🇨🇴⚖️ La Rama Judicial valida a Ariel en prueba de concepto de IA. Conoce los resultados aquí

SS - Oficio 220-005299

Superintendencia de Sociedades

Icono de documento PDF

Descargar PDF

Disponible

Detalles

Título
SS - Oficio 220-005299
Autor
Superintendencia de Sociedades
Categoría
Infralegal
Área del derecho
Sociedades
Año

220-005299, 09 de febrero de 2005

Ref: De la exclusión de socios en la sociedad anónima.

Me refiero a su comunicación radicada el pasado 24 de enero con el No. 2005-01-006726, mediante la cual previa exposición de una serie de circunstancias que dicen de la situación de una sociedad anónima en cuyo interior existe un conflicto con uno de los accionistas que ha llevado entre otros, a la intervención de un comité de amigable composición, consulta a este Despacho cuál sería él o, los mecanismos más idóneos para llevar a cabo su exclusión, teniendo en cuenta adicionalmente las condiciones que establece el "Reglamento de Accionistas" que al efecto allegó con la Radicación No. 2005-01-008496. A ese respecto es pertinente señalar que la "exclusión de socios" es tema del que esta Entidad se ha ocupado de tiempo atrás, particularmente tratándose de sociedades anónimas, para concluir de manera reiterada que en el escenario de la legislación mercantil colombiana no está consagrada dicha figura para este tipo societario y que igualmente no es viable a la luz de la misma, establecer causales estatutarias que contemplen supuestos de exclusión, razón por la cual no resulta viable bajo ninguna circunstancia hablar de mecanismos idóneos que conduzcan a ese propósito, pues amén de la naturaleza jurídica que ostenta la sociedad anónima, ésta le resulta en absoluto ajena, lo que no es óbice en el caso al que su consulta alude, para hacer exigible a través de las instancias legales el cumplimiento de las decisiones adoptadas por los Amigables Componedores.

Para una ilustración completa en torno al tema, adjunto al presente copia del Oficio 100-20613 del 23 de mayo de 2001, el cual expone las consideraciones de orden jurídico que sustentan la doctrina vigente de la Entidad. En los anteriores términos se ha dado trámite a su solicitud, con los alcances que al efecto establece el artículo 25 del C.C.A.

Consultar sobre este documento ...