CAR - Acuerdo 56 de 2024
Corporación Autónoma Regional de Cundinamarca
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Detalles
- Título
- CAR - Acuerdo 56 de 2024
- Autor
- Corporación Autónoma Regional de Cundinamarca
- Categoría
- Infralegal
- Área del derecho
- Servicios Públicos
- Año
- 2024
Corporación Autónoma Regional de Cundinamarca CAR Consejo Directivo República de Colombia
ACUERDO No. 56 DEL 13 DE SEPTIEMBRE DE 2024
Por el cual se autoriza al Director General de la Corporación Autónoma Regional de Cundinamarca - CAR, para comprometer vigencias futuras ordinarias que afecten el presupuesto, correspondientes a gastos de inversión. EL CONSEJO DIRECTIVO DE LA CORPORACIÓN AUTÓNOMA REGIONAL DE CUNDINAMARCA - CAR, en uso de sus facultades legales y estatutarias, especialmente las contenidas en literal I del artículo 27 de la Ley 99 de 1993, y en el artículo 37 Estatuto Presupuesta! de la Corporación y demás normas que reglamentan la materia, y CONSIDERANDO Que el Consejo Directivo en sesión extraordinaria realizada el 31 de mayo de 2024, mediante Acuerdo No. 09 de la misma fecha, aprobó el Plan de Acción CuatrienalPAC 2024 - 2027, instrumento en el cual, a través de su componente Plan Financiero, se definen los proyectos y programas, indicando los ingresos y gastos de funcionamiento, servicio de la deuda e inversión, con una proyección a cuatro (4) años. Que el Estatuto Presupuesta! de la entidad, aprobado por el Consejo Directivo mediante el Acuerdo No. 06 del 07 de abril de 2010 y modificado mediante los Acuerdos No. 01 del 22 de enero de 2013, No. 35 del 21 de noviembre de 2017 y No. 02 del 27 de enero de 2021, es el instrumento con el cual se regula lo correspondiente a la programación, aprobación, modificación, ejecución y control del presupuesto, financiado con recursos propios de la Corporación.
No. 02 del 27 de enero de 2021, es el instrumento con el cual se regula lo correspondiente a la programación, aprobación, modificación, ejecución y control del presupuesto, financiado con recursos propios de la Corporación. Que el artículo 37 del Estatuto Presupuesta! de la Corporación, en relación con la figura de vigencias futuras establece que "(. . .) Cuando se requiera celebrar compromisos que trasciendan la vigencia fiscal en curso, se deberá obtener la autorización para comprometer vigencias futuras, así: a) Tratándose de Gastos de Inversión, el Consejo Directivo de la Corporación autorizará la asunción de estos compromisos cuando su ejecución se inicie con presupuesto de la vigencia en curso y el objeto del compromiso se lleve a cabo durante la vigencia en curso y en cada una de las vigencias autorizadas. (. . .) Para la aprobación de vigencias futuras se debe contar con la respectiva justificación económica y el certificado de disponibilidad presupuesta/ de los recursos que se van a comprometer durante la vigencia en curso. Adicionalmente, con el concepto de la Oficina Asesora de Planeación de la Corporación, cuando se trate de proyectos de inversión, basado en la justificación técnica de la oficina responsable de la ejecución del proyecto. Igualmente, deberá expedirse la respectiva viabilidad financiera o de disponibilidad de recursos durante las correspondientes vigencias." Que la Corporación, en el marco del Proyecto 17. Entornos sostenibles para la Cultura Ambiental, Educación, Participación y Servicio al Ciudadano, perteneciente al Programa 3208- "EDUCACIÓN AMBIENTAL.", enmarcado en el Plan de Acción
Cultura Ambiental, Educación, Participación y Servicio al Ciudadano, perteneciente al Programa 3208- "EDUCACIÓN AMBIENTAL.", enmarcado en el Plan de Acción ®®®®®® fi SGS '• SGS '+fi, SGS "\, SGS •fi, SGS fi,,, SGS '°''""'"' fiv•~'I C,).1;-;Q<>;,, wfiy,;,,,o:, ,.,,,.,...,.,, '·'.'l>'fi!<'l Bogotá, D. C. Avenida La Esperanza No. 62-49 www.car.gov.co Conmutador 5801111. Email sau@car.qov.co
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Corporación Autónoma Regional de Cundinamarca CAR Consejo Directivo República de Colombia
ACUERDO No. 56 DEL 13 DE SEPTIEMBRE DE 2024
Por el cual se autoriza al Director General de la Corporación Autónoma Regional de Cundinamarca - CAR, para comprometer vigencias futuras ordinarias que afecten el presupuesto, correspondientes a gastos de inversión. Institucional - PAC 2024-2027, contempla llevar a cabo un convenio cuyo objeto es "Aunar esfuerzos técnicos, administrativos y financieros entre la CAR y una institución de educación superior /ES, para implementar estrategias de educación ambiental y participación ciudadana en los sectores productivos y las comunidades ubicadas en los municipios que hacen parte de cuenca del río Bogotá", con una proyección de 36 meses, contados a partir del mes de octubre de 2024. Que la Dirección De Cultura Ambiental y Servicio al CiudadanoDCASC, para
ubicadas en los municipios que hacen parte de cuenca del río Bogotá", con una proyección de 36 meses, contados a partir del mes de octubre de 2024. Que la Dirección De Cultura Ambiental y Servicio al CiudadanoDCASC, para amparar el proceso al que se refiere el considerando anterior, realizo el trámite administrativo interno presentando los correspondientes documentos de justificación técnica y económica para el cálculo de los recursos, tanto de la vigencia 2024 como de las vigencias 2025,2026 y 2027, por valor de $ 9,000,000,000. El memorando de solicitud de autorización del cupo de la vigencia futura y los documentos de soporte, forman parte integral del presente acuerdo y en ellos se sustentan los valores a comprometer, de conformidad con el siguiente detalle: 2024 2025 2026 2027 TOTAL 1,000,000,000 5,000,000,000 2,000,000,000 1,000,000,000 9,000,000,000 Que con fundamento en lo establecido en el artículo 37 del Estatuto Presupuesta! de la entidad, el 30 de agosto de 2024 la Dirección Administrativa y Financiera expidió el certificado de disponibilidad presupuesta! Nro. 24603822 de 2024, por valor de $ 1,000,000,000 para certificar la existencia de los recursos que se van a comprometer con cargo al presupuesto de la vigencia 2024. Que de conformidad con el artículo 37 del Estatuto Presupuesta! de la entidad, el 2 de septiembre de 2024 la Oficina Asesora de Planeación con fundamento en la justificación técnica y económica y sus respectivos anexos, expidió el concepto previo favorable para el trámite de autorización de vigencias futuras en lo
de septiembre de 2024 la Oficina Asesora de Planeación con fundamento en la justificación técnica y económica y sus respectivos anexos, expidió el concepto previo favorable para el trámite de autorización de vigencias futuras en lo correspondiente a los gastos de inversión, documento que forma parte integral del presente acuerdo. Que la justificación técnica y económica y el concepto previo favorable, emitido por la Oficina Asesora de Planeación, para comprometer los recursos a los que se refiere el presente acuerdo, fue remitido por la dependencia ejecutora del presupuesto de inversión a la Dirección Administrativa y Financiera, quien emitió certificado de viabilidad financiera de las vigencias 2025,2026 y 2027 expedido el 3 de septiembre de 2024, documentos que forman parte integral de este. Que de conformidad con lo establecido en el artículo 37 del Estatuto Presupuesta! de la entidad y teniendo en cuenta que la contratación prevista en el presente acuerdo compromete recursos del presupuesto de gastos de inversión de las vigencias futuras 2025,2026 y 2027 , por lo que en atención a la justificación dada por el área correspondiente el director de la Corporación solicita la autorización de)a, - Consejo Directivo para comprometer dichos recursos. \'.JIBogotá, D. C. Avenida La Esperanza No. 62-49 www.car.gov.co Conmutador 5801111. Email sau@car.qov.co GJU•PR•OJ·F·R-11 VERSIÓN 5 27•08·2024 P.igina 2 de 4tt-'!_i\,t fi1i;,fitifi CUNDlNAMARCA Corporación Autónoma Regional de Cundinamarca CAR Consejo Directivo República de Colombia
Corporación Autónoma Regional de Cundinamarca CAR Consejo Directivo República de Colombia
ACUERDO No. 56 DEL 13 DE SEPTIEMBRE DE 2024
Por el cual se autoriza al Director General de la Corporación Autónoma Regional de Cundinamarca - CAR, para comprometer vigencias futuras ordinarias que afecten el presupuesto, correspondientes a gastos de inversión. Que el Consejo Directivo encuentra viable el uso de la figura presupuesta! de vigencias futuras presentadas a consideración por la administración, de conformidad con los documentos remitidos y aplicando la presunción de buena fe, bajo el entendido que los soportes financieros y técnicos se encuentran ajustados al ordenamiento jurídico vigente, considerando que el Consejo Directivo no coadministra y que la responsabilidad de la adecuada y oportuna ejecución de los diferentes proyectos es competencia de la administración de la entidad, así como el cumplimiento de los requisitos del orden técnico, jurídico, financiero establecidos en la norma, previo a la contratación de los mismos. Que el Consejo Directivo al aprobar la autorización para comprometer vigencias futuras, no asume responsabilidad alguna en relación con la planeación y ejecución contractual y exhorta a la administración a determinar la modalidad de contratación con apego a los principios de selección objetiva y transparencia regulados por la Ley 80 de 1993 y la Ley 1150 de 2007 y demás normas que reglamentan la materia. Que, en mérito de lo expuesto, ACUERDA ARTÍCULO PRIMERO. Autorizar al Director General de la Corporación Autónoma Regional de Cundinamarca - CAR, para comprometer vigencias futuras ordinarias que afecten el presupuesto de las vigencias fiscales futuras 2025,2026 y 2027 por
ARTÍCULO PRIMERO. Autorizar al Director General de la Corporación Autónoma Regional de Cundinamarca - CAR, para comprometer vigencias futuras ordinarias que afecten el presupuesto de las vigencias fiscales futuras 2025,2026 y 2027 por la suma de $8,000,000,000, según el detalle que se presenta a continuación: PROYECTO CONCEPTO DE LA VIGENCIA FUENTE VIGENCIA VIGENCIA VIGENCIA TOTAL 2025 2026 2027 80 - R.BRENDIMIENTOS Aunar esfuerzos técnicos, FINANCIEROSRECURSOS 4.000.000,000 o o 4,000,000,000 administrativos y FIAB-Proyecto 17. financieros entre la CAR y RECURSOS Entornos una institución de DEL BALANCE sostenibles educación superior IES, para la para implementar 30-Cultura estrategias de educación RENDIMIENTOS Ambiental, ambiental y participación FINANCIEROS - 1,000.000,000 o 1,000,000,000 2,000,000,000 Educación, ciudadana en los sectores RECURSOS Participación productivos y las FIAB y Servicio al comunidades ubicadas en Ciudadano los municipios que hacen parte de cuenca del río 2350% Bogotá AMBIENTAL o 2.000.000,000 o 2,000,000,000 DISTRITO CAPITALFIAB TOTAL 5,000,000,000 2,000,000,000 1,000,00 0,000 ª·ººº·ººº·ººº ARTÍCULO SEGUNDO. La Administración de la Corporación, una vez comprometidos los recursos a los que se refiere el artículo primero del presente acuerdo, deberá incluir en el respectivo proyecto de presupuesto de las vigencias
ARTÍCULO SEGUNDO. La Administración de la Corporación, una vez comprometidos los recursos a los que se refiere el artículo primero del presente acuerdo, deberá incluir en el respectivo proyecto de presupuesto de las vigencias 2025,2026 y 2027, y las partidas necesarias para cumplir con los compromisosfi- {G) ®l ® fi <i'\ {i) fi, .SGS -., SGS '\, SGS ·"', SUS: {i.,, SGS ··.- SGS 0:0,e'"')l", fi'Utf.4-\" ="""°" (,r,l-...,.,_<CJ t..-,,'<'h"-""' ,.fi,fi-fi¡ Bogotá, D. C. A venida La Esperanza No. 62-49 www.car.gov.co Conmutador 5801111. Email sau@car.gov.co GJU-PR-03-FR-11 VERS1ÓN 5 27-08-2024 Piigina 3 de 4CUNDINAMARCA Corporación Autónoma Regional de Cundinamarca CAR Consejo Directivo República de Colombia
ACUERDO No. 56 DEL 13 DE SEPTIEMBRE DE 2024
Por el cual se autoriza al Director General de la Corporación Autónoma Regional de Cundinamarca - CAR, para comprometer vigencias futuras ordinarias que afecten el presupuesto, correspondientes a gastos de inversión. adquiridos, y realizar los ajustes presupuestales necesarios de conformidad con la normatividad vigente. ARTÍCULO TERCERO. Las vigencias futuras autorizadas en el artículo primero del presente acuerdo, no utilizadas a 31 de diciembre de 2024, caducan de conformidad con lo establecido en el artículo segundo del Acuerdo No. 02 de 2021, que modificó el Estatuto Presupuesta! de la Corporación.
presente acuerdo, no utilizadas a 31 de diciembre de 2024, caducan de conformidad con lo establecido en el artículo segundo del Acuerdo No. 02 de 2021, que modificó el Estatuto Presupuesta! de la Corporación. ARTÍCULO CUARTO. La Dirección General debe presentar al Consejo Directivo un informe semestral relacionado con la ejecución de los recursos sobre los cuales versan las autorizaciones otorgadas en el presente acuerdo. Así mismo, en los informes financieros presentados al Consejo Directivo, a futuro se deberán discriminar las inversiones y el avance de los proyectos ejecutados haciendo uso de la figura de vigencias futuras, a efecto de poder realizar un seguimiento adecuado al uso de esta herramienta presupuesta!. ARTÍCULO QUINTO. El presente-acuerdo rige a parti de su fech d publicación en el Diario Oficial. Dado en Bogotá, D. C., s tr e ( mbre de 2024.
PUBLI'QUESE Y C. MPLA E
' ERIKA ELIZABETH S BOGAL C STRO Presidente del C nsejo Direc ivo ,fifi FREDDY GUSTA Jo fifiERNÁNDEZ Secretario dfibnsejo Directivo los siguientes documentos, hacen parte del presente acuerdo: 1•Solicitud 2•Justificación 3·CDP·24603822 4•Concepto·OAP 5•Viabilidad-DAF _,·:.;----.','--- ,J Elaboró: Andres Felipe Juyo Medina - Profesional Presupuesto /;fA _ ',/-fi-é , ,1c¡ _____ _ Revisó: Hernando Benavides - Profesional Especializado Presupuesto ·¡¡:: Revfisfi: Gabriel Alejandro A1varez Sierra - Directofi Administrativo y Finanfifier1p_f;;·fi;,..,.¡¡J""
Revisó: Hernando Benavides - Profesional Especializado Presupuesto ·¡¡:: Revfisfi: Gabriel Alejandro A1varez Sierra - Directofi Administrativo y Finanfifier1p_f;;·fi;,..,.¡¡J"" Reviso: Nelson Hemá:n lópez Romero - Jefe Oficina Asesora de Planeac10Jtfi,;J-l<-· • ,· ' Revisó Erick Johany Galeano Basabe - Contratista SGEN --z fi ----. /-·
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