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SS - Oficio 220-11234

Superintendencia de Sociedades

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Detalles

Título
SS - Oficio 220-11234
Autor
Superintendencia de Sociedades
Categoría
Infralegal
Área del derecho
Sociedades
Año

22011234, del 07 de Marzo de 2005 Ref. Autorización para la colocación de acciones. Aviso recibo de su comunicación radicada con el No. 2005-01-015374, mediante la cual consulta si el precepto contenido en el artículo 390 del Código de Comercio indica que “ toda empresa creada por acciones” debe pedir autorización a la Superintendencia de Sociedades para colocar acciones, o sólo aquellas que colocan sus acciones a través de bolsa. Al respecto me permito manifestarle que de conformidad con las disposiciones legales vigentes que determinan la competencia de esta Superintendencia, la autorización a la que se refiere el artículo 390 del código citado para llevar a cabo la colocación de acciones, solo se requiere frente a dos eventos, a saber: - En el caso de sociedades vigiladas por esta Entidad que vayan a colocar acciones con dividendo preferencial y sin derecho a voto o de acciones privilegiadas, según lo dispuesto en el numeral 9º, artículo 84 de la Ley 222 de 1995. - En el caso de sociedades sujetas al control de la misma Entidad, siempre que vayan a efectuar una colocación, cualquiera sea la clase de acciones, de acuerdo con el numeral 3º, artículo 85 de la mencionada Ley. En los anteriores términos su solicitud ha sido atendida, con los alcances que señala el artículo 25 del C.C.A.

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