SS - Oficio 220-38990
Superintendencia de Sociedades
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Detalles
- Título
- SS - Oficio 220-38990
- Autor
- Superintendencia de Sociedades
- Categoría
- Infralegal
- Área del derecho
- Sociedades
- Año
- —
220-38990, 13 agosto de 2004
Ref.: Derecho de inspección.
Me refiero a su escrito en referencia, a través del cual formula una consulta en torno a la conducta que debe observar un socio en ejercicio del derecho de inspección. Al respecto le informo, que no es competente el despacho para emitir pronunciamiento en cuanto a la conducta social que deben observar los asociados en las anotadas circunstancias, al tenor de los previsto en el artículo 25 del Código Contencioso Administrativo. No obstante lo anterior, es de presumir que en cualquier situación, los ciudadanos estamos obligados al ejercicio respetuoso de nuestros derechos y a procurar una convivencia pacífica; comportamientos contrarios deben ventilarse ante las autoridades de policía y en últimas, ante la justicia ordinaria.