DIAN - Resolución 600651 de 17-12-2024
DIAN - Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales
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Detalles
- Título
- DIAN - Resolución 600651 de 17-12-2024
- Autor
- DIAN - Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales
- Categoría
- Infralegal
- Área del derecho
- Tributario Aduanero y Cambiario
- Año
- 2024
RESOLUCIÓN NÚMERO 2024003980600651 (17 dic. 2024) Por la cual se expide una Resolución de Clasificación ArancelariaOrdinaria EL JEFE (A) DE LA COORDINACIÓN DE CLASIFICACIÓN ARANCELARIA DE LASUBDIRECCIÓN TÉCNICA ADUANERA En uso de las facultades legales que le confiere el numeral 3.3.1 del artículo 2 de laResolución 070 de 2021 y teniendo en cuenta los siguientes HECHOSMediante radicado No. 235410000001930 de 18 de octubre de 2024, el Sr. JOSELEONARDO GARZON GOMEZ, identificado con cédula de ciudadaníaRepresentante Legal suplente de la sociedad AGENCIA DE ADUANAS COMEX CJC SASNIVEL 2., con NIT mandatario de la Sociedad BOBINADOS ELECTROORIENTE S.A.S con NIT presentó una solicitud de resolución declasificación arancelaria ordinaria para la mercancía denominada técnica y comercialmentecomo “GRUA TELESCOPICA TODO TERRENO”El interesado adjuntó a la solicitud los siguientes documentos: formato de solicituddiligenciado en la plataforma SARP en dos (2) folios, mandato en un (1) folio, comprobantede pago en un (1) folio, soporte de pago en un (1) folio, fotografía en un (1) folio.El solicitante pagó seiscientos cincuenta y nueve mil pesos mí/cte. ($ 659.000,00) segúnTransferencia número 34639825 de 15 de octubre de 2024 del Banco de Bogotá.El día 04 de diciembre se llevó a cabo una reunión técnica a través de la plataforma TEAMSen la cual el interesado profundizó en las características técnicas de la mercancía.Por medio del formato de la solicitud se indicó que se notifique al Sr. JOSE LEONARDOGARZON GOMEZ, a las direcciones electrónicas manifestadas por el interesadoicorreo en la dirección :
FUNDAMENTOS DE DERECHO| Convenio del Sistema Armonizado de Designación y Codificación de Mercancías y su| anexo, aprobado por Colombia mediante Ley 646 de 2001.| Acuerdo de Cartagena aprobado por Colombia mediante Ley 8? de 1973.Informacidn PubliRESOLUCIÓN NÚMERO 2024003980600651 de 17 dic. 2024 Hoja No. 2 3 Continuación del acto administrativo por el cual se expide una resolución de Clasificaciór:Arancelaria Ordinaria Decisión 885 de la Comisión de la Comunidad Andina, mediante la cual se aprobó el Textoúnico de la Nomenclatura Común de los Países Miembros del Acuerdo de Cartagena.Decreto 1881 de 2021 y sus modificaciones, por el cual se adopta el Arancel de Aduanas ‘Yotras disposiciones. :Para el caso en estudio se consideran las siguientesReglas, Nota y Texto de partidaRegla General Interpretativa 1:“Los títulos de las Secciones, de los Capítulos o de los Subcapitulos solo tienen un valorindicativo, ya que la clasificación está determinada legalmente por los textos de las partidé:y de las Notas de Sección o de Capítulo y, si no son contrarias a los textos de dichaspartidas y Notas, de acuerdo con las Reglas siguientes:”Partida 87.05“Vehículos automóviles para usos especiales, excepto los diseñados principalmente paratransporte de personas o mercancías (por ejemplo: coches para reparaciones (auxiliomecánico), camiones grúa, camiones de bomberos, camiones hormigonera, cochesbarredera, coches esparcidores, coches taller, coches radiológicos).”
Regla General Interpretativa 6:“La clasificación de mercancías en las subpartidas de una misma partida está determinadalegalmente por los textos de estas subpartidas y de las Notas de subpartida, así coma,mutatis mutandis, por las Reglas anteriores, bien entendido que solo pueden compararsesubpartidas del mismo nivel. A efectos de esta Regla, también se aplican las Notas deSección y de Capítulo, salvo disposición en contrario.”Decreto 1165 de 2019 del Gobierno Nacional y sus modificaciones - artículos 302 a 30€,mediante el cual se dictan las disposiciones relacionadas con las solicitudes de resolució:de clasificación arancelaria ordinarias.Resolución 046 de 2019 y sus modificaciones de la Dirección de Impuestos y Aduane3Nacionales mediante las cuales se reglamentan las solicitudes de resolución declasificación arancelaria ordinarias. : CONSIDERACIONES DEL DESPACHOSegún la información suministrada con el radicado No. 235410000001930 de 18 de octubrede 2024 y reunión técnica llevada a cabo el día 04 de diciembre a través de la plataformaTEAMS, la mercancía objeto de clasificación arancelaria, se describe como un vehículo conchasis elaborado en una estructura en acero, con cabina, que soporta en forma permanenteuna grúa telescópica, con las siguientes características:Capacidad de carga: 200 toneladasNúmero de ejes: 6Número de cabinas: 2 Inforraación PubliRESOLUCIÓN NÚMERO 2024003980600651 de 17 dic. 2024 Hoja No. 3
Continuación del acto administrativo por el cual se expide una resolución de ClasificaciónArancelaria Ordinaria Modelo: XZJ5710JQAY200: Referencia: XCA200 : La mercancía consiste en un vehículo todo terreno de seis ejes, al cual está unida una grúa? en la parte del chasis. Esta unión es permanente y forma un conjunto homogéneo e indivisible. Adicionalmente, cuenta con dos cabinas, dos motores, una bomba hidráulica, un tornamesa y un sistema de anclaje externo. El vehículo es autopropulsado sobre neumáticos y su desplazamiento es controlado por eloperario en la primera cabina y potenciado por un motor de combustión. En la cabinatrasera, un segundo operario controla las funciones de la grúa, la cual es potenciada por un: segundo motor que está acoplado a la bomba hidráulica, de manera que la potencia. mecánica se transforma en potencia hidráulica, lo cual permite operar el mecanismo_ telescópico de la grúa y realizar el izaje de cargas. La grúa, que tiene una capacidad de carga máxima de 200 toneladas, puede girar 360” grados gracias a un engranaje continuo que está ubicado en el tornamesa y opera a un radio de 3 metros desde el eje principal; la capacidad disminuye a medida que el radio de operación aumenta. Las cargas se sujetan mediante un gancho que garantiza seguridad y precisión en el manejo y a su vez el vehículo dispone de un sistema de anclaje externo a“ las cabinas, que facilita la elevación de la pluma para efectuar maniobras.
:. El tipo de izaje más frecuente está orientado al sector de hidrocarburos, especialmente para. mover elementos paletizados desde tractocamiones hacia ubicaciones específicas en+ estaciones petroleras. Sin embargo, también puede ser utilizada en aplicacionesindustriales generales según las necesidades del operario.- Según lo expuesto, la mercancía consiste en un camión grúa, que en aplicación de la ReglaGeneral Interpretativa 1 está comprendido en la partida 87.05 de la Nomenclatura delSistema Armonizado y acorde con la Regla General Interpretativa 6, se clasifica en lasubpartida 8705.10.00.00 del Arancel de Aduanas.“Teniendo en cuenta lo establecido en el artículo 5° de la Resolución 0063 de 10 de abril de2024, el servicio de clasificación arancelaria tiene un valor equivalente a SEISCIENTOSCINCUENTA Y SIETE MIL SEISCIENTOS CUARENTA Y CINCO PESOS MCTE.__ ($657.645), de acuerdo con el comprobante aportado para el trámite queda un saldo a favor“ de MIL TRESCIENTOS CINCUENTA Y CINCO PESOS MCE., ($1.355), del cual podrá|- solicitar devolución conforme lo señalado en el artículo 10° ibidem.: En mérito de lo anteriormente expuesto, el Jefe (A) de la Coordinación de Clasificación Arancelaria de la Subdirección Técnica Aduanera, RESUELVEARTÍCULO PRIMERO. Clasificar la mercancía descrita en la presente resolución en lasubpartida 8705.10.00.00 del Arancel de Aduanas, como un camión grúa, en aplicación deInformacidn PublicRESOLUCIÓN NÚMERO 2024003980600651 de 17 dic. 2024 Hoja No. 4Continuación del acto administrativo por el cual se expide una resolución de Clasifi¡caciónArancelaria Ordinaria
las Reglas Generales Interpretativas 1 y 6 del mencionado‘texto arancelario, contenidas esel Decreto 1881 de 2021 y sus modificaciones.ARTÍCULO SEGUNDO. Notificar de manera electrónica, el contenido de la presen:Resolución al an —_ LEONARDO GARZON GOMEZ identificado con cédula ¢2ciudadania No. ) en calidad de Representante Legal de la sociedad AGENCIADE ADUANAS COMEX CJC SAS NIVEL 2. con — a las direccioneselectrónicas informadas en la solicitudde conformidad con lo establecido en el artícu!Qel Decreto e modificado por el artículo 137 del Decreto 360 de 2021. /el artículo 319 de la resolución 046 de 2019 modificado por el artículo 114 de la resolucié.1039 de 2021.De no ser posible la notificación en forma electrónica, el presente acto_administrativo s:>notificará por correo a la dirección procesal informada por el usuario, CU.2o de manera subsidiaria mediante aviso en el sitio web de la Dirección c:2Impuestos y Aduanas Nacionales de conformidad con lo establecido en los artículos 763'y764 del Decreto 1165 de 2019.ARTÍCULO TERCERO. Informar al interesado que contra el presente acto administrativ:>procede recurso de apelación ante la Subdirección Técnica Aduanera, el cual deber.4interponerse dentro de los diez (10) días siguientes a su notificación, de conformidad cenlo establecido en el artículo 305 del Decreto 1165 de 2019 y los artículos 74 y siguientes c+la Ley 1437 de 2011.ARTÍCULO CUARTO. Ordenar una vez en
firme, la publicación de la presente resoluciónen el Diario Oficial, de conformidad con el artículo 319 de la Resolución 046 de 2019, élarticulo 65 de la Ley 1437 de 2011 y el Articulo 119 de la Ley 489 de 1998.ARTICULO QUINTO. Remitir una vez en firme, copia del presente acto administrativo, permedio de la Coordinación de Correspondencia y Notificaciones de la Subdireccié1Administrativa a la Coordinación de Clasificación Arancelaria de la Subdirección TécnicaAduanera para lo de su competencia y publíquese en la página web de la DIAN.
NOTIFÍQUESE, PUBLÍQUESE Y CÚMPLASE_ IAN Coordinación de NotificaciondÍ POR UNA COLOMBIA MÁS HONESTA Mivel Central Bogotá D. Cc 10 ENE aes202412 17 101:22:47 P. M.| Fecha deus de RechXYFirmado-, $ De conformidad con la resolución No. 000019 del 28 de marzo de 2018, esta firma electrónica tiene plena validez yremplaza en todos sus efectos a la firma manuscrita. HECTOR ARTURO GARAY LEALJefe (A) Coordinación de Clasificación ArancelariaInforinación PúbliRESOLUCIÓN NÚMERO 2024003980600651 de 17 dic. 2024 Hoja No. 5 Continuación del acto administrativo por el cual se expide una resolución de ClasificaciónArancelaria Ordinaria Subdirección Técnica Aduanera - Proyecto: RIVEROS RIVEROS DANIEL MAURICIO.. Revisó: CLAUDIA ALEJANDRA JURADO ZAPATA Informacidn Public