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URF - Resolución 002 de 2023

Unidad de Proyección Normativa y Estudios de Regulación Financiera

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Detalles

Título
URF - Resolución 002 de 2023
Autor
Unidad de Proyección Normativa y Estudios de Regulación Financiera
Categoría
Infralegal
Área del derecho
Financiero
Año
2023

AD-FT-044_V1.0

RESOLUCIÓN

(002 DEL 20 DE ENERO DE 2023)

“Por medio de la cual se declara desierto el Proceso de Mínima Cuantía MC-001-2023”

La Subdirectora Jurídica y de Gestión Institucional (E) de la Unidad Administrativa Especial, Unidad de Proyección Normativa y Estudios de Regulación Financiera – URF, en uso de sus facultades legales, por lo dispuesto en la Resolución No. 092 del 1 de junio de 2022

CONSIDERANDO

Que Unidad Administrativa Especial, Unidad de Proyección Normativa y Estudios de Regulación Financiera (URF), fue creada mediante Decreto 4172 de 2011, como un organismo del orden nacional, adscrito al Ministerio de Hacienda y Crédito Público, sin personería jurídic a, con autonomía administrativa y patrimonio independiente. Su estructura fue modificada mediante el Decreto 1658 de 2016 y su planta de personal ha sido modificada mediante los Decretos 1659 de 2016 y el Decreto 1792 de 2021.

Que la URF tiene por objeto, dentro del marco de política fijado por el Ministerio de Hacienda y Crédito Público y sin perjuicio de las atribuciones de la Junta Directiva del Banco de la República, la preparación de la normativa para el ejercicio de la facultad de reglamentación en m ateria cambiaria, monetaria y crediticia y de las competencias de regulación e intervención en las actividades financiera, bursátil, aseguradora y cualquiera otra relacionada con el manejo, aprovechamiento e inversión de los recursos captados del público, para su posterior expedición por el Gobierno Nacional.

regulación e intervención en las actividades financiera, bursátil, aseguradora y cualquiera otra relacionada con el manejo, aprovechamiento e inversión de los recursos captados del público, para su posterior expedición por el Gobierno Nacional.

Que dentro de los bienes a su cargo, la Entidad cuenta con dos (2) vehículos que conforman su parque automotor, con los cuales se realiza el desplazamiento del Director General o de los subdirectores, en desarrollo de las actividades asociadas a las funciones de la Unidad, para garantizar su funcionamiento, y para la realización de las actividades administrativas y logísticas requeridas. Esos vehículos son los siguientes:RESOLUCIÓN No. 002 De 20/01/2023 “Por la cual se declara desierto el Proceso de Mínima Cuantía MC-001-2023”

AD-FT-044_V1.0

Que la Unidad debe contratar el servicio de suministro de combustible para su parque automotor, asegurando el debido funcionamiento de los vehículos anteriormente señalados.

Que por lo expuesto, y estando debidamente justificada la necesidad y su conveniencia, la Unidad Administrativa Especial, Unidad de Proyección Normativa y Estudios de Regulación Financiera (URF) , a través de la Subdirección Jurídica y de Gestión Institucional, adelantó las gestiones necesarias para contratar el suministro de combustible.

Que, atendiendo la naturaleza jurídica de la URF como entidad pública del orden nacional, y de conformidad con lo preceptuado en la Ley 80 de 1993, Ley 1150 de 2007 y Decreto 1082 de 2015, el estudio previo, la invitación pública

y los documentos relacionados con el Proceso de Selección MC-001-2023, cuyo objeto es “Suministro de combustible con sistema de control en EDS ubicadas en Bogotá D.C., para el parque automotor de la Unidad Administrativa Especial, Unidad de Proyección Normativa y Estudios de Regulación Financiera -URF.”, fueron publicados a través de la plataforma del Secop II el día 16 de enero de 2023.

Que dentro del plazo comprendido entre los días 16 al 18 de enero de 2023, para la formulación de observaciones, la Unidad no recibió solicitud de esta naturaleza.

Que, de acuerdo con lo establecido en el cronograma publicado dentro del proceso de selección, se fijó como plazo máximo para la recepción de ofertas, el día 19 de enero de 2023 a las 4:30 p.m., término dentro del cual la Unidad no recibió ninguna propuesta. Se anexa soporte del SECOPII.

Que con fundamento en lo anterior y en concordancia con lo dispuesto en el numeral 7° del artículo 24 y el numeral 18º del artículo 25 de la Ley 80 de 1993, resulta procedente DECLARAR DESIERTO el Proceso de Selección de Mínima Cuantía MC-001-2023.

Que en mérito de lo expuesto, la Subdirectora Jurídica y de Gestión Institucional (E) de la URF,

RESUELVE

ARTÍCULO PRIMERO: Declarar DESIERTO el proceso de contratación de mínima cuantía MC-001-2023, cuyo objeto

consiste en contratar el “Suministro de combustible con sistema de control en EDS ubicadas en Bogotá D.C., para el parque automotor de la Unidad Administrativa Especial, Unidad de Proyección Normativa y Estudios de Regulación

consiste en contratar el “Suministro de combustible con sistema de control en EDS ubicadas en Bogotá D.C., para el parque automotor de la Unidad Administrativa Especial, Unidad de Proyección Normativa y Estudios de Regulación Financiera -URF.”, amparado con el Certificado de Disponibilidad Presupuestal No. 423 de fecha 2 de enero de 2023, por valor de OCHO MILLONES DE PESOS ($8.000.000) M/CTE, incluido IVA, por los motivos expresados en la parte considerativa del presente acto administrativo.

ARTÍCULO SEGUNDO: Ordenar la publicación del presente acto administrativo en el Sistema Electrónico para la Contratación Pública SECOP II, de conformidad con lo previsto en el artículo 2.2.1.1.1.7.1. del Decreto 1082 de 2015.

ARTÍCULO TERCERO: Contra la decisión procede el recurso de reposición de conformidad con lo establecido en el artículo 77 de la Ley 80 de 1993, en los términos establecidos en el artículo 76 de la Ley 1437 de 2011.RESOLUCIÓN No. 002 De 20/01/2023 “Por la cual se declara desierto el Proceso de Mínima Cuantía MC-001-2023”

AD-FT-044_V1.0

ARTÍCULO CUARTO: La presente Resolución rige a partir de la fecha de expedición, y se entiende notificada con su publicación en el Sistema Electrónico para la Contratación Pública SECOP II.

Dada en la Bogotá D.C., a los 20/ 01/ 2023

PUBLÍQUESE Y CÚMPLASE

PAOLA PATRICIA RODRÍGUEZ ANGULO

Dada en la Bogotá D.C., a los 20/ 01/ 2023

PUBLÍQUESE Y CÚMPLASE

PAOLA PATRICIA RODRÍGUEZ ANGULO Subdirectora Jurídica y de Gestión Institucional (E)

Proyectó: Catalina Torrado Ulloa / Profesional Especializado

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