CAR - Acuerdo 30 de 2024
Corporación Autónoma Regional de Cundinamarca
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Detalles
- Título
- CAR - Acuerdo 30 de 2024
- Autor
- Corporación Autónoma Regional de Cundinamarca
- Categoría
- Infralegal
- Área del derecho
- Servicios Públicos
- Año
- 2024
. . Corporación Autónoma Regional de Cundinamarca CAR Consejo Directivo República de Colombia
ACUERDO No. 30 DEL 4 DE SEPTIEMBRE DE 2024
Por el cual se autoriza al Director General de la Corporación Autónoma Regional de Cundinamarca - CAR, para comprometer vigencias futuras ordinarias que afecten el presupuesto, correspondientes a gastos de inversión. EL CONSEJO DIRECTIVO DE LA CORPORACIÓN AUTÓNOMA REGIONAL DE CUNDINAMARCA - CAR, en uso de sus facultades legales y estatutarias, especialmente las contenidas en la Ley 99 de 1993, en el artículo 37 del Estatuto Presupuesta! de la Corporación y demás normas que reglamentan la materia, y CONSIDERANDO Que el Consejo Directivo en sesión extraordinaria realizada el 31 de mayo de 2024, mediante Acuerdo No. 09 de la misma fecha, aprobó el Plan de Acción CuatrienalPAC 2024 • 2027, instrumento en el cual, a través de su componente Plan Financiero, se definen los proyectos y programas, indicando los ingresos y gastos de funcionamiento, servicio de la deuda e inversión, con una proyección a cuatro (4) años. Que el Estatuto Presupuesta! de la entidad, aprobado por el Consejo Directivo mediante el Acuerdo No. 06 del 07 de abril de 2010 y modificado mediante los Acuerdos No. 01 del 22 de enero de 2013, No. 35 del 21 de noviembre de 2017 y No. 02 del 27 de enero de 2021, es el instrumento con el cual se regula lo correspondiente a la programación, aprobación, modificación, ejecución y control del presupuesto, financiado con recursos propios de la Corporación.
No. 02 del 27 de enero de 2021, es el instrumento con el cual se regula lo correspondiente a la programación, aprobación, modificación, ejecución y control del presupuesto, financiado con recursos propios de la Corporación. Que el artículo 37 del Estatuto Presupuesta! de la Corporación establece: "Artículo 37. VIGENCIAS FUTURAS. Cuando se requiera celebrar compromisos que trasciendan la vigencia fiscal en curso, se deberá obtener la autorización para comprometer vigencias futuras, así: a) Tratándose de Gastos de Inversión, el Consejo Directivo de la Corporación autorizará la asunción de estos compromisos cuando su ejecución se inicie con presupuesto de la vigencia en curso y el objeto del compromiso se lleve a cabo durante la vigencia en curso y en cada una de las vigencias autorizadas. (. .. ) Para la aprobación de vigencias futuras se debe contar con la respectiva justificación económica y el certificado de disponibilidad presupuesta/ de los recursos que se van a comprometer durante la vigencia en curso. Adicionalmente, con el concepto de la Oficina Asesora de Planeación de la Corporación, cuando se trate de proyectos de inversión, basado en la justificación técnica de la oficina responsable de la ejecución del proyecto. Igualmente, deberá expedirse la respectiva viabilidad financiera o de disponibilidad de recursos durante las correspondientes vigencias.
Parágrafo: Las vigencias futuras para convenios y contratos interadministrativos y para los gastos operativos de inversión, serán aprobadas por el Director General de la Corporación hasta por un monto del 25% del presupuesto total de inversión de cada vigencia fiscal.".
Parágrafo: Las vigencias futuras para convenios y contratos interadministrativos y para los gastos operativos de inversión, serán aprobadas por el Director General de la Corporación hasta por un monto del 25% del presupuesto total de inversión de cada vigencia fiscal.". fi(iJ@.l@:l@j@.l ro,.,m ,:-.:,,e,orn =fi ,;o;,:,,fi@ ó:ll"- cc..-;.w.fi
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ACUERDO No. 30 DEL 4 DE SEPTIEMBRE DE 2024
Por el cual se autoriza al Director General de la Corporación Autónoma Regional de Cundinamarca - CAR, para comprometer vigencias futuras ordinarias que afecten el presupuesto, correspondientes a gastos de inversión. Que la Corporación, en el marco del Proyecto 11. Entornos sostenibles a través de medidas de adaptación y mitigación al Cambio Climático, perteneciente al Programa "PROGRAMA: 3206 - GESTIÓN DEL CAMBIO CLIMÁTICO PARA UN DESARROLLO BAJO EN CARBONO Y RESILIENTE AL CLIMA.", enmarcado en el Plan de Acción Institucional - PAC 2024-2027, contempla celebrar un convenio con el objeto de "Aunar esfuerzos técnicos, administrativos y financieros entre la Corporación Autónoma Regional de Cundinamarca y la Federación Colombiana de Ganaderos - FEDEGAN para la implementación de Unidades Productivas
con el objeto de "Aunar esfuerzos técnicos, administrativos y financieros entre la Corporación Autónoma Regional de Cundinamarca y la Federación Colombiana de Ganaderos - FEDEGAN para la implementación de Unidades Productivas Sostenibles - UPS en los entornos priorizados de la jurisdicción CAR en el marco del proyecto denominado "Entornos sostenibles a través de medidas de adaptación y mitigación al cambio climático", con una proyección de 30 meses, contados a partir del mes de octubre de 2024. Que la Dirección de Cultura Ambiental y Servicio al Ciudadano, para amparar el proceso al que se refiere el considerando anterior, realizo el trámite administrativo interno presentando los correspondientes documentos de justificación técnica y económica para el cálculo de los recursos, tanto de la vigencia 2024 como de las vigencias 2025, 2026 y 2027, por valor total de $16,339,692,201. El memorando de solicitud de autorización del cupo de las vigencias futuras y los documentos de soporte, forman parte integral del presente acuerdo y en ellos se sustentan los valores a comprometer, de conformidad con el siguiente detalle: 2024 2025 2026 2027 TOTAL 3,267,938,440 8,169,846,101 3,267,938,440 1,633,969,220 16,339,692,201 Que de igual manera, el proyecto descrito de conformidad con la justificación presentada, busca la celebración de un convenio con FEDEGAN, el cual realizara un aporte que será de SEISCIENTOS MILLONES DE PESOS M/CTE ($600.000.000) en efectivo y SEIS MIL QUINIENTOS VEINTISIETE MILLONES
TRESCIENTOS NOVENTA Y NUEVE MIL QUINIENTOS SETENTA Y NUEVE
un aporte que será de SEISCIENTOS MILLONES DE PESOS M/CTE ($600.000.000) en efectivo y SEIS MIL QUINIENTOS VEINTISIETE MILLONES TRESCIENTOS NOVENTA Y NUEVE MIL QUINIENTOS SETENTA Y NUEVE PESOS ($6.527.399.579) M/CTE, en especie, recurso que será manejado directamente por FEDEGAN en la ejecución del convenio. Que con fundamento en el artículo 37 del Estatuto Presupuesta! de la entidad, la Dirección Administrativa y Financiera expidió el certificado de disponibilidad presupuesta! No. 24603688 del 25 de Agosto de 2024, mediante el cual se hace constar que en el presupuesto de la vigencia 2024, existen recursos para amparar los compromisos que se van a ejecutar con cargo·a la vigencia actual por un valor de $3,267,938,440, entendiendo que el trámite corresponde a una vigencia futura ordinaria. Que de conformidad con el artículo 37 del Estatuto Presupuesta! de la entidad, el 26 de agosto de 2024 la Oficina Asesora de Planeación con fundamento en la @.l (G,l@l fi fi $) <:0"'"" fi fifi fi -X,."'1"'1>1J Bogotá, D. C. Avenida La Esperanza No. 62-49 www.car.gov.co Conmutador 5801111. Emai/ sau@car.gov.co GJU-PR-03-FR-11VERSIÓN527-08-2024 Página 2 de 5 . .Corporación Autónoma Regional de Cundinamarca CAR Consejo Directivo República de Colombia
ACUERDO No. 30 DEL 4 DE SEPTIEMBRE DE 2024
Por el cual se autoriza al Director General de la Corporación Autónoma Regional
. .Corporación Autónoma Regional de Cundinamarca CAR Consejo Directivo República de Colombia
ACUERDO No. 30 DEL 4 DE SEPTIEMBRE DE 2024
Por el cual se autoriza al Director General de la Corporación Autónoma Regional de Cundinamarca - CAR, para comprometer vigencias futuras ordinarias que afecten el presupuesto, correspondientes a gastos de inversión. justificación técnica y económica y sus respectivos anexos, expidió el concepto previo favorable para el trámite de autorización de vigencias futuras en lo correspondiente a los gastos de inversión, documento que forma parte integral del presente acuerdo. Que la justificación técnica y económica y el concepto previo favorable, emitido por la Oficina Asesora de Planeación, para comprometer los recursos a los que se refiere el presente acuerdo, fue remitido por la dependencia ejecutora del presupuesto de inversión a la Dirección Administrativa y Financiera, quien emitió certificado de viabilidad financiera expedido el 26 de agosto de 2024, documentos que forman parte integral de este. Que de conformidad con lo establecido en el artículo 37 del Estatuto Presupuesta! de la entidad y teniendo en cuenta que la contratación prevista en el presente acuerdo compromete recursos del presupuesto de gastos de inversión de las vigencias futuras 2025, 2026 y 2027, por lo que en atención a la justificación dada por el área correspondiente el director de la Corporación solicita la autorización del Consejo Directivo para comprometer dichos recursos. Que el Consejo Directivo encuentra viable el uso de la figura presupuesta! de vigencias futuras presentadas a consideración por la administración, de conformidad con los documentos remitidos y aplicando la presunción de buena fe,
Consejo Directivo para comprometer dichos recursos. Que el Consejo Directivo encuentra viable el uso de la figura presupuesta! de vigencias futuras presentadas a consideración por la administración, de conformidad con los documentos remitidos y aplicando la presunción de buena fe, bajo el entendido que los soportes financieros y técnicos se encuentran ajustados al ordenamiento jurídico vigente, considerando que el Consejo Directivo no coadministra y que la responsabilidad de la adecuada y oportuna ejecución de los diferentes proyectos es competencia de la administración de la entidad, así como el cumplimiento de los requisitos del orden técnico, jurídico, financiero establecidos en la norma, previo a la contratación de los mismos. Que el Consejo Directivo al aprobar la autorización para comprometer vigencias futuras, no asume responsabilidad alguna en relación con la planeación y ejecución contractual y exhorta a la administración a determinar la modalidad de contratación con apego a los principios de selección objetiva y transparencia regulados por la Ley 80 de 1993 y la Ley 1150 de 2007 y demás normas que reglamentan la materia. Que, en mérito de lo expuesto,
ACUERDA: ARTÍCULO PRIMERO: Autorizar al Director General de la Corporación Autónoma Regional de Cundinamarca - CAR, para comprometer vigencias futuras ordinarias que afecten el presupuesto de las vigencias fiscales 2025, 2026 y 2027, por la suma de $13,071,753,761, según el detalle que se presenta a continuación:
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fifi@fi@.fi ro,nm c.:.1.e"1 fi =fi c07'= =o;,¡;,fi Bogotá, D. C. Avenida La Esperanza No. 62-49 www.car.gov.co Conmutador 5801111. Email sau@car.qov.co GJU-PR-03-FR-11VERSIÓN527-08-2024 Página3 de 5Corporación Autónoma Regional de Cundinamarca CAR Consejo Directivo República de Colombia
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Por el cual se autoriza al Director General de la Corporación Autónoma Regional de Cundinamarca - CAR, para comprometer vigencias futuras ordinarias que afecten el presupuesto, correspondientes a gastos de inversión.
PROYECTO CONCEPTO DE FUENTE VIGENCIA VIGENCIA VIGENCIA TOTAL VIGENCIA 2025 2026 2027
Aunar esfuerzos técnicos, administrativos y financieros entre la Corporación Autónoma Regional de Cundinamarca y la Federación Colombiana de GanaderosPROY-11: FEDEGAN para la ENTORNOS implementación de PORCENTAJE SOSTENIBLES A Unidades Y/O TRAVÉS DE Productivas SOBRETASA 8,169,846,101 3,267,938,440 1,633,969,220 13,071,753,761 MEDIDAS DE AMBIENTAL ADAPTACIÓN AL Sostenibles - UPS MUNICIPIOS Y CAMBIO en los entornos BOGOTÁ CLIMÁTICO priorizados de la jurisdicción CAR en el marco del proyecto denominado "Entornos sostenibles a través de medidas de adaptación y mitigación al
CLIMÁTICO priorizados de la jurisdicción CAR en el marco del proyecto denominado "Entornos sostenibles a través de medidas de adaptación y mitigación al cambio climático" ARTÍCULO SEGUNDO: La Administración de la Corporación, una vez comprometidos los recursos a los que se refiere el artículo primero del presente acuerdo, deberá incluir en el respectivo proyecto de presupuesto de las vigencias 2025, 2026 y 2027, las partidas necesarias para cumplir con los compromisos adquiridos, y realizar los ajustes presupuestales necesarios de conformidad con la normatividad vigente.
ARTÍCULO TERCERO: Las vigencias futuras autorizadas en el artículo primero del presente acuerdo, no utilizadas a 31 de diciembre de 2024, caducan de conformidad con lo establecido en el artículo segundo del Acuerdo No. 02 de 2021, que modificó el Estatuto Presupuesta! de la Corporación.
ARTÍCULO CUARTO: La Dirección General debe presentar al Consejo Directivo un informe relacionado con la ejecución de los recursos sobre los cuales versan las autorizaciones otorgadas en el presente acuerdo. Así mismo, en los informes financieros presentados al Consejo Directivo, a futuro se deberán discriminar las inversiones y el avance de los proyectos ejecutados haciendo uso de la figura de vigencias futuras, a efecto de poder realizar un seguimiento adecuado al uso de esta herramienta presupuesta!.
ARTÍCULO QUINTO: El presente acuerdo rige a partir de su fecha de publicación en el Diario Oficial. @,lfifi(i¿)fi@ eo,...,fi e,:,,""',. e.o,,...,,... co,,,..,'41 fi =-->""
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en el Diario Oficial. @,lfifi(i¿)fi@ eo,...,fi e,:,,""',. e.o,,...,,... co,,,..,'41 fi =-->"" Bogotá, D. C. Avenida La Esperanza No. 62-49 www.car.gov.co Conmutador 5801111. Emai/ sau@car.qov.co GJU-PR-03-FR-11VERSIÓN527-08-2024 Página4 de 5• Corporación Autónoma Regional de Cundinamarca CAR Consejo Directivo República de Colombia
ACUERDO No. 30 DEL 4 DE SEPTIEMBRE DE 2024
Por el cual se autoriza al Director General de la Corporación Autónoma Regional de Cundinamarca - CAR, para comprometer vigencias futuras ordinarias que afecten el presupuesto, correspondientes a gastos de inversión. Dado en Bogotá, D. C., a los cuatro (4) días del mes de septiembre de 2024.
PUBLÍQUESE Y CÚMPLASE
• LUIS ALEJANDRO UTIÉRREZ SANABRIA Presidente del Consejo Directivo los siguientes documentos, hacen parte del presente acuerdo: 1-So!icitud2-Justificación 3-CDP-24603688 4-Concepto-OAP 5-Viabilidad-OAF ,;J./
Elaboró: Josué Henao -Técnico Administrativo Presupuesto-:y.!fi.,;.
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Revisó: Nelson Antonio Martinez Ariza - Profesional Especializado Presupuesto • Rev)sfi: Gabriel Alejandro Alvarez Sierra - Directofi Adm'mistrativo y FinanfieJ1?1 ''l'k_fi,,,¡,,_,z¡,....12
Revisó: Nelson Antonio Martinez Ariza - Profesional Especializado Presupuesto • Rev)sfi: Gabriel Alejandro Alvarez Sierra - Directofi Adm'mistrativo y FinanfieJ1?1 ''l'k_fi,,,¡,,_,z¡,....12
Reveso: Nelson Hernán López RomeroJefe Oficina Asesora de Planeac1d /4 ·' ,¿ ,· -"i Revisó Erick Johany Galeano Basaba - Contratista SGEN fi • • , 5.,,__ fifi$,lfi(iJ@,) 001•••rs e,:,,&.,,, =""""' ,fi =fi c=..,,i,
Bogotá, D. C. Avenida La Esperanza No. 62-49 www.car.gov.co Conmutador 5801111. Email sau@car.qov.co GJU·PR-03-FR-11VERSIÓN527-08-2024 Página 5 de 5