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DIAN - Resolución 600379 de 14-08-2024

DIAN - Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales

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Detalles

Título
DIAN - Resolución 600379 de 14-08-2024
Autor
DIAN - Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales
Categoría
Infralegal
Área del derecho
Tributario Aduanero y Cambiario
Año
2024

IAN RESOLUCION NUMERO 2024003980600379 (14 ago, 2024) a Petición de Cualquier Interesado EL JEFE (A) DE LA COORDINACIÓN DE CLASIFICACIÓN ARANCELARIA DE LA Por la cual se expide una Resolución de Clasificación Arancelaria SUBDIRECCIÓN TÉCNICA ADUANERA t En uso de las facultades legales que le confiere el numeral 3.3.1 del artículo 2° de la dResolución 070 de 2021 y teniendo en cuenta los siguientes HECHOS Mediante radicado No. -235410000001465.de 20 de febrero de 2024, el Sr. VICTORALFREDO TARRA DIAZ, identificado con cédula de ciudadanía 73.137.446, actuando encalidad de representante legal suplente de la AGENCIA DE ADUANAS ASESORIAS YSERVICIOS ADUANEROS DE COLOMBIA S A NIVEL 1, con NIT 890.404.619-2,mandataria de la sociedad NESTLE DE COLOMBIA SA con NIT 860.002.130-9, presentóuna solicitud de resolución de clasificación arancelaria a petición de cualquier interesadopara la. mercancía denominada | técnicamente “MÁQUINA EMPACADORA” - ycomercialmente “Maquina para empacar el polvo Maggi VOLPAK SI-280 HFFS”,

Para el efecto, el interesado adjuntó los siguientes documentos: - Formato de solicitud en dos (2) páginas.- Contrato de mandato conferido por la empresa Nestlé de Colombia S.A. a Agenciade Aduanas Asercol S.A. Nivel 1 el 26 de abril de 2023 en siete (7) páginas.- . Comprobante de pago del 16 de febrero de 2024 en una (1) página.- Diagrama de funcionamiento en tres (3) páginas.- - Ficha técnica en seis (6) páginas.- Listado de equipos én una (1) hoja Excel. El solicitante pagó un millón trescientos dieciocho mil pesos m/cte ($ 1.318.000,00) segúncomprobante de pago No. 96722 de 16 de febrero de 2024 del Banco de Occidente al Bancode Bogotá. En el formato de la solicitud se indicó que se notifique el acto administrativo al Sr. VICTORALFREDO TARRA DIAZ, a las siguientes direcciones electrónicas: vtarra@asercol.com ynotificacionesjudiciales@asercol.com; o por correo en la dirección TRANSVERSAL 33 A#19-21 BARRIO MARTINEZ MARTELO, en CartagenaBolivar.RESOLUCIÓN NÚMERO 2024003980600379 de 14 ago. 2024 Hoja No. 2 Continuación del acto administrativo por el cual se expide una resolución de ClasificaciónArancelaria a Petición de Cualquier Interesado Mediante Requerimiento de Información Adicional-RIA $2024000100165398000121 del 14de marzo de 2024, este despacho solicitó al usuario indicar cuál es el producto que seobtiene del proceso, descripción detallada y secuencial del proceso, listado de máquinas yequipos y diagrama o plano de la unidad funcional.

Mediante oficio 100165398-0809 del 8 de mayo de 2024 se remitió por correo electrónicoal interesado recordatorio del vencimiento del término para dar respuesta al requerimientomencionado. Con solicitud realizada en el sistema de fecha 17 de mayo de 2024 el interesado solicitóprórroga para dar respuesta, la cual fue autorizada con oficio No.$2024000100165398000267 del 20 de mayo de 2024. A través del radicado No. E2024000100165398000279 del 16 de junio de 2024, el usuarioremite respuesta al requerimiento en documento de dos (2) páginas, anexando diagramaen una (1) hoja Excel, plano en una (1) página, listado de equipos en un (1) archivo Excelcon dos (2) hojas y descripción del proceso en dos (2) páginas. Posteriormente, con radicado No. E2024000100165398000364 del 5 de agosto de 2024 elinteresado remite mandato especial conferido por la sociedad Nestlé de Colombia S.A. aAsercol S.A. el 26 de abril de 2024,. para que los represente en las solicitudes declasificación arancelaria. FUNDAMENTOS DE DERECHO Convenio del Sistema Armonizado de Designación y Codificación de Mercancias y suanexo, aprobado por Colombia mediante Ley 646 de 2001. Acuerdo de Cartagena aprobado por Colombia mediante Ley 8° de 1973. Decisión 885 de la Comisión de la Comunidad Andina, mediante la cual se aprobó el Textoúnico de la Nomenclatura Común de los Países Miembros del Acuerdo de Cartagena.

Decteto 1881 de 2021 y sus modificaciones, por el cual se adopta el Arancel de Aduanas yotras disposiciones. : Adicionalmente, para el caso en estudio se consideran las siguientes: Regia General Interpretativa 1: “Los títulos de las Secciones, de los Capítulos o de los Subcapítulos solo tienen un valorindicativo, ya que la clasificación está determinada legalmente por los textos de las partidasy de las Notas de Sección o de Capítulo y, si no son contrarias a los textos de dichas -partidas y Notas, de acuerdo con las Reglas siguientes:...” Nota 4 de la Sección XVI :“Cuando una máquina o una combinación de máquinas estén constituidas por elementosindividualizados (incluso separados o unidos entre sí por tuberías, órganos de transmisión,cables eléctricos o de otro modo) para realizar conjuntamente una función netamenteRESOLUCIÓN NÚMERO 2024003980600379 de 14 ago. 2024 Hoja No. 3 Continuación del acto administrativo por el cual se expide una resolución de ClasificaciónArancelaria a Petición de Cualquier Interesado

definida, comprendida en una de las partidas de los Capítulos 84 .u:85, el conjunto: seclasifica en la. partida correspondiente a la función que realice.” Texto de la partida 84.22 “Máquinas para lavar vajilla; máquinas y aparatos para limpiar o secar botellas o-demásrecipientes; máquinas y aparatos para llenar, cerrar, tapar, taponar o etiquetar botellas,botes o latas, cajas, sacos (bolsas) o. demás continentes; máquinas y aparatos de capsularbotellas, tarros, tubos y continentes «análogos; las demás máquinas y: aparatos paraempaquetar o envolver mercancías (incluidas las de envolver con pelicula termorretractil);máquinas y aparados para gasear bebidas.” Regia General Interpretativa 6: “La clasificación de mercancías en las subpartidas de una misma partida está determinadalegalmente por los textos de estas subpartidas y de las Notas de subpartida así como,mutatis mutandis, por las Reglas anteriores, bien entendido que solo pueden compararsesubpartidas del:mismo nivel. A efectos de esta Regla, también se aplican.las Notas deSección y de Capítulo, salvo disposición en contrario.” Decreto 1165 de 2019 del Gobierno Nacional y sus modificaciones - artículos 302 a 307,mediante el cual se dictan las disposiciones relacionadas con las solicitudes de clasificaciónarancelaria a petición de cualquier interesado:

Resolución 46 de 2019 y sus modificaciones de ta Dirección de Impuestos y AduanasNacionales mediante las cuales se reglamentan, entre otros; las solicitudes de clasificaciónarancelaria.a petición de cualquier interesado, CONSIDERACIONES DEL DESPACHO Según la información suministrada con la solicitud radicada con No. 235410000001465 de20 de febrero de 2024 y con radicado No. E2024000100165398000279 dei 16 de junio de2024 la mercancía objeto de clasificación arancelaria, se describe como un conjunto demáquinas dispuestas para realizar el llenado y cerrado de sobres de sopas y cremas enpolvo, con una capacidad de llenado de 130 sobres por minuto. El proceso inicia con el ingreso de la bobina del laminado impreso con la descripción delproducto, el sistema desenrolla el material y lo posiciona correctamente para el sistemaformador de sobres. En la pantalla HMI! o Panel View, el operario selecciona el formato yreceta a llenar en el turno de producción. La máquina de forma automática establece losparámetros de dimensiones del sobre para establecer los cortes de laminado y el pesoexacto que debe dosificar en cada sobre. El material laminado ingresa para ser formado, sellar a los costados y cortado de acuerdocon el formato de producto que posteriormente se estará llenando (cada formato estadefinido por dimensiones y peso exacto del producto). Una vez formados los sobres, en el sistema de dosificación se abren y a través de boquillasse dosifica el producto en cada uno con la cantidad de producto exacta. Posteriormente, lossobres llenos de producto se sellan en lá parte superior y con un marcador láser se marcacada sobre con información del lote y fecha de vencimiento del producto.RESOLUCIÓN NÚMERO 2024003980600379 de 14 ago. 2024 Hoja No. 4

Continuación del acto administrativo por el cual se expide una resolución de ClasificaciónArancelaria a Petición de Cualquier interesado Finalmente, se verifica el peso, que no haya ninguna fuga de producto o imperfección. Si elsobre cumple todos los parámetros continúa en la banda y sale a proceso de empaque, siel sobre no cumple, el sistema lo rechaza o pasa a un proceso de retrabajo. La línea se compone de las siguientes máquinas y equipos: 1 Un (1) desembobinador conformado: por sus protecciones, un detector: final: de :bobina, una carretilla elevadora de bobinas eléctrica, un empalmador automático debobina y un detector de empalme de bobina. Un (1) sistema de control y automatización compuesto por una unidad de lubricación :automática, un accionamiento del carro móvil servomotorizado, una plataforma-de automatización, un subsistema de control y regulación de la presión de soldadura :por pantalla y un subsistema de seguimiento de la impresión para el sellado. Un (1) sistema de formación de sobres conformado por un subsistema de soldadurainferior un subsistema de control y regulación de la tensión del material, un aplicador :“Zipper”, un equipo para sobres con fondo, un grupo de mordazas de sellado, un 'sistema neumático en mordazas, un subsistema motorización punta del triánguloformador y un subsistema de formación de sobres independiente y servomotorizado.

Un (1) sistema de dosificación compuesto por protección superior en estación. de :dosificado, cuatro utillajes sin-fin, dos dosificadores rotativos “simplex”; dos :dosificadores sin-fin “simplex” servomotor, dos suplementos para dosificador sin-fin :“simplex”, una muesca abertura lineal, un perforador europeo én soldadura superior,dos bocas aspiración, dos aspiradores de:polvo, dos vibradores embudo, dos-vibradores fondo, cuatro embudos introductores y cuatro detectores nivelcapacitativo. . Un (1) sistema de cierre de sobres y marcación que comprende un soldador de altaconductividad térmica, un refrigerador de agua para soldadores, un panel ionizador,un conjunto de integración para adaptar un impresor de transferencia térmica; un“transfer” frontal y un juego adicional para sobre “stand up” con pinzas”. Un (1) sistema de verificación y rechazo conformado por un detector sobre vacíopara polvos o granulados y dos platos giratorios para dosificador rotativo “simplex”.

Un (1) sistema de seguridad hombre-máquina que comprende una protecciónsuperior de máquina, un semáforo alarma, un paquete de botones de parada deseguridad, un paquete de prevención y mantenimiento y un paquete funcional. Así las cosas, se tiene en materia arancelaria, que el texto de la partida 84,22 comprende,máquinas para lavar vajilla; máquinas y aparatos para limpiar o secar botellas o demás -recipientes; máquinas .y aparatos para llenar, cerrar, tapar, taponar o etiquetar botellas,botes o latas, cajas, sacos (bolsas) o demás continentes; máquinas y aparatos de capsularbotellas, tarros, tubos y continentes análogos; las demás máquinas y aparatos para empaquetar o envolver mercancías (incluidas las de envolver con película termorretractil),maquinas y aparatos para gasear bebidas. aRESOLUCIÓN NUMERO 2024003980600379 de 14 ago. 2024 Hoja No. 5 Continuación del acto administrativo por el cual se expide una resolución de ClasificaciónArancelaria a Petición de Cualquier Interesado

Ahora bien; dentro de la partida 84.22, la subpartida armonizada 8422.30 comprende, entreotras, las máquinas para llenar, cerrar sacos (bolsas) o demás continentes, donde estaríacomprendido el conjunto de máquinas objeto de clasificación. De acuerdo con lo señalado, las máquinas y equipos listados en los numerales 1 al 7corresponden. arancelariamente a una combinación de máquinas para llenar y cerrarsobres de sopas y cremas en polvo, con una capacidad de llenado de 130 sobres porminuto, que conforme con lo señalado en la Nota 4 de la Sección XVI y la Regla GeneralInterpretativa 1 se encuentra comprendida en la partida 84.22 de la. Nomenclatura delSistema Armonizado y en aplicación de la Regla General Interpretativa 6 se clasifica en lasubpartida arancelaria 8422.30.90.90 del Arancel de Aduanas. En mérito de to anteriormente expuesto, el Jefe (A) de la Coordinación de ClasificaciónArancelaria de la Subdirección Técnica Aduanera, RESUELVE ARTÍCULO PRIMERO. Clasificar la mercancía descrita en la presente resolución en lasubpartida 8422.30.90.90 del Arancel de Aduanas, como una máquina para llenar y cerrarsobres de sopas y cremas en polvo con una capacidad de llenado de 130 sobres por minuto,de conformidad con lo dispuesto en la Nota Legal 4 de la Sección XVI y en aplicación delas Reglas Generales interpretativas 1 y 6 del mencionado texto arancelario, contenidas enel Decreto 1881 de 2021 y sus modificaciones,

ARTÍCULO SEGUNDO. Notificar de manera electrónica,el contenido de la presenteResolución al señor. VICTOR ALFREDO TARRA DIAZ identificado con cédula deciudadanía No. 73.137.446, representante legal de la AGENCIA. DEADUANASASESORIAS Y SERVICIOS ADUANEROS DE COLOMBIA S A: NIVEL: 1: con NIT890.404.619-2, a las direcciones electrónicas informadas en lasolicitud: vtarra@asercol.com y notificacionesjudiciales@asercol.com, de conformidad conlo establecido en el artículo 759 del Decreto 1165 de 2019 modificado por el artículo 137del Decreto 360 de 2021 y el artículo 319 de la Resolución 46 de 2019 modificado por elartículo 114 de la Resolución 39 de 2021. De no ser posiblela notificación en forma: electronica, el presente acto administrativo senotificará por correo a la dirección procesal: TRANSVERSAL 33 A H 19-21 BARRIOMARTINEZ MARTELO en Cartagena - Bolívar o de manera subsidiaria mediante aviso enel sitio web de la Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales de conformidad con loestablecido en los'artículos 763 y 764 del Decreto 1165 de 2019. ARTÍCULO TERCERO. Informar al interesado que contra el presente acto administrativoprocede recurso de apelación ante la Subdirección Técnica Aduanera, el cual deberáinterponerse dentro de los diez (10) días siguientes a su notificación, de conformidad conlo establecido en el artículo 305 del Decreto 1165 de 2019 y los artículos 74 y siguientes dela Ley 1437 de 2011.

ARTÍCULO CUARTO. Ordenar una vez en firme, la publicación de la presente resoluciónen el Diario Oficial, de conformidad con el artículo 305 del Decreto 1165 de 2019, el artículo319 de la Resolución 46 de 2019 modificado por el artículo 114 de la Resolución 39 de2021, el artículo 65 de la Ley 1437 de 2011 y el artículo 119 de la Ley 489 de 1998.RESOLUCIÓN NÚMERO 2024003980600379 de 14 ago. 2024 Hoja No. 6 Continuación del acto administrativo por el cual se expide una resolución de Clasificación :Arancelaria a Petición de Cualquier interesado ARTÍCULO QUINTO. Remitir una vez en firme, copia del presente acto administrativo, pormedio de la Coordinación de Correspondencia y Notificaciones de la SubdirecciónAdministrativa a la Coordinación de Clasificación Arancelaria de la Subdirección Técnica ''Aduanera para lo de su competencia y publiquese en la página web de la DIAN. NOTIFÍQUESE, PUBLÍQUESE Y CÚMPLASE De conformidad con la resolución No. 000019 del 28 de marzo de 2018, esta firma electrónica tiene plena validez y ..,.remplaza en todos sus efectos a la firma manuscrita. HECTOR ARTURO GARAY LEALJefe (A) Coordinación de Clasificación ArancelariaSubdirección Técnica Aduanera Proyectó: BUSTOS PINILLA MARINA ROCIO.Revisó: LEONARDO RICO Coordinación de Notificaciones‘uel Central Bogotá D.CFP POR GHA COLOMBIA MAS WOmErYa que el Acto Administrative fue publicadoE catia que OFICIAL niedrativo fue publicadomed32.875. pao: za 7 9 bertoEze

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