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SUPERSALUD - Resolución 8646 de 2026

Superintendencia Nacional de Salud

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Detalles

Título
SUPERSALUD - Resolución 8646 de 2026
Autor
Superintendencia Nacional de Salud
Categoría
Infralegal
Área del derecho
Médico
Año
2026

Código: A5-FT-6 – V1

Versión: 1

Fecha: 31/03/2026

Página 1 / 3

R E S O L U C I Ó N 2 0 2 6 9 1 0 0 1 0 0 0 8 6 4 6 - 6 D E 2 4 – 0 8 - 2 0 2 6

Por la cual se efectúa un nombramiento en periodo de prueba. LA SUPERINTENDENTE NACIONAL DE SALUD (E) En uso de sus facultades legales, Ley 909 de 2004, Decreto Ley 775 de 2005, Decreto 1083 de 2015, Decreto 1080 de 2021, el Decreto 1162 de 2026 y CONSIDERANDO Que, el artículo 125 de la Constitución Política de Colombia establece que los empleos en las Entidades del Estado son de carrera, salvo algunas excepciones, y que el ingreso a estos cargos, así como el ascenso en los mismos se efectuará previo cumplimiento de los requisitos y condiciones que fije la ley para determinar los méritos y calidades de los Que, la Comisión Nacional del Servicio Civil –CNSC-, mediante el Acuerdo No. 061 del 13 de julio de 2023, modificado por el Acuerdo No. 69 del 11 de agosto de 2023, convocó a concurso de méritos para proveer definitivamente los empleos vacantes de la planta de personal pertenecientes al Sistema Específico de Carrera Administrativa de la Superintendencia Nacional

de Salud, Convocatoria No. 2503 de 2023 en las modalidades de Ascenso y Abierto. Que, agotadas las etapas del proceso de selección, la Comisión Nacional del Servicio CivilCNSC expidió la Resolución No. 4574 de 2025 “Por la cual se conforma y adopta la Lista de Elegibles para proveer una (1) vacante(s) definitiva(s) del empleo denominado PROFESIONAL UNIVERSITARIO, Código 2044, Grado 08, identificado con el No. OPEC 191274, perteneciente al Sistema Específico de Carrera Administrativa de la SUPERINTENDENCIA NACIONAL DE SALUD - ABIERTO, en el marco del Proceso de Selección No. 2503 de 2023”, en donde la señora SANDRA MILENA TORRES CAMPOS , ocupó la segunda (02) posición dentro de la lista de elegibles mencionada. Conforme a lo publicado por la CNSC en el Banco Nacional de Listas de Elegibles, la lista mencionada cobró firmeza el 23 de abril de 2025. Que, mediante Resolución No. 2026910000000966-6 del 16 de febrero de 2026 se procedió con el nombramiento en período de prueba, de la elegible SANDRA MILENA TORRES CAMPOS identificada con cédula de ciudadanía No. 28.688.640, en el cargo denominado PROFESIONAL UNIVERSITARIO, Código 2044, Grado 08, ofertado en el Proceso de Selección 2503 de 2023 – Superintendencia Nacional de Salud, con la OPEC 191274. Acto que le fue comunicado el 17 de febrero de 2026. Que, en razón a que la mencionada elegible manifestó a través de correo electrónico remitido a

– Superintendencia Nacional de Salud, con la OPEC 191274. Acto que le fue comunicado el 17 de febrero de 2026. Que, en razón a que la mencionada elegible manifestó a través de correo electrónico remitido a la Superintendencia Nacional de Salud, bajo el radicado número 20265500005165612 del 27 de febrero de 2026, la aceptación del nombramiento en período de prueba en el empleo PROFESIONAL UNIVERSITARIO, Código 2044, Grado 08 , identificado con el No. OPEC 191274 y solicitó prorrogar la fecha de posesión hasta el hasta el treinta (30) de junio; se concedió esta prórroga mediante resolución No. 2026910010002630-6 de 2026.RESOLUCIÓN No 2026910010008646-6 DE 2026 Página 2 de 3

Continuación de la resolución, Por la cual se efectúa un nombramiento en periodo de prueba.

Código: A5-FT-6 – V1

Versión: 1

Fecha: 31/03/2026

P á g i n a 2 | 3 Que, la elegible SANDRA MILENA TORRES CAMPOS , a través de oficio remitido a esta Superintendencia de fecha 09 de junio de 2025, bajo radicado 20269300415570362, del 10 de junio de 2026, manifestó su no aceptación al nombramiento realizado, por consiguiente, se procedió a derogar el mismo a través de la Resolución No. 2026910010007115-6 del 25 de junio de 2026 y dicho acto se reportó en el Banco Nacional de Listas de Elegibles de la Comisión Nacional del Servicio Civil. Que, mediante radicado 20269300421474942 del 06 de agosto de 2026, la CNSC informó sobre

de 2026 y dicho acto se reportó en el Banco Nacional de Listas de Elegibles de la Comisión Nacional del Servicio Civil. Que, mediante radicado 20269300421474942 del 06 de agosto de 2026, la CNSC informó sobre la autorización de uso de lista de elegibles por movilidad, entre otros, para la elegible DAYANA SALINAS MORALES identificada con cédula de ciudadanía 24.339.837 quien ocupó la tercera (03) posición de la lista de elegibles conformada mediante Resolución No. 4574 del 23 de abril de 2025 para la OPEC No.191274. Que, de acuerdo con lo anterior y teniendo en cuenta que corresponde a la Superintendencia Nacional de Salud, garantizar el cumplimiento de los principios constitucionales frente a la provisión definitiva de los empleos de carrera administrativa, se debe nombrar en período de prueba al(a) elegible DAYANA SALINAS MORALES así:

POSICIÓN DE

MÉRITO DEPENDENCIA CÉDULA APELLIDOS Y

NOMBRES CARGO CÓDIGO GRADO

MANUAL

FUNCIONES

TOMO

MANUAL

FUNCIONES

PERFIL

3

DIRECCIÓN DE INSPECCIÓN Y

VIGILANCIA PARA LA PROTECCION

AL USUARIO

24.339..837 SALINAS

MORALES DAYANA PROFESIONAL UNIVERSITARIO 2044 8 8 1596

Que actualmente el cargo PROFESIONAL UNIVERSITARIO, Código 2044, Grado 08, ofertado con la OPEC No. 191274, se encuentra desprovisto. Que, en virtud de lo anteriormente expuesto, RESUELVE ARTÍCULO 1. NOMBRAR EN PERÍODO DE PRUEBA, dentro del Sistema Específico de

con la OPEC No. 191274, se encuentra desprovisto. Que, en virtud de lo anteriormente expuesto, RESUELVE ARTÍCULO 1. NOMBRAR EN PERÍODO DE PRUEBA, dentro del Sistema Específico de Carrera de la Superintendencia Nacional de Salud, en el cargo de la planta global de personal identificado con el código 191274 a:

POSICIÓN DE

MÉRITO DEPENDENCIA CÉDULA APELLIDOS Y

NOMBRES CARGO CÓDIGO GRADO

MANUAL

FUNCIONES

TOMO

MANUAL

FUNCIONES

PERFIL

3

DIRECCIÓN DE INSPECCIÓN Y

VIGILANCIA PARA LA PROTECCION

AL USUARIO

24.339..837 SALINAS

MORALES DAYANA PROFESIONAL UNIVERSITARIO 2044 8 8 1596

PARÁGRAFO 1. El (La) designado (a) en período de prueba, tendrá diez (10) días hábiles para manifestar si acepta el cargo y diez (10) días hábiles siguientes para tomar posesión, de conformidad con los artículos 2.2.5.1.6 y 2.2.5.1.7 del Decreto 1083 de 2015, adicionado y modificado por el Decreto 648 de 2017, la radicación del documento de aceptación se puede hacer mediante documento escrito en la ventanilla de correspondencia de la Superintendencia o mediante correo electrónico dirigido al buzón convocatoriasns2023@supersalud.gov.co. PARÁGRAFO 2. En virtud de lo previsto en el artículo 2.2.6.29 del Decreto 1083 de 2015 durante la vigencia del período de prueba, al(a) servidor(a) público(a) no se le podrá efectuar ningún movimiento dentro de la planta de personal que implique el ejercicio de funciones distintas a las

la vigencia del período de prueba, al(a) servidor(a) público(a) no se le podrá efectuar ningún movimiento dentro de la planta de personal que implique el ejercicio de funciones distintas a las indicadas en la Convocatoria 2503-2023 que sirvió de base para su nombramiento.RESOLUCIÓN No 2026910010008646-6 DE 2026 Página 3 de 3

Continuación de la resolución, Por la cual se efectúa un nombramiento en periodo de prueba.

Código: A5-FT-6 – V1

Versión: 1

Fecha: 31/03/2026

P á g i n a 3 | 3 ARTÍCULO 2. El período de prueba de que trata el presente artículo tendrá una duración de cuatro (4) meses contados a partir de la fecha de posesión, al final de los cuales le será evaluado el desempeño laboral por el jefe inmediato. De ser satisfactoria la calificación será inscrito(a) o actualizado (a) en el Registro Público de Carrera Administrativa, o de lo contrario, el nombramiento será declarado insubsistente mediante Resolución motivada. ARTÍCULO 3. En virtud de lo contemplado en el artículo 75 de la Ley 1437 de 2011 contra la presente resolución no procede recurso alguno por tratarse de un acto administrativo de ejecución. ARTÍCULO 4. COMUNICAR el contenido de la presente Resolución a los siguientes correos electrónicos:

NOMBRE CORREO ELECTRÓNICO

SALINAS MORALES DAYANA

ÁREA CORREO ELECTRÓNICO DIRECCIÓN DE INSPECCIÓN Y VIGILANCIA PARA LA PROTECCION AL USUARIO rpinzon@supersalud.gov.co

DIRECCIÓN DE TALENTO HUMANO talentohumano@supersalud.gov.co

ÁREA CORREO ELECTRÓNICO DIRECCIÓN DE INSPECCIÓN Y VIGILANCIA PARA LA PROTECCION AL USUARIO rpinzon@supersalud.gov.co DIRECCIÓN DE TALENTO HUMANO talentohumano@supersalud.gov.co ARTÍCULO 5. La presente Resolución rige a partir de la fecha de su expedición. Dada en Bogotá D.C., a los 24 días del mes 08 de 2026. PUBLIQUESE, COMUNIQUESE Y CÚMPLASE Firmado electrónicamente por: Monica Rocio Lombana Garcia 10000 Monica Rocio Lombana Garcia 10000

SUPERINTENDENTE NACIONAL DE SALUD (E)

Proyectó: María Natalia Cualtán Ortiz 91001

Revisó: Sandra Milena Vargas Jurado -- Paula Tatiana Arenas Gonzalez -- Adriana Santos Higuera -- Maria Angelica Zuleta Sierra 90000 -- Sandra Patricia Cortés Sierra -- Flor

Angela Riaño Niño91000

Aprobó: Monica Rocio Lombana Garcia 10000

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