SIC - Concepto-12032501
Superintendencia de Industria y Comercio
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Detalles
- Título
- SIC - Concepto-12032501
- Autor
- Superintendencia de Industria y Comercio
- Categoría
- Infralegal
- Área del derecho
- Comercial
- Año
- —
Bogotá D.C., 10
Asunto: Radicación: 12-032501- -00002-0000
Trámite: 113
Evento: 0
Actuación: 440
Folios: 3
Respetado(a) Señor (a): [Datos personales eliminados en virtud de la Ley 1581 de 2012] Con el alcance previsto en el artículo 25 del Código Contencioso Administrativo, damos respuesta a su consulta radicada en esta Entidad con el número que se indica en el asunto, en los siguientes términos:
1. Objeto de la consulta Se consulta si es posible que la Superintendencia de Industria y Comercio regule sobre la unificación del orden en que se escribe la fecha.
2. Materia objeto de la consulta De conformidad con el Decreto 4886 de 2011, las funciones de la Superintendencia de Industria y Comercio relacionada con la metrología legal, son las siguientes: (i) velar por el cumplimiento de las normas y leyes vigentes y proponer nuevas disposiciones, (ii) fijar las tolerancias permisibles para efectos del control metrológico,
(iii) establecer los requisitos aplicables a los modelos o prototipo de los instrumentos de medida y patrones que vayan a ser comercializados y darles su aprobación, (iv) determinar los múltiplos y submúltiplos de las unidades legales de medida del Sistema Internacional de Unidades, las unidades legales de medida que no están cubiertas por el Sistema Internacional de Unidades SI y las unidades acostumbradas de medida, así como sus múltiplos y submúltiplos, de conformidad con el sistema de pesas y medidas establecido en la ley, (v) divulgar el sistema internacional de unidades en los
diferentes sectores industriales, (vi) ejercer funciones de control metrológico de carácter obligatorio en el orden nacional, (viii) oficializar los patrones nacionales de medida, (viii) imponer previas explicaciones, de acuerdo con el procedimiento aplicable, las sanciones que de acuerdo con la ley sean pertinentes por violación de las normas sobre protección al consumidor, por incumplimiento de la metrología legal, así como de aquellos reglamentos técnicos cuya vigilancia se le haya asignado expresamente, por incumplimiento por parte de los organismos evaluadores de la conformidad de reglamentos técnicos de los deberes y obligaciones que les son propios, así como por la inobservancia de las instrucciones que imparta en desarrollo de sus funciones, y (ix) expedir la reglamentación para la operación de la metrología legal. 2.1 Sistema Internacional de Unidades (SI) Las unidades de medida utilizadas en el territorio colombiano corresponden a las del Sistema Internacional de Unidades SI, adoptado en Colombia por el Decreto 1731 de 1967, establecido como obligatorio por el Decreto 3464 de 1980 y definido por la Organización Internacional de Normalización en la norma ISO 1000. Las disposiciones sobre el Sistema Internacional de Unidades se describen en diferentes reglamentaciones a nivel mundial, principalmente en las establecidas por el International Organization for Standardization ISO. En Colombia, tenemos la NTC 1000, en los Estados Unidos la NIST 330, por parte del Bureau de Pesas y Medidas se tiene el SI 8th Edition 2006, y por parte de la Organización Internacional para la Estandarización la ISO 1000, dentro de las cuales se observan las unidades establecidas dentro del sistema internacional. Por otra parte, se estandarizan ciertas reglas generales a nivel internacional, bajo el
SI, (uso de la puntuación, espacios entre dígitos, orden del año-mes-día cuando se expresa la fecha en números, entre otras) en diferentes reglamentaciones, como por ejemplo la ISO 8601, que establece diferentes elementos asociados a la fecha. Esta Superintendencia contempla dentro de sus funciones la de divulgar y propender por el uso adecuado en el país del Sistema Internacional de Unidades SI, y siendo la ISO 8601 parte del mismo, está facultada para vigilar que se cumplan sus normas. Por tal razón, agradecemos su comunicación y le informamos que hemos dado traslado de la misma a la Delegatura para el Control y Verificación de Reglamentos Técnicos y Metrología Legal con el fin de que tomen las medidas que correspondan según su competencia. Para mayor información sobre el desarrollo de nuestras funciones y de las normas objeto de aplicación por parte de esta entidad, puede consultar nuestra página en Internet, www.sic.gov.co. Atentamente,