SGC - Resolución 0452 de 2024
Servicio Geológico Colombiano
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Detalles
- Título
- SGC - Resolución 0452 de 2024
- Autor
- Servicio Geológico Colombiano
- Categoría
- Infralegal
- Área del derecho
- Desastres Naturales
- Año
- 2024
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RESOLUCIÓN DE 2024
“Por medio de la cual se ordena la apertura del Proceso de Selección Abreviada mediante Subasta Inversa No. SGC-SASI-003-2024”
LA SECRETARIA GENERAL (E) DEL SERVICIO GEOLÓGICO COLOMBIANO
En uso de sus facultades legales y en especial las conferidas en la Ley 80 de 1993, la Ley 1150 de 2007, el Decreto 1082 de 2015, el artículo 5 del Decreto 2703 de 2013, así como el artículo 4 de la Resolución D -480 del 22 de diciembre de 2022, la Resolución No. 368-2024 del 18 de abril de 2024, y
CONSIDERANDO
Que el Servicio Geológico Colombiano, es un instituto adscrito al Ministerio de Minas y Energía, que hace parte del Sistema Nacional de Ciencia, Tecnología e Innovación – SNCTI, al cual se le aplican las disposiciones de las Leyes 80 de 1993 y 1150 de 2007 en materia de contratación de la administración pública y sus decretos reglamentarios.
Que mediante Decreto Ley 4131 de 2011 se cambió la naturaleza jurídica del Instituto Colombiano de Geología y Minería – Ingeominas de establecimiento público a instituto científico y técnico denominado Servicio Geológico Colombiano, el cual cuenta con personería jurídica, autonomía administrativa, técnica, financiera y patrimonio independiente.
Que el Servicio Geológico Colombiano en virtud del artículo 3° del Decreto 4131 de noviembre de 2011, tiene como objeto “realizar la investigación científica básica y
independiente.
Que el Servicio Geológico Colombiano en virtud del artículo 3° del Decreto 4131 de noviembre de 2011, tiene como objeto “realizar la investigación científica básica y aplicada del potencial de recursos del subsuelo; adelantar el seguimiento y monitoreo de amenazas de origen geológico; administrar la información del subsuelo; garantizar la gestión segura de los materiales nu cleares y radiactivos en el país; coordinar proyectos de investigación nuclear, con las limitaciones del artículo 81 de la Constitución Política, y el manejo y la utilización del reactor nuclear de la Nación.”
Que el Director General mediante artículo 4° de la Resolución No. D -480 del 22 de diciembre de 2022 delegó en la Secretar ía General funciones en materia precontractual, contractual y pos contractual, en los siguientes términos: “Expedir sin límite de cuantía, los actos administrativos requeridos dentro de los procesos de selección de adquisición de bienes y servicios durante las etapas previas, de ejecución y liquidación que adelante el SGC, cuya suscripción no se haya delegado en otros funcionarios, y respecto de la totalidad de dependencias que integran la Entidad.”
Que el presente proceso de selección se adelantará bajo la modalidad de Selección Abreviada mediante Subasta Inversa Electrónica de conformidad con lo estipulado en el numeral 2 del artículo 2 de la Ley 1150 de 2007, el cual establece: “(…) 2. Selección abreviada. La Selección abreviada corresponde a la modalidad de selección objetiva prevista para aquellos casos en que por las características del objeto a contratar, las circunstancias de la contratación o la cuantía o destinación del bi en, obra o servicio
abreviada. La Selección abreviada corresponde a la modalidad de selección objetiva prevista para aquellos casos en que por las características del objeto a contratar, las circunstancias de la contratación o la cuantía o destinación del bi en, obra o servicio puedan adelantarse procesos simplificados para garantizar la eficiencia de la gestión contractual. (…) a) La adquisición o suministro de bienes y servicios de características técnicas uniformes y de común utilización por parte de las entidades, que corresponden a aquellos que poseen las mismas especificaciones técnicas, con independencia de su diseño o de sus características descriptivas, y comparten patrones de desempeño y calidad objetivamente definidos. Para la adquisición de estos bienes y servicios las entidades deberán, siempre que el reglamento así lo señale, hacer uso de procedimientos de subasta inversa o de instrumentos de compra por catálogo derivados de la celebración de acuerdos marco de precios o de procedimientos de adquisición en bolsas de pr oductos (…)”. Lo anterior, en concordancia con los artículos del 2.2.1.2.1.2.2. al 2.2.1.2.1.2.5. del Decreto 1082 de 2015.
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Que de conformidad con los dispuesto en el artículo 2.2.1.1.2.1.2 del Decreto 1082 de 2015, el 0 6 de mayo de 2024, el S ervicio Geológico Colombiano publicó en el Sistema Electrónico para la Contratación Pública - SECOP II, el aviso para convocar a los interesados en el proceso de Selección Abreviada mediante Subasta Inversa No.
Sistema Electrónico para la Contratación Pública - SECOP II, el aviso para convocar a los interesados en el proceso de Selección Abreviada mediante Subasta Inversa No. SGC-SASI-003-2024 cuyo objeto es: “Contratar una solución integral que incorpore licencias Google Workspace, plataforma de inicio de sesión único y de firmas corporativas en los correos electrónicos, acorde con las especificaciones técnicas definidas por la Entidad.”
Que, desde el 06 al 14 de mayo de 2024, en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 2.2.1.1.1.7.1 del Decreto 1082 de 2015, se publicó el proyecto de pliego de condiciones (Electrónico – Anexo Generalidades del Pliego de Condiciones), el estudio previo, anexos y formatos en el Sistema Electró nico para la Contratación PúblicaSECOP II, lugar electrónico a través del cual se pueden consultar los documentos del proceso.
Que, del 06 al 14 de mayo de 2024, se recibieron observaciones al proyecto de pliego de condiciones, a través de publicación en el Sistema Electrónico para la Contratación Pública – SECOP II www.colombiacompra.gov.co/secop-ii, por parte de XERTICA S.A., las cuales fueron contestadas y publicadas a través de la plataforma del SECOP II, de manera previa al presente acto administrativo.
Que el presupuesto oficial estimado para la presente contratación es de MIL CUATROCIENTOS SETENTA Y SIETE MILLONES OCHOCIENTOS VEINTICINCO MIL SEISCIENTOS PESOS M/CTE ($ 1.477.825.600) incluido el IVA y todos los demás gravámenes, costos directos e indirectos y conceptos que conlleve la celebración y ejecución total del contrato que resulte del presente proceso de
demás gravámenes, costos directos e indirectos y conceptos que conlleve la celebración y ejecución total del contrato que resulte del presente proceso de selección, amparado en los Certificados de Disponibilidad Presupuestal No. 55324 (PGN) del 15/05/2024, por valor de $ 1.170.196.597,55 y No. 57224 (SGPR) del 15/05/2024, por valor de $ 307.629.002,45.
Que en cumplimiento a lo previsto en el artículo 2.2.1.2.4.2.2. del Decreto 1082 de 2015 y según la certificación emitida por el Ministerio de Comercio Industria y Turismo – MINCIT, el umbral para limitar los procesos a MYPIME, corresponde a $ 532.338.092, con una vigencia del 1º de enero del 2024 hasta el 31 de diciembre de 2025. Teniendo en cuenta que el presupuesto oficial de este proceso supera los CIENTO VEINTICINCO MIL ($125.000.) dólares, este proceso no le aplica la etapa de convocatoria para limitar a MIPYMES.
Que el artículo 2.2.1.1.2.1.5 del Decreto 1082 de 2015, prescribe que “La Entidad Estatal debe ordenar la apertura del proceso de selección, mediante acto administrativo de carácter general, sin perjuicio de los dispuesto en las Disposiciones Especiales para las modalidades de selección”.
Que el cronograma, el estudio previo, así como el pliego de condiciones y demás documentos relacionados con el proceso, pueden ser consultados en el Sistema Electrónico para la Contratación Pública – SECOP II www.colombiacompra.gov.co, en
Que el cronograma, el estudio previo, así como el pliego de condiciones y demás documentos relacionados con el proceso, pueden ser consultados en el Sistema Electrónico para la Contratación Pública – SECOP II www.colombiacompra.gov.co, en el proceso de Selección Abreviada mediante Subasta Inversa No. SGC -SASI-0032024.
Que en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 2.2.1.1.2.1.5 del Decreto 1082 de 2015, el S ervicio Geológico Colombiano convocará a las veedurías ciudadanas para que realicen el control social durante las etapas del presente proceso de selección de conformidad con lo establecido en las normas vigentes sobre la materia.
Que en sesión del Comité de Contratación No. 6, se recomendó el inicio del presente proceso de contratación.
Que, en mérito de lo expuesto,
16-MAYO-2024
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RESUELVE
ARTÍCULO 1º. Ordenar la apertura del proceso de Selección Abreviada mediante Subasta Inversa No. SGC -SASI-003-2024, cuyo objeto es: “Contratar una solución integral que incorpore licencias Google Workspace, plataforma de inicio de sesión único y de firmas corporativas en los correos electrónicos, acorde con las especificaciones técnicas definidas por la Entidad.”
ARTÍCULO 2º. Establecer que el presupuesto oficial estimado para el presente proceso es por valor de hasta MIL CUATROCIENTOS SETENTA Y SIETE MILLONES OCHOCIENTOS VEINTICINCO MIL SEISCIENTOS PESOS M/CTE ($ 1.477.825.600) incluido el IVA y todos los demás gravámenes, costos directos e
OCHOCIENTOS VEINTICINCO MIL SEISCIENTOS PESOS M/CTE ($ 1.477.825.600) incluido el IVA y todos los demás gravámenes, costos directos e indirectos y conceptos que conlleve la celebración y ejecución total del contrato que resulte del presente proceso de selección , amparado en el Certificado de Disponibilidad Presupuestal No. 55324 (PGN) del 15/05/2024, por valor de $1.170.196.597,55 y No. 57224 (SGPR) del 15/05/2024, por valor de $ 307.629.002,45.
ARTÍCULO 3º. Desarrollar el presente proceso de selección de conformidad con el cronograma indicado en el Sistema Electrónico para la Contratación Pública - SECOP II.
ARTÍCULO 4º. En cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 2.2.1.1.2.1.5 del Decreto 1082 de 2015, el S ervicio Geológico Colombiano convoca a las veedurías ciudadanas para que realicen el control social durante las etapas del presente proceso de selección de conformidad con lo establecido en las normas vigentes sobre la materia.
ARTÍCULO 5º. El cronograma, el estudio previo, así como el pliego de condiciones y demás documentos relacionados con el proceso de Selección Abreviada mediante Subasta Inversa No. SGC -SASI-003-2024, pueden ser consultados en el Sistema Electrónico para la Contratación Pública – SECOP II www.colombiacompra.gov.co/secop-ii.
ARTÍCULO 6º. Publicar el presente acto administrativo en el Sistema Electrónico para la Contratación Pública – SECOP II.
Electrónico para la Contratación Pública – SECOP II www.colombiacompra.gov.co/secop-ii.
ARTÍCULO 6º. Publicar el presente acto administrativo en el Sistema Electrónico para la Contratación Pública – SECOP II.
ARTÍCULO 7º. La presente resolución rige a partir de la fecha de su publicación y contra la misma no procede recurso alguno.
PUBLÍQUESE Y CÚMPLASE
JESSICA LIZETH MARTINEZ HUERTAS
Secretaria General (E)
Proyectó: Mariyenis Regalado Badillo Abogada Grupo de Contratos y Convenios
Revisó Angie Hernández Castaño Abogada Secretaría General Aprobó Amanda Nauzan Ceballos Líder Grupo de Contratos y Convenios
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