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SGC - Resolución 0395 de 2024

Servicio Geológico Colombiano

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Detalles

Título
SGC - Resolución 0395 de 2024
Autor
Servicio Geológico Colombiano
Categoría
Infralegal
Área del derecho
Desastres Naturales
Año
2024

Página 1 de 3

RESOLUCIÓN No. DE 2024

“Por medio de la cual se modifica la Resolución 2568 del 27 de diciembre de 2023 mediante la cual se conformó el Comité de Seguridad y Salud en el Trabajo - COPASST del Servicio Geológico Colombiano para el período 20232025”

EL DIRECTOR GENERAL DEL SERVICIO GEOLÓGICO COLOMBIANO

En uso de sus facultades legales, en especial las conferidas por el Decreto 4131 de 2011, el Decreto 2703 de 2013, la Resolución No. 2013 de 1986 y el Decreto 614 de 1984, y,

CONSIDERANDO: Que el artículo 25 del Decreto 6 14 del 14 de marzo de 1984 estableció que en todas las empresas e instituciones públicas y privadas se constituirá un Comité de Medicina, Higiene y Seguridad Industrial integrado por representantes del empleador y de los trabajadores.

Que el artículo 1 de la Resolución No. 2013 de 1986 expedida por los Ministros de Trabajo y Seguridad Social y de Salud, en concordancia con lo dispuesto por el artículo 25 del Decreto 614 de 1984, señaló que "(...) todas las empresas e instituciones públicas o privadas, que tengan a su servicio diez o más trabajadores están obligadas a conformar un Comité de Medicina, Higiene y Seguridad Industrial, cuya organización y funcionamiento esté de acuerdo con las normas vigentes que se reglamenta y con la presente Resolución”. Que en virtud de lo dispuesto en el artículo 5 de la referida resolución, corresponde al empleador nombrar directamente sus representantes al Comité y los trabajadores elegirán los suyos mediante votación libre.

Que en virtud de lo dispuesto en el artículo 5 de la referida resolución, corresponde al empleador nombrar directamente sus representantes al Comité y los trabajadores elegirán los suyos mediante votación libre. Que el artículo 63 del Decreto 1295 de 1994 señala que el Comité Paritario de Medicina, Higiene y Seguridad Industrial se denominará en adelante Comité Paritario de Salud Ocupacional, y sus miembros lo conforman por un periodo de dos (2) años. Que el artículo 1 de la Ley 1562 de 2012 establece que se entenderá como Seguridad y Salud en el Trabajo lo que antes hacía referencia al término de salud ocupacional. Que conforme a lo dispuesto por el parágrafo 2 del artículo 2.2.4.6.2 del Decreto 1072 de 2015, el Comité Paritario de Salud Ocupacional se denominará en adelante Comité Paritario en Seguridad y Salud en el Trabajo y el Vigía en Salud Ocupacional como Vigía en Seguridad y Salud en el Trabajo. Que el artículo 2.2.4.6.4 del Decreto 1072 de mayo de 2015 Decreto Único Reglamentario del Sector Trabajo, determina que el Sistema de Gestión de la Seguridad y Salud en el Trabajo (SG-SST) consiste en el desarrollo de un proceso lógico y por etapas, basado en la mejora continua y que incluye la política, la organización, la planificación, la aplicación, la ev aluación, la auditoría y las acciones de mejora con el objetivo de anticipar, reconocer, evaluar y controlar los riesgos que puedan afectar la seguridad y la salud en el trabajo. 0395Página 2 de 3

Que mediante Resolución No. D -436 del 22 de octubre de 2019, se derogó la

los riesgos que puedan afectar la seguridad y la salud en el trabajo. 0395Página 2 de 3

Que mediante Resolución No. D -436 del 22 de octubre de 2019, se derogó la Resolución No. D-290 del 2015 y se reglamentó el Comité Paritario de Seguridad y Salud en el Trabajo (COPASST) del Servicio Geológico Colombiano. Que el Comité Paritario de Seguridad y Salud en el Trabajo (COPASST) del Servicio Geológico Colombiano se compone de cuatro (4) miembros, dos (2) representantes de los trabajadores de la Entidad y dos (2) representantes de la administración, cada uno con su respectivo suplente, los cuales serán elegidos por un período de dos (2) años, al término de los cuales podrán ser reelegidos, en virtud de lo señalado en los artículos 4 y 7 de la Resolución No. D -436 de 2019. Que mediante la Resolución No. 2074 del 2 de noviembre de 2023 se convocó a las votaciones virtuales para la elección de los representantes principales y suplentes de los empleados ante el Comité Paritario de Seguridad y Salud en el Trabajo - COPASST del S ervicio Geológico Colombiano para el período 20232025. Que conforme a los resultados obtenidos en las votaciones se profirió la Resolución 2568 del 27 de diciembre de 2023, por medio de la cual se efectuó la conformación del Comité Paritario de Seguridad y Salud en el TrabajoCOPASST del Servicio Geológico C olombiano para el período 2023 -2025, designando como representante principal de la entidad a la abogada MARIA

ALEJANDRA QUINTERO POVEDA.

COPASST del Servicio Geológico C olombiano para el período 2023 -2025, designando como representante principal de la entidad a la abogada MARIA

ALEJANDRA QUINTERO POVEDA.

Que mediante Resolución 0367 del 18 de abril de 2024 se aceptó la renuncia de la abogada MARIA ALEJANDRA QUINTERO POVEDA al cargo de Secretario General de Entidad Descentralizada, Código 037, Grado 22, asignada al Despacho de la Secretaría General, Sede Central, a partir del 19 de abril del año en curso. Que en consecuencia, resulta necesario modificar el artículo 1 de la Resolución 2568 del 27 de diciembre de 2023, en el sentido de dejar la designación al cargo que ostent an los dos (2) representantes de la Entidad , designados por el nominador o por quien haga sus veces y no propiamente a las personas que los ocupan, teniendo en cuenta la dinámica en los cargos de libre nombramiento y remoción que permite la función pública. Que en mérito de lo expuesto, RESUELVE: Artículo 1. Modificar el artículo 1 de la Resolución 2568 de 2023, el cual quedará así:

“ARTÍCULO 1º. Conformar el Comité Paritario de Seguridad y Salud en el Trabajo - COPASST del Servicio Geológico Colombiano, el cual estará integrado por dos (2) representantes de los empleados con sus respectivos suplentes y dos (2) representantes de la administración del SGC designados por el Director General con sus respectivos suplentes, para el período 2023-2025, tal y como se describe a continuación:

REPRESENTANTES PRINCIPALES DE LOS FUNCIONARIOS ANTE EL COMITÉ

SGC designados por el Director General con sus respectivos suplentes, para el período 2023-2025, tal y como se describe a continuación:

REPRESENTANTES PRINCIPALES DE LOS FUNCIONARIOS ANTE EL COMITÉ

PARITARIO DE SEGURIDAD Y SALUD EN EL TRABAJO COPASST 2023-2025

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1. DEMETRIO QUINTERO

PUENTES

Identificado con cédula de ciudadanía No. 79.219.211 de Soacha Técnico Operativo, Código 3132, Grado 13

2. JORMANG ISRAEL ABRIL MURILLO Identificado con cédula de ciudadanía No. 13.275.965 de Cúcuta (Norte de Santander)

Profesional Especializado, Código 2028, Grado 17

REPRESENTANTES SUPLENTES DE LOS FUNCIONARIOS ANTE EL COMITÉ PARITARIO

DE SEGURIDAD Y SALUD EN EL TRABAJO COPASST 2023-2025

1. FRANCISCO JAVIER

TORRES ARRIETA

Identificado con cédula de ciudadanía No. 73.570.936 de Cartagena (Bolívar) Profesional Especializado, Código 2028, Grado 13

2. WILLIAM CIFUENTES

SUÁREZ

Identificado con cédula de ciudadanía No. 79.130.090 de Bogotá D.C. Operario Calificado, Código 4169, Grado 13.

REPRESENTANTES PRINCIPALES DE LA ADMINISTRACIÓN ANTE EL COMITÉ

PARITARIO DE SEGURIDAD Y SALUD EN EL TRABAJO COPASST 2023-2025

Operario Calificado, Código 4169, Grado 13.

REPRESENTANTES PRINCIPALES DE LA ADMINISTRACIÓN ANTE EL COMITÉ

PARITARIO DE SEGURIDAD Y SALUD EN EL TRABAJO COPASST 2023-2025

Secretaria General o quien haga sus veces (Secretaria General de Entidad Descentralizada, Código 037, Grado 22) Director Técnico de Asunto Nucleares o quien haga sus veces (Director Técnico, Código 0100, Grado 23)

REPRESENTANTES SUPLENTES DE LA ADMINISTRACIÓN ANTE EL COMITÉ

PARITARIO DE SEGURIDAD Y SALUD EN EL TRABAJO COPASST 2023-2025

Directora Técnica de Recursos Minerales o quien haga sus veces (Director Técnico, Código 0100, Grado 23) Director Técnico de Gestión de la Información o quien haga sus veces (Director Técnico, Código 0100, Grado 23)

Artículo 2. Las demás disposiciones de la Resolución 2568 de 2023 permanecen sin modificación y se encuentran vigentes.

Artículo 3. Comunicar el contenido de la presente resolución a los integrantes del Comité Paritario de Seguridad y Salud en el Trabajo - COPASST del Servicio Geológico Colombiano.

Artículo 4. La presente resolución rige a partir de la fecha de su expedición y contra ella no procede recurso alguno.

Dada en Bogotá, D.C., a los 25 días del mes de abril de 2024.

COMUNÍQUESE Y CÚMPLASE

JULIO FIERRO MORALES

Director General

Proyectó: Laura Soto Garnica - Contratista GTH LS

COMUNÍQUESE Y CÚMPLASE

JULIO FIERRO MORALES

Director General

Proyectó: Laura Soto Garnica - Contratista GTH LS

Revisó: Fernando de Jesús Blanco Mojica - Coordinador GTH

Revisó: Angie López -, Abogada contratista OAJ.

Aprobó: Jessica Martínez Huertas - Jefe Oficina Asesora Jurídica.

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