SGC - Resolucion 860 de 2024
Servicio Geológico Colombiano
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Detalles
- Título
- SGC - Resolucion 860 de 2024
- Autor
- Servicio Geológico Colombiano
- Categoría
- Infralegal
- Área del derecho
- Desastres Naturales
- Año
- 2024
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RESOLUCIÓN NÚMERO DGB – 877 DE 2024
“Por la cual se declara y se ordena el registro en el Inventario Nacional Geológico y Paleontológico de la colección geológica del Instituto de Ciencias Naturales de la Universidad Nacional de Colombia”
EL DIRECTOR TÉCNICO DE GEOCIENCIAS BÁSICAS DEL SERVICIO
GEOLÓGICO COLOMBIANO
En uso de sus facultades legales, en especial las conferidas por los Decretos 2703 de 2013 y 1353 de 2018 y las Resoluciones D-334 de 2017, D-290 de 2021, D-192 de 2022, y
CONSIDERANDO:
Que el artículo 6 del Decreto 2703 de 2013 modificado por el artículo 2 del Decreto 1353 de 2018, por el cual se establece la estructura interna del Servicio Geológico Colombiano (SGC) y se determinan las funciones de sus dependencias, señala que la Direcc ión de Geociencias Básicas tiene dentro de sus funciones, entre otras, las siguientes: “9. Declarar y registrar los bienes muebles de interés geológico y paleontológico de la Nación de acuerdo a su valor intrínseco y/o su representatividad desde el punto d e vista científico, estético, educativo, cultural y/o recreativo. 10. Dirigir y coordinar el Inventario Nacional Geológico y Paleontológico con el fin de identificar y proteger el Patrimonio Geológico y Paleontológico de la Nación". Que el Decreto 1353 de 2018 adicionó el capítulo 10 al Título V de la parte 2 del libro 2 del Decreto Único Reglamentario del Sector Administrativo de Minas y
Geológico y Paleontológico de la Nación". Que el Decreto 1353 de 2018 adicionó el capítulo 10 al Título V de la parte 2 del libro 2 del Decreto Único Reglamentario del Sector Administrativo de Minas y Energía 1073 de 2015, regulando la gestión integral del patrimonio geológico y paleontológico de la Nación y determinando que el SGC es la autoridad competente a nivel nacional para la protección del patrimonio geológico y paleontológico, así como para promover las acciones correspondientes para dicha protección, de allí que esté facultado para determ inar las acciones y gestiones necesarias encaminadas a la conservación del patrimonio geológico y paleontológico mueble e inmueble. Que el artículo 2.2.5.10.1 del Decreto 1353 de 2018 estableció el Sistema de Gestión Integral del Patrimonio Geológico y Paleontológico de la Nación para la identificación, protección, conservación, rehabilitación y la transmisión a las futuras generaciones del patrimonio geológico y paleontológico, como parte del patrimonio de la Nación, el cual contempla como instrumentos de identificación, protección y conservación el registro de bienes muebles de interés geológico y paleontológico en el Inventario Nacio nal Geológico y Paleontológico (INGEP), facultando al SGC para establecer la metodología y el procedimiento a seguir para la declaratoria de los bienes de interés geológico y paleontológico. Que mediante la Resolución D -334 del 18 de agosto de 2017, la Dirección General del SGC delegó en el(la) Director(a) Técnico(a) de Geociencias Básicas las funciones de realizar las actividades necesarias para desarrollar e
Que mediante la Resolución D -334 del 18 de agosto de 2017, la Dirección General del SGC delegó en el(la) Director(a) Técnico(a) de Geociencias Básicas las funciones de realizar las actividades necesarias para desarrollar e implementar las políticas de protección del patrimonio geológico o paleontológico del país, promover las acciones de competencia de la entidad en materia de protección del patrimonio geológico o paleontológico del país e identificar, evaluar y establecer zonas de protección del patrimonio geológico o paleontológico del país.Página 2 de 6
Que en esa medida el director técnico de Geociencias Básicas del SGC es competente para valorar, declarar y registrar los bienes muebles de interés geológico y paleontológico de la Nación; autorizar la tenencia temporal, exportación temporal, movilización y/o exhibición de los bienes de interés geológico y paleontológico, así como todas las acciones necesarias para promover la debida custodia, y protección del patrimonio geológico y paleontológico de la Nación. Que adicionalmente, mediante la Resolución D-290 del 12 de octubre del 2021, el SGC adoptó la metodología de valoración del patrimonio geológico y paleontológico mueble para su registro en el INGEP, definiendo los valores y criterios que permitan sustentar la representatividad de piezas individuales o colecciones a nivel nacional. Que mediante la Resolución D-192 del 17 de junio del 2022, el SGC estableció los requisitos y procedimientos para la gestión integral del patrimonio geológico y paleontológico de la Nación y, en el artículo 4 y siguientes, reguló el trámite de Registro en el Inventario Nacional Geológico y Paleontológico de Bienes
los requisitos y procedimientos para la gestión integral del patrimonio geológico y paleontológico de la Nación y, en el artículo 4 y siguientes, reguló el trámite de Registro en el Inventario Nacional Geológico y Paleontológico de Bienes Muebles de Interés Geológico y Paleontológico. Que acorde con lo dispuesto en las disposiciones enunciadas, en el INGEP deben registrarse todos los bienes geológicos y paleontológicos de interés científico y patrimonial que se identifiquen, dentro de los cuales se encuentran las colecciones y las piezas geológicas y paleontológicas. Que las colecciones, por su naturaleza, se están actualizando e incrementando permanentemente, sea por adquisición de nuevas piezas, por actividades de investigación, excavación o colecta, intercambio entre entidades, entregas o donaciones, entre otras, lo cual conlleva a que el Registro en el INGEP de las mismas se constituya en un proceso continuo y de permanente actualización. Que, en el marco de las actividades necesarias para implementar y ejecutar las políticas de protección del patrimonio geológico y paleontológico del país, el Grupo de Trabajo de Museo Geológico e Investigaciones Asociadas de la Dirección de Geociencias Bás icas del SGC recibió, por medio del radicado SGC No. 20231200120072 del 13 de diciembre de 2023, una solicitud de registro en el INGEP de la colección geológica del Instituto de Ciencias Naturales de la Universidad Nacional de Colombia. La cual está ubicad a en la Carrera 30 #4503, Edificio 425, Oficina 201, Bogotá D.C. y actualmente es custodiada por la Universidad Nacional de Colombia, entidad identificada con el NIT 899.999.063Universidad Nacional de Colombia. La cual está ubicad a en la Carrera 30 #4503, Edificio 425, Oficina 201, Bogotá D.C. y actualmente es custodiada por la Universidad Nacional de Colombia, entidad identificada con el NIT 899.999.0633. La solicitud de registro se realizó con la finalidad de adelantar las labo res necesarias para identificar, caracterizar y valorar la colección geológica y proceder a su declaratoria y registro en el INGEP como Bien de Interés Geológico y Paleontológico. Que finalizado el proceso de valoración de la colección geológica del Instituto de Ciencias Naturales de la Universidad Nacional de Colombia, el SGC presentó el “Informe de caracterización y valoración de la colección geológica del Instituto de Ciencias Naturales de la Universidad Nacional de Colombia” en junio del 2024, aprobado por la Dirección de Geociencias Básicas mediante comunicación con radicado No. SGC-3-2024-002394, en el cual se concluye lo siguiente: “(…) La caracterización de la colección geológica del ICN aporta al entendimiento de su trayectoria, como parte de un instituto que posee más de 87 años de historia y que está adscrito a una universidad pública. Además de resaltar aspectos sobre su natural eza, como una colección paleontológica de referencia de biota del Paleógeno y Neógeno.Página 3 de 6
Adicionalmente, de acuerdo con la Ley 63 de 1986 (Congreso de Colombia, 1986), los objetos de interés paleontológico se consideran como bienes culturales al ser designados por el Estado como objetos de importancia para la ciencia. Además, de acuerdo con el Artículo 6 de la Ley 397 de 1997 (Congreso de Colombia, 1997), modificado por el
como bienes culturales al ser designados por el Estado como objetos de importancia para la ciencia. Además, de acuerdo con el Artículo 6 de la Ley 397 de 1997 (Congreso de Colombia, 1997), modificado por el Artículo 3 de la Ley 1185 de 2008 (Congreso de Colombia, 2008), se establece que: “Para la preservación de los bienes in tegrantes del patrimonio paleontológico se aplicarán los mismos instrumentos establecidos para el patrimonio arqueológico”, que de conformidad con los artículos 63 y 72 de la Constitución Política “pertenecen a la Nación y son inalienables, inembargables e imprescriptibles” (Departamento Administrativo de Función Pública, 1991). Finalmente, y conforme a lo dispuesto en el Decreto 1353 de 2018 (Ministerio de Minas y Energía, 2018) y en la Resolución D -290 de 2021 (SGC, 2021), los elementos de interés paleont ológico hacen parte integral del patrimonio geológico y paleontológico de la Nación.
Lo anterior orienta la atribución y definición de su significación y su representatividad en Colombia, pues permite identificar que la colección geológica del ICN posee dos valores patrimoniales (Resolución D290 en SGC, 2021), los cuales serán argumentados a continuación.
Valor científico:
En el caso de la colección geológica del ICN, su valor científico está sustentado en tres criterios: representatividad, abundancia y documentación asociada.
La colección geológica del ICN es representativa de la biota del neotrópico del Paleógeno y Neógeno ya que su creación y visión se enfoca en la
documentación asociada.
La colección geológica del ICN es representativa de la biota del neotrópico del Paleógeno y Neógeno ya que su creación y visión se enfoca en la conformación de una colección de referencia que sirva como soporte para la docencia e investigación de esta biot a en particular. Esto se constata en sus piezas, ya que 87,5% corresponden a estos grupos naturales que habitaron o aún habitan el territorio nacional (p. ej. ejemplares de las familias alligatoridae, gavialidae, interatheriidae, toxodontidae).
Aunado a lo anterior, al ser una colección que busca ser un referente de obligatoria consulta para investigadores e interesados en la biota (fauna y flora) del Paleógeno y Neógeno, la colección tiene como visión colectar y custodiar elementos paleontológicos representativos de este registro fósil. Así, aunque en el presente informe se están valorando 40 piezas, estas son sólo una muestra de la totalidad de la colección paleontológica de la Biodiversidad, la cual es mucho más abundante: posee al menos 2000 piezas.
Asimismo, la colección geológica del ICN posee documentación asociada. En primer lugar, la colección tiene como misión la curaduría y documentación de sus piezas y, en segundo lugar, sus piezas han sido objeto de estudio y han producido documentos de acces o público; entre ellos, el trabajo de grado de doctorado de Yaneth Muñoz Saba (Muñoz, 2018) y el trabajo de grado de Boris Alejandro Cárdenas Contreras (Cárdenas, 2023). Adicionalmente, al ser una colección de referencia custodiada por una universidad, est e material tiene un gran potencial de
- y el trabajo de grado de Boris Alejandro Cárdenas Contreras
(Cárdenas, 2023). Adicionalmente, al ser una colección de referencia custodiada por una universidad, est e material tiene un gran potencial de investigación y producción científica, que aportará y complementará la información existente del elemento geológico.
Valor educativo:
El valor educativo de la colección geológica del ICN se sustenta en dos criterios: divulgación científica y accesibilidad al elemento geológico.
En particular, la accesibilidad al elemento geológico se fomenta al ser una colección custodiada por una universidad pública, donde las piezas pueden ser consultadas físicamente tanto por investigadores, estudiantesPágina 4 de 6
y público general. Adicionalmente, la accesibilidad se está fomentando gracias a que la Universidad Nacional de Colombia está desarrollando un proyecto, el cual busca que tanto la información como las fotografías de las piezas de sus 63 colecciones científ icas puedan ser consultadas en línea y de forma gratuita por la comunidad nacional e internacional (Universidad Nacional de Colombia, 2023).
El ICN fomenta también la investigación y formación. Por lo anterior, la colección geológica tiene como misión difundir y divulgar el conocimiento científico derivado de sus piezas. En este sentido su colección geológica ha permitido y potencialmente segui rá permitiendo la divulgación científica, tanto en un ambiente académico formal (p. ej. a través del desarrollo de trabajos de grado: Muñoz, 2018; Cárdenas, 2023) como en espacios de sensibilización y divulgación creados para la comunidad en general (p. ej. el diplomado de paleontología desarrollado en octubre de 2023).
espacios de sensibilización y divulgación creados para la comunidad en general (p. ej. el diplomado de paleontología desarrollado en octubre de 2023).
El análisis integral de la colección geológica del ICN permitió identificar que esta posee dos valores patrimoniales: científico y educativo, los cuales están sustentados en cinco criterios: representatividad, abundancia, documentación asociada, accesibili dad al elemento geológico y divulgación científica. Por lo anterior, la colección geológica del ICN es representativa para el país y debe ser declarada como Bien mueble de Interés Geológico y Paleontológico según lo determina el artículo 2.2.5.10.1.2 del D ecreto 1353 de 2018 (Ministerio de Minas y Energía, 2018) y registrada en el INGEP.”
Que teniendo en cuenta que el Instituto de Ciencias Naturales de la Universidad Nacional de Colombia presentó un subconjunto de 40 piezas y que con la presente resolución se registran, se hace necesario que la entidad continúe con el levantamiento del inventario de su colección para que anualmente, de manera gradual y progresiva reporte y adicione al presente registro el restante de las piezas de su colección, con el fin de declararlas como bienes de interés geológico y paleontológico y se registren en el I nventario Nacional Geológico y Paleontológico – INGEP, en el marco de la identificación y protección del patrimonio geológico y paleontológico de la Nación. Para lo cual es necesario que allegue un plan de trabajo en el que relacione las actividades a real izar para cumplir con su compromiso de registrar la totalidad de la colección en el término anteriormente señalado.
allegue un plan de trabajo en el que relacione las actividades a real izar para cumplir con su compromiso de registrar la totalidad de la colección en el término anteriormente señalado. Que conforme a lo señalado en el “Informe de caracterización y valoración de la colección geológica del Instituto de Ciencias Naturales de la Universidad Nacional de Colombia”, del cual se retoma el apartado de valoración en la presente resolución, se conc luye que la Colección Geológica del Instituto de Ciencias Naturales de la Universidad Nacional de Colombia constituye un Bien de Interés Geológico y Paleontológico de la Nación debido a que posee los valores científico y educativo y, permite conocer, estud iar e interpretar el origen y evolución de la Tierra, los procesos que la han modelado, los climas y paisajes del pasado y el presente por medio de las piezas que la conforman. En consecuencia, es procedente ordenar el registro de las cuarenta (40) piezas, las cuales se encuentran identificadas en el Anexo I “Listado de piezas de la colección geológica del Instituto de Ciencias Naturales de la Universidad Nacional de Colombia” de la presente resolución.Página 5 de 6
Que en mérito de lo expuesto,
RESUELVE:
Artículo 1. Declarar la colección geológica del Instituto de Ciencias Naturales de la Universidad Nacional de Colombia, ubicada en la Carrera 30 #45 -03, Edificio 425, Oficina 201, Bogotá D.C., como Bien de Interés Geológico y Paleontológico de la Nación en virtud de su relevancia científica y educativa, de conformidad con lo señalado en la parte motiva de la presente resolución, y de la cual hacen parte las cuarenta (40) piezas relacionadas en el Anexo I “Listado
Paleontológico de la Nación en virtud de su relevancia científica y educativa, de conformidad con lo señalado en la parte motiva de la presente resolución, y de la cual hacen parte las cuarenta (40) piezas relacionadas en el Anexo I “Listado de piezas de la colección geológica del Inst ituto de Ciencias Naturales de la Universidad Nacional de Colombia”, que hace parte integral del presente acto administrativo.
Artículo 2. Registrar en el Inventario Nacional Geológico y PaleontológicoINGEP la colección geológica del Instituto de Ciencias Naturales de la Universidad Nacional de Colombia, relacionada en el artículo primero y las piezas relacionadas en el Anexo I bajo el cód igo INGEP -M-157, el cual podrá ser consultado en la página web del Servicio Geológico Colombiano.
Artículo 3. Comunicar la presente decisión al representante legal de la Universidad Nacional de Colombia, Leopoldo Alberto Múnera con cédula de ciudadanía 19.298.642, a los correos electrónicos autorizados vicinvest_nal@unal.edu.co y ydmunozs@unal.edu.co. Recordando que, anualmente y de manera gradual y progresiva se debe realizar la adición de piezas al presente registro de la colección geológica del Instituto de Ciencias Naturales de la Universidad Nacional de Colombia, conforme a los avances en el levantamiento de inventario que haga la entidad, de acuerdo a lo expuesto en la parte considerativa de la presente resolución y al plan de trabajo que allegue al Servicio Geológico Colombiano en un término de dos meses a partir de la notificación de la presente resolución.
Artículo 4. Contra el presente acto administrativo procede recurso de reposición, el cual deberá interponerse dentro de los diez (10) días hábiles
notificación de la presente resolución.
Artículo 4. Contra el presente acto administrativo procede recurso de reposición, el cual deberá interponerse dentro de los diez (10) días hábiles siguientes a la notificación del presente acto administrativo, al correo electrónico notificacionesjudiciales@sgc.gov.co, de conformidad con lo preceptuado en los artículos 74 y siguientes del Código de Procedimiento Administrativo y de lo Contencioso Administrativo.
Artículo 5. La presente resolución rige a partir de la fecha de su publicación en el Diario Oficial.Página 6 de 6
Dada en Bogotá D.C., a los 15 días del mes de agosto de 2024.
PUBLÍQUESE, COMUNÍQUESE Y CÚMPLASE
Juan Manuel Herrera González Director Técnico de Geociencias Básicas
Luisa Fernanda Rengifo Cajias Contratista Museo Geológico e Investigaciones Asociadas Victoria Elena Corredor Bohórquez Coordinadora Museo Geológico e Investigaciones Asociadas
Naira Herreño Rodríguez Contratista Oficina Asesora Jurídica
Raúl Antonio Vargas Camargo Jefe Oficina Asesora Jurídica