Decreto 0313 de 2025
Presidente de la República
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Detalles
- Título
- Decreto 0313 de 2025
- Autor
- Presidente de la República
- Categoría
- Infralegal
- Área del derecho
- MASC
- Año
- 2025
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REPUBUCA DE COLOMBIA
• MINISTERIO DE JUSTICIA Y DEL DERECHO DECRETO NÚMERO'" '" 0313 DE 2025
Por el cual se acepta la renuncia del Notario Primero (1) del Círculo Notarial de Bucaramanga - Santander EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA DE COLOMBIA, En ejercicio de sus facultades constitucionales y legales, en especial las conferidas en los artículos 131 de la Constitución Política, 144 numeral 1 del Decreto Ley 960 de 1970, 5 del Decreto Ley 2163 de 1970, en concordancia con las disposiciones del artículo 2.2.6 .1.5.3.9 numeral 2 del Decreto 1069 de 2015, y CONSIDERANDO: Que el señor Diego Alfonso Rueda Gómez, identificado con cédula de ciudadanía No. 91.223.764 de Bucaramanga, Notario Primero (1) del Círculo Notarial de Bucaramanga - Santander, nombrado por el Gobierno Nacional mediante Decreto 1677 del 20 de mayo de 2008, presentó renuncia al cargo a través de escrito de 27 de febrero de 2025. Que teniendo en cuenta lo preceptuado en el artículo 144 del Decreto Ley 960 de 1970, el cargo de notario se pierde por aceptación de la renuncia . Que el artículo 2.2.6 .1.5.3.9 del Decreto 1069 de 26 de mayo de 2015, Decreto Único Reglamentario del Sector Justicia y del Derecho, establece como "falta
Que el artículo 2.2.6 .1.5.3.9 del Decreto 1069 de 26 de mayo de 2015, Decreto Único Reglamentario del Sector Justicia y del Derecho, establece como "falta absoluta del notario" la renuncia aceptada. Que el artículo 150 del Decreto Ley 960 de 1970 dispone que, "El Notario no podrá separarse del desempeño de sus funciones mientras no se haya hecho cargo de ellas quien deba remplazarlo". Que, de conformidad con la norma anterior, el señor Diego Alfonso Rueda Gómez no podrá separarse del desempeño de sus funciones mientras no se haya hecho cargo de ellas quien deba remplazarlo . En mérito de lo expuesto,DECRETO NÚMERO DE Pá ¡na 2 de 2
Continuación del Decreto: "Por el cual se acepta la renuncia del Notario Primero (1) del Círculo Notarial de BucaramangaSantander. " DECRETA: Artículo 1°. Aceptación de Renuncia. Aceptar a partir de la fecha, la renuncia presentada por el señor Diego Alfonso Rueda Gómez, identificado con la cédula de ciudadanía No . 91 .223.764, al cargo de Notario Primero (1) del Círculo Notarial de Bucaramanga - Santander, de conformidad con lo expuesto en la parte motiva de este decreto.
Parágrafo: El señor Diego Alfonso Rueda Gómez no podrá separarse del desempeño de sus funciones mientras no se haya hecho cargo de ellas quien deba remplazarlo.
Artículo 2°. Comunicación. Comunicar el contenido del presente decreto a la Superintendencia de Notariado y Registro y al señor Diego Alfonso Rueda Gómez
remplazarlo. Artículo 2°. Comunicación. Comunicar el contenido del presente decreto a la Superintendencia de Notariado y Registro y al señor Diego Alfonso Rueda Gómez a través de la Dirección Jurídica del Ministerio de Justicia y del Derecho. Artículo 3°. Vigencia. El presente decreto rige a partir de la fecha de su publicación. PUBLíQUESE, COMUNíQUESE Y CÚMPLASE Dado en Bogotá, D .C ., a los 19 MAR 202
LA MINISTRA DE JUSTICIA Y DEL DERECHO,
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