CAN - Documento de Cooperación Técnica SG-ct-274
CAN - Comunidad Andina de Naciones
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Detalles
- Título
- CAN - Documento de Cooperación Técnica SG-ct-274
- Autor
- CAN - Comunidad Andina de Naciones
- Categoría
- Infralegal
- Área del derecho
- Ambiental
- Año
- —
SG/ct 274 18 de marzo de 2008 E.4
CONVENIO DE COOPERACIÓN ENTRE LA UNIVERSIDAD
ANDINA SIMÓN BOLÍVAR Y LA SECRETARÍA GENERAL
DE LA COMUNIDAD ANDINA. PROGRAMA
SUBREGIONAL COMUNITARIO DE FORMACIÓN
EN TEMAS AMBIENTALES
COOPERACION TECNICACONVENIO DE COOPERACIÓN
ENTRE LA UNIVERSIDAD ANDINA SIMÓN BOLIVAR Y LA
SECRETARÍA GENERAL DE LA COMUNIDAD ANDINA
PROGRAMA SUBREGIONAL COMUNITARIO DE FORMACIÓN EN
TEMAS AMBIENTALES l 'CONVENIO DE COOPERACIÓN
ENTRE LA UNIVERSIDAD ANDINA SIMÓN BOLIVAR Y LA SECRETARÍA
GENERAL DE LA COMUNIDAD ANDINA
PROGRAMA SUBREGIONAL COM UNITARIO DE FORMACIÓN EN TEMAS AMBIENTALES Conste por el presente documento el Convenio de Cooperación que suscriben, de una parte, la Secretaría General de la Com unidad Andina, en adelante SECR ETARÍA GENERAL, debidamente representada por su Secretario General, señor FREDDY EHLERS ZURITA, elegido por el Consejo Andino de Ministros de Relaciones Exteriores reunido en forma ampliada con los Representantes Titulares ante la Comisión de la Comunidad Andina, mediante Decisión 662 del 18 de enero de 2007, publicada en la Gaceta Oficial del Acuerdo de Cartagena Nº 1456 y de otra, la Universidad Andina Simón Bolívar, en adelante UASB, representada por el· Doctor JULIO GARRETT AILLÓN, conforme a la Resolución C.S. 1 02/06 del Consejo Superior de la Universidad Andina Simón Bolívar de fecha de 16 de enero de 2006, que lo designa como Rector a partir del 17 de marzo de 2006 por un periodo de
Superior de la Universidad Andina Simón Bolívar de fecha de 16 de enero de 2006, que lo designa como Rector a partir del 17 de marzo de 2006 por un periodo de cuatro años, en los términos y condiciones siguientes: PRIMERA: DE LAS INSTITUCIONES La SECRETARÍA GENERAL es el órgano ejecutivo de la Comunidad Andina, organización subregional con personería jurídica internacional, que tiene por objetivo, entre otros promover el desarrollo equilibrado y armónico de sus Países Miembros en condiciones de equidad, mediante la integración y la cooperación económica y sbcial; acelerar el crecimiento y la generación de ocupación; facilitar su participación en el proceso de integración regional; fortalecer la solidaridad subregional y reducir las diferencias de desarrollo existente entre los Paífies Miembros, todo con la finalidad de procurar un mejoramiento persistente en el nivel de vida de los habitantes de la Comunidad Andina, integrada por Bolivia, Ecuador, Colombia y Perú. La UNIVERS IDAD ANDII\JA SIMÓN BOLÍVAR es una institución académica autónoma creada por el Parlamento Andino. Se dedica a la investigación, la enseñanza universitaria y la prestación de servicios, especialmente para la transmisión de conocimientos científicos y tecnológicos. Se propone asimismo el fomento del espíritu de cooperación y coordinación entre las universidac,ies de la subregión, con la finalidad de coadyuvar a la realización y al fortalecimiento de los principios fundamentales que presiden la integración y el desarrollo de la comunidad subregional andina. Siendo la Universidad Andina un organismo de derecho público internacional, forma parte del Sistema Andino de Integración y sus actividades cubren todos los países de la
presiden la integración y el desarrollo de la comunidad subregional andina. Siendo la Universidad Andina un organismo de derecho público internacional, forma parte del Sistema Andino de Integración y sus actividades cubren todos los países de la Comunidad Andina, teniendo su Sede Central en la ciudad de Sucre, Bolivia.cualquiera de las Partes podrá someter el asunto a Arbitraje por el Tribunal de Justi cia de la Comunidad Andina, de conformidad con los Artículos 38 y 41 de su Tratado de Creación, codificado a través de la Decisión 472 de la Comisión de la Comunidad Andina.
SEXTO: VIGENCIA El presente Convenio de Cooperación entrará en vigor a partir de la fecha de su firma, y tendrá una duración de tres (3) años. Sin perjuicio de ello, cualquiera de las Partes podrá dejarlo sin efecto en cualquier momento, mediante comunicación cursada a la otra con no menos de 30 días de anticipación.
Suscrito en la ciudad defi". tfi el . J fidel mes de mfi(fi':'. de 2008, en dos originales, siendo ambos igualmente válidos.
FREDDY
SECRE COMU HA RAL NA