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DIAN - Resolución 012816 de 2026

DIAN - Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales

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Detalles

Título
DIAN - Resolución 012816 de 2026
Autor
DIAN - Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales
Categoría
Infralegal
Área del derecho
Tributario Aduanero y Cambiario
Año
2026

Información Pública Clasificada

RESOLUCIÓN NÚMERO

(___________________)

Por la cual se justifica la contratación directa No. CD-00-074-2026 que tiene por objeto: “Compraventa de repuestos y/o consumibles para los equipos marca Struers para la Subdirección del Laboratorio Aduanero”.

LA SUBDIRECTORA DE COMPRAS Y CONTRATOS DE LA UNIDAD ADMINISTRATIVA

ESPECIAL DIRECCIÓN DE IMPUESTOS Y ADUANAS NACIONALES

En uso de sus facultades legales y en especial de las conferidas por la Ley 80 de 1993 y Ley 1150 de 2007 y el artículo 2.2.1.2.1.4.1 del Decreto 1082 de 2015, y

C O N S I D E R A N D O

Que la Unidad Administrativa Especial Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales DIAN, de conformidad con lo establecido por el Decreto 1071 de 1999 está organizada como una Unidad Administrativa Especial del orden Nacional, de carácter eminentemente técnico y especializado, con personería jurídica, autonomía administrativa y presupuestal, y c on patrimonio propio, adscrita al Ministerio de Hacienda y Crédito Público, cuyo objeto es coadyuvar a garantizar la seguridad fiscal del Estado Colombiano y la protección del Orden Público Económico Nacional, mediante la administración y control al debido cumplimiento de las obligaciones tributarias, aduaneras y cambiarias y la facilitación de las operaciones de comercio exterior en condiciones de equidad, transparencia y legalidad.

Que la competencia para contratar en las entidades estatales la tiene el jefe o representante legal (Art.11, L.80/1993)

las operaciones de comercio exterior en condiciones de equidad, transparencia y legalidad.

Que la competencia para contratar en las entidades estatales la tiene el jefe o representante legal (Art.11, L.80/1993)

Que la representación legal de la UAE-DIAN está a cargo del Director General, quien podrá delegarla de conformidad con las normas vigentes (Art.2, D.1071/1999)

Que los jefes y los representantes legales de las entidades estatales podrán delegar total o parcialmente la competencia para celebrar contratos y desconcentrar la realización de licitaciones en los servidores públicos que desempeñen cargos del nivel directivo o ejecutivo o en sus equivalentes (Art.12, L.80/1993)

Que el Director General de la DIAN delegó a l Subdirector de Compras y Contratos la competencia para celebrar los contratos o convenios cuyo valor sea inferior a 3 .500 Salarios Mínimos Mensuales Legales Vigentes o que no tengan cuantía, que se adjudiquen en el Nivel Central de la UAE -DIAN, independientemente de la modalidad de selección o de su lugar de ejecución (Artículo 2, numeral 1) de la Resolución No. Resolución No. 000089 del 03 de septiembre de 2021.

Que de conformidad con el artículo 2.2.1.2.1.4.1. del Decreto 1082 de 2015, la Entidad Estatal debe señalar en un acto administrativo la justificación para contratar bajo la modalidad de contratación directa, el cual debe contener: (i) La causal que invoca para contratar directamente; (ii) el objeto del contrato, (iii) el presupuesto para la contratación, (iv) las condiciones que exigirá al contratista, y (v) el lugar en el cual

el cual debe contener: (i) La causal que invoca para contratar directamente; (ii) el objeto del contrato, (iii) el presupuesto para la contratación, (iv) las condiciones que exigirá al contratista, y (v) el lugar en el cual los interesados pueden consultar los estudios y documentos previos.

El Proceso de Contratación que se solicita iniciar, busca: (i) Contribuir a alcanzar el objetivo estratégico “Controlar el ingreso ilegal de mercancías y el fraude aduanero con el fin de contribuir con la competitividad del sector empresarial”. (ii) Garant izar la operatividad de los equipos marca Struers que son utilizados para la preparación de muestras que requieren análisis metalográfico y el impacto esperado es fortalecer a la Entidad en el control efectivo del contrabando, garantizando la conservación y el correcto funcionamiento de los equipos de laboratorio que son utilizados para realizar los ensayos y análisis fisicoquímicos de los diferentes tipos de muestras de las mercancías que ingresan al país, con el fin de verificar el cumplimiento de la norm atividad aduanera y tributaria, además de prolongar la vida útil de estos equipos y salvaguardar la inversión efectuada por la entidad con su adquisición.

Cabe destacar que teniendo como referente el plan metrológico anual de la Subdirección del Laboratorio Aduanero, para la presente vigencia, únicamente se contempla la compra de consumibles y/o repuestos para asegurar la operatividad de los equipos para la preparación de muestras metalográficas.

Que d e conformidad con lo consagrado en el artículo 2.2.1.2.1.4.8. del Decreto 1082 de 2015, concordante con lo dispuesto en el literal g) del numeral 4 del artículo 2 de la Ley 1150 de 2007, “cuando No. 12816

concordante con lo dispuesto en el literal g) del numeral 4 del artículo 2 de la Ley 1150 de 2007, “cuando No. 12816

Fecha: 2026-08-31RESOLUCIÓN NÚMERO de Hoja No 2.

" Continuación de la Resolución “Por la cual se justifica el proceso de contratación directa No.CD-00-074-2026 "

Información Pública Clasificada no exista pluralidad de oferentes”, la modalidad aplicable es la de contratación directa, teniendo en cuenta que APP MACHINES SAS, identificado con NIT 900.160.119 – 8, es el único distribuidor en el país con autorización para desarrollar ventas, instalación y servicio post venta de los equipos, consumibles, repuestos y accesorios de marca Struers . Lo anterior, de acuerdo con Certificación de fecha 20 de noviembre de 2025 emitida por Struers ApS fabricante de equipos para metalografía, con dirección en Dinamarca, donde manifiesta que APP Machines con dirección en Bogotá Colombia , válida hasta el 31 de diciembre de 2026.

No. 12816 Fecha: 2026-08-31RESOLUCIÓN NÚMERO de Hoja No 3.

" Continuación de la Resolución “Por la cual se justifica el proceso de contratación directa No.CD-00-074-2026 "

Información Pública Clasificada

Que se solicitó oferta mediante Oficio virtual No. 100210168 -0465 con número Radicado No. 1002026S009522 de fecha 04/ Jun/2026 a la firma APP MACHINES SAS , adjuntando la necesidad, el objeto, obligaciones contractuales requeridas y demás condiciones que se exigirán al contratista,

1002026S009522 de fecha 04/ Jun/2026 a la firma APP MACHINES SAS , adjuntando la necesidad, el objeto, obligaciones contractuales requeridas y demás condiciones que se exigirán al contratista, relacionadas en el presente proceso. Y se recibió respuesta mediante cotización No. 26-6760 con fecha 12 de junio de 2026, adjuntando además los documentos que justifican su contratación directa .

Que efectuado el análisis por parte de la Subdirección de Laboratorio Aduanero, se determinó que corresponde a la Modalidad de Selección Contratación Directa prevista en el artículo 2, numeral 4, literal g) “Cuando no exista pluralidad de oferentes en el mercado” de la Ley 1150 de 2007, en concordancia con la subsección 4, Artículo 2. 2.1.2.1.4.8. del Decreto 1082 de 2015, porque de acuerdo con la documentación presentada por el proveedor APP MACHINES SAS es la única firma autorizada por el fabricante de los equipos de marca Struers de propiedad de la UAE -DIAN, para realizar en el territorio colombiano las actividades objeto de contratación.

Por lo anterior, la Subdirección de Laboratorio Aduanero, mediante el formato FT -FI-2617 “Solicitud de Adquisición” recomiendan al ordenador del gasto la contratación directa con el proveedor exclusivo APP MACHINES SAS., identificado con NIT 900.160.119–8 para atender la necesidad descrita anteriormente.

Que, el valor estimado del contrato será hasta por CUARENTA Y CUATRO MILLONES QUINIENTOS UN MIL NOVECIENTOS CINCUENTA Y CUATRO PESOS M/CTE ($44.501.954), incluido el impuesto

Que, el valor estimado del contrato será hasta por CUARENTA Y CUATRO MILLONES QUINIENTOS UN MIL NOVECIENTOS CINCUENTA Y CUATRO PESOS M/CTE ($44.501.954), incluido el impuesto al Valor Agregado (I.V.A.). y demás impuestos, tasas, contribuciones de carácter nacional y/o municipal de carácter legal, costos directos e indirectos.

El valor del presupuesto se encuentra cubierto el certificado de disponibilidad presupuestal CDP N.º 22826 de fecha 4 de marzo de 2026.

En mérito de lo anterior.

RESUELVE

ARTICULO PRI MERO. Declarar que se encuentra justificada la causal de contratación directa del Proceso de Contratación No CD-00-074-2026, para la “Compraventa de repuestos y/o consumibles para los equipos marca Struers para la Subdirección del Laboratorio Aduanero ”, c on la empresa APP MACHINES SAS., identificado con NIT 900.160.119–8, hasta por CUARENTA Y CUATRO MILLONES QUINIENTOS UN MIL NOVECIENTOS CINCUENTA Y CUATRO PESOS M/CTE ($44.501.954), incluido el impuesto al Valor Agregado (I.V.A.). y demás impuestos, tasas, contribuciones de carácter nacional y/o municipal de carácter legal, costos directos e indirecto de conformidad con lo dispuesto en el literal g) del numeral 4 del artículo 2 de la Ley 1150 de 2007, artículo 2.2.1.2.1.4.11 del Decreto 1082 de 2015 y la parte motiva de este acto.

No. 12816 Fecha: 2026-08-31RESOLUCIÓN NÚMERO de Hoja No 4.

y la parte motiva de este acto.

No. 12816 Fecha: 2026-08-31RESOLUCIÓN NÚMERO de Hoja No 4.

" Continuación de la Resolución “Por la cual se justifica el proceso de contratación directa No.CD-00-074-2026 "

Información Pública Clasificada ARTICULO SEGUNDO: Ordenar la publicación del presente acto administrativo en SECOP II y en la página web de la UAE-DIAN www.dian.gov.co, dentro de los tres (3) días hábiles siguientes a su expedición, en cumplimiento del artículo 2.2.1.1.1.7.1. del Decreto 1082 de 2015 y artículo 10 de la Ley 1712 de 2014.

ARTÍCULO TERCERO: Contra la presente resolución no procede recurso, de conformidad con el artículo 75 de la Ley 1437 de 2011, por ser un acto de trámite.

ARTÍCULO CUARTO: La presente resolución rige a partir de su publicación en SECOP II.

Para constancia se firma en Bogotá, D.C.

PUBLÍQUESE Y CÚMPLASE

DIANA ESPERANZA RAMIREZ CASTAÑO

Subdirectora de Compras y Contratos

Elaboró: Hicsa Lorena Ríos Marta, Subdirección de Compras y Contratos, Aspectos jurídicos.

Revisó: Betty Constanza Lizarazo Araque, Subdirección de Compras y Contratos.

No. 12816 Fecha: 2026-08-31

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