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SS - Oficio 220-031521

Superintendencia de Sociedades

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Detalles

Título
SS - Oficio 220-031521
Autor
Superintendencia de Sociedades
Categoría
Infralegal
Área del derecho
Sociedades
Año
—

220-031521 de 3 de julio de 2002

Asunto: Derecho de petición, radicado No. 2002-01-083804.

Me refiero a su escrito recibido en esta entidad el día 24 de junio del presente año y radicado con el No. 200201-083804, en el cual solicita concepto jurídico de esta oficina acerca de cómo puede actuar y cuáles son los mecanismos para controvertir los fundamentos contenidos en una petición que en días pasados hiciera a esta entidad para dirimir las discrepancias sobre la ocurrencia de una causal de disolución de la sociedad CENTRAL

DE CARNES ABASTOS LTDA..

Como quiera que los hechos en que se fundamenta la consulta dan cuenta de la existencia de un proceso jurisdiccional que se adelanta ante esta entidad para dirimir una eventual controversia acerca de la ocurrencia de una causal de disolución de la sociedad referida, e igualmente de una investigación administrativa por los mismos hechos, esta Oficina se abstendrá de emitir pronunciamiento alguno al respecto, pues de hacerlo desbordaría los límites que la Constitución y la ley han previsto tanto para el ejercicio del derecho de petición de consulta por los particulares como para la entidad encargada de atenderlo. En efecto, las controversias que se presentan en la referida sociedad serán resueltas en sede jurisdiccional y administrativa, conforme con lo previsto en los artículos 138 y siguientes de la Ley 446 de 1998 y 87 de la Ley 222 de 1995, respectivamente.

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