CCE-Guia para la comprension e implementacion de los documentos tipo obra publica de infraestructura transporte
CCE o ANCP - Colombia Compra Eficiente
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Detalles
- Título
- CCE-Guia para la comprension e implementacion de los documentos tipo obra publica de infraestructura transporte
- Autor
- CCE o ANCP - Colombia Compra Eficiente
- Categoría
- Infralegal
- Área del derecho
- Administrativo
- Año
- —
Guía para la comprensión e Guía para la comprensión e implementación de los Documentos Tipo implementación de los Documentos Tipo de de obra pública de infraestructura de obra pública de infraestructura de transporte bajo las diferentes modalidades transporte bajo las diferentes modalidades ded ceo cnotnratrtaatcacióiónn v viiggeenntteess
1. INTRODUCCIÓN ......................................................................................................................... 4
2. ENFOQUE DE LA GUÍA .............................................................................................................. 4
3. PREGUNTAS FRECUENTES ..................................................................................................... 5 ¿QUÉ SON LOS DOCUMENTOS TIPO? .................................................................................................. 5 ¿CUÁLES SON LOS DOCUMENTOS TIPO? ............................................................................................. 5 ¿CÓMO UTILIZAR LOS DOCUMENTOS TIPO? ......................................................................................... 6 ¿QUÉ ACTIVIDADES ESTÁN SUJETAS A LOS DOCUMENTOS TIPO? .......................................................... 6 ¿CÓMO UTILIZAR LOS DOCUMENTOS TIPO EN LA PLATAFORMA DEL SECOP II? .................................... 7 ¿QUÉ SUCEDE CUANDO EL ALCANCE DEL OBJETO INCLUYE BIENES O SERVICIOS ADICIONALES A LA OBRA PÚBLICA DE INFRAESTRUCTURA DE TRANSPORTE? ............................................................................... 7 ¿QUÉ PASA SI EL OBJETO DEL PROCESO DE CONTRATACIÓN ES DISTINTO A OBRAS DE INFRAESTRUCTURA DE TRANSPORTE? .............................................................................................................................. 8 ¿QUÉ PASA SI LA ENTIDAD ALTERA, SE APARTA, MODIFICA O INCLUYE DISPOSICIONES QUE CONTRADICEN EL CONTENIDO DE LOS DOCUMENTOS TIPO? ........................................................................................ 8 ¿CÓMO PROCEDEN LOS CAMBIOS A LOS DOCUMENTOS TIPO POR PARTE DE COLOMBIA COMPRA EFICIENTE? ....................................................................................................................................... 8
CON LA IMPLEMENTACIÓN DE LOS DOCUMENTOS TIPO, ¿ES NECESARIO REALIZAR ANÁLISIS DE LAS CONDICIONES ECONÓMICAS DEL SECTOR? ........................................................................................... 9
4. PASOS PARA ENTENDER LOS DOCUMENTOS TIPO ........................................................... 9
PASO 1 – IDENTIFICAR QUE EL TIPO DE OBRA QUE SE PRETENDE MATERIALIZAR CORRESPONDA A INFRAESTRUCTURA DE TRANSPORTE ................................................................................................... 9
PASO 2 – ESTABLECER LOS REQUISITOS DE EXPERIENCIA EN LA MATRIZ 1 – EXPERIENCIA .................. 10
PASO 3 – DILIGENCIAMIENTO DEL DOCUMENTO BASE (PLIEGO DE CONDICIONES) ............................... 11
PASO 4 – DILIGENCIAMIENTO DE LOS ANEXOS, FORMATOS Y FORMULARIOS ....................................... 12
Anexo 1 – Anexo Técnico .......................................................................................................... 12 Formulario 1 – Económico ......................................................................................................... 12
5. PRINCIPALES MODIFICACIONES Y/O ALTERACIONES REALIZADAS A LOS DOCUMENTOS TIPO ....................................................................................................................... 13
ANÁLISIS DEL OBSERVATORIO OFICIAL DE CONTRATACIÓN ESTATAL DE CCE ..................................... 13
MODIFICACIONES MÁS RECURRENTES REALIZADAS POR LAS ENTIDADES ESTATALES ............................ 14
Modificaciones a la Matriz 1 – Experiencia ................................................................................ 14 Formatos diligenciados indebidamente por los oferentes ......................................................... 14 Establecimiento de códigos del clasificador de bienes y servicios distintos a los previstos en los documentos tipo ......................................................................................................................... 15 Indebida interpretación del A.I.U. ............................................................................................... 15 No es necesario establecer las condiciones de experiencia en el documento base................. 15 Modificación de las causales de rechazo en el documento base .............................................. 15
Aparente inconsistencia entre la etapa previa de planeación (estudios previos), pliego de condiciones y anexo técnico ...................................................................................................... 15 Alteración de los factores de calidad ......................................................................................... 16 ▪ Identificación del tipo de contrato de manera equivocada .......................................... 16
6. CONDICIONES DE EXPERIENCIA - MATRIZ 1 ...................................................................... 16
INTERPRETACIÓN DE LA MATRIZ 1 – EXPERIENCIA ............................................................................. 16
1. Establecimiento de la complejidad técnica ......................................................................... 16
2. Establecimiento de las condiciones de experiencia en la Matriz 1..................................... 17
3. Combinaciones de experiencia con diferentes actividades ................................................ 19
4. Procesos que contemplen obra de infraestructura de transporte y obras adicionales diferentes a la infraestructura de transporte .............................................................................. 20
Página 2
7. IMPLEMENTACIÓN DE LOS DOCUMENTOS TIPO COMO BUENA PRÁCTICA EN LA CONTRATACIÓN ESTATAL ............................................................................................................ 21
8. ADOPCIÓN DEL DOCUMENTO – VIGENCIAS FUTURAS ..................................................... 21
9. PRINCIPALES CONSULTAS REALIZADAS EN CUANTO A LA APLICACIÓN DE LOS DOCUMENTOS TIPO ....................................................................................................................... 22
Página 3
1. Introducción La Agencia Nacional de Contratación Pública – Colombia Compra Eficiente –en adelante CCE–, con fundamento en el artículo 2.2.1.2.5.2 del Decreto 1082 de 2015 y en el Decreto–Ley 4170 de 2011, en ejercicio de su función de desarrollar, implementar y difundir las políticas públicas, planes, programas, normas, instrumentos y herramientas que faciliten las compras y contratación pública del
Estado y promuevan las mejores prácticas, pone a disposición de los interesados la presente guía para la comprensión e implementación de los Documentos Tipo de los que trata el artículo 4 de la Ley 1882 de 2018, modificada por la Ley 2022 de 2020, respecto a la implementación y adopción de documentos tipo de obra pública de Infraestructura de Transporte, bajo las diferentes modalidades que actualmente se encuentran en el Estatuto General de Contratación de la Administración Pública. Para los fines de esta guía y de los Documentos Tipo, a menos de que expresamente se disponga de otra manera, los términos en mayúscula inicial deben entenderse de acuerdo con la definición contenida en el artículo 2.2.1.1.1.3.1 del Decreto 1082 de 2015 y en el «Anexo 3 – Glosario» de cada uno de los documentos tipo. Los términos no definidos deben entenderse de acuerdo con su significado natural y obvio. El uso de los Documentos Tipo no exime a las Entidades Estatales de regirse por la normativa y la jurisprudencia aplicable al Proceso de Contratación, así como de cumplir lo ordenado por sentencia judicial. A continuación, CCE presenta una guía que facilita el entendimiento de los Documentos Tipo. Para consultar los documentos en su versión editable por favor consulte el siguiente enlace: https://www.colombiacompra.gov.co/colombia-compra/documentos-tipo-para-licitacion-de-obrapublica-de-infraestructura-de-transporte
Tengan en cuenta que:
1. Los espacios en corchete y resaltado en gris [texto de ejemplo] deben ser revisados o diligenciados por la entidad o el proponente en los documentos tipo, según corresponda.
2. Las notas en color morado son consejos para las entidades estatales.
3. Las notas en color verde son consejos para los proponentes o interesados.
4. Las notas en color vinotinto se refieren a aspectos relacionados con la utilización de la plataforma transaccional del
SECOP II.
2. Enfoque de la Guía La presente guía está enfocada en brindar un soporte y mayor claridad en cuanto a la implementación de los documentos tipo adoptados por CCE, así como la respuesta a las principales Página 4 consultas y situaciones que se puedan presentar al abordar los documentos tipo por parte de las entidades estatales y de los interesados en los procesos de selección, tanto como una herramienta que permita desagregar y analizar desde una perspectiva más integral el contenido de los documentos tipo de Obra Pública de Infraestructura de Transporte bajo las diferentes modalidades o procedimientos establecidos en el Estatuto General de Contratación de la Administración Pública.
En ese sentido, el presente documento abarca los siguientes documentos tipo vigentes:
I. Licitación pública de obra de infraestructura de transporte – Versión 3.
II. Selección abreviada de menor cuantía de obra de infraestructura de transporte – Versión 2.
III. Mínima cuantía de obra de infraestructura de transporte – Versión 1.
Por tal motivo, cada uno de los documentos, formatos y anexos que conforman los documentos tipo se encuentran con los lineamientos para su diligenciamiento y se establecen los apartados en los cuales la entidad podrá modificar, diligenciar o establecer las condiciones propias de cada proceso según lo indicado entre corchetes y sombreado en gris [texto de ejemplo].
3. Preguntas frecuentes ¿Qué son los Documentos Tipo?
De acuerdo con el artículo 1 de la Ley 2022 de 2020, que modificó el artículo 4 de la Ley 1882 de 2018, la Agencia Nacional de Contratación Pública – Colombia Compra Eficiente adoptará documentos tipo que serán de obligatorio cumplimiento en la actividad contractual de todas las entidades sometidas al Estatuto General de Contratación de la Administración Pública. Dichos documentos incluyen las condiciones de requisitos habilitantes, factores técnicos, económicos y otros factores de escogencia de carácter obligatorio para las entidades estatales regidas por el Estatuto General de Contratación de la Administración Pública. Los mencionados documentos tipo se encuentran enfocados por sectores, para el caso puntual de esta guía se trata de los relacionados con la Infraestructura de Transporte, entendida en los términos de la Ley 1682 de 2013 y demás normativa que la reglamente o modifique. ¿Cuáles son los Documentos Tipo? Los Documentos Tipo están constituidos por un documento base (pliego de condiciones o documento principal) que constituye su columna vertebral. Este documento está acompañado de Anexos, Formatos, Formularios y Matrices, de la siguiente manera: ▪ Anexos: Incluyen los aspectos particulares de la obra, los cuales deben ser estructurados por la entidad en la fase de planeación, sin que sea posible incluir aspectos contrarios a los establecidos en los Documentos Tipo. ▪ Formatos: Son los documentos que debe diligenciar el proponente y que hacen parte de su oferta. En la fase de planeación, la entidad deberá revisar qué formatos aplican a su proceso de selección y cuáles no.
▪ Matrices: Son documentos que debe incluir la entidad dentro de los documentos del proceso de acuerdo con el sector en el que se ejecute la obra pública y la modalidad de selección. De estos se resalta la Matriz 1 que contiene las condiciones de experiencia en el proceso de Página 5 selección, o la combinación de diferentes requisitos de experiencia que sean adecuados y proporcionales para el contrato que se pretenda suscribir. ▪ Formularios: Entre los diferentes formularios, se encuentra con el Formulario de presentación del presupuesto oficial estimado y la forma en la cual los proponentes presentarán la oferta económica. Es importante señalar que se presentan a modo indicativo para las entidades. No obstante, si consideran que puede ser presentado en otro formato, podrán hacerlo según lo establecido en cada formulario del documento base. ¿Cómo utilizar los Documentos Tipo? Los Documentos Tipo están disponibles en su formato editable (Word, Excel) para que las entidades estatales puedan diligenciar los espacios señalados en corchetes y sombreado en gris. En virtud del artículo 2.2.1.2.6.3.4 del Decreto 1082 de 2015 y el artículo 3 de las Resoluciones 240 y 241 de 2020: las entidades estatales contratantes no podrán incluir o modificar dentro de los documentos del proceso, las condiciones habilitantes, factores técnicos y económicos de escogencia y sistemas de ponderación distintos a los señalados en los Documentos Tipo. De igual forma, cada archivo que conforma los Documentos Tipo contiene los lineamientos e indicaciones para su correcto diligenciamiento, tanto por parte de la entidad estatal como para los interesados y futuros proponentes en el proceso de selección. Es importante manifestar que la utilización de los documentos tipo no exime la labor previa de
planeación que debe realizar cada una de las entidades estatales, como es la realización de los estudios y documentos previos, análisis de las condiciones económicas del sector y el análisis, tipificación y asignación de riesgos. Lo anterior, por mencionar algunos de los elementos que hacen parte de dicha etapa de acuerdo con lo establecido por el Decreto 1082 de 2015. ¿Qué actividades están sujetas a los Documentos Tipo? Los procesos que están sujetos a la implementación de los documentos tipo de infraestructura de transporte son los que se encuentren bajo alguno de los tipos de infraestructura y de acuerdo con cada una de las actividades establecidas en la «Matriz 1 – Experiencia». En tal sentido, desde una perspectiva general las siguientes son el tipo de obras a las que aplican estos documentos tipo:
1. Vías primarias y secundarias.
2. Vías terciarias.
3. Infraestructuras marítimas y fluviales.
4. Obras de atención, prevención o notificación de emergencias en vías primarias, secundarias o terciarias, diferentes a contratación directa.
5. Infraestructura férrea.
6. Infraestructura urbana.
7. Puentes.
8. Infraestructura aeroportuaria.
Nota: en el caso de las obras para la atención, prevención o notificación en las vías primarias, secundarías o terciarias, se aclara que las contrataciones realizadas son diferentes a la “contratación directa” producto de la declaratoria de una urgencia manifiesta, la cual se encuentra reglada en el
Estatuto General de Contratación de la Administración Pública. En ese sentido, cada uno de los tipos de infraestructura contempla actividades para contratar en las cuales pueden enmarcarse los objetos contractuales de los procesos de selección que adelantará
cada entidad. Por tal razón, la «Matriz 1 – Experiencia» establece el detalle de estas actividades. Página 6 ¿Cómo utilizar los Documentos Tipo en la plataforma del SECOP II? La entidad debe adaptar el contenido de los Documentos Tipo al pliego de condiciones electrónico de SECOP II teniendo en cuenta las guías con que cuenta actualmente la Agencia en cuanto al uso del SECOP II para cada una de las modalidades de contratación en el siguiente enlace: https://colombiacompra.gov.co/perfil-compradores-secop/perfil-compradores-secop Así mismo, es importante mencionar que la plataforma del SECOP II cuenta con un formulario o pliego electrónico, el cual contempla las preguntas o listados de acuerdo con la forma en la cual la entidad decida exigir la presentación de los requisitos habilitantes, ponderables y la oferta económica en la misma. En ese caso, el Documento Base contempla las condiciones detalladas que fueron requeridas en el cuestionario electrónico. ¿Qué sucede cuando el alcance del objeto incluye bienes o servicios adicionales a la obra pública de infraestructura de transporte? En estos eventos la entidad estatal debe aplicar los Documentos Tipo en los términos señalados en el artículo 2.2.1.2.6.3.5 del Decreto 1082 de 2015 y el artículo 4 de las Resoluciones 240 y 241 de
2020. Es decir, emplear los documentos tipo con la experiencia relacionada con la obra de infraestructura de transporte, y establecer la experiencia adicional para la obra o servicio adicional a la obra pública.
Para los fines del caso, y con el ánimo de dar mayor claridad al respecto se presenta el siguiente ejemplo: • La construcción de una vía urbana con la construcción de un parque. Para este caso, la «Matriz 1 – Experiencia» contempla las condiciones para establecer los requisitos
de experiencia general y/o específica para la construcción de una vía urbana. No obstante, los parques son infraestructura pública cuya destinación o uso corresponde a actividades de esparcimiento y recreo-deportivas. Por tal razón, en este último caso no sería aplicable la «Matriz 1 – Experiencia». Página 7 En ese caso, la entidad implementará los documentos tipo para la construcción de la vía urbana, aplicará las condiciones de experiencia de la Matriz 1 y establecerá las condiciones de experiencia adicional para la construcción del parque, sin modificar lo establecido en el documento base. ¿Qué pasa si el objeto del proceso de contratación es distinto a obras de infraestructura de transporte? En el escenario en el que el proceso de contratación sea distinto a obra pública de infraestructura de transporte, las entidades estatales pueden usar los requisitos incluidos en los Documentos Tipo como buenas prácticas en contratación, efectuando los ajustes necesarios de acuerdo con el alcance del objeto a contratar. La elaboración de los Documentos Tipo requiere un amplio trabajo de coordinación jurídica, técnica y económica por lo cual su implementación es progresiva. ¿Qué pasa si la Entidad altera, se aparta, modifica o incluye disposiciones que contradicen el contenido de los Documentos Tipo? Quien incumpla los parámetros definidos en el Decreto 1082 de 2015 y en los Documentos Tipo responderá ante las autoridades correspondientes. Por tanto, quien evidencie el incumplimiento de las condiciones de los Documentos Tipo debe hacer la denuncia correspondiente a las autoridades competentes. Por tal razón, es importante resaltar la labor colaborativa que realizan los interesados en los procesos de selección, para establecer e identificar las oportunidades de mejora, e identificar
las situaciones contrarias a la normativa vigente. La Agencia Nacional de Contratación Pública -Colombia Compra Eficientecuenta actualmente con el Observatorio Oficial de Contratación Estatal el cual hace seguimiento a la adecuada implementación de los documentos tipo. Sin embargo, en el Decreto Ley 4170 de 2011 “Por el cual se crea la Agencia Nacional de Contratación Pública –Colombia Compra Eficiente–, se determinan sus objetivos y estructura”, no fueron atribuidas a Colombia Compra Eficiente competencias de control, investigación y seguimiento como sí lo tienen órganos como la Contraloría, la Procuraduría y la Fiscalía. Por tal motivo, CCE no es competente para sancionar el incumplimiento de la normativa, y por ello su labor se limita a impartir políticas públicas en temas de contratación estatal y hacer el seguimiento estadístico a la implementación de los documentos tipo. En ese sentido, el Observatorio realiza un reporte periódico a los diferentes entes de control para que desde su competencia sean revisadas las actuaciones contrarias a la normativa vigente y, en caso de ser procedente, sancionar el incumplimiento de las mismas. ¿Cómo proceden los cambios a los Documentos Tipo por parte de Colombia Compra Eficiente? En virtud del artículo 2.2.1.2.6.1.3 del Decreto 1082 de 2015 y la Ley 2022 de 2020, Colombia Compra Eficiente y el Ministerio de Transporte, como cabeza del sector, revisará periódicamente el contenido de los Documentos Tipo, con el fin de identificar las oportunidades de mejora y ajustarlo a la realidad de la contratación del país para el sector en particular, y los resultados del seguimiento realizado a la implementación de los documentos mediante el Observatorio Oficial de Contratación
Estatal. Página 8 Con la implementación de los Documentos Tipo, ¿es necesario realizar análisis de las condiciones económicas del sector? El análisis del sector es obligatorio en los términos definidos en el artículo 2.2.1.1.1.6.1. del Decreto 1082 de 2015. Este documento es útil para estructurar el Proceso de Contratación porque permite conocer la perspectiva legal, comercial, financiera, organizacional, técnica y de análisis de Riesgos del mercado en el que se desarrollará el proyecto. Sin embargo, como parte del análisis de las condiciones económicas del sector se establecen los indicadores de capacidad financiera y organizacional del proceso de selección, los cuales ya se encuentran establecidos en los Documentos Tipo. Por tal motivo, este aspecto en particular se encuentra previamente estandarizado, sin perjuicio del deber más amplio indicado en el párrafo anterior.
4. Pasos para entender los Documentos Tipo Con el ánimo de entender la forma en la cual se abordan los documentos tipo, en esta sección se desarrollan los casos de mayor recurrencia y la información necesaria para comprender e implementar de forma adecuada los Documentos Tipo. En ese orden de ideas, se presentan de forma general los pasos mínimos que la entidad debe seguir para la implementación de los documentos tipo, resaltando los lineamientos e instrucciones que se encuentran en cada uno de los documentos, formatos, anexos, matrices y formularios que conforman los Documentos Tipo para cada modalidad de selección.
Teniendo en cuenta que cada procedimiento de selección se encuentra reglamentado por la normativa vigente, no se realizará mayor desarrollo para cada uno de estos, sino que se enfocará al contenido de los documentos tipo. Paso 1 – Identificar que el tipo de obra que se pretende materializar
corresponda a infraestructura de transporte La entidad debe identificar en su etapa previa de planeación, y en concordancia con su Plan Anual de Adquisiciones (PAA), el objeto y alcance de las obras que pretende ejecutar. En ese sentido, debe establecer si corresponden a una obra de infraestructura de transporte exclusivamente, o se presenta como una obra pública que contiene tanto actividades de infraestructura de transporte como de obras o servicios adicionales diferentes a infraestructura de transporte. Es decir, mediante la labor de planeación la entidad debe identificar el tipo de infraestructura y la actividad a contratar correspondiente.
Consejo para la Entidad: Se recomienda que desde la etapa previa de planeación se establezca una concordancia entre el objeto contractual y la actividad a contratar, es decir, si el proyecto corresponde a un proceso de mejoramiento de infraestructura vial, la experiencia debe ser la enfocada a mejoramiento según el tipo de infraestructura (Vías primarias, secundarias, terciarias, etc.).
De igual forma, en los casos en los cuales se establezcan objetos con múltiples actividades, se recomienda identificar claramente la predominante para realizar los requerimientos de experiencia. Esto evita, por ejemplo, que para un proceso de mejoramiento se pida experiencia netamente en construcción, lo cual no corresponde a la actividad a contratar y lo establecido en la «Matriz 1 – Experiencia». Página 9 Paso 2 – Establecer los requisitos de experiencia en la Matriz 1 – Experiencia Una vez la entidad establece que el proceso de selección que pretende adelantar se enmarca dentro de una infraestructura de transporte, y por tal motivo es obligatorio la implementación de los Documentos Tipo, la entidad debe establecer en la «Matriz 1 – Experiencia» el tipo de experiencia a
requerir de acuerdo con los siguientes pasos:
I. Para los casos de licitación pública y selección abreviada de menor cuantía se debe establecer la complejidad técnica que aplique al proyecto de infraestructura de transporte, ya sea bajo-medio, o alto.
La entidad en este caso debe considerar las variables técnicas que incidan para establecer la complejidad, como son: aspectos geológicos, geotécnicos, hidrológicos, estructurales, de ubicación, por mencionar unas de las variables a considerar. Por tal motivo, no podrá limitarse únicamente a la cuantía del proceso para establecer que corresponda a un proceso de baja-media o alta complejidad; ya que esta se encuentra particularmente en función de los aspectos técnicos.
II. Identificar en la Matriz 1 el tipo de infraestructura sobre el cual recae la obra a ejecutar. Al respecto esta matriz contiene ocho (8) secciones que corresponden a los tipos de infraestructura estandarizados.
III. Definido el tipo de infraestructura, identificar la «ACTIVIDAD A CONTRATAR» acorde con la Matriz 1.
IV. Identificar el rango en el cual se encuentra el Proceso de Contratación de acuerdo con el presupuesto oficial expresado en SMMLV.
V. Identificar la «experiencia general» exigible acorde con la Matriz 1, teniendo en cuenta la actividad a contratar y el rango de la cuantía del Proceso de Contratación.
VI. Identificar la «experiencia específica» exigible y el porcentaje de dimensionamiento que se puede solicitar acorde con la longitud a ejecutar, de acuerdo con la cuantía del proceso de contratación. Cuando en la «experiencia específica» se indiquen las siglas N.A significa que
la entidad estatal no puede exigir a los proponentes experiencia específica en los procesos de contratación. A manera de ejemplo, se identifica la experiencia general y específica que la entidad estatal solicitará en un contrato cuyo objeto consista en el mantenimiento de vías terciarias, de acuerdo con las características y parámetros explicados previamente:
I. De acuerdo con la «Matriz 1 – Experiencia» el tipo de infraestructura que se relaciona con el objeto contractual es «2. OBRAS EN VÍAS TERCIARIAS».
II. La actividad que se relaciona es el numeral «2.2 MEJORAMIENTO EN VÍAS TERCIARIAS».
III. La experiencia general que se debe solicitar en este proceso de contratación es «CONSTRUCCIÓN O MEJORAMIENTO EN PAVIMENTO ASFALTICO O CONCRECTO HIDRÁULICO O PLACA HUELLA DE VÍAS PRIMARIAS O SECUNDARIAS O VÍAS TERCIARIAS O VÍAS URBANAS O PISTAS DE AEROPUERTOS». Al respecto, esta incluye una nota que dispone «Será válida la experiencia que haya sido ejecutada a través de Construcción o Mejoramiento o Mantenimiento de Vías en Asfalto Natural o Asfaltita». De Página 10 ninguna manera la entidad podrá modificar la experiencia exigible, dado que así fue estandarizada en la «Matriz 1 – Experiencia».
IV. La experiencia específica depende de la cuantía del proceso de contratación. En relación con los proyectos de baja y media complejidad: para contratos de menos de 100 SMMLV o entre 100 a 1.000 SMMLV, la entidad estatal no puede exigir experiencia específica en sus procesos de contratación; entre 1.001 y 27.000 SMMLV, la entidad deberá exigir por lo
menos un contrato cuya longitud intervenida corresponda al 50% de la longitud de la vía a construir mediante el proceso de contratación; finalmente, cuando es mayor a 27.001 SMMLV, la entidad deberá exigir que por lo menos uno de los contratos válidos aportados acredite que la longitud intervenida corresponde al 100% de la longitud de vía a construir mediante el proceso de contratación.
V. Para la aplicación de este último criterio es importante tener en cuenta que la longitud de la vía equivale al total de la caracterización vial en kilómetros lineales. Por ejemplo, si el tramo del proyecto se extiende desde el kilómetro 20+000 hasta el kilómetro 50+000, esto significa que la longitud de la vía a intervenir es de 30 kilómetros. Por tanto, para calcular la experiencia específica en función de la cuantía, el proponente deberá acreditar que en por los menos uno de los contratos que certifican la experiencia general intervino la mitad de la vía –15 kilómetros, cuando el valor del presupuesto oficial oscila entre los 1.001 y los 27.000
SMMLV– o su totalidad –30 kilómetros, si el presupuesto es mayor de 27.001 SMMLV–. Paso 3 – Diligenciamiento del Documento Base (Pliego de Condiciones) Una vez la entidad ha identificado que para el objeto contractual planteado se cuenta con una actividad a contratar en la «Matriz 1 – Experiencia», o a la combinación de más de una actividad, procederá con el diligenciamiento del Documento Base (Pliego de Condiciones), siguiendo los lineamientos y apartados en corchetes rectangulares y sombreado en gris en los cuales la entidad deberá hacer la respectiva inclusión según sea mencionado en cada apartado.
Es importante mencionar que la entidad no podrá eliminar secciones o capítulos, salvo expresa indicación del documento base. La entidad deberá ajustar el documento base según sea adelantado el proceso en la plataforma del SECOP I o SECOP II, según indicación expresa del documento. Cuando la entidad decida usar su membrete y logos, podrá hacerlo sin realizar modificaciones al contenido del documento.
Consejo para la Entidad: La entidad en el diligenciamiento del documento base debe ceñirse a los lineamientos establecidos en el mismo. De igual forma, producto de la etapa de proyecto de pliego de condiciones y pliego de condiciones, se generarán observaciones a los documentos por los interesados, en los cuales se analizará el adecuado diligenciamiento y cumplimiento de los documentos tipo por parte de la Entidad.
Página 11 Consejo para los interesados y proponentes: Teniendo en cuenta la labor colaborativa de los interesado
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