Decreto 177 de 2025
Presidente de la República
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Detalles
- Título
- Decreto 177 de 2025
- Autor
- Presidente de la República
- Categoría
- Infralegal
- Área del derecho
- Médico
- Año
- 2025
DECRETO 177 DE 2025
Diario Oficial Año CLX No.53030. Edición de 46 páginas. Bogotá, D. C., viernes, 14 de febrero de 2025 Pág.1
DECRETO 177 DE 2025
(febrero 14) Los datos publicados en SUIN-Juriscol son exclusivamente informativos, con fines de divulgación del ordenamiento jurídico colombiano, cuya fuente es el Diario Oficial y la jurisprudencia pertinente. La actualización es periódica. El seguimiento y verificación de la evolución normativa y jurisprudencial no implica una función de certificación, ni interpretación de la vigencia de las normas por parte del Ministerio. por el cual se modifica el Decreto número 0142 de 2025
Subtipo: DECRETO ORDINARIO El Ministro de Salud y Protección Social de la República de Colombia, Delegatario de Funciones Legales y Constitucionales mediante Decreto número 142 del 6 de febrero de 2025, en ejercicio de las facultades legales y constitucionales,
CONSIDERANDO:
Que el presidente de la República de Colombia, doctor Gustavo Petro Urrego, mediante el Decreto número 0142 del 6 de febrero de 2025, delegó las funciones legales y algunas constitucionales al Ministro de Salud y Protección Social, dado que se trasladaría a partir del 9 de febrero de 2025, hacía las ciudades de DubáiEmiratos Árabes Unidos con el fin de participar los días 10 al 12 de febrero de 2025 en la Cumbre Mundial de
Gobiernos 2025, del 12 al 14 de febrero de 2025 a la ciudad de Doha - Estado de Qatar para realizar una visita Oficial y del 14 al 15 de febrero de 2025 a la ciudad de Riad - Arabia Saudita con el fin de realizar una visita oficial, previendo su llegada a Colombia para el 16 de febrero de 2025.
Que por modificación de la agenda oficial del señor presidente de la República, no se realizó la visita oficial a la ciudad de Riad - Arabia Saudita que se tenía prevista para los días 14 y 15 de febrero de 2025, razón por la cual el regreso al país se efectuará el 15 de febrero de 2025.
Que, en mérito de lo expuesto,
DECRETA:
Artículo 1°. Modificar el artículo 1° del Decreto número 0142 del 6 de febrero de 2025, en el sentido de precisar que las funciones legales y constitucionales delegadas al Ministro de Salud y Protección Social, señor Guillermo Alfonso Jaramillo Martínez, se mantendrán hasta el 15 de febrero de 2025.
Artículo 2°. Las demás disposiciones contenidas en el Decreto número 0142 del 6 de febrero de 2025, continúan vigentes.DECRETO 177 DE 2025 Artículo 3°. El presente decreto rige a partir de la fecha de su expedición.
Publíquese y cúmplase.
Dado a 14 de febrero de 2025.