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DIAN - Resolución 600437 de 10-09-2024

DIAN - Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales

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Detalles

Título
DIAN - Resolución 600437 de 10-09-2024
Autor
DIAN - Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales
Categoría
Infralegal
Área del derecho
Tributario Aduanero y Cambiario
Año
2024

RESOLUCIÓN NÚMERO 2024003980600437 (10 sep. 2024) Por la cual se expide una Resolución de Clasificación Arancelariaa Petición de Cualquier Interesado EL JEFE (A) DE LA COORDINACIÓN DE CLASIFICACIÓN ARANCELARIA DE LASUBDIRECCIÓN TÉCNICA ADUANERA En uso de las facultades legales que le confiere el numeral 3.3.1 del artículo 2 de laResolución 070 de 2021 y teniendo en cuenta los siguientes HECHOS Mediante radicado No. 235410000001596 de 24 de abril de 2024; ia Sra. SILVIA INES DELSACRADO CORAZON GAVIRIA' GOMEZ, identificada con Cédula de Ciudadanía32.517.705, Representante Legal suplente de la sociedad ATLA'LLTDA S.A.S., con NIT900.220.750-4, presentó una solicitud de resolución de. clasificación arancelaria a peticiónde cualquier interesado para la: mercancía denominada técnicamente como UNIDADFILTRANTE CENTRALIZADA y comercialmente como POLJET F102 SP. La interesada adjuntó a la solicitud los siguientes documentos: comprobante de pago en un(1) folio, instrucción de montaje en tres (3) folios, plano en un (1) folio y catálogo en dos (2)folios.

La solicitante pagó un millón trescientos dieciocho mil pesos m/cte ($ 1.318.000,00) segúnConsignación número 7875081 de 24 de abril de 2024 del Banco de Bogotá. Mediante Requerimiento de Información Adicional - RIA No. S2024000100165398000258del 16 de mayo de 2024, este Despacho solicitó a la usuaria: Explicar de forma secuencialel ciclo de la unidad filtrante, en donde intervenga todas la máquinas, indicar si la mercancíaestá conformada por varios equipos de la misma o diferente clase, anexar en un cuadroExcel el listado de equipos que componen la unidad indicando cantidad, característicastécnicas y función, mencionar cómo se realiza la purificación del aire y la humectación,anexar un diagrama de proceso donde se visualice la interconexión de los equipos,especificar cuál es la información confidencial que se hace referencia al catálogo aportado.La usuaria: tesponde mediante escrito con radicado No. E2024000100165398000326 del15 de julio de 2024, con 6 folios, renunciando al término restante para responder. Por medio del formato de la solicitud se indicó que se notifique a la Sra. SILVIA INES DELSACRADO CORAZON GAVIRIA GOMEZ, a las direcciones electrónicas manifestadas porla interesada oficina@atlaltda.com - contabilidad.atla@atlaltda.com.co;:o por correo en ladirección CR 43 A 15 SUR 15 Ed Xerox Oficina 802, en Medellin - Antioquia.RESOLUCIÓN NÚMERO 2024003980600437 de 10 sep. 2024 Hoja No. 2

Continuación del acto administrativo por el cual se expide una resolución de ClasificaciónArancelaria a Petición de Cualquier Interesado FUNDAMENTOS DE DERECHO Convenio del Sistema Armonizado de Designación y Codificación de Mercancias y suanexo, aprobado por Colombia mediante Ley 646 de 2001. Acuerdo de Cartagena aprobado por Colombia mediante Ley 8? de 1973. Decisión 885 de la Comisión de la Comunidad Andina, mediante la cual se aprobó el Textoúnico de la Nomenclatura Común de los Países Miembros del Acuerdo de Cartagena. Decreto 1881 de 2021 y sus modificaciones, por el cual se adopta el Arancel de Aduanas yotras disposiciones. Para el caso en estudio se consideran las siguientes Reglas, Notas y Textos de Partida Regla General interpretativa 1 “Los títulos de las Secciones, de los Capítulos o de los Subcapitulos solo tienen un valorindicativo, ya que la clasificación está determinada legalmente por los textos de las partidasy de las Notas de Sección o de Capítulo y, si no son contrarias a los textos de dichaspartidas y Notas, de acuerdo con las Reglas siguientes.” Nota 4 de la Sección XVI “Cuando una máquina o una combinación de máquinas estén constituidas por elementosindividualizados (incluso separados o unidos entre si por tuberías, órganos de transmisión,cables eléctricos 'o de otro modo) para realizar conjuntamente una función netamentedefinida, comprendida en una de las partidas de los Capítulos 84 u 85, el conjunto seclasificará en la partida correspondiente a la función que realice.”

Partida 84.21 “Centrifugadoras, incluidas las secadoras centrífugas; aparatos pata filtrar o depurarlíquidos o gases.” Regla General Interpretativa 6 “La clasificación de mercancíasen las subpartidas de una misma partida está determinadalegalmente por los textos de estas subpartidas y de las Notas de subpartida, así como,mutatis mutandis, por las Reglas anteriores, bien entendido que solo pueden compararsesubpartidas del mismo nivel. A efectos de esta Regla, también se aplican las Notas deSección y de Capítulo, salvo disposición en contrario. Decreto 1165 de 2019 del Gobierno Nacional y sus modificaciones - artículos 303 a 307,mediante el cual se dictan las disposiciones relacionadas con las solicitudes de clasificaciónarancelaria a petición de cualquier interesado. Resolución 046 de 2019 y sus modificaciones de la Dirección de Impuestos y AduanasNacionales mediante las cuales se reglamentan las solicitudes de clasificación arancelariaa petición de cualquier interesado.RESOLUCIÓN NÚMERO 2024003980600437 de 10 sep. 2024 Hoja No. 3 Continuación del acto administrativo por el cual se expide una resolución de ClasificaciónArancelaria a Petición de Cualquier Interesado CONSIDERACIONES DEL DESPACHO Según la información suministrada con los radicados No. 235410000001598 de 24 de abrilde 2024 y E2024000100165398000326 del-15 de julio de 2024 la mercancía objeto declasificación arancelaria, se describe como-una combinación de máguinas para ladepuración de gases mediante el siguiente proceso:

La unidad filtrante está diseñada para aspirar las partículas que se desprenden durante elproceso de trituración de la materia prima, que se genera en materiales volátiles; cómovapores de solventes y polvo conductivo. Los tres cuerpos filtrantes operan simultáneamente y están conectados mediante unsistema de tubos integrado que facilita la circulación del aire. Cada cuerpo filtrante estáequipado con mangas de tejido antiestático y recubiertas con-un material especial paracaptar partículas conductivas. Estos cuerpos reciben el aire contaminado, lo filtran y lodevuelven limpio después de pasar por el motor de filtrado. Adicionalmente, los cuerpos filtrantes cuentan con una precámara que ralentiza y decantalas partículas más gruesas. En la parte inferior de los cuerpos filtrantes, se recolecta estaspartículas en contenedores removibles, que se pueden retirar fácilmente para su vaciado ylimpieza.

Los equipos son los siguientes:

1. Tres (3) unidades filtrantes de uso industrial, con un diámetro de 1.400 mm y tuberíasde conexión.2. Una (1) chimenea de salida del aire con motor de 15 Kw.

De acuerdo con lo anterior información, esta Coordinación considera que los aparatos yequipos relacionados en los numerales 1 a 2 corresponden arancelariamente a unacombinación de máquinas y aparatos que trabajan en conjunto para realizar la depuraciónde gases, que de acuerdo con la Nota 4: de la Sección XVI y de.la Regla Generalinterpretativa 1 queda comprendido en la partida 84,21 de la Nomenclatura del SistemaArmonizado; según la Regla General: Interpretativa 6 se. clasifica” en. la: subpartida8421.39.20.00 del Arancel de Aduanas.

Teniendo en cuenta lo establecido en el artículo-5” de la Resolución No. 000063 del 10 deabril del 2024, el servicio de clasificación arancelaria tiene un valor equivalente a UNMILLÓN TRESCIENTOS QUINCE MIL DOSCIENTOS NOVENTA -Y. UN PESOS($1.315.291). De acuerdo con el:comprobante de consignación aportado para el trámitequeda un saldo a favor de DOS MIL SETECIENTOS NUEVE PESOS ($2.709), del cualpodrá solicitar devolución conforme lo señalado en el artículo 10° ibidem. En: mérito de-lo anteriormente. expuesto, el Jefe (A) de la Coordinación de ClasificaciónArancelaria de la Subdirección: Técnica Aduanera,

RESUELVE

ARTÍCULO PRIMERO. Clasificar la mercancía descrita en la presente resolución en lasubpartida 8421.39.20.00 del Arancel de Aduanas, como un conjunto de filtroselectroestáticos de aire, que de acuerdo con la Nota 4 de la Sección XVI, en aplicación deRESOLUCIÓN NÚMERO 2024003980600437 de 10 sep. 2024 Hoja No. 4

Continuación del acto administrativo por el cual se expide una resolución de ClasificaciónArancelaria a Petición de Cualquier Interesado las Reglas Generales 1 y 6 del mencionado texto arancelario, contenidas en el Decreto1881 de 2021 y sus modificaciones. ARTÍCULO SEGUNDO. Notificar de manera electrónica, el contenido de la presenteResolución a la señora SILVIA INES DEL SACRADO CORAZON GAVIRIA. GOMEZidentificada con Cédula de Ciudadanía No. 32.517.705, en calidad de Representante Legalsuplente de la sociedad ATLA LLTDA S.A.S. con NIT 900.220.750-4, a las direccioneselectrónicas informadas en la solicitud oficina@atialtda.com -contabilidad.atla@atlaltda.com.co de conformidad con lo establecido en el artículo 759 delDecreto 1165 de 2019 modificado por el artículo 137 del Decreto 360 de 2021 y el artículo319 de la resolución 046 de 2019 modificado por el artículo 114 de la resolución 039 de2021. De no ser posible la notificación en forma electrónica, el presente acto administrativo senotificará por correo a la dirección procesal informada por el usuario, CR 43 A 15 SUR 15Ed Xerox Oficina 802 en Medellín - Antioquia o de manera subsidiaria mediante aviso en elsitio web de la Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales de conformidad con loestablecido en los artículos 763 y 764 del Decreto 1165 de 2019. ARTÍCULO TERCERO. Informar a la interesada que contra el presente acto administrativoprocede recurso de apelación ante la Subdirección Técnica Aduanera, el cual deberáinterponerse dentro de los diez (10) días siguientes a su notificación, de conformidad conlo establecido en el artículo 305 del Decreto 1165 de 2019 y los artículos 74 y siguientes dela Ley 1437 de 2011. :

ARTICULO CUARTO. Ordenar una vez en firme, la publicación de la presente resoluciónen el Diario Oficial, de conformidad con el artículo 305 del Decreto 1165 de 2019, el artículo319 de la Resolución 046 de 2019, el artículo 65 de la Ley 1437 de 2011 y el Artículo 119de la Ley 489 de 1998. ARTÍCULO QUINTO. Remitir una vez en firme, copia del presente acto administrativo, pormedio de la Coordinación de Correspondencia y Notificaciones de la SubdirecciónAdministrativa a la Coordinación de Clasificación Arancelaria de la Subdirección TécnicaAduanera para lo de su competencia y publíquese en la página web de la DIAN.

NOTIFÍQUESE, PUBLÍQUESE Y CÚMPLASE

Coordinación de NofficacionesFOR UÑA COLOMBIA MÁS HORFETR Muel Central Bogotá D.C.” partiica que al Acto Administrative tue,DARIO 121083 Ais De conformidad con la resolución No. 000019 dei 28 de marzo de 2018, esta firma electrónica tiene plena validez yremplaza en todos sus efectos a la firma manuscrita.

HECTOR ARTURO GARAY LEAL

17RESOLUCIÓN NÚMERO 2024003980600437 de 10 sep. 2024 Hoja No. 5 Continuación del acto administrativo por el cual se expide una resolución de ClasificaciónArancelaria a Petición de Cualquier Interesado Jefe (A) Coordinación de Clasificación ArancelariaSubdirección Técnica Aduanera

Proyecto: ROGER DARIO SUAREZ BOTETRevisó: CLAUDIA ALEJANDRA JURADO ZAPATA

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