SS - Oficio 220-65105
Superintendencia de Sociedades
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Detalles
- Título
- SS - Oficio 220-65105
- Autor
- Superintendencia de Sociedades
- Categoría
- Infralegal
- Área del derecho
- Sociedades
- Año
- —
220-65105, 08 de octubre de 2003
Re.: Créditos laborales en trámite de liquidación obligatoria.
Me refiero a su escrito radicado con el número en referencia a través del cual, luego de poner en conocimiento de esta oficina que la Intendente Regional de Medellín emitió el Auto 610-001051 "aprobando un "plan de pagos" en su doble condición de Juez y de Junta asesora del liquidador", solicita se le indique "como puedo hacer valer sus derechos legales, si en mi caso los mencionados "recursos" debo interponerlos ante la misma juez (Intendente Regional) quien insiste, de manera deliberada y sin fundamentos jurídicos, en negarme mis derechos, situación anómala que vulnera mi derecho a la igualdad, al debido proceso ....Qué puedo hacer?". Al respecto, esta oficina debe reiterarle lo dicho en diversas oportunidades, en cuanto a que el trámite de liquidación obligatoria tiene una ritualidad establecida en forma expresa por el legislador, a partir del artículo 149 de la Ley 222 de 1995, y por lo tanto, deberá hacer uso de tales mecanismos para el reconocimiento de sus derechos (artículo 224 de la Ley 222 de 1995).