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DIAN - Resolución 600407 de 28-08-2024

DIAN - Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales

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Detalles

Título
DIAN - Resolución 600407 de 28-08-2024
Autor
DIAN - Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales
Categoría
Infralegal
Área del derecho
Tributario Aduanero y Cambiario
Año
2024

IAN RESOLUCION NUMERO 2024003980600407 (28 ago. 2024) Por la cual se expide una Resolución de Clasificación Arancelariaa Petición de Cualquier Interesado EL JEFE (A) DE LA COORDINACIÓN DE CLASIFICACIÓN ARANCELARIA DE LASUBDIRECCIÓN TÉCNICA ADUANERA En uso de las facultades legales que le confiere el numeral 3.3.1 del artículo 2 de la Resolución070 de 2021 y teniendo en cuenta los siguientes HECHOS Mediante radicado No. 235410000001642 del 21: de mayo de 2024,:el Sr. BREINER MAURICIOGUERRERO PUENTES, identificado con cédula de ciudadanía No. 80.169.984, representante legalde la sociedad AGENCIA DE ADUANAS ROLDÁN S.A.S NIVEL 1, con NIT. 811.001.259-7,mandataria de la sociedad BANCOLOMBIA S.A., con NIT 890.903.938-8, presentó una solicitud deresolución. de clasificación arancelaria a petición de cualquier interesado para la: mercancíadenominada técnica y comercialmente como “LÍNEA PARA FABRICAR. ABONO DE HONGOS” El interesado adjuntó a la solicitud copia de los siguientes documentos: formato SIE SARP en dos(2) páginas, escrito secuencial de proceso en diez (10) páginas, plano en dos (2) páginas, listadode equipos en formato Excel con una (1) hoja, mandate aduanero en diez (10) páginas ycomprobante de pago en una (1) página.

El solicitante pagó: un millón trescientos” dieciocho mil pesos: Mcte ($ 1.318.000,00) - segúntransferencia electrónica número 75533 del 29 de abril de 2024 del Banco de Bogotá.

Mediante Requerimiento de Información Adicional - RIA No. S2024000100165398000326 del 14 dejunio de 2024, este Despacho solicitó al usuario: 1... “Mencionar el tipo de material orgánico con el que está preparado el compostaje a granel.2... Decira qué se refiere que el compostaje se “mezcla” con la semilla de champiñón sobre la bandatransportadora de cabezal (cuáles dispositivos los mezclan).3. Aclarar cuál componente de la unidad hidráulica de prensado propicia la compactación de lamezcla de compostaje y las semillas, ya que, no es claro que la bomba hidráulica (elemento quesuministra potencia) realice dicha función; en caso de que, la compactación se haga utilizandolos cilindros hidráulicos, explicar cómo se consigue darla forma rectangular al producto deseadoy contra.qué elemento físico se aprisiona el material para adquirir dicha forma.4.. Explicar qué: propiedades o. características adquiere el. producto : deseado: y cuál es. sudestinación comercial.5. Esclarecera qué se refiere producir bloques de calidad al ser envueltos con la película plásticaretráctil y por qué se requiere perforarlos bloques luego de envolverlos con plástico.6. Precisar sí la combinación de máquinas descritas en le solicitud se utilizan, exclusivamente,para preparar los bloques del producto deseado o sí, por el contrario, se pueden emplear paramezclar y compactar otro tipo de materiales (cuáles) para diversos usos.rurales o industriales”.RESOLUCIÓN NÚMERO 2024003980600407 de 28 ago. 2024 Hoja No. 2

Continuación del acto administrativo por el cual se expide una resolución de ClasificaciónArancelaria a Petición de Cualquier Interesado . El usuario responde mediante escrito radicado No. E2024000100165398000317 del 09 de julio de2024, con diecisiete (17) páginas, renunciando al término restante para atender el requerimiento enmención. - Por medio del formato de la solicitud se indicó que se notifique al Sr. BREINER MAURICIOGUERRERO PUENTES, a las direcciones electrónicas manifestadas por el “interesadoschaparro@roldanlogistica.com - fsterling@roldanlogistica.com; o por correo en la dirección Cra.100 No. 25B-40, en Bogotá, D.C. . FUNDAMENTOS DE DERECHO Convenio del Sistema Armonizado de Designación y Codificación de Mercancías y su anexo,aprobado por Colombia mediante Ley 646 de 2001. Acuerdo de Cartagena aprobado por Colombia mediante Ley 8° de 1973. Decisión 885 de la Comisión de la.Comunidad Andina, mediante. la cual se aprobó el Texto únicode la Nomenclatura Común de los Países Miembros del Acuerdo de Cartagena. Decreto 1881 de 2021 y sus modificaciones, por el cual se adopta el Arancel de Aduanas y otrasdisposiciones. Para el caso en estudio se consideran las siguientes Reglas, Nota y texto de partida: Regla General Interpretativa 1: “Los títulos de las Secciones, de los Capítulos o de los Subcapitulos solo tienen un valor indicativo,ya que la clasificación está determinada legalmente por los textos de las partidas y de las Notas deSección o de Capítulo y, si no son contrarias a los textos de dichas partidas y Notas, de acuerdocon las Reglas siguientes:” Nota 4 Sección XVI:

Nota 4 Sección XVI: “Cuando una máquina o una combinación de máquinas estén constituidas por elementosindividualizados (incluso separados o unidos entre sí por tuberías, órganos de transmisión, cableseléctricos o de otro modo) para realizar conjuntamente una función netamente definida,comprendida en una de las partidas de los Capítulos 84 u 85, el conjunto se clasifica en la partidacorrespondiente a la función que realice.” Partida 84.36: “Las demás máquinas y aparatos para la agricultura, horticultura, silvicultura, avicultura o apicultura,incluidos los germinadores con dispositivos mecánicos o térmicos incorporados y las incubadoras ycriadoras avícolas.” Regla General Interpretativa 6: “La clasificación de mercancías en las subpartidas de una misma partida está determinadalegalmente por los textos de estas subpartidas y de las Notas de subpartida así como, mutatismutandis, por las Reglas anteriores, bien entendido que solo pueden compararse subpartidas delmismo nivel. A efectos de esta Regla, también se aplican las Notas de Sección y de Capítulo, salvodisposición en contrario.” Decreto 1165 de 2019 del Gobierno Nacional y sus modificaciones - artículos 303 a 307, medianteel cual se dictan las disposiciones relacionadas con las solicitudes de clasificación arancelaria apetición de cualquier interesado.RESOLUCIÓN NÚMERO 2024003980600407 de 28 ago. 2024 Hoja No. 3 Continuación del acto administrativo por el cual se expide una resolución de ClasificaciónArancelaria a Petición de Cualquier Interesado

Resolución 046 de 2019 y sus modificaciones de la Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionalesmediante las cuales se reglamentan las solicitudes de clasificación arancelaria a petición decualquier interesado. CONSIDERACIONES DEL. DESPACHO Según la información suministrada con los radicados Nos. 235410000001642 del 21 de mayo de2024 y E2024000100165398000317 del 09 de julio de 2024, la mercancía objeto de clasificaciónarancelaria, se describe como un conjunto de máquinas que se utilizan para mezclar compostaje(tamo de arroz y estiércol de pollo (pollinaza), yeso agrícola (sulfato de calcio)) a granel con semillasde champiñón y compactario en bloques, mediante el siguiente procedimiento:

1. Dosificación de compostaje: mediante los empujadores de la banda de cadena de la tolvadosificadora, se mueve el compostaje hacia adelante y arriba para que caiga continuamentesobre la banda transportadora del cabezal. A continuación, el distribuidor ' de semilla dechampiñón la distribuye simultáneamente sobre la banda del cabezal junto con el compostajeque pasa por debajo del distribuidor y sobre la banda. Los materiales se transportan a la tolvade mezcla y nivelación del sistema de prensado de bloques.

2. Prensado de bloques: el compostaje mezclado con las semillas en ia tolva de mezcla ynivelación cae de manera constante y lentamente sobre los cangilones de compactación, con laayuda del mezclador y la cadena niveladora. Los cangilones son de forma rectangular y bajanverticalmente pasando por debajo de los cilindros hidráulicos realizando la compactación delcompostaje con semilla para formar el bloque:

3. Empacado de bloques: utilizando la unidad de empuje con cilindros hidráulicos se saca el bloquedel cangilón y se procede a envolverló con pelicula plástica en la unidad hidráulica de de sellado,donde, se envuelve y corta por los extremos y una banda transportadora de cadenas los ingresaal túnel de termoencogido aplicando calor para adherir el plástico al bloque de compostaje consemillas de champiñón. El bloque envuelto en “plástico sale por la banda a la unidad deperforación con sistema neumático dotada de compresor y punzones metálicos de perforaciónpara hacer pequeños huecos en la parte superior del bloque y evitar que la semilla de champiñónmuera por un ambiente ariaeróbico. Los bloques envueltos en película retráctil son de formaparalelepipedo, con medidas de 58 a 60 cm de longitud, 38 a 40 cm de ancho y 18 a 22 cm dealtura, peso entre 22 a 25 kg y densidad de 450 kg/m y se destinan para el cultivado delchampiñón.

Los equipos que realizan el proceso descrito están diseñados, exclusivamente, para mezclar yformar los bloques de compostaje con semillas de champiñón. A continuación, se detallan los equipos de la solicitud:

4. Un (1) sistema de dosificación de compostaje, compuesto por. una (1) tolva dosificadora,dimensiones: 5.200 mm de longitud, 3.250 mm de “ancho, 3.410 mm.de altura, capacidad:dosifica 14.000 kg de compostaje en una hora; una (1) banda transportadora de cabezal condistribuidor de semilla de champiñón, dimensiones: 4.500 mm de longitud, 800 mm de ancho,3.410 mm de altura, potencia total instalada: 11.87 kW; una (1) plataforma de contro! aporticada;un (1) controlador lógico programable (PLC), con procesador CPU “ST40”, transistor de salida,suministro eléctrico de 24 VDC, para controlar toda la línea por medio de “software” deprogramación.

2. Un (1) sistema de prensado de bloques, dimensiones totales del sistema: 8.680 mm de longitud,2.015 mm de ancho, 2.700 mm de altura, dimensiones del bloque: 570 mm de longitud, 400 mmde ancho y altura ajustable entre 180 mm y 250 mm, capacidad: 540 bloques/hora, potenciatotal instalada: 30.50 kW, dimensiones: cilindros hidráulicos prensado: 63 mm, diámetro delRESOLUCIÓN NÚMERO 2024003980600407 de 28 ago. 2024 Hoja No. 4

Continuación del acto administrativo por el cual se expide una resolución de ClasificaciónArancelaria a Petición de Cualquier Interesado cilindro: 35 mm, diámetro del émbolo: 400 mm recorrido, dimensiones cilindro hidráulico empuje:40 mm, diámetro del cilindro: 25 mm, diámetro del émbolo: 700 mm recorrido, potencia bombahidráulica: 11 kW, presión sistema hidráulico: 10 MPa, caudal sistema hidráulico: 59 l/min. Elsistema está conformado por: una (1) tolva de mezcla con cadena niveladora; una (1) unidad detransporte de cangilones horizontal; una (1) unidad de prensado con cilindros hidráulicos; una(1) unidad de empuje de bloques con cilindro hidráulico; una (1) unidad de bombeo.

3. Un (1) sistema de empaque de bloques, dimensiones totales del sistema: 7.000 mm de longitud;1.200 mm de ancho, 2.000 mm de altura, potencia total instalada: 25 kW, temperatura túneltermoencogido: 185°C +/- 2°C, fuerza unidad de perforado: 50 kgf, potencia compresora de aire?3 kW. El sistema se compone de: una (1) unidad de sellado de bloques neumática; un (1) túnelde termoencogido; una (1) banda transportadora de rotación; una (1) unidad de perforado desuperficie neumático; un (1) compresor de aire.

4. Un (1) gabinete eléctrico, potencia total instalada: 42.87 kW, voltaje: 440V y corriente: 74 A,compuesto por: totalizador, protector de fuga y sobrecorriente, interruptor de aire, controladorlógico programable (CLP), unidad de suministro de potencia, protección del motor, relevointermedio, contactor AC, transformador monofásico y servo conductor, Según lo expuesto, los equipos. relacionados en los numerales 1.a 4 corresponden aunacombinación de máquinas que trabajan para mezclar compostaje y semillas de champiñón formadobloques utilizados exclusivamente para el cultivo de champiñones.

Al. respecto, en. la Nomenclatura. del. Sistema Armonizado, elcompostaje . (compost)arancelariamente se considera un abono; por consiguiente, como se realiza la mezcla delcompostaje ya preparado a granel y las semillas de champiñones; entonces, le correspondeclasificarse como un conjunto de máquinas para el mezclado de abono. En conclusión, este Despacho determina que, según la Nota 4 de la Sección XVI y la Regla Generalinterpretativa 1, el conjunto de máquinas está comprendido en la partida 84.36 de la Nomenclaturadel Sistema Armonizado y, en aplicación de la Regla General Interpretativa 6, se clasifica en lasubpartida arancelaria 8436.80.10.00 del Arancel de Aduanas.

Teniendo en cuenta lo establecido en el artículo 5° de la Resolución No. 000063 del 10 de abril del2024, el servicio de clasificación arancelaria para unidad funcional tiene un valor equivalente a unmillón trescientos quince mil doscientos noventa y un pesos moneda legal ($1.315.291), incluidoIVA, De acuerdo con el comprobante de consignación aportado para el trámite, queda un saldo afavor de dos mil setecientos nueve pesos M/CTE ($2.709), del cual podrá solicitar” devoluciónconforme lo señalado en el artículo 10° ibidem. En mérito de lo anteriormente expuesto, el Jefe (A) de la Coordinación de Clasificación Arancelariade la Subdirección Técnica Aduanera, RESUELVE ARTÍCULO PRIMERO. Clasificar la mercaricia descrita en la presente resolución en la subpartida8436.80.10.00 del Arancel de Aduanas, como'un conjunto de máquinas para mezclar y formarbloques de compostaje con semillas de champiñón, para su cultivo, de acuerdo con la Nota 4 de laSección XVI y en aplicación de las Reglas Generales Interpretativas 1 y 6 del mencionado textoarancelario, contenidas en el Decreto 1881 de 2021 y sus modificaciones. ARTÍCULO SEGUNDO. Notificar de manera electrónica, el contenido de la presente Resolución alseñor BREINER MAURICIO GUERRERO PUENTES identificado con cédula de ciudadanía No.80.169.984, en calidad de representante legal de la sociedad AGENCIA DE ADUANAS ROLDÁNSAS NIVEL 7, con NIT 811.001.259-7. a las. direcciones electrónicas informadas en lasolicitud schaparro@roldanlogistica.com - fsterling@roidanlogistica.com de conformidad con loRESOLUCIÓN NÚMERO 2024003980600407 de 28 ago. 2024 Hoja No. 5

Continuación del acto administrativo por el cual se expide una resolución de ClasificaciónArancelaria a Petición de Cualquier Interesado establecido en el artículo 759 del Decreto 1165 de 2019 modificado por el artículo 137 del Decreto360 de 2021 y el artículo 319 de la Resolución 046 de 2019 modificado por el artículo 114 de laResolución 039 de 2021. De no ser posible la notificación en forma electrónica, el presente acto administrativo se notificarápor correo a la dirección procesal informada por el usuario, en la Cra. 100 No. 25B-40 en Bogotá, ode manera subsidiaria mediante aviso en el sitio web de la Dirección de impuestos y AduanasNacionales de conformidad con lo establecido en los artículos 763 y 764 del Decreto 1165 de 2019, ARTÍCULO TERCERO. Informar al interesado que contra el presente acto administrativo procedeel recurso de apelación ante la Subdirección Técnica Aduanera, el cual deberá interponerse dentrode los diez (10) días siguientes a su notificación, de conformidad con lo establecido en el artículo305 del Decreto 1165 de 2019 y los artículos 74 y siguientes de la Ley 1437 de 2011. ARTÍCULO CUARTO. Ordenar una vez en firme, la publicación de la presente resolución en elDiario Oficial, de conformidad con el artículo 305 del Decreto 1165 de 2019, el artículo 319 de laResolución 046 de 2019 modificado por el artículo 114 de la Resolución 039 de 2021, el artículo 65de la Ley 1437 de 2011 y el artículo 119 de la Ley 489 de 1998.

ARTÍCULO QUINTO, Remitir una vez en firme, copia del presente acto administrativo,-por mediode la Coordinación de Correspondencia y Notificaciones de la Subdirección Administrativa a laCoordinación de Clasificación Arancelaria de la Subdirección Técnica Aduanera para lo de sucompetencia y publíquese en la pagina web de la DIAN. NOTIFÍQUESE, PUBLÍQUESE Y CÚMPLASE De conformidad con la resolución No. 000019 dei 28 de marzo de 2018, esta firma. electrónica tiene plena validez yremplaza en todos sus efectos a la firma manuscrita. HECTOR ARTURO GARAY LEALJefe (A) Coordinación de Clasificación ArancelariaSubdirección Técnica Aduanera

Proyecto: RICARDO HERRERA DAZA Pa) ¡AN Coordinaciónde NonfcaciónRevisó: LEONARDO RICO mare "el Central Bogotá0. vi ala Acto hoministrativo fue.Fic.Se certificaqueEN DIALIS /wis feD cL orSilt Paes Ze zy fl

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