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DIAN - Resolución 600519 de 18-10-2024

DIAN - Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales

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Detalles

Título
DIAN - Resolución 600519 de 18-10-2024
Autor
DIAN - Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales
Categoría
Infralegal
Área del derecho
Tributario Aduanero y Cambiario
Año
2024

a RESOLUCION NUMERO 2024003980600519 (18 oct. 2024) Por la cual se expide una Resolución de Clasificación Ordinaria EL JEFE (A) DE LA COORDINACIÓN DE CLASIFICACIÓN ARANCELARIA DE LASUBDIRECCIÓN TÉCNICA ADUANERA . En uso de las facultades legales que le confiere el numeral 3.3.1 del artículo 2 de laResolución 070 de 2021 y teniendo en cuenta los siguientes HECHOS Mediante radicado No. 235410000001739 de 18 de julio de 2024, el Sr. EDGAR ENRIQUEJIMENEZ DELGADO, identificado con cédula de ciudadanía agente deaduanas de la sociedad AGENCIA DE ADUANAS GAMA S.A.S. NIVEL 1, con NITmandatario de la Sociedad BANCOLOMBIA S.A. con NITpresentó una solicitud de resolución de clasificación arancelaria ordinaria para la mercancíadenominada técnica y comercialmente como “TALLA DIGITAL DE LENTES OFTALMICOS” El interesado adjuntó a la solicitud los siguientes documentos: formato de solicituddiligenciado en la plataforma SARP en dos (2) folios, mandato en catorce (14) folios,comprobante de pago en un (1) folio, ficha técnica en cinco (5) folios, “formato manualFT_OA_2354” en tres (3) folios, plano en un (1) folio y listado de componentes en un (1)folio.

El solicitante pagó un millón trescientos quince mil quinientos noventa y dos pesos m/cte.($ 1.315.592,00) según Transferencia número 17072024 de 17 de julio de 2024 del BancoItaú al Banco de Bogotá. Mediante Requerimiento de Información Adicional - RIA No.S2024000100165398000422del 30 dejulio de 2024 este Despacho solicitó al usuario: informar el proceso llevado a cabopor la mercancía, de forma secuencial y concisa; aclarar si las máquinas “PULIDORATORO FLEX # 1, 2 y 3” son el mismo producto y a qué se refiere el término “CNC”; indicarlas características técnicas del “TANQUE METALICO GENERADOR ORBIT 2E” e indicarla capacidad instalada de la mercancía, si el proceso es manual o automatizado y si tiene'un sistema de control, y cómo funciona el mismo. El usuario responde mediante escritoradicado No. E2024000100165398000415 del 04 de septiembre de 2024, con tres (3) folios,renunciando a términos restantes para dar respuesta. Por medio del formato de la solicitud se indicó que se notifique a Sr. GABRIEL IGNACIOGALVIS FRANCO, a las direcciones_electrónicas manifestadas por el interesado,o por correo en la7 923RESOLUCIÓN NÚMERO 2024003980600519 de 18 oct. 2024 Hoja No. 2 Continuación del acto administrativo por el cual se expide una resolución de ClasificaciónArancelaria Ordinaria

FUNDAMENTOS DE DERECHO Convenio del Sistema Armonizado de Designación y Codificación de Mercancías y suanexo, aprobado por Colombia mediante Ley 646 de 2001. Acuerdo de Cartagena aprobado por Colombia mediante Ley 8? de 1973. Decisión 885 de la Comisión de la Comunidad Andina, mediante la cual se aprobó el Texteúnico de la Nomenclatura Común de los Países Miembros del Acuerdo de Cartagena. Decreto 1881 de 2021 y sus modificaciones, por el cual se adopta el Arancel de Aduanas yotras disposiciones. : Para el caso en estudio se consideran las siguientes Regla General Interpretativa 1: “Los títulos de las Secciones, de los Capítulos o de los Subcapítulos solo tienen un valosindicativo, ya que la clasificación está determinada legalmente por los textos de las partidasy de las Notas de Sección o de Capítulo y, si no son contrarias a los textos de dichaspartidas y Notas, de acuerdo con las Reglas siguientes.” : Partida 84.65: “Máquinas herramienta (incluidas las de clavar, grapar, encolar o ensamblar de otro modo)para trabajar madera, corcho, hueso, caucho endurecido, plástico rígido o materias durassimilares.” Nota 4 Sección XVI: “Cuando una máquina o una combinación de máquinas estén constituidas por elementosindividualizados (incluso separados o unidos entre sí por tuberías, órganos de transmisión,cables eléctricos o de otro modo) para realizar conjuntamente una función netamentedefinida, comprendida en una de las partidas de los Capítulos 84 u 85, el conjunto seclasifica en la partida correspondiente a la función que realice.”

Regla General Interpretativa 6: “La clasificación de mercancías en las subpartidas de una misma partida está determinada'legalmente por los textos de estas subpartidas y de las Notas de subpartida así como}:mutatis mutandis, por las Reglas anteriores, bien entendido que solo pueden compararse:subpartidas del mismo nivel. A efectos de esta Regla, también se aplican las Notas de:Sección y de Capítulo, salvo disposición en contrario.” : Decreto 1165 de 2019 del Gobierno Nacional y sus modificaciones - artículos 302 a 307,:mediante el cual se dictan las disposiciones relacionadas con las solicitudes de clasificaciónarancelaria ordinarias. Resolución 046 de 2019 y sus modificaciones de la Dirección de Impuestos y AduanasNacionales mediante las cuales se reglamentan las solicitudes de clasificación arancelaria.ordinarias. :RESOLUCIÓN NÚMERO 2024003980600519 de 18 oct. 2024 Hoja No. 3 Continuación del acto administrativo por el cual se expide una resolución de ClasificaciónArancelaria Ordinaria CONSIDERACIONES DEL DESPACHO | Según la información suministrada con el radicado No. 235410000001739 de 18 de julio de2024, y E2024000100165398000415 del 04 de septiembre de 2024 la mercancía objeto declasificación arancelaria, se describe como un conjunto de máquinas para el pulido de. lentes, mediante el siguiente proceso:

El proceso inicia con la adherencia de la materia prima, que pueden ser bases depolicarbonato o plástico, a una chapa de aluminio en la bloqueadora. Las bases tienen undiámetro de aproximadamente 75 mm y espesor de 11 mm y son adheridas a la chapa dealuminio por medio de una sustancia metálica denominada “alloy”. El “alloy” es derretido enel tanque generador de la máquina a 55°C y posteriormente refrigerado por la primeraunidad de enfriado, luego se procede a realizar el maquinado de los lentes en el generadory su corte es enfriado con agua contenida en el tanque generador y refrigerada con lasegunda unidad de enfriado. Finalmente, los lentes maquinados son pulidos posteriormenteen alguna de las pulidoras. El proceso de brillo es más lento que el proceso de maquinado,por esa razón se dispone de 3 pulidoras para cubrir la capacidad de corte del generador. La bloqueadora y las pulidoras cuentan con CNC (por sus siglas control numérico porcomputadora), el cual permite controlar en todo momento la posición de un elemento físico.La capacidad de procesamiento del sistema es de hasta 75 lentes por hora y el proceso esllevado a cabo de manera semi automática, pues se requiere la participación de operariospara la activación de las máquinas y la movilización de la materia prima dentro del proceso.

El proceso es llevado a cabo por los siguientes equipos:

1. Una (1) bloqueadora "pra". Dimensiones: 695 x 1344 x 1843 mm / 27 x 53 x 73pulgadas. Función: Bloqueadora de alloy controlada por “CNC” que permite realizarbloqueo de lentes prismáticos.2. Un (1) generador "orbit 2E". Dimensiones: 1.270 x 1.501 x 1.832 mm / 50 x 60 x 72pulgadas. Función: Generador de lentes en todos los formatos, incluyendosuperficies talla digital.3. Tres (3) pulidoras "toro flex". Dimensiones: 695 x 1344 x 1843 mm / 27 x 53 x 73pulgadas. Función: Sistema manual de pulido, procesa dos lentes y tiene control depulido “CNC”.4. Una (1) unidad de enfriado "chiller 02-060-780". Dimensiones: 953 x 750 x 450 mm.Función: Unidad de enfriado, encargada de mantener temperatura de trabajoconstante.5. Una (1) unidad de enfriado “chiller 02-059-097". Dimensiones: 835 x 465 x 505 mm.Funcién: Unidad de enfriado, encargada de mantener temperatura de trabajoconstante.6. Un (1) tanque metálico generador “orbit 2E". Dimensiones: 1206 x 878 x 520 mm.

Según lo expuesto, la mercancía descrita en los numerales 1 a 6 consiste en unacombinación de máquinas y aparatos de control numérico que funcionan conjuntamentepara pulir lentes, conforme con las disposiciones de la Nota 4 de la Sección VI y en virtudde la Regla General interpretativa 1 está comprendida en la partida 84.65 de laNomenclatura del Sistema Armonizado y en aplicación de la Regla General Interpretativa6, se clasifica en la subpartida 8465.93.10.00 del Arancel de Aduanas.

124RESOLUCIÓN NÚMERO 2024003980600519 de 18 oct. 2024 Hoja No. 4 Continuación del acto administrativo por el cual se expide una resolución de Clasificación,Arancelaria Ordinaria Teniendo en cuenta lo establecido en el artículo 5° de la Resolución No. 000063 del 10 deabril del 2024, el servicio de clasificación arancelaria, tiene un valor equivalente a UNMILLÓN TRESCIENTOS QUINCE MIL DOSCIENTOS NOVENTA Y UN PESOS M/CTE.($1.315.291), incluido IVA. De acuerdo con el comprobante de consignación aportado pare,el trámite queda un saldo a favor de TRESCIENTOS UN PESO M/CTE ($301), del cua:podrá solicitar devolución conforme lo señalado en el artículo 10° ibidem. : En mérito de lo anteriormente expuesto, el Jefe (A) de la Coordinación de Clasificación:Arancelaria de la Subdirección Técnica Aduanera, RESUELVE ARTÍCULO PRIMERO. Clasificar la mercancia descrita en la presente resolución en la,subpartida 8465.93.10.00 del Arancel de Aduanas, como máquinas de control numériccpara pulir lentes, en aplicación de la Nota 4 de la Sección XVI y las Reglas GeneralesInterpretativas 1 y 6 del mencionado texto arancelario, contenidas en el Decreto 1881 de.2021 y sus modificaciones.

ARTÍCULO SEGUNDO. Notificar de manera electrónica, el contenido de la presenteResolución al señor GABRIEL IGNACIO GALVIS FRANCO identificado con cédula deciudadanía No. (BY) en calidad de Representante Legal de la sociedad AGENCIADE ADUANAS GAMA S.A.S. NIVEL 1 con NIT a la direcciones;electrónicas informadas en la solicitudde conformidad con lo establecido en el artículo 759 deDecreto 1165 de 2019 modificado por el artículo 137 del Decreto 360 de 2021 y el articulc319 de la resolución 046 de 2019 modificado por el artículo 114 de la resolución 039 de2021. De no ser posible la notificación en forma electrónica, el presente acto administrativo senotificará por correo a la dirección procesal informada por el usuario,o de manera subsidiaria mediante aviso en el sitio wet:de la Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales de conformidad con lo establecido er:los artículos 763 y 764 del Decreto 1165 de 2019. ARTÍCULO TERCERO. Informar al interesado que contra el presente acto administrativaprocede recurso de apelación ante la Subdirección Técnica Aduanera, el cual deberéinterponerse dentro de los diez (10) días siguientes a su notificación, de conformidad cor:lo establecido en el artículo 305 del Decreto 1165 de 2019 y los artículos 74 y siguientes dela Ley 1437 de 2011. ARTÍCULO CUARTO. Ordenar una vez en firme, la publicación de la presente resoluciónen el Diario Oficial, de conformidad con el artículo 319 de la Resolución 046 de 2019;modificado por el artículo 114 de la Resolución 039 de 2021 el artículo 65 de la Ley 1437de 2011 y el artículo 119 de la Ley 489 de 1998.RESOLUCIÓN NÚMERO 2024003980600519 de 18 oct. 2024 Hoja No. 5

Continuación del acto administrativo por el cual se expide una resolución de ClasificaciónArancelaria Ordinaria ARTÍCULO QUINTO. Remitir una vez en firme, copia del presente acto administrativo, pormedio de la Coordinación de Correspondencia y Notificaciones de la SubdirecciónAdministrativa a la Coordinación de Clasificación Arancelaria de la Subdirección Técnica” Aduanera para lo de su competencia y publíquese en la página web de la DIAN. NOTIFÍQUESE, PUBLÍQUESE Y CÚMPLASE De conformidad con la resolución No. 000019 del 28 de marzo de 2018, esta firma electrónica tiene plena validez yremplaza en todos sus efectos a la firma manuscrita. HECTOR ARTURO GARAY LEALJefe (A) Coordinación de Clasificación ArancelariaSubdirección Técnica Aduanera : Proyecto: RIVEROS RIVEROS DANIEL MAURICIORevisó: CLAUDIA ALEJANDRA JURADO ZAPATA ¿DIVANÍ coorainación de Notificaciones -POR UNA COLOMBIAMÁS HONFRTA, Nivel Central Bogotá D.C. $ 28 NOV 202%Se cerífica que el Acto administrativo fue. EN y ¿Alia OF e ALLEÉDICIO 4,Zz. Z NEY Pry. cionanoy/o Cogrtt / ; ys

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