DIAN - Resolución 600605 de 26-11-2024
DIAN - Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales
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Detalles
- Título
- DIAN - Resolución 600605 de 26-11-2024
- Autor
- DIAN - Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales
- Categoría
- Infralegal
- Área del derecho
- Tributario Aduanero y Cambiario
- Año
- 2024
RESOLUCIÓN NÚMERO 2024003980600605 (26 nov. 2024) Por la cual se expide una Resolución de Clasificación ArancelariaOrdinaria EL (LA) JEFE (A) DE LA COORDINACIÓN DE CLASIFICACIÓN ARANCELARIA DELA SUBDIRECCION TÉCNICA ADUANERA En uso de las facultades legales que le confiere el numeral 3.3.1 del artículo 2 de laResolución 070 de 2021 y teniendo en cuenta los siguientes
HECHOSMediante radicado No. 235410000001888 de 01 de octubre de 2024. la Sra. PAOLAVALDERRAMA BUSTOS, identificada con Cédula de Ciudadanía QUIM, encalidad de Agente de Adunas de_la sociedad AGENCIA DE ADUANAS ANDINA DEADUANAS S A S NIVEL 2, con NITÁ mandatario de la Sociedad GESTIONESY REPRESENTACIONES CHIA SAS con NIT A), presentó una solicitud deresolución de clasificación arancelaria ordinaria para la mercancía denominadatécnicamente como “UNA TUBERIA DE POLIETILENO CON GOTEROSINCORPORADOS EN SU INTERIOR” y comercialmente como “LINEA DE GOTEOHYDROGOL MARCA RIVULIS”La interesada adjuntó a la solicitud los siguientes documentos: mandato aduanero en un(1) folio, consignación comprobante de pago en un (1) folio, ficha técnica en tres (3) folios,catalogo en seis (6) folios.La solicitante pagó seiscientos cincuenta y ocho mil pesos mí/cte ($ 658.000,00) segúnTransferencia número 49242702 de 26 de septiembre de 2024 del Banco de Bogotá.Mediante Requerimiento de Información Adicional - RÍA No. S2024000100165398000587del 10 de octubre de 2024 este Despacho solicitó a la usuaria: escoger una sola referencia,ya que aporto tres productos distintos, especificar los metros por rollo de manguera, de lareferencia seleccionada indicar las características como material constitutivo, forma seccióntransversal interior, tipo de acabado, presión de trabajo
y uso, indicar si la tubería es flexibleo rígida, si viene combinada con otro tipo de material o recubierto e indicar si se presentacon o sin accesorios. La reunión técnica se llevó a cabo de forma virtual el 12 de noviembrede 2024 y mediante escrito radicado No. E2024000100165398000577 del 16 de noviembreen cinco (5) folios, la usuaria responde y renuncia al término restante.
Por medio del formato de la solicitud se indicó que se notifique a la Sra. DIANA PATRICIAOSORIO HERRERA, a las direcciones electrónicas manifestadas por la interesadaRESOLUCIÓN NÚMERO 2024003980600605 de 26 nov. 2024 Hoja No. 2 Continuación del acto administrativo por el cual se expide una resolución de Clasificaciór:Arancelaria Ordinaria FO por correo en ladirección FUNDAMENTOS DE DERECHO Convenio del Sistema Armonizado de Designación y Codificación de Mercancías y sianexo, aprobado por Colombia mediante Ley 646 de 2001.Acuerdo de Cartagena aprobado por Colombia mediante Ley 8? de 1973.Decisión 885 de la Comisión de la Comunidad Andina, mediante la cual se aprobó el Text:único de la Nomenclatura Común de los Países Miembros del Acuerdo de Cartagena.Decreto 1881 de 2021 y sus modificaciones, por el cual se adopta el Arancel de Aduanas Yotras disposiciones.Para el caso en estudio se consideran las siguientes Reglas, Nota y texto de partidaRegla General Interpretativa 1:“Los títulos de las Secciones, de los Capítulos o de los Subcapítulos solo tienen un valorindicativo, ya que la clasificación está determinada legalmente por los textos de las partidasy de las Notas de Sección o de Capítulo y, si no son contrarias a los textos de dichaspartidas y Notas, de acuerdo con las Reglas siguientes:”Partida 39.17“Tubos y accesorios de tubería (por ejemplo: juntas, codos, empalmes (racores)), dsplástico”
Regla General Interpretativa 6:“La clasificación de mercancías en las subpartidas de una misma partida está determinadalegalmente por los textos de estas subpartidas y de las Notas de subpartida, así comc,mutatis mutandis, por las Reglas anteriores, bien entendido que solo pueden compararsesubpartidas del mismo nivel. A efectos de esta Regla, también se aplican las Notas deSección y de Capítulo, salvo disposición en contrario.”Decreto 1165 de 2019 del Gobierno Nacional y sus modificacionesartículos 303 a 306,mediante el cual se dictan las disposiciones relacionadas con las solicitudes de resoluciónde clasificación arancelaria ordinarias.Resolución 046 de 2019 y sus modificaciones de la Dirección de Impuestos y AduanasNacionales mediante las cuales se reglamentan las solicitudes de resolución declasificación arancelaria ordinarias.
CONSIDERACIONES DEL DESPACHORESOLUCIÓN NÚMERO 2024003980600605 de 26 nov. 2024 Hoja No. 3
Continuación del acto administrativo por el cual se expide una resolución de ClasificaciónArancelaria Ordinaria
: Según la información suministrada con el radicado No. 235410000001888 de 01 de octubrede 2024, y E2024000100165398000577 del 16 de noviembre de 2024 la mercancía objetode clasificación arancelaria, se describe como una tubería flexible o lateral de riego, con¿ gotero cilíndrico de régimen turbulento integrado incorporados en su interior, diseñados_ para regular la cantidad de agua que fluye a través de ellos y se entregan a las plantas,mediante el siguiente proceso:. Distribución del agua a través del lateral: El lateral es una tubería de polietileno que. transporta agua desde la fuente hasta los puntos de emisión, donde se encuentran losgoteros integrados.Diseño del gotero cilíndrico: Los goteros están incorporados en la pared interna del lateraly tienen un diseño cilíndrico con un laberinto que crea un régimen de flujo turbulento. Estediseño es clave para reducir la velocidad del agua y garantizar una entrega uniforme.. Régimen de flujo turbulento: Dentro del gotero, el agua pasa a través de un pequeño canalo laberinto. Este canal está diseñado para generar turbulencias, lo que ayuda a regular elflujo y reducir la posibilidad de obstrucción. El régimen turbulento asegura que el aguapierda presión de manera controlada, independientemente de las variaciones de presión enel lateral. Esto permite que cada gotero entregue una cantidad constante de agua, lo quese llama un flujo de caudal compensado.; Emisión de agua: Una vez que el agua atraviesa el laberinto, sale a través de un orificiopequeño y controlado, formando gotas que caen directamente sobre la zona de la raíz
decada planta. El tamaño y la ubicación de estos orificios garantizan una entrega precisa yhomogénea. Resistencia a obstrucciones: El flujo turbulento genera fuerzas que evitan laacumulación de sedimentos y otros sólidos presentes en el agua de riego. Además, muchosde estos goteros están diseñados con mecanismos de autolimpieza que expulsan laspartículas antes de que causen bloqueos.Características físicas y químicas de la mercancía objeto de clasificación:- Nombre comercial: línea de goteoMateria constitutiva: polietilenoForma sección transversal interior: redondaTipo de acabado: flexible perforadoPresión de trabajo: 0,2 MPAUso: manguera para riego agricolaDiámetro externo: 12 mmCalibre: 35 mil de caudal 1.0 l/h con goteros cada 0,20 mPresentación: rollos por 600 metrosEl producto es recomendado para ser utilizado en riegos de cultivos permanentes, riegosen invernaderos y cultivos protegidos.- En razón a que el producto objeto de clasificación arancelaria corresponde a mangueraspresentadas en rollos sin reforzar ni combinar con otras materias y sin accesorios deconexiones tales como empalmes, juntas, derivaciones, entre otros, la subpartidaarancelaria sugerida por el peticionario (3917.33.10.00) no cumple con estascaracterísticas, ya que la misma comprende los tubos flexibles provistos de accesorios.RESOLUCIÓN NÚMERO 2024003980600605 de 26 nov. 2024 Hoja No. 4
Continuación del acto administrativo por el cual se expide una resolución de Clasificaciór:Arancelaria Ordinaria En virtud de lo anterior, este Despacho determina que la mercancía a clasificar correspond:a una tubería flexible de polietileno para riego por goteo provista de gotero cilíndricoincorporado en su interior con dos agujeros, en presentación de rollos de 600 metros, sinreforzar ni combinar con otras materias, sin accesorios, para una presión inferior a 27.3MPa, que acorde con la Nota: 8 del Capítulo 39 y en aplicación de la Regla Generé!Interpretatival se encuentra comprendido en la partida arancelaria 39.17 de laNomenclatura del Sistema Armonizado, y en aplicación de la Regla General Interpretativa6 se clasifica en la subpartida 3917.32.91.00 del Arancel de Aduanas de Colombia.Teniendo en cuenta lo establecido en el artículo 5° de la Resolución 0063 de 10 de abril d::2024, el servicio de clasificación arancelaria tiene un valor equivalente a SEISCIENTO?CINCUENTA Y SIETE MIL SEISCIENTOS CUARENTA Y CINCO PESOS MCTE.($657.645) incluido el IVA, de acuerdo con el comprobante aportado para el trámite qued:1un saldo a favor de TESCIENTOS CINCUENTA Y CINCO PESOS MI/CTE, ($355), del cuz]podrá solicitar devolución conforme lo señalado en el artículo 10° ibidem.En mérito de lo anteriormente expuesto, el o la Jefe (A) de la Coordinación de ClasificaciónArancelaria de la Subdirección Técnica Aduanera,
RESUELVE
ARTÍCULO PRIMERO. Clasificar la mercancía descrita en la presente resolución en lasubpartida 3917.32.91.00 del Arancel de Aduanas, como un tubo flexible para sistema dariego por goteo, para una presión inferior a 27.6 MPa, sin reforzar ni combinar con otra:materias, sin accesorios, de conformidad con la Nota 8 del Capítulo 39 y en aplicación delas Reglas Generales Interpretativas 1 y 6 del mencionado texto arancelario, contenidas enel Decreto 1881 de 2021 y sus modificaciones.ARTÍCULO SEGUNDO. Notificar de manera electrónica, el contenido de la present:Resolución a la señora DIANA PATRICIA OSORIO HERRERA identificada con Cédula deCiudadanía No. A -. calidad de Representante Legal de la sociedad AGENCIADE ADUANAS ANDINA DE ADUANAS S A S NIVEL 2 con NIT a ladirecciones electrónicas informadas en la solicitud MMA conformidad con lo establecido en el artículo759 del Decreto 1165 de 2019 modificado por el artículo 137 del Decreto 360 de 2021 yel artículo 319 de la resolución 046 de 2019 modificado por el artículo 114 de la resolución039 de 2021.De no ser posible la notificación en forma electrónica, el presente acto administrativo senotificará por correo a la dirección procesal informada por el usuario, MAAo de manera subsidiaria mediante aviso en el sitioweb de la Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales de conformidad con lo establecidoen los artículos 763 y 764 del Decreto 1165 de 2019.ARTÍCULO TERCERO. Informara la interesada que contra el presente
acto administrativoprocede recurso de apelación ante la Subdirección Técnica Aduanera, el cual deberáinterponerse dentro de los diez (10) días siguientes a su notificación, de conformidad conlo establecido en el artículo 305 del Decreto 1165 de 2019 y los artículos 74 y siguientes dela Ley 1437 de 2011.RESOLUCIÓN NÚMERO 2024003980600605 de 26 nov. 2024 Hoja No. 5
Continuación del acto administrativo por el cual se expide una resolución de ClasificaciónArancelaria Ordinaria - ARTÍCULO CUARTO. Ordenar una vez en firme, la publicación de la presente resoluciónen el Diario Oficial, de conformidad con el artículo 319 de la Resolución 046 de 2019, elartículo 65 de la Ley 1437 de 2011 y el Artículo 119 de la Ley 489 de 1998.ARTÍCULO QUINTO. Remitir una vez en firme, copia del presente acto administrativo, pormedio de la Coordinación de Correspondencia y Notificaciones de la Subdirección: Administrativa a la Coordinación de Clasificación Arancelaria de la Subdirección TécnicaAduanera para lo de su competencia y publíquese en la página web de la DIAN.NOTIFÍQUESE, PUBLÍQUESE Y CÚMPLASE De conformidad con la resolución No. 000019 del 28 de marzo de 2018, esta firma electrónica tiene plena validez yremplaza en todos sus efectos a la firma manuscrita. HECTOR ARTURO GARAY LEALJefe (A) Coordinación de Clasificación ArancelariaSubdirección Técnica Aduanera
Proyecto: LONDOÑO OSORIO BLANCA NUBIARevisó: FIDEL RAUL MINOTTA BENITEZ. i J Coordinación de Nobficacione.POR UNA COLOMBIA MÁS ANOE< "A Must Central Bogotá D.C
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