CAR - Acuerdo 89 de 2024
Corporación Autónoma Regional de Cundinamarca
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Detalles
- Título
- CAR - Acuerdo 89 de 2024
- Autor
- Corporación Autónoma Regional de Cundinamarca
- Categoría
- Infralegal
- Área del derecho
- Servicios Públicos
- Año
- 2024
CUNDlNAMARCA
Corporación Autónoma Regional de Cundinamarca CAR • Consejo Directivo República de Colombia
ACUERDO No. 89 DEL 20 DE NOVIEMBRE DE 2024
Por el cual se autoriza al Director General de la Corporación Autónoma Regional de Cundinamarca - CAR, para comprometer vigencias futuras ordinarias que afecten el presupuesto, correspondientes a gastos de inversión. EL CONSEJO DIRECTIVO DE LA CORPORACIÓN AUTÓNOMA REGIONAL DE CUNDINAMARCA - CAR, en uso de sus facultades legales y estatutarias, especialmente las contenidas en el literal I del artículo 27 Ley 99 de 1993, y en el artículo 37 del Estatuto Presupuesta! de la Corporación y demás normas que reglamentan la materia, y CONSIDERANDO Que el Consejo Directivo en sesión extraordinaria realizada el 31 de mayo de 2024, mediante Acuerdo No. 09 de la misma fecha, aprobó el Plan de Acción CuatrienalPAC 2024 - 2027, instrumento en el cual, a través de su componente Plan Financiero, se establece la financiación de los proyectos y programas, indicando los ingresos y gastos de funcionamiento, servicio de la deuda e inversión, con una proyección a cuatro (4) años. Que el Estatuto Presupuesta! de la entidad, aprobado por el Consejo Directivo mediante el Acuerdo No. 06 del 07 de abril de 201 O y modificado mediante los Acuerdos No. 01 del 22 de enero de 2013, No. 35 del 21 de noviembre de 2017, No. 02 del 27 de enero de 2021 y No. 083 del 01 de noviembre de 2024, es el
Acuerdos No. 01 del 22 de enero de 2013, No. 35 del 21 de noviembre de 2017, No. 02 del 27 de enero de 2021 y No. 083 del 01 de noviembre de 2024, es el instrumento con el cual se regula lo correspondiente a la programación, aprobación, modificación, ejecución y control del presupuesto, financiado con recursos propios de la Corporación. Que el artículo 37 del Estatuto Presupuesta! de la Corporación, en relación con la figura de vigencias futuras establece que "(. .. ) Cuando se requiera celebrar compromisos que trasciendan la vigencia fiscal en curso, se deberá obtener la autorización para comprometer vigencias futuras, así: a) Tratándose de Gastos de Inversión, el Consejo Directivo de la Corporación autorizará la asunción de estos compromisos cuando su ejecución se inicie con presupuesto de la vigencia en curso y el objeto del compromiso se lleve a cabo durante la vigencia en curso y en cada una de las vigencias autorizadas. (. . .) Para la aprobación de vigencias futuras se debe contar con la respectiva justificación económica y el certificado de disponibilidad presupuesta/ de los recursos que -se van a comprometer durante la vigencia en curso. Adicionalmente, con el concepto de la Oficina Asesora de Planeación de la Corporación, cuando se trate de proyectos de inversión, basado en la justificación técnica de la oficina .fi responsable de la ejecución del proyecto. Igualmente, deberá expedirse la Bogotá, D. C. A venida La Esperanza No. 62-49 www.car.gov.co Conmutador 5801111. Email sau@car.qov.co GJU-PR-03-FR-11 VERSIÓN 5 27-08-2024 :::::
Bogotá, D. C. A venida La Esperanza No. 62-49 www.car.gov.co Conmutador 5801111. Email sau@car.qov.co GJU-PR-03-FR-11 VERSIÓN 5 27-08-2024 ::::: Página 1 de 5CUNDINAMARCA Corporación Autónoma Regional de Cundinamarca CAR Consejo Directivo República de Colombia
ACUERDO No. 89 DEL 20 DE NOVIEMBRE DE 2024
Por el cual se autoriza al Director General de la Corporación Autónoma Regional de Cundinamarca - CAR, para comprometer vigencias futuras ordinarias que afecten el presupuesto, correspondientes a gastos de inversión. respectiva viabilidad financiera o de disponibilidad de recursos durante las correspondientes vigencias". Que la Corporación, en el marco del proyecto 18. "Gestión institucional e interinstituciona/", perteneciente al Programa "3299 - FORTALECIMIENTO DE LA GESTIÓN Y DIRECCIÓN DEL SECTOR AMBIENTE Y DESARROLLO SOSTENIBLE.", contemplado en el Plan de Acción Institucional - PAC 2024-2027, adelantará un convenio cuyo objeto es "Aunar esfuerzos técnicos, administrativos y financieros entre la Corporación Autónoma Regional de Cundinamarca (CAR) y la Cámara de Comercio de Bogotá (CCB) para el desarrollo da las actividades asociadas a la transferencia y generación del conocimiento ambiental, institucional, técnico y científico relacionado con el uso eficiente de los recursos naturales, el desarrollo sostenible de la región y la implementación de soluciones innovadoras, a través de la generación de espacios de participación con el tejido empresarial, la
técnico y científico relacionado con el uso eficiente de los recursos naturales, el desarrollo sostenible de la región y la implementación de soluciones innovadoras, a través de la generación de espacios de participación con el tejido empresarial, la economía popular, la academia, la comunidad y actores públicos", con una proyección de 12 meses, contados a partir del. mes de diciembre de 2024. Que la Oficina Asesora de Planeación - OAP, para amparar el proceso al que se refiere el considerando anterior, realizó el trámite administrativo interno presentando los correspondientes documentos de justificación técnica y económica para el cálculo de los recursos, tanto de la vigencia 2024 como de la vigencia 2025, por valor total del proyecto de $ 1,818, 7 46,50 por parte de la CAR. El memorando de solicitud de autorización del cupo de la vigencia futura y los documentos de soporte, forman parte integral del presente acuerdo y en ellos se sustentan los valores a comprometer, de conformidad con el siguiente detalle: 2024 2025 Total 454,686,627 1,364,059,880 1,818,746,507 Que con fundamento en el artículo 37 del Estatuto Presupuesta! de la entidad, la Dirección Administrativa y Financiera expidió el certificado de disponibilidad presupuesta! No. 24604828 del 14 de noviembre de 2024, mediante el cual se hace constar que en el presupuesto de la vigencia 2024, existen recursos para amparar los compromisos que se van a ejecutar con cargo a la vigencia actual, por un valor de $454,686,627, entendiendo que el trámite corresponde a una vigencia futura ordinaria. Que de conformidad con el artículo 37 del Estatuto Presupuesta! de la entidad, el
de $454,686,627, entendiendo que el trámite corresponde a una vigencia futura ordinaria. Que de conformidad con el artículo 37 del Estatuto Presupuesta! de la entidad, el 15 de noviembre de 2024, la Oficina Asesora de Planeación con fundamento en la justificación técnica y económica y sus respectivos anexos, expidió el concepto previo favorable para el trámite de autorización de vigencias futuras en lo correspondiente a los gastos de inversión, documento que forma parte integral del presente acuerdo. Bogotá, D. C. Avenida La Esperanza No. 62-49 www. car.gov.co Conmutador 5801111. Emai/ sau@car.gov.co GJU-PR-03-FR-11 VERSIÓN 5 27-08-2024 Página 2 de 5CUNDINAMARCA Corporación Autónoma Regional de Cundinamarca CAR Consejo Directivo República de Colombia
ACUERDO No. 89 DEL 20 DE NOVIEMBRE DE 2024
Por el cual se autoriza al Director General de la Corporación Autónoma Regional de Cundinamarca - CAR, para comprometer vigencias futuras ordinarias que afecten el presupuesto, correspondientes a gastos de inversión. Que la justificación técnica y económica y el concepto previo favorable, emitido por la Oficina Asesora de Planeación, para comprometer los recursos a los que se refiere el presente acuerdo, fue remitido por la dependencia ejecutora del presupuesto de inversión a la Dirección Administrativa y Financiera, quien emitió certificado de viabilidad financiera para la vigencia 2025 expedido el 15 de noviembre de 2024, documentos que forman parte integral de este. Que de conformidad con lo establecido en el artículo 37 del Estatuto Presupuesta!
certificado de viabilidad financiera para la vigencia 2025 expedido el 15 de noviembre de 2024, documentos que forman parte integral de este. Que de conformidad con lo establecido en el artículo 37 del Estatuto Presupuesta! de la entidad y teniendo en cuenta que el proceso contractual compromete recursos del presupuesto de gastos de inversión de la vigencia futura 2025, por lo que en atención a la justificación dada por el área correspondiente, el Director de la Corporación solicita la autorización del Consejo Directivo para comprometer dichos recursos. Que el Consejo Directivo encuentra viable el uso de la figura presupuesta! de vigencias futuras presentadas a consideración por la administración, de conformidad con los documentos remitidos y aplicando la presunción de buena fe, bajo el entendido que los soportes financieros y técnicos se encuentran ajustados al ordenamiento jurídico vigente, considerando que el Consejo Directivo no coadministra y que la responsabilidad de la adecuada y oportuna ejecución de los diferentes proyectos es competencia de la administración de la entidad, así como el cumplimiento de los requisitos del orden técnico, jurídico y financiero establecidos en la norma, previo a la contratación de los mismos. Que el Consejo Directivo al aprobar la autorización para comprometer vigencias futuras, no asume responsabilidad alguna en relación con la planeación y ejecución contractual y exhorta a la administración a determinar la modalidad de contratación con apego a los principios de selección objetiva y transparencia regulados por la Ley 80 de 1993 y la Ley 1150 de 2007 y demás normas que reglamentan la materia. Que, en mérito de lo expuesto,
ACUERDA
ARTÍCULO PRIMERO. Autorizar al Director General de la Corporación Autónoma
Ley 80 de 1993 y la Ley 1150 de 2007 y demás normas que reglamentan la materia. Que, en mérito de lo expuesto, ACUERDA ARTÍCULO PRIMERO. Autorizar al Director General de la Corporación Autónoma Regional de Cundinamarca - CAR, para comprometer vigencias futuras ordinarias que afecten el presupuesto de la vigencia fiscal 2025, por la suma de i $1,364,059,880, según el detalle que se presenta a continuación: co;fiJ4Hi?f.. Bogotá, O. C. A venida La Esperanza No. 62-49 www.car.gov. co Conmutador 5801111. Email sau@car.qov.co GJU-PR-03-FR-11 VERSIÓN 5 27-08-2024 Página 3 de 5CUNDINAMARCA Corporación Autónoma Regional de Cundinamarca CAR Consejo Directivo República de Colombia
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Por el cual se autoriza al Director General de la Corporación Autónoma Regional de Cundinamarca - CAR, para comprometer vigencias futuras ordinarias que afecten el presupuesto, correspondientes a gastos de inversión.
PROYECTO CONCEPTO DE LA VIGENCIA FUENTE VIGENCIA 2025
"AUNAR ESFUERZOS TÉCNICOS,
ADMINISTRATIVOS Y FINANCIEROS
ENTRE LA CORPORACIÓN AUTÓNOMA
REGIONAL DE CUNDINAMARCA (CAR) Y
LA CÁMARA DE COMERCIO DE BOGOTÁ (CCB) PARA EL DESARROLLO DE LAS ACTIVIDADES ASOCIADAS A LA 60 TRANSFERENCIA Y GENERACIÓN DEL R. BPORCENTAJ E
REGIONAL DE CUNDINAMARCA (CAR) Y
LA CÁMARA DE COMERCIO DE BOGOTÁ (CCB) PARA EL DESARROLLO DE LAS ACTIVIDADES ASOCIADAS A LA 60 TRANSFERENCIA Y GENERACIÓN DEL R. BPORCENTAJ E
PROYECTO 18. CONOCIMIENTO AMBIENTAL, Y/O SOBRETASA
GESTIÓN INSTITUCIONAL, TÉCNICO Y AMBIENTAL
INSTITUCIONAL E CIENTÍFICO RELACIONADO CON EL MUNICIPIOS Y 1,364,059,880
INTERINSTITUCIONAL USO EFICIENTE DE LOS RECURSOS BOGOTÁ-NATURALES,EL DESARROLLO
SOSTENIBLE DE LA REGIÓN Y LA RECURSOS DEL
IMPLEMENTACIÓN DE SOLUCIONES BALANCE
INNOVADORAS, A TRAVÉS DE LA
· GENERACIÓN DE ESPACIOS DE
PARTICIPACIÓN CON EL TEJIDO
EMPRESARIAL, LA ECONOMÍA
POPULAR, LA ACADEMIA, LA
COMUNIDAD Y ACTORES PÚBLICOS"
TOTAL 1,364,059,880
ARTÍCULO SEGUNDO. La Administración de la Corporación, una vez comprometidos los recursos a los que se refiere el artículo primero del presente acuerdo, deberá incluir en los respectivos proyectos de presupuesto de la vigencia 2025, las partidas necesarias para cumplir con los compromisos adquiridos, y realizar los ajustes presupuestales necesarios de conformidad con la normatividad vigente. ARTÍCULO TERCERO. Las vigencias futuras autorizadas en el artículo primero del presente acuerdo, no utilizadas a 31 de diciembre de 2024, caducan de conformidad con lo establecido en el artículo segundo del Acuerdo No. 02 de 2021, que modificó el Estatuto Presupuesta! de la Corporación.
presente acuerdo, no utilizadas a 31 de diciembre de 2024, caducan de conformidad con lo establecido en el artículo segundo del Acuerdo No. 02 de 2021, que modificó el Estatuto Presupuesta! de la Corporación. ARTÍCULO CUARTO. La Dirección General debe presentar al Consejo Directivo un informe semestral relacionado con la ejecución de los recursos sobre los cuales versan las autorizaciones otorgadas en el presente acuerdo. Así mismo, en los informes financieros presentados al Consejo Directivo, a futuro se deberán discriminar las inversiones y el avance de los proyectos ejecutados haciendo uso de la figura de vigencias futuras, a efecto de poder realizar un seguimiento adecuado al uso de esta herramienta presupuesta!. Bogotá, D. C. Avenida La Esperanza No. 62-49 www.car.gov.co Conmutador 5801111. Emai/ sau@car.gov.co GJU-PR-03-FR-11 VERSIÓN 5 27-08-2024 Página 4 de 5CUNDlNAMARCA Corporación Autónoma Regional de Cundinamarca CAR Consejo Directivo República de Colombia
ACUERDO No. 89 DEL 20 DE NOVIEMBRE DE 2024
Por el cual se autoriza al Director General de la Corporación Autónoma Regional de Cundinamarca - CAR, para comprometer vigencias futuras ordinarias que afecten el presupuesto, correspondientes a gastos de inversión. ARTÍCULO QUINTO. El presente acuerdo rige a partir de su fecha de publicación en el Diario Oficial. Dado en Bogotá, D. C., a los veinte (20) días del mes de noviembre de 2024. Pufif"EsE y CÚMPLAS uo Presidente del Consejo Directivo
en el Diario Oficial. Dado en Bogotá, D. C., a los veinte (20) días del mes de noviembre de 2024. Pufif"EsE y CÚMPLAS uo Presidente del Consejo Directivo FREDDY GUS A ERNÁNDEZ Secretario del Consejo Directivo Los siguientes documentos, hacen parte del presente acuerdo: 1-Solicitud 2-Justificación 3-CDP-24604828 4-Concepto-OAP 5-Viabilidad-DAF Elaboró: Dianna Daney Sáenz Soto - Contratista DAF Presupuesto fi Revisó: Hernando Benavides - Profesional Especializado Presupuesto ff/ti, , •!'i Revisó: Gabriel Alejandro Álvarez Sierra - Director Administrativo y Financi ro ¡ rmfi,,,,rtrK.
Revisó: Yenny Marcela Chaparro Rodríguez - Jefe Oficina Asesora de PlanefiJ,f.,/ Revisó Erick Johany Galeano Basabe - Contratista SGEN fi 17w1Wf ·
Bogotá, O. C. A venida La Esperanza No. 62-49 www.car. gov.co Conmutador 5801111. Email sau@car.qov.co GJU-PR-03-FR-11 VERSIÓN 5 27-08-2024 Página 5 de 5