DIAN - Resolución 600588 de 15-11-2024
DIAN - Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales
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Detalles
- Título
- DIAN - Resolución 600588 de 15-11-2024
- Autor
- DIAN - Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales
- Categoría
- Infralegal
- Área del derecho
- Tributario Aduanero y Cambiario
- Año
- 2024
RESOLUCIÓN NÚMERO 2024003980600588 (15 nov. 2024) Por la cual se expide una Resolución de Clasificación Arancelaria_a Petición de Cualquier Interesado EL JEFE (A) DE LA COORDINACIÓN DE CLASIFICACIÓN ARANCELARIA DE LASUBDIRECCIÓN TÉCNICA ADUANERA En uso de las facultades legales que le confiere el numeral 3.3.1 del artículo 2 de la«Resolución 070 de 2021 y teniendo en cuenta los siguientes
HECHOSMediante radicado No. 235410000001619 de 08 de mayo de 2024, el Sr. BREINERMAURICIO GUERRERO PUENTES, identificado con cédula de ciudadanía BD, dela sociedad AGENCIA DE ADUANAS ROLDAN S.A.S NIVEL 1, con NIT a>mandatario de la Sociedad CANPACK COLOMBIA S.A.S con NIT presentóuna solicitud de resolución de clasificación arancelaria a petición de cualquier interesadopara la mercancía denominada técnicamente “ACC2” y comercialmente “DECAPANTEÁCIDO PARA LAVADO DE LATAS DE ALUMINIO”.El interesado adjuntó a la solicitud los siguientes documentos: formato solicitud clasificaciónarancelaria en dos (2) folios; fichas técnicas en trece (13) folios; mandato en ocho (8) foliosy comprobante de pago en un (1) folio.El solicitante pagó seiscientos cincuenta y nueve mil pesos mí/cte ($ 659.000,00) segúnTransferencia número 75660 de 07 de mayo de 2024 del Banco de Occidente al Banco deBogotá.Mediante Requerimiento de Información Adicional-RIA S20240001 00165398000283 del 24de mayo de 2024, este Despacho solicitó al usuario: confirmar la composición del productoal 100 % especificando el porcentaje exacto de cada componente; señalar si el producto seutiliza directamente como se presenta, indicando si la mercancía por sí sola cumple lafunción de decapar el aluminio; si el producto para cumplir su función requiere ser mezcladocon otros productos para su uso, indicar que hace cada componente y los porcentajes (%)que hacen parte de la formulación final;
especificar cómo se usa el producto en el aluminio;indicar si el producto está diseñado especificamente para el decapado de aluminio, y si sepuede utilizar en otros metales o superficies; señalar si el producto contiene ingredientesácidos que ayudan con el decapado; y remitir imágenes a color del producto que permitanvisualizarlo, así mismo de su presentación comercial, indicando su contenido (embalaje,cantidad, etc.) y de sus etiquetas. Con solicitud realizada en el sistema el 04 de julio de2024, el interesado solicitó prórroga para dar respuesta, la cual fue autorizada con oficioNo. $2024000100165398000372 del 05 de julio de 2024.RESOLUCIÓN NÚMERO 2024003980600588 de 15 nov. 2024 Hoja No. 2
Continuación del acto administrativo por el cual se expide una resolución de Clasificación:Arancelaria a Petición de Cualquier Interesado Mediante oficio No. 100165398-1563 del 10 de septiembre de 2024, se remite recordatorio.del término para dar respuesta al RIA No. S2024000100165398000283 del 24 de mayo de:2024. El usuario responde mediante radicado No. E2024000100165398000434 del 10 deseptiembre de 2024, con dieciocho (18) folios, renunciando al tiempo restante pararesponder la solicitud.Por medio del formato de la solicitud se indicó que se notifique al Sr BREINER MAURICIOGUERRERO PUENTES, a las: direcciones electrónicas manifestadas por el interesadc> o por correo en ládirección ] o
FUNDAMENTOS DE DERECHOConvenio del Sistema Armonizado de Designación y Codificación de Mercancías y stianexo, aprobado por Colombia mediante Ley 646 de 2001.Acuerdo de Cartagena aprobado por Colombia mediante Ley 8? de 1973.Decisión 885 de la Comisión de la Comunidad Andina, mediante la cual se aprobó el Texte:unico de la Nomenclatura Comun de los Paises Miembros del Acuerdo de Cartagena.Decreto 1881 de 2021 y sus modificaciones, por el cual se adopta el Arancel de Aduanas Yotras disposiciones. :Adicionalmente, para el caso en estudio se consideran las siguientes las siguientes Reglas;Nota y Texto de partida: : 3Regla General Interpretativa 1 : 7 :“Los títulos de las Secciones, de los Capítulos o de los Subcapítulos solo tienen un valo;indicativo, ya que la clasificación está determinada legalmente por los textos de las partidasy de las Notas de Sección o de Capítulo y, si no son contrarias a los textos de dichas;partidas y Notas, de acuerdo con las Reglas siguientes.” $Partida 28.11“Los demás ácidos inorganicos. y los demas compuestos oxigenados inorganicos de los:elementos no metalicos.”Nota 1 b) del Capitulo 28 ]“1, Salvo disposición en contrano, las partidas de este Capitulo comprenden solamente: E(...)__b) las disoluciones acuosas de los productos del apartado a) anterior;”Regla General Interpretativa 6“La clasificación de mercancías en las subpartidas de una misma partida está determinadalegalmente por los textos de estas subpartidas y de las Notas de subpartida así como;RESOLUCIÓN NÚMERO 2024003980600588 de 15 nov. 2024 Hoja No. 3
Continuación del acto administrativo por el cual se expide una resolución de ClasificaciónArancelaria a Petición de Cualquier Interesado mutatis mutandis, por las Reglas anteriores, bien entendido que solo pueden compararsesubpartidas del mismo nivel. A efectos de esta Regla, también se aplican las Notas deSección y de Capítulo, salvo disposición en contrario.”Decreto 1165 de 2019 del Gobierno Nacional y sus modificaciones - artículos 303 a 306,- mediante el cual se dictan las disposiciones relacionadas con las solicitudes de clasificaciónarancelaria a petición de cualquier interesado.: Resolución 046 de 2019 y sus modificaciones de la Dirección de Impuestos y Aduanas: Nacionales mediante las cuales se reglamentan las solicitudes de clasificación arancelariaa petición de cualquier interesado.
CONSIDERACIONES DEL DESPACHO.. Según la información suministrada con el radicado No. 235410000001619 de 08 de mayode 2024 y E2024000100165398000434 del 10 de septiembre de 2024 la mercancía objetode clasificación arancelaria, se describe como una preparación líquida de color rojo claro,obtenida por mezcla. l+ El producto se utiliza en el lavado de latas de aluminio; está compuesto por agua (entre 75% - 90 %) y acido fluorhídrico en solución entre (10 % - 25 %); tiene un peso específico @20 °C de 1,06 y un pH @ 4 % en agua de 2,8.Se destina a la industria manufacturera para aplicar por pulverización en el proceso de pre-tratamiento de latas de aluminio para contener bebidas de consumo humano.El producto elimina finos de aluminio de la superficie generados en proceso previo(Bodymakers), mejora la calidad de las latas proporcionando mayor brillo y se usa enconjunto con CLENE 101 en la etapa de lavado químico para lograr un resultado de limpiezasuperior de las latas. Se presenta en un contenedor IBC de 1.000 Kg.De acuerdo con el análisis de la información suministrada, esta Coordinación encuentra: que arancelariamente la mercancía consiste en un ácido fluorhídrico en solución acuosa;que de conformidad con las disposiciones de la Nota 1 b) del Capítulo 28, y en aplicaciónde la Regla General Interpretativa 1 está comprendida en la partida 28.11 de laNomenclatura del Sistema Armonizado y de conformidad con la Regla GeneralInterpretativa 6 se clasifica en la
subpartida 2811.11.00.00 del Arancel de Aduanas.“ Teniendo en cuenta lo establecido en el artículo 5° de la Resolución No. 000063 del 10 deabril del 2024, el servicio de clasificación arancelaria tiene un valor equivalente aSEISCIENTOS CINCUENTA Y SIETE MIL SEISCIENTOS CUARENTA Y CINCO PESOS :- -($657.645) incluido el IVA. De acuerdo con los comprobantes de consignación aportados" para el trámite queda un saldo a favor de MIL TRESCIENTOS CINCUENTA Y CINCOPESOS ($1.355), del cual podrá solicitar devolución conforme lo señalado en el artículo 10°ibidem.En mérito de lo anteriormente expuesto, el Jefe (A) de la.Coordinacion de ClasificaciónArancelaria de la Subdirección Técnica Aduanera, UN
RESUELVE4} pon una coud RESOLUCION NUMERO 2024003980600588 de 15 nov. 2024 Hoja No. 4 Continuación del acto administrativo por el cual se expide una resolución de Clasifiicación',Arancelaria a Petición de Cualquier Interesado
ARTÍCULO PRIMERO. Clasificar la mercancía descrita en la presente resolución en le.subpartida 2811.11.00.00 del Arancel de Aduanas, como un ácido fluorhidrico en soluciónacuosa, en aplicación de la Nota 1 b) del Capítulo 28 y de las Reglas Generales: -Interpretativas 1 y 6 del mencionado texto arancelario, contenidas en el Decreto. 1881 de2021 y sus modificaciones. ..ARTÍCULO SEGUNDO. Notificar de manera electrónica, el contenido de la presente:Resolución al señor BREINER MAURICIO GUERRERO PUENTES identificado con cédul:: :de ciudadanía No.) en calidad de Representante Legal de la sociedad AGENCGI£::DE ADUANAS ROLDAN S.A.S NIVEL 1 con NIT las direcciones::electrónicas informadas en la solicitud ;de conformidad con lo establecido en el artículo 759 de..Decreto 1165 de 2019 modificado por el artículo 137 del Decreto 360 de 2021 y el artícule -319 de la resolución 046 de 2019 modificado por el artículo 114 de la resolución 039 di -2021. oDe no ser posible la notificación en forma electrónica, el presente acto administrativo s«notificará por correo a la dirección procesal informada por el usuario,de manera subsidiaria mediante aviso en el sitio web de la Dirección de:Impuestos y Aduanas Nacionales de conformidad con lo establecido en los artículos 763 y.764 del Decreto 1165 de 2019.ARTÍCULO TERCERO. Informar al interesado que contra el presente acto administrativeprocede recurso de apelación ante la Subdirección Técnica Aduanera,
el cual deber:.interponerse dentro de los diez (10) días siguientes a su notificación, de conformidad cor:lo establecido en el artículo 305 del Decreto 1165 de 2019 y los artículos 74 y siguientes de: .la Ley 1437 de 2011.ARTÍCULO CUARTO. Ordenar una vez en firme, la publicación de la presente resoluciór:'en el Diario Oficial, de conformidad con el artículo 305 del Decreto 1165 de 2019, el articul.319 de la Resolución 046 de 2019, el artículo 65 de la Ley 1437 de 2011 y el Artículo 11%de la Ley 489 de 1998. ‘ARTICULO QUINTO. Remitir una vez en fi rme, copia del presente acto administrativo, po:medio de la Coordinación de Correspondencia y Notificaciones de la Subdirección.Administrativa a la Coordinación de Clasificación Arancelaria de la Subdirección Técnic:.Aduanera para lo de su competencia y publíquese en la página web de la DIAN.
NOTIFÍQUESE, PUBLÍQUESE Y CÚMPLASE
Coordinación de Notificacione: MBIA MAS HONESTA Nivel Central Bogota D.C 40 DIC 202% ftaea
De conformidad con la resolución No. 000019 del 28 de marzo de 2018, esta firma electrónica tiene plena validez yremplaza en todos sus efectos a la firma manuscrita.RESOLUCIÓN NÚMERO 2024003980600588 de 15 nov. 2024 Hoja No. 5 Continuación del acto administrativo por el cual se expide una resolución de ClasificaciónArancelaria a Petición de Cualquier Interesado HECTOR ARTURO GARAY LEALJefe (A) Coordinación de Clasificación ArancelariaSubdirección Técnica Aduanera