SS - Oficio 220-001501
Superintendencia de Sociedades
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Detalles
- Título
- SS - Oficio 220-001501
- Autor
- Superintendencia de Sociedades
- Categoría
- Infralegal
- Área del derecho
- Sociedades
- Año
- —
Oficio 220-001501 Enero 9 de 2009
Asunto: El contrato de cuentas en participación se rige por los artículos 507 al 514 del Código de Comercio Me refiero a su escrito enviado al Consejo Técnico de la Contaduría Pública, y remitido por dicho Organismo a esta Entidad, radicado con el número 2008-01-254806, por medio del cual pregunta si las cuentas en participación siguen vigentes y si no qué normatividad hay al respecto.
Sobre el particular, me permito manifestarle que el contrato de cuentas en participación sigue estando vigente en el ordenamiento jurídico colombiano, y que el mismo desde el punto de vista mercantil se encuentra regulado por el Título X del Libro II del Código de Comercio, artículos 507 al 514. En los anteriores términos damos respuesta a su consulta, manifestándole que el alcance del concepto expresado es el previsto en el artículo 25 del Código Contencioso Administrativo.