratista, Museo Geológico e Investigaciones Asociadas Revisó Aspectos Técnicos: Adriana Vera Estrada, contratista, Museo Geológico e Investigaciones Asociadas Aprobó Aspectos Técnicos: Victoria Elena Corredor Bohórquez, Coordinadora, Museo Geológico e Investigaciones Asociadas Revisó Aspectos Jurídicos: Naira Herreño Rodríguez, Abogada contratista, Oficina Asesora Jurídica Aprobó Aspectos Jurídicos: Jessica Martínez Huertas, Jefe Oficina Asesora Jurídica