DIAN - Resolución 600497 de 10-10-2024
DIAN - Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales
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Detalles
- Título
- DIAN - Resolución 600497 de 10-10-2024
- Autor
- DIAN - Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales
- Categoría
- Infralegal
- Área del derecho
- Tributario Aduanero y Cambiario
- Año
- 2024
RESOLUCIÓN NÚMERO 2024003980600497 |, (10 oct. 2024) | Por la cual se expide una Resolución de Clasificación Arancelaria Ordinaria ' EL JEFE (A) DE LA COORDINACIÓN DE CLASIFICACIÓN ARANCELARIA DE LASUBDIRECCIÓN TÉCNICA ADUANERA En uso de las facultades legales que le confiere el numeral 3.3.1 del artículo 2 de laResolución 070 de 2021 y teniendo en cuenta los siguientes d HECHOS Mediante radicado No. 235410000001702 de 26 dejunio de 2024, la Sra. KAREN JULIANACIRO GUZMAN, identificada con cédula de ctucacarís AO representante legalde la sociedad MASTER CUSTOMS SAS, con NIT mandataria de laSociedad Cl PISCICOLA BOTERO S.A. con NIT presentó una solicitud deresolución de clasificación arancelaria ordinaria para la mercancía denominada' técnicamente “MAQUINA DE VACUNACION Y CLASIFICACION DE PECES” yE comercialmente “MÁQUINA DE VACUNACIÓN PARA PESCADOS”. La interesada adjuntó a la solicitud los siguientes documentos: formato solicitudE clasificación arancelaria en dos (2) folios; catálogo en siete (7) folios; manual del producto: en sesenta y siete (67) folios; ficha técnica en diez (10) folios; lista de empaque en quinceE (15) folios; mandato en un (1) folio y comprobante de pago en un (1) folio.
La solicitante pagó seiscientos cincuenta y ocho mil pesos micte ($ 658.000,00) segúntransferencia número 07481 de 26 de junio de 2024 del Banco de Bogotá. Mediante Requerimiento de Información Adicional - RIA No. $2024000100165398000370del 03 de julio de 2024 este Despacho solicitó a la usuaria: describir con claridad elfuncionamiento de la mercancía a clasificar; indicar capacidad por hora; como se programa y controla el producto; remitir ficha técnica del producto a clasificar en español, en razón aque toda la información remitida (catálogo, ficha técnica y manual) se encuentra en otroidioma; señalar si el producto contiene varios equipos y si estos equipos están ubicados enun solo basamento; anexar plano, diagrama o esquema donde se observe claramente ladisposición de los componentes de la mercancía a clasificar; y señalar si los elementosregistrados en el documento “lista de empaque” corresponden accesorios del producto aclasificar; en caso de no serlo, indicar a que corresponden. La usuaria responde mediante' escrito radicado No. E2024000100165398000408 del 29 de agosto de 2024, con cincuenta(50) folios, renunciando al tiempo restante para responder la solicitud. Revisada de forma integral la información aportada, este Despacho identifica variasmáquinas y elementos, estos productos tienen diferentes funciones y el pago realizadocorresponde a una sola mercancía; por lo tanto, mediante oficio§2024000100165398000561 del 01 de octubre de 2024, se solicitó a la interesada
eeeRESOLUCIÓN NÚMERO 2024003980600497 de 10 oct. 2024 Hoja No. 2 Continuación del acto administrativo por el cual se expide una resolución de Clasificación;Arancelaria Ordinaria seleccionar un solo producto para clasificar la presente solicitud, para lo cual contaba corun término de cinco (5) dias. : : La interesada no da respuesta a la solicitud dentro del término establecido en la norma; poilo tanto, este Despacho procedea realizar el estudio de la mercancía denominada “máquin:;de vacunación de peces (NFT20 S/N 23179-M110)”. ho Por medio del formato de la solicitud se indicó que se notifique a la Sra. KAREN JULIANA!CIRO GUZMAN, a las direcciones electrónicas manifestadas por la interesad::- o por:correo en la dirección FUNDAMENTOS DE DERECHOConvenio del Sistema Armonizado de Designación y Codificación de Mercancias y sti,anexo, aprobado por Colombia mediante Ley 646 de 2001. :{ Acuerdo de Cartagena aprobado por Colombia mediante Ley 8? de 1973. 4 q Decisión 885 de la Comisión de la Comunidad Andina, mediante la cual se aprobó el Texto:único de la Nomenclatura Común de los Países Miembros del Acuerdo de Cartagena. “Decreto 1881 de 2021 y sus modificaciones, por el cual se adopta el Arancel de Aduanas+;otras disposiciones. i
Adicionalmente, para-el caso en estudio se consideran las siguientes las siguientes Regla sty Texto de partida: 0 d Regla General Interpretativa 1 “Los títulos de las Secciones, de los Capítulos o de los Subcapitulos solo tienen un valo:¿indicativo, ya que la clasificación. está determinada legalmente por los textos de las partidas.y de las Notas de Sección o de Capítulo y, si no son contrarias a los textos de dichas:partidas y Notas, de acuerdo con las Reglas siguientes:” Partida 84.36 “Las demás máquinas y aparatos para la agricultura, horticultura, silvicultura, avicultura o.apicultura; incluidos los germinadores con dispositivos mecánicos o térmicos incorporados y las incubadoras y criadoras avícolas.” Regla General Interpretativa 6 “La clasificación de mercancías en las subpartidas de una misma partida está determinada.legalmente por los textos de estas subpartidas y de las Notas de subpartida asi como,:mutatis mutandis, por las Reglas anteriores, bien entendido que solo pueden compararse:subpartidas del mismo nivel. Ayefectos de esta Regla, también se aplican las Notas de:Sección y de Capítulo, salvo disposición en contrario.” 7Decreto 1165 de 2019 del Gobierno Nacional y sus modificacionesartículos 303 a 306°mediante el cual se dictan las disposiciones relacionadas con las solicitudes de clasificación |.arancelaria ordinaria. : - :RESOLUCIÓN NÚMERO 2024003980600497 de 10 oct, 2024 Hoja No. 3 2 Continuación del acto administrativo por el cual se expide una resolución de ClasificaciónArancelaria Ordinaria
Resolución 046 de 2019 y sus modificaciones de la Dirección de Impuestos y AduanasNacionales mediante las cuales se reglamentan las solicitudes de clasificación arancelariaordinaria. CONSIDERACIONES DEL DESPACHO Según la información suministrada con el radicado No. 235410000001702 de 26 de juniode 2024 y E2024000100165398000408 del 29 de agosto de 2024 la mercancía objeto declasificación arancelaria, se describe como una máquina para vacunar peces, concapacidad hasta de 9.000 peces por hora, mediante el siguiente proceso: El operador de la máquina entrega manualmente el pescado sedado a la mesa de: vacunación, luego los peces son puestos en la bandeja de alimentación de forma manualen una posición determinada y correcta para tomar fotografías de cada uno de ellos, luegose mide su tamaño exacto de 100 mm a 250 mm de longitud y posteriormente el pez esvacunado con una única inyección intraperitoneal, para después ser clasificado en trescategorías de acuerdo con su tamaño. La máquina administra una única inyección intraperitoneal por pez, el lugar de inyección yla profundidad se ajustan automáticamente según el tamaño de cada pez. El producto tiene 2.360 mm de longitud, 1.272 mm de ancho, 1.860 mm de alto y 350 kg depeso; y es operado mediante controlador lógico programable (PLC), controla las funciones"necesarias para la correcta vacunación y clasificación de los peces. En virtud de lo señalado, arancelariamente el equipo corresponde una máquina paravacunar peces, de conformidad con lo dispuesto en la Regla General Interpretativa 1 seencuentra comprendida en la partida arancelaria 84.36 de la Nomenclatura del SistemaArmonizado y en aplicación de la Regla General Interpretativa 6 se clasifica en la subpartidaarancelaria 8436.80.90.00 del Arancel del Aduanas.
Teniendo en cuenta lo establecido en el artículo 5° de la Resolución No. 000063 del 10 deabril del 2024, el servicio de clasificación arancelaria tiene un valor equivalente aSEISCIENTOS CINCUENTA Y SIETE MIL SEISCIENTOS CUARENTA Y CINCO PESOS($ 657.645), incluido el IVA. De acuerdo con el comprobante de pago aportado para eltrámite, queda un saldo a favor de TRESCIENTOS CINCUENTA Y CINCO PESOS ($355),del cual podrá solicitar devolución conforme lo señalado en el artículo 10° ibidem. En mérito de lo anteriormente expuesto, el Jefe (A) de la Coordinación de Clasificación: Arancelaria de la Subdirección Técnica Aduanera, RESUELVE ARTÍCULO PRIMERO. Clasificar la mercancía descrita en la presente resolución en lasubpartida 8436.80.90.00 del Arancel de Aduanas, como una máquina para vacunar peces,de acuerdo. con. las Reglas Generales Interpretativas 1 y 6 del mencionado texto arancelario, contenidas en el Decreto 1881 de 2021 y sus modificaciones. ARTÍCULO SEGUNDO. Notificar de manera electrónica, el contenido de la presenteResolución a.la señora KAREN JULIANA CIRO GUZMAN identificada con cédula deciudadanía No. , en calidad de Representante Legal de la sociedad MASTERCUSTOMS SAS con NIT a las direcciones electrónicas informadas en lasolicitud SDRESOLUCIÓN NÚMERO 2024003980600497 de 10 oct. 2024 Hoja No. 4
Continuación del acto administrativo por el cual se expide una resolución de ClasificaciónArancelaria Ordinaria de conformidad con lo establecido en el artículo 759 del Decreto 1165 de 2019 modificadipor el artículo 137 del Decreto 360 de 2021 y el artículo 319 de la resolución 046 de 201%modificado por el artículo 114 de la resolución 039 de 2021. , De no ser posible la notificación en forma electrónica, el presente acto administrativo se:notificará.por correo a la dirección procesal informada por el usuario, CR 82 25 G 84 ELTORRE VIVA OF 403 en Bogotá, D.C. o de manera subsidiaria mediante aviso en el siti ]web de la Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales de conformidad con lo establecidi::en los artículos 763 y 764 del Decreto 1165 de 2019. : ARTICULO TERCERO. Informar a la interesada que contra el presente acto administrativeprocede recurso de apelación ante la Subdirección Técnica Aduanera, el cual deberá ;interponerse dentro de los diez (10) días siguientes a su notificación, de conformidad cor: :lo establecido en el artículo 305 del Decreto 1165 de 2019 y los artículos 74 y siguientes dela Ley 1437 de 2011. ARTÍCULO CUARTO. Ordenar una vez en firme, la publicación de la presente resolucior::en el Diario Oficial, de conformidad con el artículo 319 de la Resolución 046 de 2019,modificado por el articulo 114 de la Resolución 039 de 2021 el artículo 65 de la Ley 143°de 2011 y el Artículo 119 de la Ley 489 de 1998. :
ARTÍCULO QUINTO. Remitir una vez en firme, copia del presente acto administrativo, po: medio de la Coordinación de. Correspondencia y Notificaciones de la Subdirecciór. 'Administrativa a la Coordinación de Clasificación Arancelaria de la Subdirección Técnicé'Aduanera para lo de su competencia y publíquese en la página web de la DIAN. : NOTIFIQUESE, PUBLIQUESE Y CUMPLASE De conformidad con la resolucién No. 000019 del 28 de marzo de 2018, esta firma electronica tiene plena validez S,remplaza en todos sus efectos a la firma manuscrita, HECTOR ARTURO GARAY LEALJefe (A) Coordinación de Clasificación ArancelariaSubdirección Técnica Aduanera E) LAX NP Coersinación de Notificaciones :Fear UNA COLOMBIA MAS HONESTA Nivel Central Bogotá DC ZO NOY 2024Beerspenes.que el Acto Administrativo fue publicadoAMS E peón eluz