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CAR - Acuerdo 86 de 2024

Corporación Autónoma Regional de Cundinamarca

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Detalles

Título
CAR - Acuerdo 86 de 2024
Autor
Corporación Autónoma Regional de Cundinamarca
Categoría
Infralegal
Área del derecho
Servicios Públicos
Año
2024

CUNDlNAMARCA

Corporación Autónoma Regional de Cundinamarca CAR Consejo Directivo República de Colombia

ACUERDO No. 86 DEL 8 DE NOVIEMBRE DE 2024

Por el cual se autoriza al Director General de la Corporación Autónoma Regional de Cundinamarca - CAR, para comprometer vigencias futuras excepcionales que afecten el presupuesto, correspondientes a gastos de inversión. EL CONSEJO DIRECTIVO DE LA CORPORACIÓN AUTÓNOMA REGIONAL DE CUNDINAMARCA - CAR, en uso de sus facultades legales y estatutarias, especialmente las contenidas en el literal i del artículo 27 de la Ley 99 de 1993, y en el artículo 38 del Estatuto Presupuesta! de la Corporación y demás normas que reglamentan la materia, y CONSIDERANDO Que el Consejo Directivo en sesión extraordinaria realizada el 31 de mayo de 2024, mediante Acuerdo No. 09 de la misma fecha, aprobó el Plan de Acción CuatrienalPAC 2024 - 2027, instrumento en el cual, a través de su componente Plan Financiero, se definen los proyectos y programas, indicando los ingresos y gastos de funcionamiento, servicio de la deuda e inversión, con una proyección a cuatro (4) años. Que el Estatuto Presupuesta! de la entidad, aprobado por el Consejo Directivo mediante el Acuerdo No. 06 del 07 de abril de 201 O y modificado mediante los Acuerdos No. 01 del 22 de enero de 2013, No. 35 del 21 de noviembre de 2017 y No. 02 del 27 de enero de 2021, es el instrumento con el cual se regula lo correspondiente a la programación, aprobación, modificación, ejecución y control

No. 02 del 27 de enero de 2021, es el instrumento con el cual se regula lo correspondiente a la programación, aprobación, modificación, ejecución y control del presupuesto, financiado con recursos propios de la Corporación. Que el arlículo 38 del Estatuto Presupuesta/ de la Corporación, establece que: "El Consejo Directivo, en casos excepcionales para obras de infraestructura, podrá autorizar que se asuman compromisos que afecten el presupuesto de vigencias futuras sin apropiación en el presupuesto del año en que se concede la autorización. Para su aprobación se debe contar con la respectiva justificación económica y con el concepto de la Subdirección de Planeación y Sistemas de Información de la Corporación cuando se trate de proyectos de inversión." Que la Corporación, en el marco del proyecto 1 O. "Gestión del Riesgo de desastres", perteneciente al Programa "3206 - GESTIÓN DEL CAMBIO CL/MÁ TICO PARA UN DESARROLLO BAJO EN CARBONO Y RESIL/ENTE AL CLIMA", contemplado en el Plan de Acción Institucional - PA.C 2024-2027, adelantará un proceso contractual cuyo objeto es "Recuperación ambiental e hidráulica para la reducción del riesgo por avenidas torrenciales en la fuente hídrica denominada Rio Negro, Deparlamento de Cundinamarca, en la jurisdicción CAR (Fase I). y la respectiva lnterventoría técnica, administrativa, financiera y ambiental': con una proyección de 11 meses, contados a partir del mes de enero de 2025. Que la Dirección de Infraestructura Ambiental - DIA, para amparar el proceso al que se refiere el considerando anterior, realizó el trámite administrativo interno

contados a partir del mes de enero de 2025. Que la Dirección de Infraestructura Ambiental - DIA, para amparar el proceso al que se refiere el considerando anterior, realizó el trámite administrativo interno presentando los correspondientes documentos de justificación técnica y económica fi para el cálculo de los recursos de la vigencia 2025, por valor total del proyecto de Bogotá, D. C. A venida La Esperanza No. 62-49 www.car.gov.co Conmutador 5801111. Email sau@car.qov.co GJU-PR-03-FR-11 VERSIÓN 5 27-08-2024 Página 1 de 4Corporación Autónoma Regional de Cundinamarca CAR Consejo Directivo República de Colombia

ACUERDO No. 86 DEL 8 DE NOVIEMBRE DE 2024

Por el cual se autoriza al Director General de la Corporación Autónoma Regional de Cundinamarca - CAR, para comprometer vigencias futuras excepcionales que afecten el presupuesto, correspondientes a gastos de inversión. $39,621,629,819. El memorando de solicitud de autorización del cupo de la vigencia futura y los documentos de soporte, forman parte integral del presente acuerdo y en ellos se sustentan los valores a comprometer, de conformidad con el siguiente detalle: 2025 Total Obra 36,722,644,796 36,722,644,796 1 nte rve nto ría 2,898,985,023 2,898,985,023 Total 39,621,629,819 39,621,629,819 Que la justificación técnica y económica y el concepto previo favorable, emitido por la Oficina Asesora de Planeación para comprometer los recursos a los que se refiere el presente acuerdo, fueron remitidos por la dependencia ejecutora del presupuesto

Que la justificación técnica y económica y el concepto previo favorable, emitido por la Oficina Asesora de Planeación para comprometer los recursos a los que se refiere el presente acuerdo, fueron remitidos por la dependencia ejecutora del presupuesto de inversión a la Dirección Administrativa y Financiera. Que de conformidad con el artículo 38 del Estatuto Presupuesta! de la entidad, el 28 de octubre de 2024, la Oficina Asesora de Planeación con fundamento en la justificación técnica y económica y sus respectivos anexos, expidió el concepto previo favorable para el trámite de autorización de vigencias futuras excepcionales en lo correspondiente a los gastos de inversión, documento que forma parte integral del presente acuerdo. Que de conformidad con lo establecido en el artículo 38 del Estatuto Presupuesta! de la entidad y teniendo en cuenta que el proceso contractual compromete recursos del presupuesto de gastos de inversión de la vigencia futura 2025, y en atención a la justificación dada por el área correspondiente, el Director de la Corporación solicita la autorización del Consejo Directivo para comprometer dichos recursos. Que el Consejo Directivo encuentra viable el uso de la figura presupuesta! de vigencias futuras presentadas a consideración por la administración, de conformidad con los documentos remitidos y aplicando la presunción de buena fe, bajo el entendido que los soportes financieros y técnicos se encuentran ajustados al ordenamiento jurídico vigente, considerando que el Consejo Directivo no coadministra y que la responsabilidad de la adecuada y oportuna ejecución de los diferentes proyectos es competencia de la administración de la entidad, así como el cumplimiento de los requisitos del orden técnico, jurídico y financiero, establecidos en la norma, previo a la contratación de los mismos.

diferentes proyectos es competencia de la administración de la entidad, así como el cumplimiento de los requisitos del orden técnico, jurídico y financiero, establecidos en la norma, previo a la contratación de los mismos. Que el Consejo Directivo al aprobar la autorización para comprometer vigencias futuras, no asume responsabilidad alguna en relación con la planeación y ejecución contractual y exhorta a la administración a determinar la modalidad de contratación con apego a los principios de selección objetiva y transparencia regulados por la Ley 80 de 1993 y la Ley 1150 de 2007 y demás normas que reglamentan la materia. Que, en mérito de lo expuesto, Bogotá, D. C. A venida La Esperanza No. 62-49 www.car.gov.co Conmutador 5801111. Email sau@car.gov.co GJU-PR-03-FR-11 VERSIÓN 5 27-08-2024 Página 2 de 4CUNDlNAMARCA Corporación Autónoma Regional de Cundinamarca CAR Consejo Directivo República de Colombia

ACUERDO No. 86 DEL 8 DE NOVIEMBRE DE 2024

Por el cual se autoriza al Director General de la Corporación Autónoma Regional de Cundinamarca - CAR, para comprometer vigencias futuras excepcionales que afecten el presupuesto, correspondientes a gastos de inversión. ACUERDA ARTÍCULO PRIMERO. Autorizar al Director General de la Corporación Autónoma Regional de Cundinamarca - CAR, para comprometer vigencias futuras excepcionales que afecten el presupuesto de la vigencia fiscal 2025, por la suma de $ 39,621,629,819, según el detalle que se presenta a continuación:

Regional de Cundinamarca - CAR, para comprometer vigencias futuras excepcionales que afecten el presupuesto de la vigencia fiscal 2025, por la suma de $ 39,621,629,819, según el detalle que se presenta a continuación:

PROYECTO CONCEPTO DE LA VIGENCIA FUENTE VIGENCIA 2025

Recuperación ambiental e 60R.B-PORCENTAJE Y/O hidráulica para la reducción del SOBRETASA AMBIENTAL riesgo por avenidas torrenciales MUNICIPIOS Y BOGOTÁ- 19,877,591,621 proyecto 10. en la fuente hídrica denominada RECURSOS "Gestión del Rio Negro, Departamento de DEL BALANCE Riesgo de Cundinamarca, en la jurisdicción 70 - R.B-RENTAS SIN desastres" CAR (Fase 1). y la respectiva DESTINACIÓN lnterventoría técnica, ESPECÍFICA - RECURSOS DEL 19,744,038,198 administrativa, financiera y ambiental BALANCE

TOTAL 39,621,629,819

ARTÍCULO SEGUNDO. La Administración de la Corporación, una vez comprometidos los recursos a los que se refiere el artículo primero del presente acuerdo, deberá incluir en el respectivo proyecto de presupuesto de la vigencia 2025, las partidas necesarias para cumplir con los compromisos adquiridos, y realizar los ajustes presupuestales necesarios de conformidad con la normatividad vigente. ARTÍCULO TERCERO. La Dirección General debe presentar al Consejo Directivo un informe semestral relacionado con la ejecución de los recursos sobre los cuales versan las autorizaciones otorgadas en el presente acuerdo. Así mismo, en los informes financieros presentados al Consejo Directivo se deberán discriminar las

un informe semestral relacionado con la ejecución de los recursos sobre los cuales versan las autorizaciones otorgadas en el presente acuerdo. Así mismo, en los informes financieros presentados al Consejo Directivo se deberán discriminar las inversiones y el avance de los proyectos ejecutados haciendo uso de la figura de vigencias futuras, a efecto de poder realizar un seguimiento adecuado al uso de esta herramienta presupuesta!. ARTÍCULO CUARTO. El presente acuerdo rige a partir de su fecha de publicación en el Diario Oficial. i Dado en Bogotá, D. C., a los ocho días del mes de noviembre de 2024 Bogotá, O. C. Avenida La Esperanza No. 62-49 www.car.gov.co Conmutador 5801111. Email sau@car.qov.co

GJU-PR-03-FR-11 VERSIÓN 5 27-08-2024 Pág;nafiCUND!NAMARCA

Corporación Autónoma Regional de Cundinamarca CAR Consejo Directivo República de Colombia

ACUERDO No. 86 DEL 8 DE NOVIEMBRE DE 2024

Por el cual se autoriza al Director General de la Corporación Autónoma Regional de Cundinamarca - CAR, para comprometer vigencias futuras excepcionales que afecten el presupuesto, correspondientes a gastos de inversión.

PUBLÍQUESE Y CÚMPL \E

\h,.fi-fi FREDDY GUS}ª VO ORJUELA HERNÁNDEZ Secretfifit)del Consejo Directivo Los siguientes documentos, hacen parte del presente acuerdo: 1-Solicitud 2-Justificación 3-Concepto-OAP

Elaboró: Andrés Felipe Juyo - Contratista DAF Presupuesto J;fiji",1\J

Revisó: Hernando Benavides - Profesional Especializado Presupuestofi

1-Solicitud 2-Justificación 3-Concepto-OAP

Elaboró: Andrés Felipe Juyo - Contratista DAF Presupuesto J;fiji",1\J Revisó: Hernando Benavides - Profesional Especializado Presupuestofi Revisó: Gabriel Alejandro Álvarez Sierra - Director Administrativo y Finfi'ciero ft1(Jrrl11Jt/"'"fi Revisó: Yenny Marcela Chaparro - Jefe Oficina Asesora de Planeación (E) fi'f, Revisó Erick Johany Galeano Basabe - Contratista SGEN fif:..-=====,.. /'7v17-. y

Bogotá, D. C. Avenida La Esperanza No. 62-49 www.car.gov.co Conmutador 5801111. Email sau@car.gov.co GJU-PR-03-FR-11 VERSIÓN 5 27-08-2024 Página 4 de 4

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