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CAR - Acuerdo 69 de 2024

Corporación Autónoma Regional de Cundinamarca

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Detalles

Título
CAR - Acuerdo 69 de 2024
Autor
Corporación Autónoma Regional de Cundinamarca
Categoría
Infralegal
Área del derecho
Servicios Públicos
Año
2024

Corporación Autónoma Regional de Cundinamarca CAR Consejo Directivo República de Colombia

ACUERDO No. 69 DEL 18 DE SEPTIEMBRE DE 2024

Por el cual se autoriza al Director General de la Corporación Autónoma Regional de Cundinamarca - CAR, para comprometer vigencias futuras ordinarias que afecten el presupuesto, correspondientes a gastos de inversión. EL CONSEJO DIRECTIVO DE LA CORPORACIÓN AUTÓNOMA REGIONAL DE CUNDINAMARCA - CAR, en uso de sus facultades legales y estatutarias, especialmente las contenidas en el literal I del artículo 27 de la Ley 99 de 1993, y en el artículo 37 del Estatuto Presupuesta! de la Corporación y demás normas que reglamentan la materia, y CONSIDERANDO Que el Consejo Directivo en sesión extraordinaria realizada el 31 de mayo de 2024, mediante Acuerdo No. 09 de la misma fecha, aprobó el Plan de Acción CuatrienalPAC 2024 - 2027, instrumento en el cual, a través de su componente Plan Financiero, se definen los proyectos y programas, indicando los ingresos y gastos de funcionamiento, servicio de la deuda e inversión, con una proyección a cuatro (4) años. Que el Estatuto Presupuesta! de la entidad, aprobado por el Consejo Directivo mediante el Acuerdo No. 06 del 07 de abril de 2010 y modificado mediante los Acuerdos No. 01 del 22 de enero de 2013, No. 35 del 21 de noviembre de 2017 y No. 02 del 27 de enero de 2021, es el instrumento con el cual se regula lo correspondiente a la programación, aprobación, modificación, ejecución y control del presupuesto, financiado con recursos propios de la Corporación.

No. 02 del 27 de enero de 2021, es el instrumento con el cual se regula lo correspondiente a la programación, aprobación, modificación, ejecución y control del presupuesto, financiado con recursos propios de la Corporación. Que el artículo 37 del Estatuto Presupuesta! de la Corporación, en relación con la figura de vigencias futuras establece que "(. . .) Cuando se requiera celebrar compromisos que trasciendan la vigencia fiscal en curso, se deberá obtener la autorización para comprometer vigencias futuras, así: a) Tratándose de Gastos de Inversión, el Consejo Dírectivo de la Corporación autorizará la asunción de estos compromisos cuando su ejecución se inicie con presupuesto de la vigencia en curso y el objeto del compromiso se lleve a cabo durante la vigencia en curso y en cada una de las vigencias autorizadas. (. . .) Para la aprobación de vigencias futuras se debe contar con la respectiva justificación económica y el certificado de disponibilidad presupuesta/ de los recursos que se van a comprometer durante la vigencia en curso. Adicionalmente, con el concepto de la Oficina Asesora de Planeación de la Corporación, cuando se trate de proyectos de inversión, basado en la justificación técnica de la oficina responsable de la ejecución del proyecto. Igualmente, deberá expedirse la respectiva viabilidad financiera o de disponibilidad de recursos durante las correspondientes vigencias." Que la Corporación, en el marco del proyecto 05. "Gestión integral de los recursos naturales: fauna. Flora. Suelo y aire", perteneciente al Programa· "3202 -fS--,'

correspondientes vigencias." Que la Corporación, en el marco del proyecto 05. "Gestión integral de los recursos naturales: fauna. Flora. Suelo y aire", perteneciente al Programa· "3202 -fS--,' fififi®fi® ., SGS "" SGS ·Qo, SGS '!i.,, SGS. {i.,, SGS "1, SGS CO,o1':'i1'; <:01M':;¡ =>".:,,,,,¡ ¡.r,fiy,,¡_= •== fiOlfi\<-2:-:'l Bogotá, D. C. Avenida La Esperanza No. 62-49 www.car.gov.co Conmutador 5801111. Email sau@car.gov.co GJU-PR-03-FR-11 VERSIÓN 5 27-08-2024 Pagina I de 4CUNDINAMARCA Corporación Autónoma Regional de Cundinamarca CAR Consejo Directivo República de Colombia

ACUERDO No. 69 DEL 18 DE SEPTIEMBRE DE 2024

Por el cual se autoriza al Director General de la Corporación Autónoma Regional de Cundinamarca - CAR, para comprometer vigencias futuras ordinarias que afecten el presupuesto, correspondientes a gastos de inversión. CONSERVACIÓN DE LA BIODIVERSIDAD Y SUS SERVICIOS ECOSISTÉMICOS", contemplado en el Plan de Acción Institucional - PAC 20242027, adelantará un proceso contractual cuyo objeto es "Implementar acciones de conservación, monitoreo e interacciones del caimán del Magdalena (crocodrylus acutus) en la jurisdicción car", con una proyección de 12 meses, contados a partir del mes de diciembre de 2024. Que la Dirección de Recursos Naturales - DRN, para amparar el proceso al que se

acutus) en la jurisdicción car", con una proyección de 12 meses, contados a partir del mes de diciembre de 2024. Que la Dirección de Recursos Naturales - DRN, para amparar el proceso al que se refiere el considerando anterior, realizo el trámite administrativo interno presentando los correspondientes documentos de justificación técnica y económica para el cálculo de los recursos, tanto de la vigencia 2024 como de la vigencia 2025, por valor total del proyecto de $400.000.000. El memorando de solicitud de autorización del cupo de la vigencia futura y los documentos de soporte, forman parte integral del presente acuerdo y en ellos se sustentan los valores a comprometer, de conformidad con el siguiente detalle: Vigencia 2024 Vigencia 2025 Total 40,000,000 360,000,000 400,000,000 Que con fundamento en el artículo 37 del Estatuto Presupuesta! de la entidad, la Dirección Administrativa y Financiera expidió el certificado de disponibilidad presupuesta! No. 24603859 del 31 de agosto de 2024, mediante el cual se hace constar que en el presupuesto de la vigencia 2024, existen recursos para amparar los compromisos que se van a ejecutar con cargo a la vigencia actual por un valor de $40,000,000, entendiendo que el trámite corresponde a una vigencia futura ordinaria. Que de conformidad con el artículo 37 del Estatuto Presupuesta! de la entidad, el 3 de septiembre de 2024 la Oficina Asesora de Planeación con fundamento en la justificación técnica y económica y sus respectivos anexos, expidió el concepto previo favorable para el trámite de autorización de vigencias futuras y de viabilidad financiera en lo correspondiente a los gastos de inversión, documento que forma

justificación técnica y económica y sus respectivos anexos, expidió el concepto previo favorable para el trámite de autorización de vigencias futuras y de viabilidad financiera en lo correspondiente a los gastos de inversión, documento que forma parte integral del presente acuerdo. Que la justificación técnica y económica y el concepto previo favorable y de viabilidad financiera, emitido por la Oficina Asesora de Planeación, para comprometer los recursos a los que se refiere el presente acuerdo, fue remitido por la dependencia ejecutora del presupuesto de inversión a la Dirección Administrativa y Financiera, quien emitió certificado de viabilidad financiera de la vigencia 2025 expedido el 7 de septiembre de 2024, documentos que forman parte integral de este. Que de conformidad con lo establecido en el artículo 37 del Estatuto Presupuesta! de la entidad y teniendo en cuenta que el proceso contractual compromete recursos del presupuesto de gastos de inversión de la vigencia futura 2025, por lo que en Bogotá, D. C. Avenida La Esperanza No. 62-49 www.car.gov.co Conmutador 5801111. Emaif sau@car.qov.co GJU-PR-03-FR-11 VERSIÓN 5 27-08-2024 Página 2 de 4Corporación Autónoma Regional de Cundinamarca CAR Consejo Directivo República de Colombia

ACUERDO No. 69 DEL 18 DE SEPTIEMBRE DE 2024

Por el cual se autoriza al Director General de la Corporación Autónoma Regional de Cundinamarca - CAR, para comprometer vigencias futuras ordinarias que afecten el presupuesto, correspondientes a gastos de inversión. atención a la justificación dada por el área correspondiente, el Director de la Corporación solicita la autorización del Consejo Directivo para comprometer dichos

afecten el presupuesto, correspondientes a gastos de inversión. atención a la justificación dada por el área correspondiente, el Director de la Corporación solicita la autorización del Consejo Directivo para comprometer dichos recursos. Que el Consejo Directivo encuentra viable el uso de la figura presupuesta! de vigencias futuras presentadas a consideración por la administración, de conformidad con los documentos remitidos y aplicando la presunción de buena fe, bajo el entendido que los soportes financieros y técnicos se encuentran ajustados al ordenamiento jurídico vigente, considerando que el Consejo Directivo no coadministra y que la responsabilidad de la adecuada y oportuna ejecución de los diferentes proyectos es competencia de la administración de la entidad, así como el cumplimiento de los requisitos del orden técnico, jurídico, financiero establecidos en la norma, previo a la contratación de los mismos. Que el Consejo Directivo al aprobar la autorización para comprometer vigencias futuras, no asume responsabilidad alguna en relación con la planeación y ejecución contractual y exhorta a la administración a determinar la modalidad de contratación con apego a los principios de selección objetiva y transparencia regulados por la Ley 80 de 1993 y la Ley 1150 de 2007 y demás normas que reglamentan la materia. Que, en mérito de lo expuesto, ACUERDA ARTÍCULO PRIMERO. Autorizar al Director General de la Corporación Autónoma Regional de Cundinamarca - CAR, para comprometer vigencias futuras ordinarias que afecten el presupuesto de la vigencia fiscal 2025, por la suma de $360,000,000, según el detalle que se presenta a continuación: PROYECTO CONCEPTO DE LA VIGENCIA FUENTE VIGENCIA 2025 .. R.Bque afecten el presupuesto de la vigencia fiscal 2025, por la suma de $360,000,000, según el detalle que se presenta a continuación: PROYECTO CONCEPTO DE LA VIGENCIA FUENTE VIGENCIA 2025 .. R.BProyecto 05 - Implementar acciones de porcentaje y/o sobre tasa "Gestión integral de conservación, monitoreo e ambiental los recursos interacciones del caimán del municipios $360,000,000 naturales: fauna. Magdalena (crocodrylus acutus) Flora. Suelo y aire" en la jurisdicción CAR y Bogotá- recursos del balance

TOTAL $360,000,000

ARTÍCULO SEGUNDO. La Administración de la Corporación, una vez comprometidos los recursos a los que se refiere el artículo primero del presente acuerdo, deberá incluir en el respectivo proyecto de presupuesto de la vigencia 2025 las partidas necesarias para cumplir con los compromisos adquiridos, y realizar los ajustes presupuestales necesarios de conformidad con la normatividad vigente. fi Bogotá, D. C. Avenida La Esperanza No. 62-49 www.car.gov.co Conmutador 5801111. Email sau@car.qov.co GJU•PR-03-FR-11 VERSIÓN 5 27-08-2024 Página 3 de 4Corporación Autónoma Regional de Cundinamarca CAR Consejo Directivo República de Colombia

ACUERDO No. 69 DEL 18 DE SEPTIEMBRE DE 2024

Por el cual se autoriza al Director General de la Corporación Autónoma Regional de Cundinamarca - CAR, para comprometer vigencias futuras ordinarias que afecten el presupuesto, correspondientes a gastos de inversión. ARTÍCULO TERCERO. Las vigencias futuras autorizadas en el artículo primero del

de Cundinamarca - CAR, para comprometer vigencias futuras ordinarias que afecten el presupuesto, correspondientes a gastos de inversión. ARTÍCULO TERCERO. Las vigencias futuras autorizadas en el artículo primero del presente acuerdo, no utilizadas a 31 de diciembre de 2024, caducan de conformidad con lo establecido en el artículo segundo del Acuerdo No. 02 de 2021, que modificó el Estatuto Presupuesta! de la Corporación. ARTÍCULO CUARTO. La Dirección General debe presentar al Consejo Directivo un informe semestral relacionado con la ejecución de los recursos sobre los cuales versan las autorizaciones otorgadas en el presente acuerdo. Así mismo, en los informes financieros presentados al Consejo Directivo, a futuro se deberán discriminar las inversiones y el avance de los proyectos ejecutados haciendo uso de la figura de vigencias futuras, a efecto de poder realizar un seguimiento adecuado al uso de esta herramienta presupuesta!. ARTÍCULO QUINTO. El presente acuerdo rige a partir de su fecha de publicación en el Diario Oficial. Dado en Bogotá, D. C., a los dieciocho (18) días del mes de septi. bre de 2024. ERIKA ELIZABETH CASTRO Presidente del ctivo \\ko FREDDY GUST JUELA HERNÁNDEZ Secretario del Consejo Directivo Los siguientes documentos, hacen parte del presente acuerdo: 1-Solicitud 2-Justificación 3-CDP-24603859 4-Concepto-OAP 5-Viabilidad-DAF

Elaboró: Marby Caterine Moya - Contratista DAF Presupuesfi

! Revisó: Hernando Benavides - Profesional Especializado Pfififitfi' '

3-CDP-24603859 4-Concepto-OAP 5-Viabilidad-DAF

Elaboró: Marby Caterine Moya - Contratista DAF Presupuesfi ! Revisó: Hernando Benavides - Profesional Especializado Pfififitfi' ' Rev!só: Gabriel Alejafidro Alvarez Sierra -Directofi Administrativo y Fina fifierog;,.finlo\?'•fi Revisó: Nelson Hernan lópez RomeroJefe Oficina Asesora de Planeac1qfifi:t•:?--·_I1- . Revisó Erick Johany Galeano Basaba - Contratista SGEN - - ,Y-

(fifi@,)fi@,)@,) CO,fi,...,-¡ '.'\l1fi;f OOU-.!:ol'fi ,.,,.,,,._,.,, t.:>."WC&Ol CWY-] Bogotá, D. C. Avenida La Esperanza No. 62-49 www.car.gov.co Conmutador 5801111. Email sau@car.qov.co GJU-PR-03-FR-11 VERSIÓN5 27-06-2024 Página 4 de 4

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