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DIAN - Resolución 600387 de 15-08-2024

DIAN - Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales

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Detalles

Título
DIAN - Resolución 600387 de 15-08-2024
Autor
DIAN - Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales
Categoría
Infralegal
Área del derecho
Tributario Aduanero y Cambiario
Año
2024

IAN RESOLUCION NUMERO 2024003980600387 (15 ago. 2024) Por la cual se expide una Resolución de Clasificación Arancelariaa Petición de Cualquier Interesado EL JEFE (A) DE LA COORDINACIÓN DE CLASIFICACIÓN ARANCELARIA DE LASUBDIRECCIÓN TECNICA ADUANERA En uso de las facultades legales que le confiere el numeral 3:3.1 del artículo 2 de laResolución 070 de 2021 y teniendo en cuenta los siguientes

HECHOS

Mediante rádicado No. 235410000001593 del 24 de abril de 2024, la señora MELISSAVIZCAINO SOLANA, identificada con cédula de ciudadanía No. 1.020.839.022, apoderadaespecial, con tarjeta profesional número 394.504, de la sociedad PRIMADERA S.A.S, conNIT 900.520.112-2, presentó una solicitud de resolución de clasificación arancelaria apetición de cualquier interesado para la mercancia denominada técnicamente como“TABLEROS DE MADERA CON RECUBRIMIENTO MELAMINICO”. y comercialmente“PRIMAPLEX MDP”. La interesada adjuntó a la solicitud los siguientes documentos: formulario de solicitud deresolución de clasificación arancelaria en dos (2) folios, ficha técnica en ocho (8) folios,escrito con justificación de clasificación arancelaria en cinco (5) folios, dos archivos con laresolución de clasificación arancelaria DIAN No. 8225 del 02 de septiembre de 2008 encuatro (4) folios, resolución de clasificación arancelaria DIAN No. 9713 del 08 de octubrede 2008 en dos (2) folios, copia de poder especial en dos (2) folios y comprobante de pagoen un (1) folio.

La solicitante pagó seiscientos cincuenta y nueve mil pesos m/cte., ($ 659.000,00) segúntransferencia número 901139615 del 12 de abril de 2024 del Banco de Bogotá. Mediante Requerimiento de Información Adicional - RIA No. S2024000100165398000261del 17 de mayo de 2024 este Despacho solicitó a la usuaria: aclarar la diferencia entre lostableros estándar y los fabricados con resinas especiales (MUF), explicando las diferenciasen los componentes; informar cómo se presenta la mercancía ante la autoridad aduaneraal momento de la importación (indicar tipo de empaque, peso, dimensiones, etc.); aportarimágenes legibles de las etiquetas o empaques de la mercancía. La usuaria respondemediante escrito radicado No. E2024000100165398000262 del 14 de junio de 2024, concuarenta y siete (47) folios, renunciando al término restante para responder, Este despacho revisó la información contenida en los radicados antes mencionados y seidentificaron tres (3) productos a clasificar. Por lo tanto y teniendo en cuenta que laRESOLUCIÓN NÚMERO 2024003980600387 de 15 ago. 2024 Hoja No. 2 Continuación del acto administrativo por el cual se expide una resolución de ClasificaciónArancelaria a Petición de Cualquier Interesado clasificación arancelaria es para un único producto, mediante oficio No.$2024000100165398000416 del 29 de julio de 2024, se solicitó a la interesada elegir unamercancía a clasificar. Se recibe respuesta con escrito radicado No.E2024000100165398000362 del 02 de agosto de 2024, en seis (6) folios en la cual seescogió el producto “Tablero PRIMAPLEX MDP Estándar” con un espesor de 15 mm.

Por medio del formato de la solicitud se indicó que se notifique a la señora MELISSAVIZCAINO SOLANA, a las direcciones electrónicas manifestadas por la interesada:mvizcaino@araujoibarra.com - osalamanca@araujoibarra.com; o por correo en la direcciónCalle 98 No. 22 - 64, Oficina 910, Edificio Calle 100, en Bogotá D.C. FUNDAMENTOS DE DERECHO Convenio del Sistema Armonizado de Designación y Codificación de Mercancías y suanexo, aprobado por Colombia mediante Ley 646 de 2001. Acuerdo de Cartagena aprobado por Colombia mediante Ley 8? de 1973. "Decisión 885 de la Comisión de la Comunidad Andina, mediante la cual se aprobó el Textoúnico de la Nomenclatura Común de los Países Miembros del Acuerdo de Cartagena. Decreto 1881 de 2021 y sus modificaciones, por el cual se adopta el Arancel de Aduanas yotras disposiciones. : Para el caso en estudio se consideran las siguientes Reglas, Nota y Texto de Partida: Regla General Interpretativa 1: “Los títulos de las Secciones, de los Capítulos o de los Subcapitulos solo tienen un valorindicativo, ya que la-clasificacion está determinada legalmente por los textos de las partidasy de las Notas de Sección. o de Capítulo. y, sí no son contrarias a los textos de dichaspartidas y Notas, de acuerdo con las Reglas siguientes: Partida 44.10: “Tableros de partículas, tableros llamados «oriented strand board» (OSB) y tablerossimilares (por ejemplo, «waferboard»), de madera u. otras. materias leñosas, inclusoaglomeradas con resinas o demás aglutinantes orgánicos”.

Regla General Interpretativa 6: “La clasificación de mercancías en las subpartidas de una misma partida está determinadalegalmente por los textos de estas subpartidas y de las Notas de subpartida asi como,mutatis mutandis, por las Reglas anteriores, bien entendido que solo pueden compararsesubpartidas del mismo nivel. A efectos de esta Regla, también se aplican las Notas deSección y de Capítulo, salvo disposición en contrario”. Decreto 1165 de 2019 del Gobierno Nacional y sus modificaciones - artículos 303 a 306,mediante el cual se dictan las disposiciones relacionadas con las solicitudes de clasificaciónarancelaria a petición de cualquier interesado.RESOLUCIÓN NÚMERO:2024003980600387 de 15 ago. 2024 Hoja No. 3 Continuación del acto administrativo por-el cual se expide una resolución de ClasificaciónArancelaria a Petición de Cualquier Interesádo Resolución 046 de 2019 y sus: modificaciones de la. Dirección de Impuestos y AduanasNacionales mediante las cuales se reglamentan las solicitudes de clasificación arancelariaa petición de cualquier interesado. CONSIDERACIONES DEL DESPACHO Según ta información suministrada con los radicados Nos. 235410000001593 del 24 de abrilde - 2024, E2024000100165398000262 del 14 de junio de. 2024 yE2024000100165398000382 del 02 de agosto de 2024, la mercancía objeto de clasificaciónarancelaria, se describe como una lamina o tablero de partículas de madera en diferentestexturas.

El proceso de producción consiste en descortezar y picar la madera para generar astillas yvirutas para conformar las tres capas del tablero (dos capas externas con virutas finas yuna capa interna con virutas de mayor tamaño). Luego se secan al contacto con gasescalientes en. un tambor rotatorio pasando Jas virutas por la secadora en tres ocasiones.Posteriormente, las virutas secas van a los clasificadores, de tal manera que las virutas máspequeñas se puedan usar para las superficies y las más grandes para el centro de lostableros.

El siguiente: proceso. es adicionar los aglutinantes o adhesivos sintéticos como la urea-formaldehído y melanina urea-formaldehido. Las partículas. cubiertas con aglutinantes sevan organizando una sobre otra para formar. colchones. con un grosor lo mas uniformeposible, luego se prensan con placas metálicas aplicando presión y temperatura durante untiempo determinado.

Posteriormente, se pasa el tablero por unas sierras para darle el formato comercial y se lijahasta llegar al calibre deseado. Luego se aplican los papeles melamínicos impregnados altablero crudo por sus caras externas conformando un “sándwich” y sé pasan por una prensade placas metálicas que aplican presión y temperatura durante un tiempo determinado.

Los productos tienen las siguientes características: - Resistencia a la abrasión 500 ciclos: aproximadamente. Se debe evitar colocarlopróximo a fuentes de calor, como chimeneas no empotradas o calefactoresambientales, o en otros lugares donde la temperatura exceda los 50 C.+. Melaminas con aditivo antibacterial.- Espesor: 15 mm.- Variedad de diseños y texturas.- Resistencia al impacto.- Densidad más estable, hace que tenga propiedades físico-mecánicas homogéneas.- El MDP. (Panel. de Partículas de Densidad Media) es perfecto para aplicación depinturas y adhesivos para procesos de laminación.- El MDP. (Panel de Particulas de Densidad Media) es más resistente al ataque deinsectos que la madera natural. Este tablero de madera se utiliza en la industria de muebles, piezas para-el revestimientode muros y paredes, materia prima para fabricar puertas, moldeo en. el vaciado de obrasciviles y edificaciones, piezas para. embalaje, entre otros usos. aneLRESOLUCIÓN NÚMERO 2024003980600387 de 15 ago. 2024 Hoja No. 4 Continuación del acto administrativo por el cual se expide una resolución de ClasificaciónArancelaria a Petición de Cualquier Interesado De acuerdo con lo anterior, arancelariamente la mercancía corresponde a un tablero departículas de madera con recubrimiento melaminico con un espesor de 15 mm, queconforme con las disposiciones de la Regla General Interpretativa 1, está comprendido enla partida 44.10 de la Nomenclatura del Sistema Armonizado y con fundamento en la ReglaGeneral Interpretativa 6, se clasifica en la subpartida 4410.11.00.00 del Arancel deAduanas.

En mérito de lo anteriormente expuesto, el Jefe (A) de la Coordinación de ClasificaciónArancelaria de la Subdirección Técnica Aduanera, RESUELVE ARTÍCULO PRIMERO. Reconocer personería Jurídica a la señora MELISSA VIZCAINOSOLANA, identificada con cédula de ciudadanía No: 1.020.839.022 y tarjeta profesional394.504, en los términos del poder conferido. ARTÍCULO SEGUNDO. Clasificar la mercancía descrita en la presente resolución en lasubpartida 4410.11.00.00 del Arancel de Aduanas, como un tablero de partículas demadera: en aplicación de las Reglas Generales Interpretativas 1 y 6 del mencionado textoarancelario, contenidas en el Decreto 1881 de 2021 y sus modificaciones. ARTÍCULO TERCERO. Notificar de manera electrónica, el contenido de la presenteResolución a la señora MELISSA VIZCAINO SOLANA identificada con cédula deciudadanía No. 1.020.839.022, en calidad de Apoderada Especial de la sociedadPRIMADERA-S.A.S, con NIT 900.520.112-2,a las direcciones electrónicas informadas enla solicitud: mvizcaino@araujoibarra.com - osalamanca@araujoibarra.com de conformidadcon lo establecido én el artículo 759 del Decreto 1165 de 2019 modificado por el artículo137 del Decreto 360 de 2021 y el artículo 319 de la resolución 046 de 2019 modificado porel artículo 114 de la resolución 039 de 2021.

De no ser posible la notificación en forma electrónica, el presente acto administrativo senotificará por correo a la dirección procesal informada por la usuaria, Calle 98 No. 22 - 64,Oficina 910, Edificio Calle 100, en Bogotá D.C., o de manera subsidiaria mediante aviso enel sitio web de la Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales de conformidad con loestablecido en los artículos 763 y 764 del Decreto 1165 de 2019. ARTÍCULO CUARTO. Informar a la interesada que contra el presente acto administrativoprocede recurso de apelación ante la Subdirección Técnica Aduanera, el cual deberáinterponerse dentro de los diez (10) días siguientes a su notificación, de conformidad conlo establecido en el artículo 305 del Decreto 1165 de 2019 y los artículos 74 y siguientes dela Ley 1437 de 2011. ARTÍCULO QUINTO. Ordenar una vez en firme, la publicación de la presente resoluciónen el Diario Oficial, de conformidad con el artículo 305 del Decreto 1165 de 2019, el artículo319 de la Resolución 046 de 2019, el artículo 65 de la Ley 1437 de 2011 y el Artículo 119de la Ley 489 de 1998. ARTICULO SEXTO. Remitir una vez en firme, copia del presente acto administrativo, pormedio de la Coordinación de Correspondencia y Notificaciones de. la SubdirecciónAdministrativa a la Coordinación de Clasificación Arancelaria de la Subdirección TécnicaAduanera para lo de su competencia y publíquese en la página web de la DIAN.RESOLUCIÓN NÚMERO 2024003980600387 de 15 ago. 2024 Hoja No. 5

Continuación del acto administrativo por el cual se expide una resolución de ClasificaciónArancelaria a Petición de Cualquier Interesado NOTIFÍQUESE, PUBLÍQUESE Y CÚMPLASE » Firmado+ De conformidad con la resolución No. 000019 del 28 de marzo de 2018, esta firma electrónica tiene plena validez yremplaza en todos sus efectos a la firma manuscrita. HECTOR ARTURO GARAY LEALJefe (A) Coordinación de Clasificación ArancelariaSubdirección Técnica Aduanera Proyecto: RAUL VARGASRevisó: CLAUDIA ALEJANDRA JURADO ZAPATA FOR una coLomata MAS HONESTA o de Noticaoionesel € gotá D. Se cortfica que el Acto ministrativo: ins EN Lo publicado7 LeWis ef

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