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DIAN - Resolución 600604 de 26-11-2024

DIAN - Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales

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Detalles

Título
DIAN - Resolución 600604 de 26-11-2024
Autor
DIAN - Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales
Categoría
Infralegal
Área del derecho
Tributario Aduanero y Cambiario
Año
2024

RESOLUCIÓN NÚMERO 2024003980600604 (26 nov. 2024) Por la cual se expide una Resolución de Clasificación ArancelariaOrdinaria EL (LA) JEFE (A) DE LA COORDINACIÓN DE CLASIFICACIÓN ARANCELARIA DELA SUBDIRECCIÓN TÉCNICA ADUANERA En uso de las facultades legales que le confiere el numeral 3.3.1 del artículo 2 de laResolución 070 de 2021 y teniendo en cuenta los siguientes HECHOSMediante radicado No. 235410000001978 de 07 de noviembre de 2024, el Sr. JUANCARLOS FORERO JOJOA, identificado con Cédula de Ciudadanía QD de lasociedad AGENCIA DE ADUANAS INTERLOGISTICA S.A. NIVEL 1, con NI GUIA6 mandatario de la Sociedad DISTRIBUIDORA COLOMBIA G.C. S.A.S con NITGO. presentó una solicitud de resolución de clasificación arancelaria ordinariapara la mercancía denominada técnica y comercialmente como “CONGELADORHORIZONTAL”El interesado adjuntó a la solicitud los siguientes documentos: mandato aduanero en diez(10) folios, comprobante de pago en un (1) folio, formato de descripción del producto en dos- (2) folios, ficha técnica en un (1) folio, y catalogo en un (1) folio.El solicitante pagó seiscientos cincuenta y ocho mil novecientos diez pesos micte($ 658.910,00) según Transferencia número 1 de 24 de octubre de 2024 del Banco AV Villas" al Banco de Bogota.Por medio del formato de la solicitud se indicó que se notifique al Sr. JUAN CARLOSFORERO JOJOA, a la dirección electrónica manifestada por el interesado D.C.

D.C. FUNDAMENTOS DE DERECHOConvenio del Sistema Armonizado de Designación y Codificación de Mercancías y suanexo, aprobado por Colombia mediante Ley 646 de 2001.Acuerdo de Cartagena aprobado por Colombia mediante Ley 8? de 1973.Decisión 885 de la Comisión de la Comunidad Andina, mediante la cual se aprobó el Textoúnico de la Nomenclatura Común de los Países Miembros del Acuerdo de Cartagena.RESOLUCIÓN NÚMERO 2024003980600604 de 26 nov. 2024 Hoja No. 2

  • Continuación del acto administrativo por el cual se expide: una resolución de ClasificaciónArancelaria Ordinaria Decreto 1881 de 2021 y sus modificaciones, por el cual se adopta el Arancel de Aduanas yotras disposiciones.Para el caso en estudio se consideran las siguientes Reglas, Notas, y Textos de partida: .Regla General Interpretativa 1:“los títulos de las Secciones, de los Capítulos o de los Subcapitulos solo tienen un valcrindicativo, ya que la clasificación está determinada legalmente por los textos de las partidasy de las Notas de Sección o de capítulo y, si no son contrarias a los textos de dichas partidesy Notas, de acuerdo con las Reglas siguientes:” :(...)Partida 84.18“Refrigeradores, congeladores y demás material, máquinas y aparatos para producción defrio, aunque no sean eléctricos; bombas de calor, excepto las máquinas y aparatos paraacondicionamiento de aire de la partida 84.15”Regla General Interpretativa 6“la clasificación de mercancías en las Subpartidas de una misma partida está determinadalegalmente por los textos de estas subpartidas y de las Notas de subpartida así como,mutatis mutandis, por las Reglas anteriores, bien entendido que solo pueden compararsesubpartidas del mismo nivel. A efectos de esta Regla también se aplican las notas deSección y de Capítulo, salvo disposición en contrario”Decreto 1165 de 2019 del Gobierno Nacional y sus modificacionesartículos 303 a 306,mediante el cual se dictan las disposiciones relacionadas con las solicitudes de resoluciónde clasificación arancelaria ordinarias.Resolución 046 de 2019 y sus. modificaciones de la Dirección de Impuestos y AduanasNacionales mediante las cuales se reglamentan las solicitudes de resolución declasificación arancelaria ordinarias.

CONSIDERACIONES DEL DESPACHOSegún la información suministrada con el radicado No. 235410000001978 de 07 denoviembre de 2024, la mercancía objeto de clasificación arancelaria, se describe como un;aparato de dos puertas corredizas, con vitrina para la conservación y exposición de.productos que cuenta con un sistema de congelación, de uso comercial, con una capacidadde 254 litros.El producto presenta las siguientes características y especificaciones técnicas:- Uso: ComercialNumero y disposición de puertas: dos puertas en vidrio corredizas hacia los lados..yTipo de refrigeración: Compresión iTipo de Compresor: HerméticoTemperatura de operación: -11 °C a -28 °CCompresorRESOLUCIÓN NÚMERO 2024003980600604 de 26 nov. 2024 Hoja No. 3

  • Continuación del acto administrativo por el cual se expide una resolución de ClasificaciónArancelaria Ordinaria - Capacidad: 254 litrosTipo de descongelado: ManualVoltaje | frecuencia: 120V/60HzPotencia: 280 WRefrigerante: R290Masa de Refrigerante: 75 gramosAgente espumante: cyclopentanoCestas: cuatro (4) .- Peso Neto: 52 kgDimensiones sin empaque: 125,5 ancho, 63 cm de profundidad y 89 cm de alturaColor y material e la cubierta: blanco y grisDe acuerdo con la anterior información, este Despacho concluye que arancelariamente lamercancía corresponde a un congelador horizontal, comprendido en la partida 84.18 de laNomenclatura del sistema armonizado, en aplicación de la Regla General Interpretativa 1,y de acuerdo con la Regla General interpretativa 6 se clasifica en la Subpartida8418.30.00.00E Teniendo en cuenta lo establecido en el artículo 5° de la Resolución 0063 de 10 de abril de2024, el servicio de clasificación arancelaria tiene un valor equivalente a SEISCIENTOSCINCUENTA Y SIETE MIL SEISCIENTOS CUARENTA Y CINCO PESOS M/CTE($657.645), incluido el IVA, de acuerdo con el comprobante aportado para el trámite quedaun saldo a favor de MIL DOSCIENTOS SESENTA Y CINCO PESOS, ($1.265), del cual= podrá solicitar devolución conforme lo señalado en el artículo 10° ibidem.= En mérito de lo anteriormente expuesto, el o la Jefe (A) de la Coordinación de Clasificación Arancelaria de la Subdirección Técnica Aduanera,

RESUELVEARTÍCULO PRIMERO. Clasificar la mercancía descrita en la presente resolución en lasubpartida 8418.30.00.00 del Arancel de Aduanas, como un congelador horizontal, tipo cofre de capacidad inferior a 800 litros, en aplicación de las Reglas Generales: Interpretativas 1 y 6 del mencionado texto arancelario, contenidas en el Decreto 1881 de2021 y sus modificaciones.- ARTÍCULO SEGUNDO. Notificar de manera electrónica, el contenido de la presente 7 DE ADUANAS INTERLOGISTICA S.A. NIVEL 1 con NIT"electrónica informada en la solicitud Resolución “al séñor JUAN CARLOS FORERO JOJOA identificado con Cédula deCiudadanía No QM. en calidad de Representante Legal de la sociedad AGENCIA=> a la direcciónde conformidad con lo" establecido en:el artículo 759 del Decreto 1165 de 2019 modificado por el artículo 137 del l GD: de manera subsidiaria mediante aviso en el sitio web de la Direccióne Impuestos y Aduanas Nacionales de conformidad con lo establecido en los artículos 763 Decreto 360-de 2021 y el artículo 319 de la resolución 046 de 2019 modificado por elartículo 114 dela resolución 039 de 2021.De no ser posible la notificación en forma electrónica, el presente acto administrativo senotificará por correo a la dirección procesal informada por el usuario, y 764 del Decreto 1165 de 2019.ARTÍCULO TERCERO. Informar al interesado (a) que contra el presente actoadministrativo procede recurso de apelación ante la Subdirección Técnica Aduanera, el cualRESOLUCIÓN NÚMERO 2024003980600604 de 26 nov. 2024 Hoja No. 4

Continuación del acto administrativo por el cual se expide una resolución de Clasificación:Arancelaria Ordinaria y deberá interponerse dentro de los diez (10) días siguientes a su notificación, de conformida.t.con lo establecido en el artículo 305 del Decreto 1165 de 2019 y los artículos 74 y siguiente:de la Ley 1437 de 2011.ARTÍCULO CUARTO. Ordenar una vez en firme, la publicación de la presente resoluciónen el Diario Oficial, de conformidad con el artículo 319 de la Resolución 046 de 2019, «|artículo 65 de la Ley 1437 de 2011 y el Artículo 119 de la Ley 489 de 1998.ARTÍCULO QUINTO. Remitir una vez en firme, copia del presente acto administrativo, pcrmedio de la Coordinación de Correspondencia y Notificaciones de la Subdireccié 1Administrativa a la Coordinación de Clasificación Arancelaria de la Subdirección Técnic:1Aduanera para lo de su competencia y publíquese en la página web de la DIAN. ‘ NOTIFIQUESE, PUBLIQUESE Y CUMPLASE De conformidad con la resolución No. 000019 del 28 de marzo de 2018, esta firma electrónica tiene plena validez, /remplaza en todos sus efectos a la firma manuscrita. HECTOR ARTURO GARAY LEALJefe (A) Coordinación de Clasificación ArancelariaSubdirección Técnica Aduanera

Proyecto: LONDOÑO OSORIO BLANCA NUBIARevisó: FIDEL RAUL MINOTTA BENITEZ

NP Coordinación de NotificacionePOR UNA COLOMBIA MÁS Bruce Miel Cantral Bogotá D.C 23 DIC 202%Se cortlica que a eo piisini ode ppublicadoDiano ler Ao >EA : LLLaU

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