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DIAN - Resolución 600682 de 27-12-2024

DIAN - Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales

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Detalles

Título
DIAN - Resolución 600682 de 27-12-2024
Autor
DIAN - Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales
Categoría
Infralegal
Área del derecho
Tributario Aduanero y Cambiario
Año
2024

(DIAN RESOLUCIÓN NÚMERO 2024003980600682 (27 dic. 2024) Por la cual se expide una Resolución de Clasificación ArancelariaOrdinaria EL JEFE (A) DE LA COORDINACIÓN DE CLASIFICACIÓN ARANCELARIA DE LASUBDIRECCIÓN TÉCNICA ADUANERA En uso de las facultades legales que le confiere el numeral 3.3.1 del artículo 2 de laResolución 070 de 2021 y teniendo en cuenta los siguientes

HECHOSMediante radicado No. 235410000001878 de 25 de septiembre de 2024, el Sr. MARCOHERNANDO CLAVIJO TRUJILLO, identificado con cédula de ciudadanía No. QM).agente de aduanas de la sociedad AGENCIA DE ADUANAS CEVA LOGISTICS S.A.SNIVEL 2, con NIT mandatario de la sociedad ZONA FRANCA INDUSTRIALCOLMOTORES SAS con NIT WD, presentó una solicitud de resolución declasificación arancelaria ordinaria para la mercancía denominada técnica y comercialmentecomo BASTIDOR VESTIDO NNR CAMIÓN EURO VI.El interesado adjuntó a la solicitud los siguientes documentos: formato SIE-SARP en dos- (2) páginas, mandato aduanero en siete (7) páginas, comprobante de pago en dos (2)páginas, certificado de existencia_y representación legal de Zoficol S.A.S en trece (13)páginas, cedula ciudadanía No Qe una (1) página y ficha técnica en treinta(30) páginas.o El solicitante pagó seiscientos cincuenta y nueve mil pesos M/cte ($ 659.000,00) según“ consignación número 21433937-0 de 17 de septiembre de 2024 del Banco de Bogotá.Mediante Requerimiento de Información Adicional - RÍA No. $2024000100165398000602del 16 de octubre de 2024 este Despacho solicitó al usuario: Remitir la información delRepresentante Legal de la sociedad titular o mandataria (nombre, número de cédula, cargo,- dirección electrónica y física) a quien se le notificará el

acto administrativo. El usuarioresponde mediante escrito con radicado No. E2024000100165398000596 del 28 denoviembre de 2024, con 32 folios, renunciando al término restante para atender elrequerimiento en mención.De acuerdo con lo indicado en el comunicado de respuesta No.E2024000100165398000596 del 28 de noviembre de 2024, el presente acto administrativose notifica a la Sra. LAURA ROCIO MECHE GARCÍA, quien ostenta la calidad derepresentante legal de la AGENCIA DE ADUANAS CEVA LOGISTICS S.A.S NIVEL 2, a ladirección electrónica: y a las direcciones electrónicasinformadas en la solicitud: AO yRESOLUCIÓN NÚMERO 2024003980600682 de 27 dic. 2024 Hoja No. 2

Continuación del acto administrativo por el cual se expide una resolución de Clasificaciór:Arancelaria Ordinaria CG o por correo en la direcció) FUNDAMENTOS DE DERECHOConvenio del Sistema Armonizado de Designación y Codificación de Mercancías y suanexo, aprobado por Colombia mediante Ley 646 de 2001.Acuerdo de Cartagena aprobado por Colombia mediante Ley 8? de 1973.Decisión 885 de la Comisión de la Comunidad Andina, mediante la cual se aprobó el Textoúnico de la Nomenclatura Común de los Países Miembros del Acuerdo de Cartagena.Decreto 1881 de 2021 y sus modificaciones, por el cual se adopta el Arancel de Aduanas yotras disposiciones.Para el caso en estudio se consideran las siguientes Reglas y Texto de Partida.Regla General Interpretativa 1:“Los títulos de las Secciones, de los Capítulos o de los Subcapítulos solo tienen un valerindicativo, ya que la clasificación está determinada legalmente por los textos de las partidasy de las Notas de Sección o de Capítulo y, si no son contrarias a los textos de dichaspartidas y Notas, de acuerdo con las Reglas siguientes:”Regla General Interpretativa 3 b):“3. Cuando una mercancía pudiera clasificarse, en principio, en dos o más partidas peraplicación de la Regla 2 b) o en cualquier otro caso, la clasificación se efectuará comosigue:

b) los productos mezclados, las manufacturas compuestas de materias diferentes oconstituidas por la unión de artículos diferentes y las mercancías presentadas en juegos osurtidos acondicionados para la venta al por menor, cuya clasificación no pueda efectuarseaplicando la Regla 3 a), se clasifican según la materia o con el artículo que les confiera sucarácter esencial, si fuera posible determinarlo;Texto de partida 87.08:“Partes y accesorios de vehículos automóviles de las partidas 87.01 a 87.05.”Regla General Interpretativa 6:“La clasificación de mercancías en las subpartidas de una misma partida está determinadalegalmente por los textos de estas subpartidas y de las Notas de subpartida, así como,mutatis mutandis, por las Reglas anteriores, bien entendido que solo pueden compararsesubpartidas del mismo nivel. A efectos de esta Regla, también se aplican las Notas deSección y de Capítulo, salvo disposición en contrario.”Decreto 1165 de 2019 del Gobierno Nacional y sus modificacionesartículos 303 a 306,mediante el cual se dictan las disposiciones relacionadas con las solicitudes de resolucionde clasificación arancelaria ordinarias.RESOLUCIÓN NÚMERO 2024003980600682 de 27 dic. 2024 Hoja No. 3 Continuación del acto administrativo por el cual se expide una resolución de ClasificaciónArancelaria Ordinaria Resolución 046 de 2019 y sus modificaciones de la Dirección de Impuestos y AduanasNacionales mediante las cuales se reglamentan “entre otros” las solicitudes de resoluciónde clasificación arancelaria ordinarias.

CONSIDERACIONES DEL DESPACHOSegún la información suministrada con los radicados Nos. 235410000001878 de 25 deseptiembre de 2024 y E2024000100165398000596 del 28 de noviembre de 2024 lamercancía objeto de clasificación arancelaria, se describe como una única estructuraformada por bastidor de chasis, eje delantero, eje trasero, líneas de combustible, líneas defrenos, sistema de urea, sistema postratamiento y soportería en general, que se ensamblande acuerdo con el siguiente proceso realizado en distintas estaciones:- Estación 1:Se carga el bastidor con ayuda de dispositivo ergonómico para llevarlo desde elalmacenamiento hasta la mesa de ensamble (El bastidor ya se ha ensamblado en la célulade remachado). Luego se inicia el proceso instalando soportes en la parte delantera rielizquierdo y derecho y se instala el cableado eléctrico.- Estación 2::" Aquí se instalan las tuberías de freno y combustible a los rieles del bastidor por la parteinterna y externa de los mismos, mediante los clips que son partes que sirven comoconectores y facilitan su instalación.Estación 3:+ Se instalan soportería, tubería de frenos y combustible en la parte central bastidor. Cadauna de las operaciones de torque se realiza con equipos y herramientas de torque eléctricoque cuentan con programación secuencial.Estaciones 4 y 5:Se trasladan el eje trasero y delantero, previamente armados, a la línea principal paraunirlos al bastidor, por medio de los soportes delanteros y traseros de las ballestas. Tambiénse conecta el eje

propulsor o cardan al eje trasero.Estaciones 6 y 7:- Se instalan al bastidor los soportes laterales parte trasera para alojar tuberías parte internay externa rieles y malacate llanta de repuesto, usando herramientas angulares vinculadasa controladores eléctricos de torque.- Estaciones 8 y 9:: Se instala el depósito de refrigerante, filtro de combustible y el conjunto caja dirección Ybrazo “pitman”.“ Estación 10:Se ensambla el conjunto tubería sistema hidráulico dirección y el sistema tubería sistemarefrigeración al bastidor. Previamente se han realizado algunos subensambles fuera deRESOLUCIÓN NÚMERO 2024003980600682 de 27 dic. 2024 Hoja No. 4

Continuación del acto administrativo por el cual se expide.una resolución de Clasificació::Arancelaria Ordinaria

línea que hacen parte del proceso. Se subensambla el “Urea tank” fuera de la línea y luegoeste se ensambla bastidor.Estación 11:Se subensambla el sistema de postratamiento fuera de línea, se instalan al bastidor lossoportes que alojan el sistema de postratamiento y finalmente el exosto es montado.El producto anteriormente descrito, se constituye en la primera parte del ensamble de u:ónvehículo automóvil, tipo camión, que tiene como objetivo el transporte de carga.De acuerdo con lo anterior, la mercancía está constituida por la unión de diferentes partesde un vehículo automotor, que contribuyen cada una, al correcto funcionamiento :./operación del mismo, en donde, el bastidor es el elemento que aloja todos los demáscomponentes dando solidez al conjunto, para soportar cargas, presiones y movimiento,permitiendo su adecuado funcionamiento.En cuanto a la clasificación arancelaria, la mercancía descrita corresponde a un conjun’:)de partes que forman un solo cuerpo y se utiliza para ensamblar un vehículo de la partic.87.04; por lo tanto, esta mercancía se clasifica en la partida 87.08, en aplicación de la Reg:aGeneral Interpretativa 1 de la nomenclatura del Sistema Armonizado.Para determinar la subpartida arancelaria se toma en consideración que el producto s@obtiene mediante el ensamblaje de varias partes de vehículos automóviles, comprendidesindividualmente en diversas subpartidas de la partida 87.08, siendo el bastidor el elementoque confiere el carácter esencial al conjunto. En consecuencia, el producto se clasifica ela subpartida 8708.99.11.00 del Arancel de Aduanas, conforme a la Regla Gener:Interpretativa 6 (en

aplicación, mutatis mutandis, de la Regla General Interpretativa 3. b)).Teniendo en cuenta lo establecido en el artículo 5° de la Resolución0063 de 10 de abril c22024, el servicio de clasificación arancelaria tiene un valor equivalente a SEISCIENTOSCINCUENTA Y SIETE MIL SEISCIENTOS CUARENTA Y CINCO PESOS MCTE.($657.645) incluido el IVA, de acuerdo con el comprobante aportado para el trámite quecaun saldo a favor de MIL TRESCIENTOS CINCUENTA Y CINCO PESOS, ($1.355), del cuz:podrá solicitar devolución conforme lo señalado en el artículo 10° ibidem.En mérito de lo anteriormente expuesto, Jefe (A) de la Coordinación de ClasificaciónArancelaria de la Subdirección Técnica Aduanera,

RESUELVEARTÍCULO PRIMERO. Clasificar la mercancía descrita en la presente resolución en lasubpartida 8708.99.11.00 del Arancel de Aduanas, como un bastidor de chasis para unvehículo automóvil de la partida 87.04, en aplicación de las Reglas GeneralesInterpretativas 1 y 6 (mutatis mutandis, de la Regla General Interpretativa 3.b)) delmencionado texto arancelario, contenidas en el Decreto 1881 de 2021 y sus modifi caciones.ARTÍCULO SEGUNDO. Notificar de manera electrónica, el contenido de la presenteResolución a la señora LAURA ROCIO MECHE GARCÍA identificada con cédula deciudadanía No. QUO en calidad de Representante Legal de jasociedad AGENCIA DE ADUANAS CEVA LOGISTICS SAS NIVEL 2 con =9, a las direcciones electrónicas informadas en la solicituc:A y ARESOLUCIÓN NÚMERO 2024003980600682 de 27 dic. 2024 Hoja No. 5 - Continuación del acto administrativo por el cual se expide una resolución de ClasificaciónArancelaria Ordinaria

" mayra.capera(Ocevalogistics.com, de conformidad con lo establecido en el artículo 759 delDecreto 1165 de 2019 modificado por el artículo 137 del Decreto 360 de 2021 y el artículo319 de la resolución 046 de 2019 modificado por el artículo 114 de la resolución 039 de2021.De no ser posible la notificación en forma electrónica, el presente acto administrativo senotificará por correo a la dirección procesal informada por la usuaria, M8)EN o de manera subsidiaria mediante aviso en el sitio web de laDirección de Impuestos y Aduanas Nacionales de conformidad con lo establecido en losartículos 763 y 764 del Decreto 1165 de 2019.ARTÍCULO TERCERO. Informar a la interesada que contra el presente acto administrativoprocede recurso de apelación ante la Subdirección Técnica Aduanera, el cual deberá- interponerse dentro de los diez (10) días siguientes a su notificación, de conformidad conlo establecido en el artículo 305 del Decreto 1165 de 2019 modificado por el artículo 41 delDecreto 659 de 2024y los artículos 74 y siguientes de la Ley 1437 de 2011.ARTÍCULO CUARTO. Ordenar una vez en firme, la publicación de la presente resoluciónen el Diario Oficial, de conformidad con el artículo 319 de la Resolución 046 de 2019modificado por el artículo 114 de la Resolución 039 de 2921, el artículo 65 de la Ley 1437de 2011 y el Artículo 119 de la Ley 489 de 1998.- ARTÍCULO QUINTO. Remitir una vez en firme, copia del presente acto administrativo, por.‘medio de la Coordinación de Correspondencia y Notificaciones de la SubdirecciónAdministrativa a la Coordinación de Clasificación Arancelaria de la Subdirección TécnicaAduanera para lo de su competencia y publíquese en la página web de la DIAN.

NOTIFÍQUESE, PUBLÍQUESE Y CÚMPLASE 2024-12-27 / 12:20:23 P. M.‘U\Fecta Acs de Recib De conformidad con. la resolución No. 000019 del 28 ‘de marzo de 2018, esta firma electrónica tiene plena validez yremplaza en todos. sus efectos a la firma manuscrita. HECTOR ARTURO GARAY LEALJefe (A) Coordinación de Clasificación ArancelariaSubdirección Técnica AduaneraANY Coordinación de NotificacionesPOR UNA COLOMBIA MÁS HONESTA Nivel Central Bogota D.C Proyecto: ROGER DARIO SUAREZ BOTET , ._ Revisó: RICARDO HERRERA DAZA 20 FEB 2875a i el Acto Admini tivo fue publ5 ARIS OFICIAL, ES ae .E ] 5 , 2. ‘I ° 722 » 2 A = Plt Le aS:

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