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SS - Oficio 220-74776

Superintendencia de Sociedades

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Detalles

Título
SS - Oficio 220-74776
Autor
Superintendencia de Sociedades
Categoría
Infralegal
Área del derecho
Sociedades
Año

220-74776 del 28 de Diciembre de 2006 REF. TRANSFORMACIÓN DE UNA SOCIEDADAUTORIZACIÓN DE LA SUPERINTENDENCIA DE SOCIEDADES Me refiero a su escrito radicado en esta Superintendencia con el número 2006-01-187672, mediante el cual elevó consulta en la que plantea lo siguiente: “ Una Sociedad Limitada colombiana, sometida a su Vigilancia por la causal de Volumen de Ventas, desea transformarme en Sociedad Anónima.

Preguntamos: 1. ¿Es necesario que su Despacho apruebe previamente el Acta de Transformación? 2. ¿Basta con que enviemos a posteriori de la transformación a ese Despacho, copia de la Escritura que contiene la reforma estatutaria y original del respectivo Certificado de la Cámara de Comercio actualizado? ” Sobre el particular, es preciso señalar que independientemente de que se trate de compañías sometidas a su vigilancia, esta Superintendencia sólo tiene competencia para autorizar reformas estatutarias consistentes en la transformación en el caso de las sociedades sometidas al control de esta entidad, a la luz de lo dispuesto en el artículo 85, numeral 2 de la Ley 222 de 1995.

Por lo anterior, para su caso particular, tratándose de una sociedad vigilada por esta Entidad, no es necesaria autorización alguna, en razón a las disposiciones legales. En los anteriores términos se ha dado contestación a su consulta, no sin antes manifestarle que los efectos del presente pronunciamiento son los descritos en el artículo 25 del Código Contencioso Administrativo.

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